2021 • 3 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLCE202000391
Ponente:
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Resumen:
Se presenta ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico una petición de certiorari por parte de Jeremy Pastrana Trinidad. El peticionario impugna una resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó su solicitud de corrección de sentencia. Dicha solicitud se fundamentó en la aplicación retroactiva de las enmiendas de la Ley Núm. 246-2014 al Código Penal de 2012, invocando el principio de favorabilidad del Artículo 4 del Código Penal. Pastrana Trinidad argumenta que el tribunal inferior erró al no aplicar estas disposiciones para modificar su sentencia a una más favorable. El documento describe el recurso de certiorari como un remedio extraordinario y discrecional. También explica el principio de favorabilidad, que permite aplicar una ley penal posterior si es más beneficiosa para el imputado. El Tribunal de Apelaciones está evaluando la procedencia de la petición.
2021 • 3 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLCE202000673
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisando una Resolución del Tribunal de Primera Instancia en un caso de discrimen y otros. La demanda original fue presentada por Carina Medina Morales y otros contra el Estado Libre Asociado y Luis M. Collazo Rodríguez, entre otros, en su carácter personal. Se reclamaron daños contra Collazo Rodríguez personalmente por alegadas acciones discriminatorias intencionales y hostigamiento. Collazo Rodríguez solicitó la desestimación de la demanda en su contra en carácter personal, argumentando inmunidad condicionada por actuar en funciones oficiales. El Tribunal de Primera Instancia denegó esta solicitud de desestimación. Collazo Rodríguez recurrió en Certiorari ante el Tribunal de Apelaciones, señalando error en la no aplicación de la inmunidad condicionada. El Tribunal de Apelaciones expidió el auto solicitado. La Sentencia revoca la Resolución del Tribunal de Primera Instancia que declaró No Ha Lugar la desestimación contra Collazo Rodríguez en su carácter personal. El caso gira en torno a la aplicabilidad de la doctrina de inmunidad condicionada a un funcionario público demandado personalmente por actos alegadamente realizados en el ejercicio de sus funciones.
2021 • 3 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLCE202000618
Ponente:
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Resumen:
Este documento presenta la historia procesal de dos recursos de certiorari consolidados (KLCE2020-00597 y KLCE2020-00618) presentados por Pharma-Bio et al. Los recursos surgen de demandas por incumplimiento contractual y reclamación de salarios y estipendios presentadas por la Sra. Jomarie Lozada Rivera y el Sr. Alexis Omar Maceira Ballester. Pharma-Bio et al. solicitó sentencia sumaria en ambos casos, argumentando la inexistencia de controversias genuinas de hechos materiales y la falta de prueba suficiente por parte de los demandantes. El Tribunal de Primera Instancia declaró No Ha Lugar las mociones de sentencia sumaria y Ha Lugar las oposiciones de los demandantes. Pharma-Bio et al. presentó mociones de reconsideración, las cuales también fueron denegadas por el foro primario. Inconformes, Pharma-Bio et al. acudieron al tribunal apelativo mediante los recursos de certiorari, planteando errores relacionados con la determinación de controversias de hechos, el estándar de adjudicación aplicado y la falta de desestimación de ciertas entidades demandadas. Los recursos fueron consolidados debido a hechos y aspectos de derecho comunes. Esta resolución aborda el estado de estos recursos consolidados.
2021 • 3 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLAN202000987
Ponente:
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Resumen:
Este caso es una apelación de una Sentencia Parcial del Tribunal de Primera Instancia (TPI) de Arecibo, presentada por MAPFRE Pan American Insurance Company. La apelación surge de una demanda interpuesta por Rosa Acevedo Reyes contra MAPFRE por incumplimiento de contrato y daños relacionados con el pago de una reclamación por daños causados por el Huracán María. La señora Acevedo Reyes alegó que MAPFRE incumplió sus obligaciones bajo la póliza y limitó injustamente el pago, induciéndola a aceptar una suma insuficiente. MAPFRE solicitó la desestimación y sentencia sumaria, argumentando, entre otras cosas, la inaplicabilidad retroactiva de la Ley Núm. 247-2018 y la doctrina de pago en finiquito ("accord and satisfaction") por la aceptación de un cheque. La apelada se opuso, indicando que su reclamación se basaba en el incumplimiento contractual general y que existían controversias de hechos genuinas. El TPI declaró No Ha Lugar la solicitud de sentencia sumaria de MAPFRE y Ha Lugar parcialmente su solicitud de desestimación respecto a ciertas causas de acción. MAPFRE apeló esta determinación. El Tribunal de Apelaciones, Panel IV, revisó el recurso. Por los fundamentos expuestos en su sentencia, el Tribunal de Apelaciones confirmó la Sentencia Parcial apelada.
2021 • 3 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLCE202000507
Ponente:
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Resumen:
Resolución de un panel judicial sobre dos recursos de *certiorari* consolidados presentados por Pharma-Bio et al. Los recursos impugnan resoluciones del Tribunal de Primera Instancia que denegaron sus mociones de sentencia sumaria y reconsideración. Dichas mociones se presentaron en demandas separadas por incumplimiento contractual incoadas por la Sra. Jomarie Lozada Rivera y el Sr. Alexis Omar Maceira Ballester. Los demandantes reclamaban salarios y estipendios no pagados bajo contratos de empleo. Pharma-Bio et al. alegó que no existían controversias genuinas de hechos materiales que impidieran dictar sentencia sumaria. Argumentaron que el tribunal primario erró al no dar por admitidos los hechos incontrovertidos y al aplicar un estándar incorrecto. También plantearon que ciertas entidades demandadas debieron ser desestimadas por no ser parte del contrato o no haber sido emplazadas. El tribunal apelativo ordenó la consolidación de ambos recursos de *certiorari* (KLCE202000597 y KLCE202000618) por tratarse de hechos y aspectos de derecho comunes.
2021 • 3 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLAN202000687
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de daños y perjuicios. KF Realty LLC apeló una Sentencia Parcial del Tribunal de Primera Instancia que desestimó su reclamación contra el Condominio Ashford 1350. La demanda original de KF Realty LLC fue contra los vendedores de un apartamento y el Condominio por filtraciones de agua. La apelante alegó que los vendedores no revelaron un problema, mientras que los vendedores atribuyeron la filtración a un defecto en el techo del edificio bajo control del Condominio. KF Realty LLC enmendó la demanda para incluir una alegación que sugería que el agua provenía del techo del edificio. El foro primario inicialmente denegó la desestimación solicitada por el Condominio, pero luego, en reconsideración, desestimó la demanda contra este. El Tribunal de Primera Instancia fundamentó la desestimación en la falta de legitimación activa y la ausencia de una reclamación válida, concediendo costas y honorarios al Condominio. El Tribunal de Apelaciones revisó la Sentencia Parcial y las Resoluciones de costas y honorarios. Por los fundamentos expuestos, el Tribunal de Apelaciones revocó el dictamen apelado. El caso se devuelve al Tribunal de Primera Instancia para la continuación de los procedimientos.
