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Casos del Tribunal de Apelaciones (Página 334)

MELENDEZ ROSADO, ARNALDO VS GONZALEZ, LUIS DAVID

2015 • 29 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201500494

Ponente:

—

Resumen:

El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisa una resolución del Tribunal de Primera Instancia en un caso de cobro de dinero. El apelante impugnó la denegación de su moción de reconsideración por el foro primario. El Tribunal de Primera Instancia declaró no ha lugar la moción por considerarla radicada fuera del término de 15 días. El Tribunal de Apelaciones analizó el cálculo del término para radicar la moción de reconsideración. Determinó que, según las reglas de procedimiento, el término comienza a transcurrir desde la fecha en que la notificación de la sentencia es depositada en el correo, si esta difiere de la fecha de archivo en autos. Se constató que la notificación fue enviada por correo en una fecha posterior a la utilizada por el foro primario para el cómputo. Aplicando la fecha correcta de envío postal y las extensiones por fin de semana y día feriado, el Tribunal de Apelaciones concluyó que la moción fue radicada dentro del término legal. Por tanto, el Tribunal de Primera Instancia erró al denegar la moción por extemporánea y tenía jurisdicción para atenderla. Se revoca la resolución recurrida y se devuelve el caso al Tribunal de Primera Instancia para que considere la moción de reconsideración.

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UNIVERSAL INSURANCE COMPANY VS E L A DE PR

2015 • 29 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201500466

Ponente:

—

Resumen:

El Estado Libre Asociado de Puerto Rico apeló una Sentencia Sumaria del Tribunal de Primera Instancia que declaró nula la confiscación de un vehículo. Universal Insurance Company y Toyota Credit de Puerto Rico, con intereses sobre el automóvil, impugnaron la confiscación. Alegaron que la incautación fue ilegal y nula por no haber sido notificada a tiempo. El vehículo, un Toyota Yaris, fue confiscado por su presunto uso en violación de la Ley de Sustancias Controladas. El foro primario acogió la solicitud de sentencia sumaria de los apelados, declarando "Ha Lugar" la demanda de impugnación por notificación tardía. El ELA solicitó reconsideración, argumentando que el término de notificación se suspendió al incautarse el vehículo para investigación bajo la Ley 119-2011. El Tribunal de Primera Instancia denegó la reconsideración. Inconforme, el ELA presentó el recurso de apelación. El Tribunal de Apelaciones revisó el caso. Por los fundamentos expuestos, el Tribunal de Apelaciones confirmó la Sentencia apelada, ratificando la nulidad de la confiscación.

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LLAVAT TILEN, MARIANITA VS EMPRESAS PUERTORRIQUEÑAS DE DESARROLLO

2015 • 29 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201500429

Ponente:

—

Resumen:

Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico relativa a una apelación presentada por Marianita Llavat Tilen en un caso de daños y perjuicios. La apelación impugnaba una Sentencia Parcial del Tribunal de Primera Instancia que desestimó la reclamación contra Puma Energy Caribe, LLC. Dicha sentencia de instancia concluyó que no existía nexo causal para los daños reclamados contra Puma Energy e impuso costas a la apelante. El Tribunal de Apelaciones revisó el caso y las reglas procesales pertinentes que rigen las apelaciones. Específicamente, consideró los términos jurisdiccionales para presentar apelaciones (30 o 60 días) y las condiciones bajo las cuales una moción de reconsideración interrumpe dicho término (presentada dentro de 15 días). El tribunal determinó que carecía de jurisdicción para conocer de la apelación. En consecuencia, la apelación fue desestimada.

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MERCADO REYES, WANDA I VS MAPFRE INSURANCE AGENCY OF PUERTO RICO

2015 • 29 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201500420

Ponente:

—

Resumen:

Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de despido injustificado. La apelación fue presentada por MAPFRE Insurance Agency y MAPFRE PRAICO Insurance contra Wanda I. Mercado Reyes. El recurso provenía del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan. El Tribunal de Apelaciones desestimó la apelación. La desestimación se basó en una moción informativa presentada por la parte apelante. El Tribunal consideró que el recurso se había tornado académico. Se ordenó a la Secretaría remitir el mandato para que los procedimientos continúen ante el Tribunal de Primera Instancia.

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EL PUEBLO DE PUERTO RICO VS TORRES NEGRON, JOSUE

2015 • 29 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201500375

Ponente:

—

Resumen:

Esta resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico atiende una petición de certiorari presentada por Josué Torres Negrón. Torres Negrón solicita la revisión de la decisión de un tribunal inferior que denegó su moción de nuevo juicio. Fue convicto mediante un acuerdo de alegación pre acordada, que reclasificó cargos de asesinato. En su moción, alegó haber sido presionado para declararse culpable, presentó nueva evidencia y afirmó que otra persona confesó los delitos. El tribunal inferior denegó la moción, considerándola improcedente en derecho, ya que la convicción provino de un acuerdo de alegación voluntario e informado. El tribunal enfatizó que Torres Negrón entendió las consecuencias y se benefició del acuerdo. Su posterior moción de reconsideración también fue denegada. Torres Negrón argumenta ahora ante el Tribunal de Apelaciones que el tribunal inferior erró al no conceder un nuevo juicio. El Tribunal de Apelaciones se encuentra examinando la petición y el expediente del caso.

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RIVERA CRESPO, LUIS A V. D DE CORRECCION Y REHABILITACION

2015 • 29 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201401263

Ponente:

—

Resumen:

Luis Rivera Crespo, un confinado, presentó un recurso de revisión administrativa ante el Tribunal de Apelaciones contra una resolución del Departamento de Corrección y Rehabilitación. Rivera Crespo había solicitado un remedio administrativo alegando problemas con su compañero de celda y pidiendo una entrevista. La División de Remedios Administrativos desestimó su solicitud, considerando que se basaba en opiniones que no conducían a un remedio. Tras denegarse una reconsideración, Rivera Crespo acudió al Tribunal de Apelaciones. El tribunal revisó la decisión administrativa con la deferencia usual, señalando que las determinaciones de las agencias se presumen correctas. El recurrente no especificó los errores cometidos por la agencia en su escrito. El Tribunal de Apelaciones concluyó que la determinación de la División de Remedios de desestimar la solicitud y mantener al compañero de celda no fue irrazonable. Por lo tanto, el Tribunal de Apelaciones confirmó la resolución recurrida.

