Partes:
ARLEQUIN VELEZ, EDGARDO V. PANEL FISCAL ESPECIAL INDEPENDIENTE
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLRA201500339
Año:
2015
Fecha:
29 de abril de 2015
El Alcalde de Guayanilla, Edgardo Arlequín Vélez, presentó un recurso ante el Tribunal de Apelaciones contra una Resolución Interlocutoria Parcial del 5 de marzo de 2015 emitida por la UPAD del PFEI. Dicha resolución ordenó su suspensión sumaria de empleo, basada en una recomendación de la UPAD en un proceso administrativo. Se le requirió mostrar causa en 10 días para evitar la suspensión de sueldo y beneficios. El PFEI informó al tribunal que emitió resoluciones posteriores el 9 y 11 de marzo de 2015. La resolución del 11 de marzo reiteró la suspensión de empleo y decretó la suspensión de beneficios económicos, haciendo innecesario el trámite de mostrar causa de la resolución inicial. El PFEI argumentó que el Alcalde apeló la resolución interlocutoria no revisable del 5 de marzo, no las determinaciones posteriores. Concluyó que el Tribunal de Apelaciones carecía de jurisdicción para revisar el recurso presentado. El Tribunal de Apelaciones consideró los argumentos y documentos presentados. Resolvió desestimar el recurso por carecer de jurisdicción para atenderlo.
Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN PANEL II HON. EDGARDO ARLEQUIN VELEZ, ALCALDE MUNICIPIO DE GUAYANILLA Recurrente v.
PANEL SOBRE EL FISCAL ESPECIAL INDEPENDIENTE UNIDAD DE PROCESAMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO (UPAD) Recurridos
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