2021 • 3 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLRA202000478
Ponente:
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Resumen:
Capital Improvements Program Management, P.S.C. presentó un recurso de revisión administrativa contra el Municipio de Arroyo y su Junta de Subastas. La recurrente impugnó la adjudicación de una subasta para servicios de gerencia de proyectos de recuperación de desastres al licitador Redline Global, LLC. Previamente, un recurso similar fue desestimado por notificación defectuosa de la adjudicación inicial. La Junta de Subastas re-notificó la adjudicación a Redline el 12 de noviembre de 2020, detallando la evaluación de las propuestas. La Junta rechazó la propuesta de la recurrente, mencionando un supuesto cargo adicional del 15% y considerando la propuesta de Redline más favorable, en parte por su experiencia previa con el municipio. La recurrente alegó que la Junta erró al descartar su propuesta por un cargo inexistente y al adjudicar a Redline por criterios ilegales. El Tribunal de Apelaciones revisó el recurso. La Sentencia emitida por el Panel IV confirma la determinación recurrida de la Junta de Subastas del Municipio de Arroyo.
2021 • 3 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLRA202000221
Ponente:
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Resumen:
Este caso de revisión judicial ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico involucra a Driven Film Productions Limited, CORP. impugnando una decisión del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC). Driven Film solicitó la revisión de la denegación por parte del DDEC de la certificación de los créditos contributivos totales relacionados con el proyecto fílmico "Driven". La compañía había solicitado y recibido aprobación inicial y un decreto que concedía créditos contributivos bajo la Ley Núm. 27-2011, reservando más de $13 millones basados en gastos estimados. Tras la denegación de la certificación final por parte del DDEC, Driven Film presentó una solicitud de reconsideración ante la agencia. El DDEC no actuó sobre esta solicitud de reconsideración dentro del término requerido. En consecuencia, Driven Film presentó la presente acción de revisión judicial. El tribunal abordó cuestiones procesales, incluyendo la inacción del DDEC y una moción para paralizar los procedimientos debido al caso de Título III de PROMESA, la cual fue denegada. La controversia principal gira en torno a la negativa del DDEC a certificar los créditos contributivos totales después de haber aprobado previamente el proyecto y emitido un decreto.
2021 • 2 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLAN202000924
Ponente:
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Resumen:
Se presenta un recurso de apelación, acogido como Certiorari, contra una Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (TPI) que archivó administrativamente un caso de cobro de dinero. Los apelantes, Pablo José Rivera Miranda y otros, demandaron a Reinaldo Pérez Ramírez e Indalegcia Hernández Díaz por una deuda. El co-demandado Pérez Ramírez instó un caso de quiebra bajo el Capítulo 7, lo que activó la paralización automática. La co-demandada Hernández Díaz solicitó la paralización total del caso, alegando ser parte indispensable por existir una comunidad de bienes con Pérez Ramírez sobre una propiedad inmueble. El TPI determinó que Hernández Díaz era parte indispensable y ordenó la paralización y archivo administrativo del caso completo. Los demandantes apelaron esta determinación del TPI. El Tribunal de Apelaciones expide el recurso de Certiorari. El Tribunal modifica el dictamen recurrido del TPI y, así modificado, lo confirma.
2021 • 2 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLCE202001095
Ponente:
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Resumen:
La Cooperativa de Seguros Múltiples de Puerto Rico solicita al Tribunal de Apelaciones que revoque la denegatoria de su Moción de Sentencia Sumaria en un caso de incumplimiento de contrato de seguro. El recurrido, Wilfredo Hernández Figueroa, demandó a la aseguradora por daños a su propiedad tras el Huracán María, alegando incumplimiento y mala fe. La Cooperativa argumentó que la reclamación fue resuelta mediante la doctrina de pago en finiquito, ya que el asegurado aceptó y cambió un cheque que en su dorso indicaba ser liquidación total. El asegurado se opuso, alegando que la aseguradora actuó dolosamente al ofrecer un pago bajo sin explicar su alcance ni informarle sobre el proceso de reconsideración. El Tribunal de Primera Instancia denegó la sentencia sumaria, concluyendo que existían hechos materiales controvertidos. Determinó que, si bien el cheque tenía una cláusula de finiquito en el dorso, la carta adjunta no indicaba que era un pago final ni detallaba los daños considerados o excluidos. Por tanto, el TPI consideró necesaria la celebración de una vista evidenciaria para resolver las controversias fácticas. La Cooperativa recurre, alegando que el TPI erró al no aplicar la doctrina de pago en finiquito y al denegar la sentencia sumaria.
2021 • 2 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLCE202001063
Ponente:
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Resumen:
Este documento es una sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de certiorari. El caso surge de una demanda por incumplimiento de seguro tras los huracanes María/Irma, presentada por Atenas Medical y otros contra QBE/Óptima Seguros. Óptima Seguros solicitó la desestimación del caso, alegando que los demandantes carecían de legitimación activa. Argumentó que Atenas Medical había cedido sus derechos de la póliza a Attenure Holdings sin el consentimiento de la aseguradora, lo cual estaba prohibido por el contrato. Los demandantes replicaron que la cesión era válida por ser una cesión "post-pérdida" de una reclamación judicial, no de la póliza misma, y que ocurrió tras el alegado incumplimiento de la aseguradora. El Tribunal de Primera Instancia denegó la moción de desestimación. Determinó que la cláusula anti-cesión de la póliza no aplicaba a la cesión de un interés en una reclamación judicial por daños ocurrida después de la pérdida y el alegado incumplimiento de la aseguradora. El derecho a reclamar judicialmente surge de la ley, no de la póliza, y la cláusula no prohibía expresamente cesiones post-pérdida de reclamaciones. El Tribunal de Apelaciones expidió el recurso de certiorari para revisar esta decisión. Finalmente, el Tribunal de Apelaciones confirmó el dictamen del Tribunal de Primera Instancia.