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RIVERA BONILLA, ANA V. SECURITY SYSTEMS, INC. D/B/A

2015 • 29 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201401368

Ponente:

—

Resumen:

Security Systems, Inc. presentó un recurso de revisión ante el Tribunal de Apelaciones contra una resolución final del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO). El Tribunal requirió al recurrente presentar un apéndice que incluyera la resolución impugnada y notificar a la agencia. DACO compareció solicitando la desestimación del recurso, alegando que no fue notificado oportunamente y que el recurrente omitió incluir la resolución en el apéndice. El Tribunal concedió a Security múltiples oportunidades para responder a la solicitud de desestimación y cumplir con los requisitos procesales, incluso bajo advertencia de desestimación. A pesar de las prórrogas y advertencias, Security no presentó escrito alguno ni el apéndice requerido. Considerando el incumplimiento del recurrente en notificar a DACO y presentar los documentos necesarios, el Tribunal desestimó el recurso. La desestimación se fundamentó en la falta de jurisdicción por no haberse perfeccionado el recurso conforme a las reglas aplicables. La sentencia declara con lugar la solicitud de desestimación presentada por DACO.

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ROMERO REYES, GLADYS VS HOSPITAL DEL MAESTRO INC

2015 • 29 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201500306

Ponente:

—

Resumen:

Este documento es una sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en el caso de Gladys Romero Reyes contra el Hospital del Maestro y otros. La señora Romero Reyes apeló una sentencia del Tribunal de Primera Instancia en su demanda por daños y perjuicios por impericia médica. Alegó que el Hospital le administró un medicamento (DHE45) contraindicado para su historial médico al tratarle una migraña. Sostuvo que la administración de dicho fármaco le causó daños, incluyendo problemas cardiacos. Los demandados negaron negligencia y argumentaron que la demandante carecía de prueba pericial suficiente para sustentar sus alegaciones. La controversia principal en la apelación giró en torno a si el testimonio del perito de ocurrencia anunciado por la demandante cumplía con los requisitos legales. Tras revisar los fundamentos, el Tribunal de Apelaciones determinó revocar la sentencia apelada del Tribunal de Primera Instancia.

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SANTIAGO RODRIGUEZ, JUAN T VS SOBRINO GANDARA, MANUEL

2015 • 29 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201500267

Ponente:

—

Resumen:

Recurso de apelación ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de filiación. Juan T. Santiago Rodríguez apela una sentencia del Tribunal de Primera Instancia que desestimó su demanda. La demanda buscaba la exhumación y prueba de ADN para ser declarado hijo de Manuel Sobrino Gándara, fallecido en 1976. El Tribunal de Primera Instancia desestimó la acción por haber caducado, aplicando el Artículo 126 del Código Civil. Determinó que la demanda se presentó más de treinta años después del fallecimiento del presunto padre. Además, consideró que incluso si el término comenzara con el conocimiento, este ocurrió años antes de la demanda. El apelante argumenta en su recurso que el foro primario erró al aplicar la caducidad y al no considerar la Ley 215-2009. También plantea la inconstitucionalidad de dicha ley. El documento detalla los antecedentes procesales y los fundamentos de la apelación.

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GARCIA NIEVES, JEFFREY V. D DE CORRECCION Y REHABILITACION

2015 • 29 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201401383

Ponente:

—

Resumen:

El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisó una decisión disciplinaria del Departamento de Corrección contra el confinado Jeffrey García Nieves. El Departamento de Corrección encontró al señor García Nieves incurso en violaciones al reglamento disciplinario. Los cargos específicos fueron estar en un área no autorizada (Código 207) y desobedecer una orden directa (Código 227). Los hechos se relacionan con un incidente durante el tranque de celdas donde el confinado no obedeció la orden de ubicarse en su celda. Se celebró una vista disciplinaria en ausencia del recurrente, quien optó por ir a trabajar. La oficial examinadora determinó la culpabilidad e impuso sanciones de suspensión de visitas y comisaría. El señor García Nieves solicitó reconsideración, la cual fue denegada, y luego acudió al Tribunal de Apelaciones. Argumentó que la determinación era incorrecta y que no se le permitieron testigos de defensa. El Departamento de Corrección defendió la presunción de corrección de su resolución. El Tribunal de Apelaciones, tras revisar el caso, confirmó la determinación del Departamento de Corrección.

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COLON COLON, ELBA V. NEGOCIADO DE SEGURIDAD DE EMPLEO

2015 • 29 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201401391

Ponente:

—

Resumen:

Esta es una sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico relativa a un recurso de revisión judicial presentado por Elba Colón Colón contra el Negociado de Seguridad de Empleo. La señora Colón Colón impugnó una determinación administrativa que la descalificó para recibir beneficios de compensación por desempleo conforme a la sección 4(b)(2) de la Ley de Seguridad de Empleo. Tras concederle la solicitud para litigar como indigente, el tribunal solicitó repetidamente a la recurrente copias de las resoluciones administrativas pertinentes. A pesar de múltiples oportunidades y advertencias, la señora Colón Colón no presentó todos los documentos requeridos. En consecuencia, el tribunal ordenó al Departamento del Trabajo que elevara el expediente administrativo. Al examinar dicho expediente, el tribunal determinó que el recurso de revisión judicial fue presentado fuera del término legal. Por lo tanto, el tribunal concluyó que carecía de jurisdicción para conocer del caso. La sentencia dispone que el recurso debe ser desestimado por presentación tardía.

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ORIENTAL BANK VS FENCECO INDUSTRIES PUERTO RICO, INC

2015 • 29 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201500223

Ponente:

—

Resumen:

El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite sentencia en el caso KLAN201500223, una apelación presentada por Fenceco Industries PR, Inc. y otros contra Oriental Bank. La apelación proviene de una Sentencia del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Vieques, que declaró Ha Lugar una demanda de cobro de dinero y ejecución de prenda e hipoteca. El foro primario ordenó a los apelantes pagar a Oriental Bank una cantidad principal de \$259,785.34, más intereses, adelantos, gastos y honorarios de abogado, y autorizó la ejecución de las garantías. Los apelantes recurrieron alegando que el TPI erró al dictar sentencia sumaria existiendo controversia sobre la cantidad adeudada. El Panel XI del Tribunal de Apelaciones examinó los escritos y el derecho aplicable. Tras su análisis, el Tribunal de Apelaciones acordó confirmar la Sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia.

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SANTANA BAEZ, ELIEZER V. D DE CORRECCION Y REHABILITACION

2015 • 29 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201500100

Ponente:

—

Resumen:

Eliezer Santana Báez solicitó la revisión judicial de una resolución del Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR). El recurrente había pedido un cambio de compañero de celda alegando que este se apropió de sus medicamentos, dificultando la convivencia. Tras una respuesta inicial del DCR, Santana Báez solicitó reconsideración. El DCR archivó la solicitud de reconsideración, argumentando que el recurrente no había gestionado el asunto adecuadamente a nivel institucional. Inconforme, Santana Báez acudió al Tribunal de Apelaciones, señalando errores del DCR, incluyendo notificación defectuosa, la falta de separación del compañero de celda y respuestas fuera de término. El Tribunal de Apelaciones revisó el proceso administrativo y la decisión del DCR. La sentencia indica que, por los fundamentos que se expondrán, se revoca la determinación del Departamento de Corrección y Rehabilitación. El documento también discute la aplicación de la Ley de Procedimientos Administrativo Uniforme (LPAU) en relación con los términos para solicitar reconsideración y revisión judicial.

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GONZALEZ FELICIANO, JUAN C V. D DE CORRECCION Y REHABILITACION

2015 • 29 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201500103

Ponente:

—

Resumen:

Juan González Feliciano, confinado en una institución penal, recurrió ante el Tribunal de Apelaciones para impugnar una determinación disciplinaria del Departamento de Corrección y Rehabilitación. La agencia lo encontró incurso en violación al Código 109 del Reglamento Disciplinario por posesión de un teléfono celular. El hallazgo ocurrió durante un registro en su celda, donde se encontró el celular oculto en la tubería del inodoro. Tras una vista disciplinaria, se confirmó la violación y se le impuso una sanción de suspensión de privilegios por 45 días. El recurrente solicitó reconsideración, alegando que el celular no fue ocupado en su persona, la querella fue tardía, no se citó a su testigo y la prueba era insuficiente. La Oficial de Reconsideración confirmó la decisión inicial, concluyendo que se cumplió con el reglamento y existía prueba suficiente. El presente recurso de revisión administrativa buscaba revocar esa determinación. El Tribunal de Apelaciones, tras revisar el expediente, confirma la decisión emitida por el Departamento de Corrección y Rehabilitación.

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SUCESION JUAN BERRIOS ALBINO VS SUCESION TRINIDAD VAZQUEZ ARROYO

2015 • 29 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201500145

Ponente:

—

Resumen:

Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso sobre división de bienes hereditarios. La apelación fue interpuesta por miembros de la Sucesión Juan Berríos Albino contra la Sucesión Trinidad Vázquez Arroyo y otros coherederos. Impugnan la sentencia del Tribunal de Primera Instancia que desestimó la demanda por alegada ausencia de partes indispensables. El caso se origina en la herencia de Juan Berríos Albino y Trinidad Vázquez Arroyo, quienes fallecieron en 1969 y 1960 respectivamente. Una resolución de 1987 declaró a los múltiples herederos de ambos matrimonios y descendientes. Años después, algunos herederos demandaron la división de los bienes. El Tribunal de Apelaciones, tras examinar el expediente, revocó la decisión del foro primario. La sentencia procede a detallar el complejo historial de las sucesiones y la identificación de las partes demandadas. La disputa se centra en la validez de la demanda inicial y la inclusión de todos los herederos necesarios.

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REYES DIAZ, RAMON V. MUNICIPIO DE SALINAS

2015 • 29 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201500136

Ponente:

—

Resumen:

Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisando una determinación administrativa. Ramón Reyes Díaz recurrió la decisión de la Comisión de Investigación, Procesamiento y Apelación (CIPA) que confirmó su destitución como sargento de la policía municipal de Salinas. El Municipio inició el proceso disciplinario tras múltiples acusaciones criminales contra el recurrente por actos lascivos y violencia doméstica, además de no devolver su identificación oficial. Se celebró una vista administrativa donde se encontraron probados los hechos imputados. El Oficial Examinador concluyó que la conducta violaba reglamentos municipales y leyes aplicables. La CIPA ratificó la medida disciplinaria de destitución. El Tribunal de Apelaciones confirmó la determinación recurrida.

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GIRAUD PIÑEIRO, OMAR VS PAGES CHANIS, OSCAR

2015 • 29 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201500103

Ponente:

—

Resumen:

Este es un caso de acción reivindicatoria y daños ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico. Omar Giraud Piñeiro demandó a Oscar Pages Chanis y José Miguel Pages Chanis para recuperar una excavadora. El demandante alegó que los demandados se negaban a devolver la máquina, que les había permitido guardar como un favor, exigiendo un pago no acordado. Los demandados negaron responsabilidad y señalaron la falta de una parte indispensable. El Tribunal de Primera Instancia dictó sentencia parcial sumaria a favor del demandante, ordenando la entrega inmediata de la excavadora. Los demandados apelaron esta determinación. El Tribunal de Apelaciones encontró un defecto grave: la ausencia de una parte indispensable en el pleito. Por esta razón, el Tribunal revoca la sentencia apelada. El caso es remitido al foro de instancia para la continuación de los procedimientos, sin entrar a discutir los demás errores planteados.

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ZENO PEREZ, RAUL VS ZENO CONCEPCION, ENID

2015 • 29 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201500102

Ponente:

—

Resumen:

Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico que atiende un recurso de apelación, tratado como certiorari, presentado por Enid Zeno Concepción contra una decisión del Tribunal de Primera Instancia. El TPI había declarado Con Lugar una demanda de injunction y deslinde presentada por Raúl Zeno Pérez y otros, ordenando a la apelante remover construcciones y una verja de terrenos de la sucesión Zeno Pérez. El Tribunal de Apelaciones considera la decisión del TPI interlocutoria por no resolver la acción de deslinde ni cumplir con la Regla 43.2 de Procedimiento Civil. La controversia principal ante el Apelativo es si una determinación judicial previa desestimando una petición de interdicto para eliminar una servidumbre de agua (una alcantarilla) constituyó cosa juzgada. Dicha alcantarilla se ubica en la propiedad de la Sucesión Zeno Pérez desde hace unos 40 años. El caso se origina tras la construcción de la casa de la apelante en un predio segregado de la finca principal, viéndose afectada por la alcantarilla. La apelante había presentado previamente una querella sobre la alcantarilla en el Tribunal Municipal, la cual fue archivada.