2021 • 2 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLRA202000464
Ponente:
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Resumen:
Comparece ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico un recurso de revisión judicial instado por un confinado contra el Departamento de Corrección y Rehabilitación. El recurrente impugnó la respuesta de la División de Remedios Administrativos a su queja sobre el servicio de huevos supuestamente caducados. Alegó que la empresa encargada de la comida sirvió huevos con fecha "USE BY JAN 14 2020" el 17 de enero de 2020. El Departamento respondió inicialmente que "USE BY" significaba fecha de inicio de uso, no de expiración. Tras una solicitud de reconsideración donde el recurrente presentó evidencia de que "USE BY" indica fecha de caducidad, el Departamento denegó la petición. La denegatoria se basó en que se cumplen los estándares y que el alimento no estaba incluido en la dieta del recurrente. El confinado acudió al foro apelativo argumentando que la respuesta administrativa fue arbitraria y un abuso de discreción. Luego de evaluar el caso, el Tribunal de Apelaciones determinó revocar el dictamen recurrido.
2021 • 2 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLAN202000973
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite sentencia en el caso KLAN202000973. La Cooperativa de Viviendas Los Robles apeló una Sentencia Parcial del Tribunal de Primera Instancia. Dicha sentencia parcial determinó que América Pérez Hernández era empleada de la Cooperativa. Asimismo, el tribunal de instancia encontró que se configuró un caso prima facie de despido por represalias. La apelada demandó originalmente por cobro de dinero, daños, despido injustificado y represalias tras la terminación de su contrato de administración. Alegó que la terminación fue en represalia por una consulta a COSSEC o sin justa causa. La Cooperativa defendió la existencia de justa causa y argumentó que la relación era de contratista independiente. El Tribunal de Primera Instancia, al resolver una moción de sentencia sumaria parcial, validó la relación de empleo y el caso prima facie de represalias. También encontró que la Cooperativa incurrió en temeridad. El Tribunal de Apelaciones, tras revisar los argumentos y el expediente, confirmó la sentencia parcial apelada.
2021 • 2 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLCE202001309
Ponente:
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Resumen:
Juan M. Crespo Morales, miembro de la población correccional, solicitó copias de sus planillas de contribución sobre ingresos relacionadas con casos sentenciados en 1981. La solicitud fue presentada ante la Oficina de Administración de los Tribunales y referida al Tribunal de Primera Instancia (TPI). El TPI declaró No Ha Lugar la solicitud del Sr. Crespo Morales el 26 de octubre de 2020. Insatisfecho con la determinación, el peticionario acudió al Tribunal de Apelaciones mediante un recurso de certiorari. Alegó que el TPI erró al denegar su solicitud, argumentando que los documentos requeridos son públicos. El Tribunal de Apelaciones revisó la petición conforme a las reglas de procedimiento aplicables al certiorari. Finalmente, el Tribunal de Apelaciones denegó la petición de certiorari presentada por el Sr. Crespo Morales.
2021 • 1 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLCE202100041
Ponente:
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Resumen:
2021 • 29 de enero de 2021
Número de Caso:
KLCE202100032
Ponente:
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Resumen:
El Consejo de Titulares del Condominio Colinas del Bosque solicitó al Tribunal de Apelaciones revocar una resolución del Tribunal de Primera Instancia (TPI). Dicha resolución del TPI declaró no ha lugar ciertas objeciones del Consejo a solicitudes de descubrimiento de prueba en un pleito subyacente. El TPI había determinado que parte de la información solicitada por el Consejo era impertinente a la controversia. Inconforme, el Consejo presentó una Petición de Certiorari, alegando que el TPI erró al considerar impertinente la evidencia sobre la investigación de una aseguradora, los criterios de su personal y las reservas de la reclamación. El Tribunal de Apelaciones revisó la petición y el expediente. Considerando la naturaleza discrecional del recurso de certiorari para revisar órdenes interlocutorias, el Tribunal de Apelaciones decidió denegar la expedición del auto solicitado.
2021 • 29 de enero de 2021
Número de Caso:
KLCE202000552
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico resolvió una apelación presentada por Marc de Lucía y una petición de certiorari de AALM Enterprise, LLC, relacionadas con un interdicto posesorio sobre el Lote Núm. 200 en Vieques. AALM demandó a de Lucía alegando posesión del lote desde 2006 y perturbación por parte de este. El Tribunal de Primera Instancia (TPI) declaró Ha Lugar el interdicto posesorio a favor de AALM, ordenando a de Lucía cesar la perturbación. De Lucía apeló esta sentencia, mientras que AALM solicitó revisar la negativa del TPI a imponerle honorarios por temeridad a de Lucía. El Tribunal de Apelaciones consolidó ambos recursos. Tras evaluar los fundamentos, el panel confirmó la sentencia del TPI que adjudicó la posesión a AALM. Asimismo, denegó la expedición del auto de certiorari solicitado por AALM respecto a los honorarios. La decisión se basó en las determinaciones de hechos del TPI que establecieron la adquisición y posesión del lote por parte de AALM desde 2006.
2021 • 29 de enero de 2021
Número de Caso:
KLRA202000564
Ponente:
—
Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre un recurso de revisión instado por el confinado Roberto Quiñones Rivera y otros. El recurrente solicitó un remedio para garantizar su derecho a la rehabilitación en un ambiente libre de conflictos, pidiendo la reubicación de dos confinados cuya conducta consideraba perjudicial. Previamente, el recurrente había presentado una solicitud de remedio administrativo ante el Departamento de Corrección y Rehabilitación, la cual fue referida a la Superintendente sin ordenar la reubicación. Inconforme, presentó una solicitud de reconsideración sin obtener respuesta. El Tribunal desestimó el recurso por falta de jurisdicción. Las razones para la desestimación incluyeron el incumplimiento del recurrente con la ley y los reglamentos aplicables. Además, el Tribunal determinó que el remedio solicitado no estaba dentro de las facultades de este foro apelativo.
2021 • 29 de enero de 2021
Número de Caso:
KLRA202000562
Ponente:
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Resumen:
Miguel A. Rivera Díaz, miembro de la población correccional, solicitó la revisión judicial de una determinación del Departamento de Corrección y Rehabilitación. Su reclamo ante la agencia se centró en el manejo y la calidad de los alimentos que recibía. Alegó la falta de entrega de comidas, alimentos incompletos o mal preparados, problemas con fechas de expiración, productos fermentados y un menú repetitivo. El Departamento respondió a sus quejas detallando los procedimientos de control de calidad, verificación de fechas, preparación de menús por dietistas y temperaturas de cocción. Inconforme con la respuesta, el peticionario solicitó reconsideración, la cual fue denegada por la agencia. Posteriormente, acudió al Tribunal de Apelaciones para impugnar la decisión administrativa. El Tribunal revisó el expediente del caso sin requerir la comparecencia de la parte recurrida. Finalmente, el Tribunal de Apelaciones confirmó la determinación emitida por el Departamento de Corrección y Rehabilitación.