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DE LEON COLON, FELICITA VS DE LEON ROSS, ESTHER

2015 • 29 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201500079

Ponente:

—

Resumen:

Este documento es una Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisando una decisión del Tribunal de Primera Instancia. La apelación surge de una demanda de liquidación y adjudicación de comunidad hereditaria que fue desestimada por el foro primario. El Tribunal de Primera Instancia declaró No Ha Lugar la demanda debido a innumerables inconsistencias y la falta de prueba esencial. Entre las deficiencias señaladas se incluyó la ausencia de evidencia del fallecimiento del causante y de la condición de herederos de las partes. Además, las partes incumplieron una orden de someter un inventario preliminar de bienes hereditarios. Presentaron un cuaderno particional que solo detallaba pasivos, sin incluir activos, participaciones de herederos o valoración del inmueble en controversia. Existía confusión sobre el caudal hereditario, particularmente una finca de 621 cuerdas inscrita en común pro-indiviso y adquirida por prescripción, no claramente heredada. El Tribunal de Primera Instancia concluyó que la falta de requisitos impedía dictar una sentencia de partición. El Tribunal de Apelaciones procede a resolver el recurso sin el alegato de la parte apelada.

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SANTANA BAEZ, ELIEZER V. D DE CORRECCION Y REHABILITACION

2015 • 29 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201500251

Ponente:

—

Resumen:

Eliezer Santana Báez, confinado bajo la custodia del Departamento de Corrección y Rehabilitación, solicitó revisión judicial de una respuesta administrativa sobre servicios médicos. El recurrente alegó que no se le proveyeron servicios médicos de emergencia en fechas específicas. La agencia respondió a su solicitud de remedio administrativo, indicando que se le había atendido según el sistema, con una excepción. La respuesta administrativa incluyó un apercibimiento sobre el derecho a solicitar reconsideración ante el Coordinador Regional. El recurrente solicitó reconsideración, argumentando que la notificación de la agencia era defectuosa por no advertir sobre el derecho a recurrir al Tribunal de Apelaciones. Posteriormente, el recurrente presentó una solicitud de revisión ante el Tribunal de Apelaciones, señalando como error la supuesta notificación defectuosa. La Procuradora General argumentó que el recurso judicial era prematuro, ya que la moción de reconsideración aún estaba pendiente de resolución administrativa. El Tribunal de Apelaciones, al examinar su jurisdicción, determinó que el recurso fue presentado antes de agotar los remedios administrativos disponibles. Por tanto, el Tribunal desestimó el recurso de revisión por falta de jurisdicción, al ser prematuro.

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BANCO POPULAR DE PUERTO RICO VS ALEJANDRO ARIZMENDI, HECTOR DOLORES

2015 • 29 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201401964

Ponente:

—

Resumen:

Banco Popular de Puerto Rico presentó una demanda de cobro de dinero y ejecución de hipoteca contra la Sucesión de Héctor Dolores Alejandro Arizmendi. La Sucesión, inicialmente identificada con herederos conocidos y desconocidos, fue emplazada por edicto tras intentos fallidos de notificación personal. Ante la falta de comparecencia de la Sucesión, el Tribunal de Primera Instancia dictó sentencia en rebeldía el 29 de agosto de 2012, condenándola al pago de \$55,902.47 más intereses. Posteriormente, la Sucesión presentó una moción solicitando dejar sin efecto dicha sentencia y los procedimientos subsiguientes. El Tribunal de Primera Instancia denegó esta moción mediante resolución del 1 de julio de 2014. La Sucesión recurrió esta determinación ante el Tribunal de Apelaciones. El Tribunal de Apelaciones acogió el recurso como una petición de certiorari, al tratarse de una resolución post sentencia denegando una moción de relevo. El Tribunal de Apelaciones expide el auto de certiorari y confirma la resolución recurrida del Tribunal de Primera Instancia.

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RODRIGUEZ GONZALEZ, JOHNADAMS V. NEGOCIADO DE SEGURIDAD DE EMPLEO

2015 • 29 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201500281

Ponente:

—

Resumen:

El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisa una resolución del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos que denegó beneficios de seguro por desempleo al Sr. Johnadams Rodríguez González. El Departamento descalificó al recurrente basándose en la Sec. 4(b)(2) de la Ley de Seguridad en el Empleo, la cual aplica a renuncias voluntarias. El Sr. Rodríguez González renunció a su trabajo como bartender debido a problemas de transportación surgidos tras un accidente de tránsito. Alegó que no tenía cómo llegar a su empleo en el horario nocturno. El Departamento determinó que una renuncia voluntaria por problemas de transportación, no atribuibles al patrono, generalmente no constituye justa causa bajo la ley. Esta decisión fue confirmada en apelaciones internas ante el Árbitro y el Secretario del Departamento. El Tribunal concurre con la interpretación de la agencia. Concluye que la falta de transportación personal no justifica la renuncia para efectos de cualificar a los beneficios. Por consiguiente, el Tribunal confirma el dictamen que descalificó al recurrente.

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LOPEZ LOPEZ, EDITH M VS NIEVES LOPEZ, LUISA MARIA

2015 • 29 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201401833

Ponente:

—

Resumen:

Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de desahucio y cobro de dinero. La apelante, Edith M. López López, recurrió la decisión del Tribunal de Primera Instancia que desestimó su demanda contra Luisa María Nieves López. El tribunal primario desestimó la acción sin perjuicio, considerando improcedente el desahucio contra una persona con derecho proindiviso antes de la partición de herencia. La apelante impugnó esta decisión, alegando errores procesales y violación al debido proceso. El Tribunal de Apelaciones, sin embargo, desestimó la apelación. La desestimación se basó en la falta de jurisdicción del tribunal apelativo para conocer del recurso. Se enfatiza la obligación de los tribunales de asegurar su propia jurisdicción antes de considerar los méritos. La falta de jurisdicción sobre la materia se considera un defecto insubsanable.

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SANTANA BAEZ, ELIEZER V. D DE CORRECCION Y REHABILITACION

2015 • 29 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201500300

Ponente:

—

Resumen:

El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico resolvió una revisión administrativa presentada por Eliezer Santana Báez, un confinado. El recurrente impugnó una resolución del Departamento de Corrección y Rehabilitación, División de Remedios Administrativos. La controversia se originó por la alegada venta de dulces expirados en la comisaría de la institución correccional. Santana Báez solicitó inicialmente que se verificaran los productos y, posteriormente, reclamó el reembolso del costo de los dulces. La División de Remedios Administrativos investigó la querella, determinó que los productos estaban vigentes y denegó la compensación económica. Inconforme con la decisión administrativa, el confinado acudió al Tribunal de Apelaciones. El Tribunal consideró el proceso de remedios administrativos establecido por el Departamento para la población correccional. Tras revisar el caso, el Tribunal de Apelaciones confirmó la resolución administrativa recurrida.

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LUGO, ORLANDO V. POWER SPORTS WAREHOUSE, INC

2015 • 29 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201500318

Ponente:

—

Resumen:

Orlando Lugo Ortiz solicitó la revisión judicial de una resolución del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO). DACO había denegado su reclamación sobre un generador, determinando que el daño fue causado por mal uso y no por un defecto de manufactura. La resolución de DACO fue notificada el 25 de febrero de 2015. Lugo Ortiz presentó su recurso de revisión judicial ante el Tribunal de Apelaciones el 31 de marzo de 2015. La ley aplicable establece un término de treinta días para presentar dicho recurso a partir de la notificación de la resolución final. El tribunal calculó que el recurso fue presentado 34 días después de la notificación, excediendo el plazo legal. La presentación fuera del término jurisdiccional constituye una falta de jurisdicción. Al ser la falta de jurisdicción un defecto insubsanable, el tribunal no pudo entrar a considerar los méritos del recurso. Por tanto, el Tribunal de Apelaciones desestimó el recurso de revisión judicial por haber sido presentado de forma tardía.

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ARLEQUIN VELEZ, EDGARDO V. PANEL FISCAL ESPECIAL INDEPENDIENTE

2015 • 29 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201500339

Ponente:

—

Resumen:

El Alcalde de Guayanilla, Edgardo Arlequín Vélez, presentó un recurso ante el Tribunal de Apelaciones contra una Resolución Interlocutoria Parcial del 5 de marzo de 2015 emitida por la UPAD del PFEI. Dicha resolución ordenó su suspensión sumaria de empleo, basada en una recomendación de la UPAD en un proceso administrativo. Se le requirió mostrar causa en 10 días para evitar la suspensión de sueldo y beneficios. El PFEI informó al tribunal que emitió resoluciones posteriores el 9 y 11 de marzo de 2015. La resolución del 11 de marzo reiteró la suspensión de empleo y decretó la suspensión de beneficios económicos, haciendo innecesario el trámite de mostrar causa de la resolución inicial. El PFEI argumentó que el Alcalde apeló la resolución interlocutoria no revisable del 5 de marzo, no las determinaciones posteriores. Concluyó que el Tribunal de Apelaciones carecía de jurisdicción para revisar el recurso presentado. El Tribunal de Apelaciones consideró los argumentos y documentos presentados. Resolvió desestimar el recurso por carecer de jurisdicción para atenderlo.

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QUIÑONES PAGAN, RENATO V. D DE CORRECCION Y REHABILITACION

2015 • 29 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201500359

Ponente:

—

Resumen:

Renato Quiñones Pagán, un confinado, solicitó revisión judicial de una decisión del Departamento de Corrección que denegó su pedido para recuperar un televisor removido de su celda. Argumentó haber comprado el televisor años antes en la tienda de la institución y cuestionó la tardanza en su remoción. El Departamento denegó su reclamo administrativo y reconsideración, basándose en reglamentos que limitan la posesión de televisores a confinados de custodia máxima. Dado que Quiñones Pagán se encontraba en custodia mediana, no le estaba permitido tener el televisor en su celda. La normativa departamental dispone que, al ser reclasificado a menor custodia, dicha propiedad debe ser entregada a un familiar. El Departamento le indicó que debía identificar un familiar para recoger el equipo. El Tribunal de Apelaciones revisó el caso, destacando la presunción de legalidad de las decisiones administrativas y la gran deferencia hacia el Departamento de Corrección en la gestión de penales y la seguridad. Al encontrar que la actuación del Departamento se ajustaba a sus reglamentos y no era arbitraria ni irrazonable, el tribunal confirmó la determinación administrativa.

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DORAL RECOVERY II LLC VS DEL NORTE MEDICAL PLAZA, INC

2015 • 29 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201401238

Ponente:

—

Resumen:

Se evalúa la validez de una sentencia en rebeldía dictada por el Tribunal de Primera Instancia, basada en un emplazamiento por edicto. El caso original fue presentado por Doral Bank contra Del Norte Medical Plaza, Inc. y otros por cobro de dinero y ejecución de hipoteca debido a un alegado incumplimiento de pago de un préstamo. Doral Bank solicitó y obtuvo autorización para emplazar por edicto tras alegar gestiones infructuosas para lograr el emplazamiento personal. Los demandados no contestaron la demanda luego del emplazamiento por edicto, resultando en la anotación de rebeldía y la posterior sentencia en rebeldía. La parte apelante cuestionó la sentencia, argumentando que el emplazamiento por edicto no estuvo debidamente fundamentado en suficientes diligencias razonables de emplazamiento personal. El Tribunal de Apelaciones revisó si las gestiones realizadas por el emplazador fueron suficientes para justificar el emplazamiento por edicto. Tras evaluar los fundamentos, el Tribunal de Apelaciones confirma la sentencia apelada.

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BLASSINI CRUZ, JORGE MANUEL V. ADMINISTRACION DE CORRECCION

2015 • 29 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRX201500009

Ponente:

—

Resumen:

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EL PUEBLO DE PUERTO RICO VS CORONADO RIVERA, MIGUEL A

2015 • 29 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201400792

Ponente:

—

Resumen:

Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico que resuelve apelaciones consolidadas presentadas por Ángel Torres Pagán y Miguel A. Coronado Rivera. Los apelantes solicitan la revocación de sentencias emitidas por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce. Dichas sentencias los hallaron culpables de tentativa de asesinato (Art. 93 Código Penal) e infracciones a la Ley de Armas (Art. 5.04 para ambos, y Art. 5.15 adicional para Coronado Rivera). Los cargos se basan en hechos ocurridos el 31 de marzo de 2013 en Juana Díaz. Durante el juicio, el perjudicado testificó que los apelantes le dispararon desde un vehículo. La defensa presentó prueba de coartada. Tras revisar los fundamentos y la prueba presentada, el Tribunal de Apelaciones confirma las sentencias apeladas.

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EL PUEBLO DE PUERTO RICO VS TORRES PAGAN, ANGEL

2015 • 29 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201400762

Ponente:

—

Resumen:

Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en los casos consolidados de Ángel Torres Pagán y Miguel A. Coronado Rivera. Los apelantes recurrieron las sentencias del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce, que los declararon culpables de tentativa de asesinato (Art. 93 Código Penal) e infracciones a la Ley de Armas (Art. 5.04, y Art. 5.15 para Coronado Rivera). Los cargos se originaron por hechos ocurridos el 31 de marzo de 2013 en Juana Díaz, relacionados con un incidente de disparos. El juicio contó con prueba testifical, incluyendo el testimonio de la víctima sobre el ataque. Los apelantes solicitaron la revocación de sus convicciones. El Tribunal de Apelaciones, tras evaluar los fundamentos presentados, resolvió confirmar las sentencias apeladas emitidas por el Tribunal de Primera Instancia.