2021 • 29 de enero de 2021
Número de Caso:
KLRA202000223
Ponente:
—
Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisando una decisión administrativa del Departamento de Salud. La Dra. Ruth E. Ramos Félix recurre la imposición de una multa de $800 por la Oficina de Sustancias Controladas. La multa se impuso debido a la renovación tardía de su Certificado de Registro de Sustancias Controladas. La doctora argumentó desconocimiento, falta de uso para recetar, no haber recibido notificación y problemas con el sistema en línea como justificación. La Oficial Examinadora y la agencia determinaron que la responsabilidad de la renovación recae únicamente en el registrado. Consideraron la infracción grave y no encontraron justa causa para eximir la multa. El Departamento de Salud ratificó la multa y denegó la reconsideración mediante una Resolución Nunc Pro Tunc. Este recurso de revisión judicial busca la revocación de dicha decisión administrativa.
2021 • 29 de enero de 2021
Número de Caso:
KLCE202001257
Ponente:
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Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un recurso de certiorari presentado por el Estado Libre Asociado contra Popular Auto, LLC. El caso original es una impugnación de confiscación bajo la Ley Núm. 119-2011. El Estado solicitó la revocación de una Resolución del Tribunal de Primera Instancia que declaró no ha lugar su moción de desestimación por falta de jurisdicción. El Estado argumentó que Popular Auto no emplazó a la Secretaria de Justicia dentro del término jurisdiccional de 15 días desde la presentación de la demanda. Popular Auto sostuvo que el retraso se debió a la Secretaría del Tribunal y que el término debía contarse desde la expedición de los emplazamientos. El Tribunal de Apelaciones consideró el recurso de certiorari. Por los fundamentos expuestos, el Tribunal de Apelaciones denegó la expedición del certiorari solicitado por el Estado.
2021 • 29 de enero de 2021
Número de Caso:
KLCE202000716
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones revisa la negativa del Tribunal de Primera Instancia a desestimar una reconvención presentada por Nancy Padilla López. El caso principal fue iniciado por Celedonio Medín Lozada Gentile y Deborah Padilla López contra Nancy Padilla López para liquidar la Corporación Santa Rosa Agro Industries y vender su único activo. Esta acción surge de una sentencia previa donde Deborah y Nancy fueron condenadas solidariamente a pagar una deuda a Lozada Gentile. Deborah llegó a un acuerdo transaccional con Lozada Gentile para saldar su parte de la deuda utilizando sus acciones corporativas. Dicho acuerdo la comprometía a gestionar la venta del activo corporativo con Nancy y, de no lograrlo, demandarla para liquidar la corporación. La demanda actual busca hacer efectivo este acuerdo ante la negativa de Nancy a cooperar. La controversia apelada se centra en la procedencia de la reconvención de Nancy dentro de este pleito de liquidación corporativa.
2021 • 29 de enero de 2021
Número de Caso:
KLCE202001252
Ponente:
—
Resumen:
Marquel Rivera Vega, confinado, presentó una petición de certiorari ante el Tribunal de Apelaciones contra una Orden del Tribunal de Primera Instancia (TPI). La Orden del TPI denegó su moción para modificar las sentencias impuestas por asesinato en segundo grado y violaciones a la Ley de Armas. Rivera Vega argumentó que las penas por las infracciones a la Ley de Armas eran duplicadas e ilegales. El Tribunal de Apelaciones ordenó al Pueblo de Puerto Rico mostrar causa por la cual no debía expedirse el auto de certiorari. El Pueblo respondió que las sentencias eran legales y la duplicidad estaba expresamente permitida por la Ley de Armas vigente al momento de los hechos. Esta Resolución del Tribunal de Apelaciones evalúa la petición y la respuesta. Describe el certiorari como un remedio discrecional y los criterios que rigen su expedición. El tribunal considera si procede revisar la determinación del TPI respecto a la legalidad de las penas impuestas al peticionario.
2021 • 29 de enero de 2021
Número de Caso:
KLRX202100001
Ponente:
—
Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre una Petición de Mandamus. El peticionario, Pablo López Mercado, solicitó ordenar al Tribunal de Primera Instancia cumplir una sentencia previa de este foro. Esa sentencia anterior (KLCE201900858) devolvió el caso al foro primario. Se ordenó fijar la pensión alimentaria de sus hijos menores basándose en los ingresos del peticionario de la Administración del Seguro Social Federal. El Tribunal de Apelaciones había determinado que el peticionario denotaba un nivel de funcionamiento significativamente reducido. Tras la devolución, el Tribunal de Primera Instancia inició procedimientos, incluyendo citaciones a la Examinadora de Pensiones Alimentarias. Las vistas sufrieron retrasos, en parte por la pandemia y alegaciones sobre ayuda económica recibida por el peticionario. El peticionario presentó mociones alegando incumplimiento y solicitando auxilio de jurisdicción. Luego de estudiar los autos originales, el Tribunal de Apelaciones resuelve desestimar el auto de mandamus solicitado.
2021 • 29 de enero de 2021
Número de Caso:
KLCE202001334
Ponente:
—
Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre una petición de certiorari presentada por Chubb Insurance Company. Chubb solicita la revocación de una Orden del Tribunal de Primera Instancia que denegó su Moción de Desestimación Parcial. El caso subyacente fue incoado por el Consejo de Titulares del Condominio Palacios del Escorial contra Chubb por incumplimiento de contrato, mala fe y daños tras el Huracán María. El Consejo alegó que Chubb subvaloró los daños a la propiedad (\$16M+) e incumplió con la póliza y el Código de Seguros. La demanda incluyó causas de acción bajo el Código Civil y el Código de Seguros (Ley 247-2018). Chubb argumentó en su moción que no se podían litigar simultáneamente reclamaciones bajo ambos cuerpos legales, citando el Art. 27.164 del Código de Seguros. El Consejo se opuso, indicando que la ley permite la concurrencia de acciones y que el artículo busca evitar la duplicidad de remedios, no la presentación conjunta de reclamaciones. El Tribunal de Primera Instancia declaró No Ha Lugar la moción de Chubb. El Tribunal de Apelaciones procede a examinar este dictamen.
2021 • 29 de enero de 2021
Número de Caso:
KLCE202000763
Ponente:
—
Resumen:
Comparece ante el Tribunal de Apelaciones una Petición de Certiorari presentada por Óptima Seguros, Inc. La aseguradora solicita la revocación de una Resolución y Orden del Tribunal de Primera Instancia de Bayamón. Dicha orden concedió la solicitud de la parte demandante para referir la controversia sobre los daños a un proceso de "Appraisal" según la Ley 242. El caso subyacente es una demanda por incumplimiento de contrato y daños presentada por el Consejo de Titulares del Condominio Torres de San Miguel y otros contra Óptima Seguros. Los demandantes alegan que Óptima Seguros incumplió su póliza de propiedad comercial tras el Huracán María. Sostienen que la aseguradora dilató el proceso, actuó de mala fe y se negó a pagar el valor total de los daños estimados profesionalmente. La demanda original buscaba una sentencia declaratoria y compensación por los daños y el alegado incumplimiento contractual. La disputa principal gira en torno a la diferencia entre la cantidad pagada por Óptima y la estimación de daños de los demandantes. El Tribunal de Apelaciones revisa ahora la procedencia de la orden del foro primario de someter la cuantificación de daños al proceso de "Appraisal".