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DIAZ AYALA, ANGEL D VS AUTO HERMANOS

2015 • 29 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201400715

Ponente:

—

Resumen:

El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisa una sentencia del Tribunal de Primera Instancia. La sentencia apelada ordenó a Auto Hermanos, Corp. pagar una suma de dinero y honorarios de abogado a Ángel D. Díaz Ayala por temeridad en un pleito de cobro de dinero. El caso se originó cuando Díaz Ayala demandó a Auto Hermanos tras adquirir un vehículo que resultó tener un gravamen y fue entregado a un tercero. Díaz Ayala reclamaba la devolución del precio pagado y gastos incurridos. El trámite procesal en el Tribunal de Primera Instancia fue complejo y accidentado. Se emitieron sentencias en rebeldía contra Auto Hermanos por incomparecencia en varias ocasiones. Auto Hermanos apeló la negativa del tribunal a dejar sin efecto una de estas sentencias en rebeldía. El Tribunal de Apelaciones acogió el recurso como una petición de certiorari. Tras analizar los argumentos y el derecho aplicable, el Tribunal de Apelaciones expidió el auto. Finalmente, el Tribunal de Apelaciones revocó la determinación recurrida del Tribunal de Primera Instancia.

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SIERRA PEREZ, MARIA VS MALDONADO ROMAN, ROBERTO

2015 • 29 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201400607

Ponente:

—

Resumen:

Este es un recurso de apelación ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre la división de comunidad pos ganancial entre María Sierra Pérez y Roberto Maldonado Román. La controversia principal gira en torno a las mejoras realizadas en una propiedad privativa del señor Maldonado durante el matrimonio, financiadas con un préstamo hipotecario conjunto. Las mejoras aumentaron el valor de la propiedad en $58,000, de los cuales el tribunal primario determinó que correspondía $29,000 a cada parte. El tribunal primario dictó una sentencia enmendada liquidando la comunidad y reconociendo un crédito de $23,212.11 a favor del señor Maldonado. La señora Sierra apeló esta sentencia. Tras la revisión, el Tribunal de Apelaciones revocó la sentencia apelada.

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FINCA MATILDE INC VS E L A DE PR

2015 • 29 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201400552

Ponente:

—

Resumen:

Se trata de una Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de expropiación a la inversa. Finca Matilde, Inc. demandó al Estado Libre Asociado de Puerto Rico (ELA). La demanda alegaba que la inclusión de su propiedad en la Reserva Natural Punta Cucharas mediante la Ley Núm. 227-2008 constituyó una privación de uso sin justa compensación. El Tribunal de Primera Instancia (TPI) falló a favor de Finca Matilde. El TPI condenó al ELA a pagar $11,184,576.00 más intereses como justa compensación. El ELA apeló esta decisión buscando su revocación. El Tribunal de Apelaciones revisó el recurso. La Sentencia del Tribunal de Apelaciones modifica la Sentencia apelada. Sin embargo, la confirma en cuanto a su resultado principal, una vez modificada. El caso gira en torno a si la designación de la propiedad como reserva natural equivale a una incautación compensable.

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ORIENTAL BANK & TRUST VS INMOBILIARIA RIO LAJAS, INC.

2015 • 29 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201400244

Ponente:

—

Resumen:

Este caso es una apelación de una sentencia sumaria dictada por el Tribunal de Primera Instancia de Fajardo. Oriental Bank and Trust demandó a Inmobiliaria Río Lajas, Inc. y a sus garantizadores solidarios por cobro de dinero y ejecución de hipoteca. Oriental adquirió un préstamo de \$2,700,000 de Eurobank, alegando que estaba vencido desde abril de 2010. Los demandados admitieron la deuda pero argumentaron que tenían un acuerdo con Eurobank para renovar el préstamo. Sostuvieron que Oriental, como sucesor, estaba obligado a honrar dicho acuerdo, por lo que la deuda no estaba vencida. Los demandados también reconvinieron a Oriental por daños alegando incumplimiento al no renovar el préstamo. El Tribunal de Primera Instancia dictó sentencia sumaria a favor de Oriental, ordenando el pago o la ejecución de las fincas hipotecadas. Los demandados apelaron esta determinación, y el Tribunal de Apelaciones confirmó la sentencia sumaria del foro primario.

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EL PUEBLO DE PUERTO RICO VS MALAVE ZAYAS, ANGEL L

2015 • 29 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201302059

Ponente:

—

Resumen:

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RIVERA ESTRADA, LUIS D V. D DE CORRECCION Y REHABILITACION

2015 • 29 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201500187

Ponente:

—

Resumen:

Luis D. Rivera Estrada solicitó la revisión judicial de una resolución del Departamento de Corrección y Rehabilitación que no atendió su queja sobre la denegación de tiempo de recreación y la negativa de un oficial a identificarse. La resolución administrativa recurrida solo ordenó orientar a los oficiales sobre la identificación. El recurrente pidió revocar la resolución y ordenar una investigación más profunda. La Procuradora General solicitó desestimar el recurso por duplicidad, alegando que la misma controversia ya estaba ante el Tribunal en el caso KLRA201500110. El Tribunal de Apelaciones examinó el caso KLRA201500110 y confirmó que se trata de la misma resolución y las mismas partes. Además, constató que en ese otro caso ya se emitió sentencia revocando la resolución administrativa, y se denegó la reconsideración. Por tanto, el Tribunal concluyó que el presente recurso es duplicado. Se ordena el archivo del caso KLRA201500187 por duplicidad.

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PASTRANA OLIVERO, ARNALDI VS TORRES TORRES, GLORIMAR

2015 • 29 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201500284

Ponente:

—

Resumen:

El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite sentencia en un caso de custodia de menor. Glorimar Torres Torres apela la decisión del Tribunal de Primera Instancia de Bayamón. El TPI había decretado la custodia compartida del menor habido con Arnaldi Pastrana Olivero. La señora Torres Torres solicitaba la revocación de dicha sentencia y la concesión de la custodia a su favor. El caso se inició con la demanda de custodia presentada por el señor Pastrana Olivero. La señora Torres Torres reconvino solicitando la custodia para ella y pensión alimentaria. Un informe de trabajadora social recomendó la custodia compartida. Tras evaluar el recurso, el Tribunal de Apelaciones confirma la Sentencia apelada que establece la custodia compartida.

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GARCIA OSORIA, ENNIT VS TIRADO RODRIGUEZ, ROBIN

2015 • 29 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201500469

Ponente:

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Resumen:

Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisando una apelación en un caso de daños y perjuicios. La apelación fue presentada por la Cooperativa de Seguros Múltiples contra una sentencia del Tribunal de Primera Instancia. El Tribunal de Apelaciones examina su jurisdicción para conocer del recurso. Tras analizar el historial procesal, incluyendo las fechas de notificación y presentación de mociones, determina que la apelación fue radicada prematuramente. Se reitera que un recurso prematuro carece de eficacia legal y priva al tribunal apelativo de jurisdicción. Los tribunales tienen el deber de velar por su jurisdicción y desestimar los casos donde no la poseen. Por tanto, el Tribunal de Apelaciones desestima el presente recurso por falta de jurisdicción.

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DACHMAN SANDLER, BARBARA MAY V. MUNICIPIO DE SAN JUAN

2015 • 28 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLCE201500485

Ponente:

—

Resumen:

Este caso ante el Tribunal de Apelaciones surge de una demanda por daños y perjuicios incoada por Bárbara May Dachman Sandler contra el Municipio de San Juan. Las partes transigieron el caso por \$40,000.00, acuerdo que fue aprobado por el Tribunal de Primera Instancia mediante sentencia. Ante el incumplimiento del pago, la peticionaria solicitó la ejecución de sentencia. El foro primario denegó la moción de ejecución y, posteriormente, la moción de reconsideración presentada por la peticionaria. Inconforme, la peticionaria acudió al Tribunal de Apelaciones mediante un recurso de certiorari. El Tribunal de Apelaciones resuelve desestimar el recurso. La desestimación se fundamenta en la falta de jurisdicción. El recurso fue considerado prematuro por el tribunal apelativo.

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GUERRA, RAIMUNDO V. ZIMA DEVELOPMENT CORP

2015 • 28 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201401244

Ponente:

—

Resumen:

El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revoca una resolución del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACo) que desestimó una querella. La querella fue presentada por los recurrentes, dueños de un apartamento en el Condominio Bosque del Mar, alegando filtraciones severas y ruina parcial de su propiedad tras el paso del huracán Irene en 2011. Imputaron responsabilidad al desarrollador, contratista, consejo de titulares y a los dueños del apartamento superior. Los recurridos solicitaron la desestimación basándose en la doctrina de impedimento colateral por sentencia, argumentando que una querella anterior de 2010 sobre filtraciones similares ya había sido resuelta. Los recurrentes se opusieron, señalando que las nuevas filtraciones eran de mayor intensidad y afectaban áreas distintas. El Tribunal, al revocar la decisión del DACo, permite que la querella por los nuevos daños continúe.

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COOPERATIVA DE SEGUROS MULTIPLES DE PR V. E L A DE PR

2015 • 28 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLCE201500151

Ponente:

—

Resumen:

Comparece ante el Tribunal de Apelaciones la Cooperativa de Seguros Múltiples y Reliable Finances en un recurso de Certiorari. Solicitan la revocación de una Resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó su Moción Solicitando Sentencia Sumaria por Impedimento Colateral Por Sentencia. Dicha moción se presentó en el contexto de una demanda de impugnación de la confiscación de un vehículo. La parte peticionaria argumentó que la desestimación de los cargos criminales contra el dueño del vehículo, basada en la regla de juicio rápido, constituía impedimento colateral por sentencia que impedía la confiscación. El Estado Libre Asociado se opuso, señalando que la desestimación criminal no equivalía a una exoneración en los méritos. El Tribunal de Primera Instancia declaró No Ha Lugar la moción de sentencia sumaria. Mediante esta Resolución, el Tribunal de Apelaciones deniega expedir el auto de Certiorari solicitado. Esto significa que el tribunal apelativo no revisará la decisión del foro primario en este momento.

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MORALES BULTRON, RAFAEL VS E L A DE PR

2015 • 28 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201500332

Ponente:

—

Resumen:

Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de daños y perjuicios. Rafael Morales Bultrón apeló la desestimación de su demanda contra el Estado Libre Asociado y la Policía. La reclamación se basaba en alegados daños sufridos tras un proceso criminal del que fue absuelto, atribuyendo culpa a agentes policiales. El Tribunal de Primera Instancia desestimó la demanda por incumplimiento del requisito de notificación al Secretario de Justicia. Según la Ley Núm. 104 de 1955, dicha notificación debe realizarse dentro de los noventa días de conocidos los daños. El Estado argumentó que la notificación fue extemporánea, mientras el apelante no demostró justa causa para la demora. El apelante recurrió, alegando error en la desestimación por falta de notificación. El Tribunal de Apelaciones revisó la doctrina de inmunidad soberana y la renuncia condicionada del Estado bajo la Ley 104. Finalmente, el Tribunal de Apelaciones confirmó la sentencia del foro primario, validando la desestimación por el incumplimiento del requisito de notificación estatutario.

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ROBLES, CARLOS V. TOWER WAREHOUSE CORP

2015 • 28 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLCE201500058

Ponente:

—

Resumen:

El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite una Sentencia en casos consolidados de Certiorari y Apelación sobre Daños y Perjuicios. Las partes, incluyendo Carlos Robles Tiles \& Stone, Tower Warehouse Corp., Colonial Insurance Agency Inc. y Benjamín Hernández Ramos, impugnan una Sentencia Parcial Enmendada del Tribunal de Primera Instancia de Carolina. Dicha sentencia previa determinó la necesidad de un juicio para dilucidar la cubierta de una póliza de Utica Mutual al agente Benjamín Hernández. También responsabilizó a Tower Warehouse por \$98,457.00 en daños y declaró negligente al agente Hernández frente a Tower Warehouse. Adicionalmente, el foro primario reconsideró el cálculo del interés legal sobre la compensación otorgada a Tiles \& Stones. El litigio se originó por daños a mercancía de Tiles \& Stones almacenada por Tower Warehouse, cuya póliza de seguro para propiedad de terceros resultó ser insuficiente. Tower Warehouse atribuye la insuficiencia de la cubierta a la negligencia de la aseguradora, la agencia y el agente de seguros.

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PAGAN BARBOSA, JOSE IVAN V. PUERTO RICO TELEPHONE CO. INC – CLARO

2015 • 28 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLCE201500070

Ponente:

—

Resumen:

Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un recurso de certiorari presentado por la Puerto Rico Telephone Company (PRTC). La PRTC solicitó revocar una Resolución y Orden del Tribunal de Primera Instancia (TPI) que denegó sus mociones de sentencia sumaria. El caso original fue incoado por José Iván Pagán Barbosa contra la PRTC por alegado discrimen por razón de edad y represalias, incluyendo su despido. Pagán alegó haber sido descendido y sustituido por una persona más joven, recibir evaluaciones pobres y ser relevado de funciones. La PRTC argumentó que las alegaciones eran insuficientes, prescritas y que el despido estuvo justificado por cambios organizacionales. El señor Pagán se opuso a la sentencia sumaria, indicando que la controversia no podía resolverse sumariamente. Tras evaluar el recurso, su apéndice y el escrito en oposición, el Tribunal de Apelaciones denegó la expedición del auto de certiorari solicitado. Esto significa que la decisión del TPI de no dictar sentencia sumaria se mantiene.