2021 • 29 de enero de 2021
Número de Caso:
KLCE202100037
Ponente:
—
Resumen:
Luis A. Pérez Llantin, sentenciado por agresión sexual, solicitó directamente al Tribunal de Apelaciones la entrega de todos los documentos relacionados con su caso criminal. El Tribunal de Apelaciones denegó la expedición del auto de certiorari solicitado. La denegatoria se fundamenta en la falta de jurisdicción original del Tribunal de Apelaciones para atender este tipo de solicitud. El Tribunal de Apelaciones es un foro revisor de decisiones tomadas previamente por el Tribunal de Primera Instancia o agencias administrativas. Su jurisdicción original se limita a recursos de habeas corpus y mandamus, no aplicables a esta petición. La solicitud del peticionario debió presentarse inicialmente ante el Tribunal de Primera Instancia, que posee jurisdicción original general. No obstante la denegatoria, y en aras del acceso a la justicia, el Tribunal ordenó el traslado de la solicitud a la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia correspondiente. El Tribunal de Primera Instancia deberá evaluar el contenido de la solicitud y disponer conforme a derecho. Se recordó el deber ético de los abogados de entregar documentos del caso a sus clientes.
2021 • 29 de enero de 2021
Número de Caso:
KLCE202001322
Ponente:
—
Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre una petición de certiorari instada por Multinational Insurance Company. La aseguradora solicitó la revisión de una decisión del Tribunal de Primera Instancia que denegó su moción de desestimación por prescripción en un caso de daños y perjuicios. El caso original versa sobre daños alegados por desbordamiento de aguas negras. La controversia principal giraba en torno a la fecha de inicio del término prescriptivo de un año para la acción de daños. El foro primario determinó que los daños eran de naturaleza continuada y que el término comenzó a transcurrir con el último evento alegado, el 20 de julio de 2019. Concluyó que la demanda, presentada el 17 de julio de 2020, fue oportuna. La peticionaria argumentó que el término debió iniciar con el primer incidente en mayo de 2019 o que, alternativamente, los daños sucesivos anteriores a julio de 2019 estaban prescritos. El Tribunal de Apelaciones denegó la expedición del recurso de certiorari. Consideró que la decisión del foro primario fue un ejercicio adecuado de su discreción y que la peticionaria no demostró error o abuso que justificara la intervención apelativa en esta etapa.
2021 • 29 de enero de 2021
Número de Caso:
KLCE202000885
Ponente:
—
Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones que atiende una petición de certiorari presentada por Centro de Desarrollo Académico (CDA). CDA solicitó la revisión de una Resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó su moción de sentencia sumaria. El foro primario justificó la denegatoria indicando que la moción fue presentada después de la fecha límite para el descubrimiento de prueba. CDA argumentó que esta decisión constituía un error y que la Resolución recurrida carecía de fundamentos adecuados. El caso subyacente involucra una demanda por cobro de dinero, incumplimiento de contrato y daños presentada contra CDA. La demanda reclama el pago de comisiones adeudadas por servicios prestados. El Tribunal de Apelaciones, tras evaluar el recurso y los señalamientos de error, determinó denegar la expedición del auto de certiorari solicitado por CDA.
2021 • 29 de enero de 2021
Número de Caso:
KLCE202000893
Ponente:
—
Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre un recurso de certiorari. El peticionario, Julio Ruiz Colón, impugna una Resolución del Tribunal de Primera Instancia (TPI) que denegó su moción al amparo de la Regla 49.2 de Procedimiento Civil. Dicha moción buscaba dejar sin efecto una sentencia previa en un caso de división de comunidad hereditaria. En ese caso original, el TPI desestimó la reclamación del peticionario por cánones de arrendamiento contra el recurrido, Eduardo Ruiz Colón. Una apelación previa sobre este asunto fue confirmada por el Tribunal de Apelaciones debido a la falta de transcripción de la prueba oral. La moción bajo la Regla 49.2 alegaba que el TPI violó el debido proceso al impedirle presentar testigos que refutarían el testimonio del recurrido sobre el uso de la propiedad. El TPI declaró no ha lugar esta solicitud de relevo de sentencia. Mediante este certiorari, el peticionario recurre la denegatoria de su moción 49.2. El Tribunal de Apelaciones, en esta Resolución, deniega la expedición del recurso de certiorari solicitado.
2021 • 29 de enero de 2021
Número de Caso:
KLCE202000900
Ponente:
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Resumen:
SF IV La Trinidad, LLC acudió al Tribunal de Apelaciones para impugnar una Orden del Tribunal de Primera Instancia de Ponce. Dicha Orden, emitida el 15 de septiembre de 2020, denegó temporalmente la Solicitud de Orden de Ejecución de Sentencia y de Embargo presentada por SF IV. El caso original es una ejecución de hipoteca basada en una estipulación de sentencia de 2016 que reconoció una deuda y permitió la ejecución de una propiedad. Los procesos de ejecución fueron previamente detenidos por peticiones de quiebra de la parte recurrida, las cuales fueron desestimadas. Sin embargo, un recurso apelativo relacionado con la quiebra seguía pendiente en el foro federal. El tribunal primario había mantenido los procedimientos paralizados por esta razón. SF IV, como parte sustituta, solicitó la ejecución y embargo, incluyendo bienes de un co-deudor. El TPI denegó la solicitud por el momento, citando un recurso de certiorari pendiente que podría incidir. El Tribunal de Apelaciones revisó el recurso de SF IV, notando la incomparecencia de la parte recurrida. Tras analizar el caso, el Tribunal de Apelaciones resolvió denegar la expedición del auto solicitado.
2021 • 29 de enero de 2021
Número de Caso:
KLAN202000767
Ponente:
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Resumen:
Dictamen del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre una apelación relacionada con órdenes ejecutivas emitidas durante la pandemia de COVID-19. Las órdenes, OE-2020-20 y OE-2020-023, declararon un estado de emergencia e impusieron un toque de queda y el cierre de ciertos comercios para salvaguardar la salud pública. Los apelantes impugnaron estas medidas, argumentando que violaban derechos fundamentales y eran inconstitucionales. El Tribunal de Primera Instancia desestimó la demanda, concluyendo que el toque de queda era constitucional. Los apelantes recurrieron esta decisión ante el Tribunal de Apelaciones. El Tribunal de Apelaciones revisó la sentencia apelada. El dictamen confirma la decisión del Tribunal de Primera Instancia. En consecuencia, el Tribunal de Apelaciones valida la constitucionalidad de las órdenes ejecutivas impugnadas relativas al toque de queda y el cierre de comercios.
2021 • 29 de enero de 2021
Número de Caso:
KLAN202000766
Ponente:
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Resumen:
Se trata de una apelación ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de daños y perjuicios. La apelación surge de la desestimación parcial de la demanda contra la Asociación de Garantía de Seguros Misceláneos de Puerto Rico. El Tribunal de Primera Instancia desestimó la reclamación porque los demandantes no presentaron a tiempo el Formulario de Reclamación requerido. La reclamación contra la Asociación de Garantía se presentó debido a que la aseguradora original de uno de los demandados se encontraba en proceso de liquidación. El foro primario fundamentó su decisión en el requisito legal de presentar el formulario dentro del término establecido en el Código de Seguros para reclamaciones ante la Asociación de Garantía. Los apelantes argumentan que la presentación tardía se debió a que conocieron la existencia de la póliza después del término límite. Sostienen que la ley de la Asociación de Garantía debe interpretarse liberalmente a favor del reclamante y que las notificaciones sobre el proceso de liquidación fueron inadecuadas. Buscan que el Tribunal de Apelaciones revoque la sentencia que desestimó su reclamación contra la Asociación de Garantía.
2021 • 29 de enero de 2021
Número de Caso:
KLCE202000929
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite una Resolución en respuesta a una petición de certiorari del Municipio de Hormigueros. El Municipio impugna una determinación del Tribunal de Primera Instancia en un caso de cobro de dinero iniciado por Karimar Construction, Inc. Karimar demandó al Municipio por fondos retenidos de una obra. El Municipio contestó la demanda y presentó una reconvención, alegando la nulidad del contrato y reclamando el reembolso de pagos. Ante la falta de respuesta oportuna de Karimar a la reconvención, el Municipio solicitó la anotación de rebeldía. Karimar presentó su réplica posteriormente, aduciendo inadvertencia y falta de perjuicio al Municipio. El Tribunal de Primera Instancia denegó la solicitud de anotación de rebeldía. El Municipio recurrió esta decisión mediante certiorari ante el Tribunal de Apelaciones. Tras evaluar el recurso, el Tribunal de Apelaciones deniega la expedición del certiorari solicitado.
2021 • 29 de enero de 2021
Número de Caso:
KLRA201900598
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisa una sentencia en un recurso de revisión judicial. La recurrente, PR Multi Family, LLC, impugna una Resolución de la División de Revisiones Administrativas de la Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe). Dicha Resolución denegó una Revisión Administrativa presentada por la recurrente. La Revisión Administrativa cuestionaba una Resolución previa de la Junta Adjudicativa de la OGPe. Esta resolución original declaró No Favorable una Consulta de Ubicación solicitada por PR Multi Family, LLC. La Consulta de Ubicación buscaba permiso para construir un edificio residencial de interés social de 120 apartamentos. El proyecto requería una recalificación indirecta del predio de Distrito D a R-5. El predio está ubicado en la Urb. Villas de Paraná en San Juan. El Tribunal de Apelaciones, por las razones expuestas, CONFIRMA la Resolución recurrida.
2021 • 29 de enero de 2021
Número de Caso:
KLRA202000129
Ponente:
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Resumen:
Se trata de una revisión administrativa ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico, presentada por Nirma Rivera contra la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA), relacionada con facturas de servicio de agua consideradas excesivas. La señora Rivera objetó dos facturas de 2017, cada una por \$1,250.19, que excedían significativamente su consumo promedio histórico. Tras una vista administrativa, la AAA determinó que las lecturas del contador eran correctas, pero reconoció que las facturas superaban en más de cinco veces el promedio de la abonada. Aplicando su Procedimiento 601, la AAA resolvió ajustar las facturas objetadas al promedio de consumo de la señora Rivera como una concesión única. La señora Rivera presentó un recurso de revisión ante el Tribunal de Apelaciones, manifestando preocupación por las facturas y la posibilidad de suspensión del servicio, aunque sin señalar errores específicos. La AAA informó al Tribunal que, conforme a la resolución administrativa, se había aplicado un crédito de \$2,419.78 a la cuenta de la recurrente, resultando en un balance pendiente menor. La AAA argumentó que la señora Rivera carecía de legitimación activa para apelar, ya que la resolución administrativa le fue favorable al ajustar las facturas en controversia. El Tribunal procede a emitir sentencia considerando estos antecedentes y argumentos.
2021 • 29 de enero de 2021
Número de Caso:
KLRA202000373
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisando una resolución de la Comisión Apelativa del Servicio Público (CASP). El recurrente, empleado municipal, reclamó aumentos salariales por años de servicio de 2013 y 2018. Apeló ante la CASP tras no recibir respuesta del Municipio a su reclamo. La CASP desestimó el caso por falta de jurisdicción, al determinar que la apelación fue presentada tardíamente. La agencia concluyó que el término jurisdiccional de treinta días para apelar comenzó al cumplirse cada quinquenio. El recurrente solicitó revisión judicial, alegando que la CASP erró en su determinación de tardanza. El Tribunal analizó la normativa sobre aumentos por años de servicio y los términos de apelación ante la CASP. Confirmó la resolución de la CASP. Esto significa que el Tribunal validó que el reclamo fue presentado fuera del término jurisdiccional de treinta días.
2021 • 29 de enero de 2021
Número de Caso:
KLRA202000393
Ponente:
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Resumen:
WorldNet Telecommunications, Inc. recurre ante el Tribunal de Apelaciones solicitando la revocación de una Resolución del Departamento de la Familia. La controversia surge por la alegada adquisición ilegal de servicios de telecomunicaciones por parte del Departamento a Data Access Communications, Inc. WorldNet, el proveedor actual, sostiene que esta acción contraviene una Carta Circular gubernamental que ordenaba la renovación de contratos existentes hasta junio de 2021, en espera de una subasta centralizada. WorldNet solicitó la renovación de su contrato conforme a dicha circular. Al no obtener respuesta, apeló ante la Junta Adjudicativa del Departamento de la Familia, pidiendo que se declarara ilegal la nueva contratación y se ordenara la extensión de su contrato. La Junta Adjudicativa desestimó la apelación por falta de jurisdicción, interpretando que no se cumplió con un requisito reglamentario específico. WorldNet argumenta ante el Tribunal de Apelaciones que la Junta erró en su interpretación reglamentaria sobre la jurisdicción, violando su derecho al debido proceso de ley. El recurso busca que el Tribunal revoque la decisión de la Junta y permita la consideración de los méritos de su reclamo.