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SOLER OLIVIERI, EDITH VS CONSEJO DE TITULARES DEL

2015 • 28 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201500011

Ponente:

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Resumen:

Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico que atiende el recurso presentado por la Sucesión de Edith Soler Olivieri y Juan Manuel Villalón. Los apelantes impugnan la Sentencia del Tribunal de Primera Instancia que desestimó su demanda enmendada por daños y perjuicios, injunction y sentencia declaratoria. La demanda original fue presentada contra el Consejo de Titulares y la Junta de Directores del Condominio Torremolinos Tower, así como contra el Departamento de Asuntos al Consumidor y el Secretario de Justicia. La causa de acción se basó en alegadas actuaciones negligentes de los directores del condominio y determinaciones del Consejo de Titulares en contravención a la Ley de Condominios. Se alegó un patrón de persecución y represalias contra la causante de los demandantes y la inacción del DACo en una querella previa. El tribunal primario desestimó la demanda por falta de jurisdicción, al considerar que las reclamaciones estaban cubiertas por la jurisdicción primaria y exclusiva del DACo. El foro a quo razonó que el DACo tenía facultad legal para imponer daños y ya había emitido una resolución sobre los hechos alegados.

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PUMA ENERGY CARIBE, LLC V. AUTORIDAD DE ENERGIA ELECTRICA DE PR

2015 • 28 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201500066

Ponente:

—

Resumen:

Puma Energy Caribe impugnó la decisión de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) de cancelar un requerimiento de propuesta (RFP) para el suministro de gas propano a la Central San Juan. La AEE había reabierto el proceso de licitación en 2014, tras una cancelación previa en 2012. Se evaluaron las propuestas de Puma y Tropigas según criterios como precio, infraestructura, seguridad y capacidad financiera. Aunque Tropigas obtuvo una puntuación ligeramente mayor, el comité evaluador de la AEE concluyó que ninguna propuesta ofrecía ahorros significativos ni cumplía con todos los requisitos esenciales. Se identificaron deficiencias como la falta de garantía contra la volatilidad del precio, incumplimientos de seguridad por parte de Tropigas y el alto costo de la propuesta de Puma. La AEE canceló definitivamente el RFP en diciembre de 2014, argumentando que era en su mejor interés al no lograrse ahorros sustanciales ni el cumplimiento total de los aspectos requeridos. Puma solicitó revisión judicial de esta determinación. El Tribunal de Apelaciones revisó el caso. La sentencia del Tribunal de Apelaciones confirma la decisión de la AEE de cancelar el RFP.

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EL PUEBLO DE PUERTO RICO VS NEVAREZ TIRADO, JOSE E

2015 • 28 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201401462

Ponente:

—

Resumen:

La sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico aborda una apelación contra una convicción por infracciones a la Ley de Vehículos y Tránsito. José Edgardo Nevárez Tirado fue acusado de causar un accidente al retroceder sin precaución y de abandonar el lugar del choque. Los hechos ocurrieron en diciembre de 2013, y las denuncias se presentaron en abril de 2014. Inicialmente, los cargos se radicaron contra su padre, el dueño del vehículo, quien fue declarado no causa en una vista previa. En el juicio, el conductor afectado identificó al apelante como el conductor responsable que se marchó del lugar. Un agente investigador explicó el proceso de radicación de cargos, primero contra el padre y luego contra el hijo por instrucción judicial. El padre del apelante testificó, alegando que él era quien conducía el vehículo el día del incidente. Tras evaluar la prueba, el Tribunal de Primera Instancia declaró culpable a José Edgardo Nevárez Tirado. Se le impusieron multas por las infracciones a los Artículos 5.07 y 4.03 de la Ley Núm. 22. Esta sentencia documenta el trasfondo del caso que llevó a la apelación ante el Tribunal de Apelaciones.

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ALVARADO RIVERA, GILBERTO VS HOSPITAL SAN CRISTOBAL

2015 • 28 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201500216

Ponente:

—

Resumen:

Se trata de una apelación en un caso de daños y perjuicios por alegada impericia médica. Gilberto Alvarado Rivera y Jerry Espada Rivera demandaron al Hospital San Cristóbal, al Dr. José A. Ortiz Rosado y aseguradoras tras el fallecimiento de su madre. Alegaron que la muerte ocurrió por complicaciones postoperatorias, incluyendo una fuga de bilis debido a un punto suelto y falta de drenaje. Los demandantes reclamaron \$1,300,000 por sufrimientos y angustias mentales. Posteriormente, los demandantes desistieron de la causa de acción contra el Dr. Ortiz Rosado y su aseguradora. El caso continuó únicamente contra el Hospital San Cristóbal y su aseguradora. El Hospital solicitó sentencia sumaria argumentando que el Dr. Ortiz Rosado no era su empleado y que el desistimiento contra él implicaba que los demandantes asumían su responsabilidad. Adujeron que, bajo el Código Civil, las defensas del doctor cubrían al Hospital en cuanto a la porción de responsabilidad atribuible al galeno. Este documento es la Sentencia del Tribunal de Apelaciones resolviendo sobre este caso.

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CRUZ ZAVALA, NYHRA V. MUNICIPIO DE SAN JUAN

2015 • 28 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLCE201500127

Ponente:

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Resumen:

Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico. El Municipio de San Juan y Mapfre Praico Insurance Company solicitaron la revisión de una orden del Tribunal de Primera Instancia. Dicha orden denegó su solicitud para presentar una demanda contra tercero en un caso de daños y perjuicios. La demanda original fue presentada por Nyhra Cruz Zavala y sus hijos contra el MSJ. Los peticionarios contestaron la demanda y comenzó el descubrimiento de prueba. A pesar de las conversaciones para un posible acuerdo, los peticionarios pidieron autorización para la demanda contra tercero, la cual fue rechazada. Acudieron al Tribunal de Apelaciones mediante certiorari. Los recurridos no presentaron su posición ante el tribunal apelativo. El Tribunal de Apelaciones evaluó el asunto a la luz de las reglas de procedimiento civil sobre alegaciones y descubrimiento de prueba. Resolvió expedir el auto de certiorari y revocar la resolución recurrida.

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