2021 • 29 de enero de 2021
Número de Caso:
KLCE202000980
Ponente:
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Resumen:
Este es una sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico relativa a un recurso de certiorari. Las peticionarias, la Autoridad para el Financiamiento de la Infraestructura y la Corporación del Proyecto Enlace del Caño Martín Peña, impugnaron órdenes del Tribunal de Primera Instancia. Dichas órdenes habían declarado no ha lugar las mociones de reconsideración de las peticionarias y les impusieron una sanción económica. El caso subyacente trata sobre la expropiación forzosa de una propiedad, la estructura BVH-261 en San Juan. Las peticionarias iniciaron el proceso de expropiación para adquirir el pleno dominio del inmueble, indicando que era necesario para el proyecto de restauración del ecosistema del Caño Martín Peña. Solicitaron la adquisición y entrega material inmediata de la propiedad debido a la urgencia de comenzar los trabajos. El Tribunal de Apelaciones revisó el caso y decidió expedir el auto de certiorari. Finalmente, el Tribunal de Apelaciones revocó las órdenes emitidas por el Tribunal de Primera Instancia.
2021 • 29 de enero de 2021
Número de Caso:
KLCE202000995
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones conoció de un recurso presentado por José Antonio Cubano Escorianza contra la desestimación de su demanda sobre división de comunidad hereditaria. El Tribunal de Primera Instancia había desestimado el caso sin perjuicio debido a que el demandante no emplazó a las partes recurridas dentro del término de 120 días, perdiendo jurisdicción sobre ellas. El Sr. Cubano impugnó esta decisión mediante un recurso de certiorari, tratado como apelación. Sin embargo, el recurso presentado ante el Tribunal de Apelaciones no cumplió con los requisitos formales y de notificación exigidos por el reglamento. A pesar de concedérsele un término para corregir las deficiencias y mostrar causa, el compareciente no subsanó adecuadamente los incumplimientos. El Tribunal de Apelaciones determinó que la falta de cumplimiento con los preceptos reglamentarios impedía perfeccionar el recurso. Por consiguiente, el Tribunal desestimó el recurso por falta de jurisdicción. La sentencia subraya la importancia de observar fielmente las normas que rigen el trámite apelativo para el correcto ejercicio de la función revisora.
2021 • 29 de enero de 2021
Número de Caso:
KLAN202000174
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico consolidó una apelación presentada por Marc de Lucía y una petición de certiorari de AALM Enterprise, LLC. El caso gira en torno a un interdicto posesorio sobre el Lote Núm. 200 en Monte Carmelo, Vieques. El Tribunal de Primera Instancia (TPI) había declarado Ha Lugar la demanda de interdicto posesorio de AALM, adjudicándole la posesión del lote y ordenando a Marc de Lucía cesar la perturbación. AALM adquirió la propiedad en junio de 2006 de su anterior poseedor residente y alegó posesión continua y actos de dominio desde entonces. Marc de Lucía, por su parte, reclamaba la posesión tras recibirla del Departamento de la Vivienda, creyendo que el lote estaba vacante. Adicionalmente, AALM solicitó al TPI imponer honorarios por temeridad a Marc de Lucía, lo cual fue denegado. Marc de Lucía apeló la sentencia del interdicto, mientras que AALM recurrió en certiorari la denegatoria de honorarios. El Tribunal de Apelaciones, tras evaluar los fundamentos, confirmó la sentencia del TPI que concedió el interdicto posesorio a favor de AALM y denegó la expedición del auto de certiorari solicitado por AALM respecto a los honorarios.
2021 • 29 de enero de 2021
Número de Caso:
KLCE202001057
Ponente:
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Resumen:
La señora Lourdes Fontanillas López solicitó al Tribunal de Apelaciones revocar órdenes del Tribunal de Primera Instancia en un caso de despido injustificado y reclamación salarial contra Morell Bauzá Cartagena \& Dapena LLC. El litigio se centró en la ejecución de un acuerdo transaccional donde los recurridos pagarían una suma por salarios y beneficios. Tras el incumplimiento de la parte recurrida, la peticionaria solicitó la ejecución de la sentencia, la cual fue autorizada por el foro primario, incluyendo un embargo. La parte recurrida depositó la cuantía de la sentencia en la Secretaría del Tribunal. Posteriormente, la recurrida solicitó retirar esos fondos, alegando un embargo federal a su favor. El Tribunal de Primera Instancia emitió órdenes el 13 de octubre de 2020 declarando satisfecha la sentencia con el depósito, dejando sin efecto la orden de ejecución y autorizando a la recurrida a retirar los fondos depositados. La peticionaria recurrió estas órdenes mediante certiorari ante el Tribunal de Apelaciones. Luego de analizar los escritos, el Tribunal de Apelaciones ha decidido expedir el auto solicitado. La corte de apelaciones procederá a revocar el dictamen recurrido.
2021 • 29 de enero de 2021
Número de Caso:
KLRA202000227
Ponente:
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Resumen:
Procedimiento de revisión judicial ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico presentado por Wilfredo Ríos Chávez contra el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA). El recurso impugna una decisión administrativa del DRNA que sostuvo la corrección de una factura de cobro. El DRNA planteó una objeción jurisdiccional, alegando que el recurrente no notificó debidamente la petición de revisión judicial a la agencia dentro del término de 30 días requerido por ley y reglamento. El recurrente argumentó que notificó al Director Legal del DRNA, quien también representó el Interés Público en el proceso administrativo, entendiendo que cumplió con el requisito de notificación a la agencia. El tribunal está evaluando este planteamiento sobre la falta de notificación y su impacto en la jurisdicción del caso. La sentencia detalla el historial procesal y los argumentos de las partes respecto a la controversia de la notificación.
2021 • 29 de enero de 2021
Número de Caso:
KLAN202000631
Ponente:
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Resumen:
Este caso llega al Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico para revisar una Sentencia Parcial del Tribunal de Primera Instancia de Ponce. La Sentencia apelada declaró inoficiosas ciertas cesiones de bienes realizadas a fideicomisos, al entender que afectaban las legítimas de una de las partes. El pleito se originó cuando una hija del primer matrimonio del causante demandó, alegando que los fideicomisos creados por su padre y su segunda esposa, y las transferencias de activos a estos, perjudicaban su legítima hereditaria. Los apelantes, la segunda esposa, los hijos del segundo matrimonio y los fideicomisos, defendieron la validez de las donaciones y argumentaron que la controversia no estaba madura. El Tribunal de Primera Instancia determinó que las cesiones eran inoficiosas. El Tribunal de Apelaciones, por los fundamentos que expondrá, confirma el pronunciamiento apelado.
2021 • 29 de enero de 2021
Número de Caso:
KLAN202000602
Ponente:
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Resumen:
Comparece Ramón Mujica del Valle ante el Tribunal de Apelaciones para revisar una Sentencia del Tribunal de Primera Instancia que desestimó su demanda. El Sr. Mujica del Valle demandó a Cooperativa de Seguros Múltiples por incumplimiento de contrato y daños tras el Huracán María. Alegó que la aseguradora subvaloró los daños a su propiedad asegurada y se negó a pagar la totalidad. La aseguradora sostuvo que cumplió con la póliza y presentó como defensa el pago en finiquito. Argumentó que el demandante aceptó un pago de \$1,300 como liquidación total al endosar y cobrar un cheque con dicho lenguaje. La aseguradora solicitó sentencia sumaria basándose en esta defensa. El Tribunal de Primera Instancia concedió la sentencia sumaria y desestimó la demanda con perjuicio. El Tribunal de Apelaciones, por los fundamentos expuestos, REVOCÓ la Sentencia apelada.
2021 • 29 de enero de 2021
Número de Caso:
KLCE202001230
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite una resolución en un caso de daños y perjuicios. El demandado, Lionel Lugo Rodríguez, solicitó un certiorari para revisar una decisión del Tribunal de Primera Instancia (TPI). El TPI había declarado "No Ha Lugar" su moción de desestimación por alegada nulidad de los emplazamientos. Lugo Rodríguez argumentó que los emplazamientos, tanto a él como a la sociedad legal de gananciales, fueron defectuosos. Sostuvo que el diligenciamiento no cumplió con los requisitos formales de la regla procesal y que no estaba casado. Los demandantes se opusieron, afirmando la validez del emplazamiento y calificando cualquier omisión como un error de forma subsanable. El TPI validó los emplazamientos y denegó la desestimación y la solicitud de nulidad. Ante la negativa del TPI, el demandado acudió al Tribunal de Apelaciones mediante certiorari. El Tribunal de Apelaciones, tras considerar los argumentos, resuelve denegar la expedición de la petición de certiorari.
2021 • 29 de enero de 2021
Número de Caso:
KLCE202001087
Ponente:
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Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico denegando la expedición de un recurso de certiorari. El recurso fue presentado por Gustavo Almodóvar Mercado contra una decisión del Tribunal de Primera Instancia en un caso de paternidad y filiación. Joanna Barreto Muñiz, casada con Luis Alex Arocho González, demandó a Almodóvar Mercado alegando que este es el padre biológico de su hija menor, A.I.B. La menor nació durante el matrimonio de Barreto Muñiz con Arocho González pero fue inscrita sin padre y pruebas de ADN excluyeron a Arocho González. Almodóvar Mercado solicitó la desestimación argumentando la caducidad del término para impugnar la paternidad por parte del padre legal y la falta de legitimación activa de la madre. Barreto Muñiz se opuso, alegando que la acción de impugnación y reconocimiento por parte del hijo contra el padre biológico no caduca mientras este viva. El Tribunal de Primera Instancia declaró no ha lugar la moción de desestimación. El Tribunal de Apelaciones deniega el certiorari solicitado por Almodóvar Mercado contra esta determinación.
2021 • 29 de enero de 2021
Número de Caso:
KLRA202000195
Ponente:
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Resumen:
Este documento es una sentencia judicial del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico relativa a una revisión de una decisión del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACo). El caso involucra una disputa de una consumidora sobre un contrato de compraventa de vehículo. Inicialmente, el DACo falló a favor de la consumidora, ordenando la cancelación del contrato debido a defectos en el vehículo. Sin embargo, el DACo emitió posteriormente una resolución en reconsideración que revirtió esta decisión, concluyendo que los defectos habían sido corregidos y manteniendo el contrato. La consumidora presentó una segunda solicitud de reconsideración ante el DACo, argumentando que la resolución en reconsideración modificó sustancialmente la determinación inicial. Ante la inacción del DACo, la consumidora instó un recurso de revisión judicial ante el Tribunal de Apelaciones. Las partes recurridas presentaron mociones de desestimación, alegando que el recurso era extemporáneo porque la ley administrativa no permite la reconsideración de una resolución en reconsideración. El asunto central para el Tribunal es determinar si la segunda solicitud de reconsideración de la consumidora interrumpió legalmente el término jurisdiccional para presentar la revisión judicial. El Tribunal subraya la necesidad crítica de establecer jurisdicción antes de proceder con los méritos del caso.
2021 • 29 de enero de 2021
Número de Caso:
KLRA202000501
Ponente:
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Resumen:
Recurso de revisión ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico presentado por Roberto Quiñones Rivera. Impugna una resolución del Departamento de Corrección y Rehabilitación que le impuso una sanción disciplinaria. La sanción consistió en cuarenta días de suspensión de privilegios de comisaría, visitas y recreación. Se le imputaron violaciones al reglamento disciplinario por un incidente durante un recuento. El recurrente alegó, entre otros, errores procesales en la notificación y la vista disciplinaria. La sanción impuesta estuvo vigente del 23 de octubre al 1 de diciembre de 2020. El recurso de revisión fue radicado ante el Tribunal de Apelaciones precisamente el 1 de diciembre de 2020. El Departamento de Corrección y Rehabilitación solicitó la desestimación del recurso. Argumentó que el caso se había tornado académico al haber cumplido el recurrente la sanción. El Tribunal de Apelaciones desestimó el recurso por entender que la controversia ya no era justiciable.
2021 • 29 de enero de 2021
Número de Caso:
KLCE202001104
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones considera una petición de certiorari presentada por Aerostar Airport Holdings, LLC y Starr Indemnity & Liability Company. La petición busca revocar una Resolución del Tribunal de Primera Instancia (TPI) que denegó su Moción de Desestimación en una demanda por daños y perjuicios incoada por Awilda González Rondón. Los peticionarios argumentaron falta de jurisdicción sobre la materia y prescripción de la acción. El TPI determinó que sí poseía jurisdicción, al no encontrar impedimento legal para que un empleado federal demande a un tercero privado por negligencia, y que el tercero no goza de inmunidad federal. Respecto a la prescripción, el TPI pospuso la decisión para la etapa de juicio. El Tribunal de Apelaciones solicitó a la demandante (recurrrida) mostrar causa por la cual no debía expedirse el auto de certiorari y revocar la resolución del TPI. La recurrida presentó un memorando en oposición. El documento contextualiza el certiorari como un remedio discrecional para revisar dictámenes interlocutorios bajo la Regla 52.1 de Procedimiento Civil.