2020 • 28 de julio de 2020
Número de Caso:
KLAN202000337
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite una sentencia el 28 de julio de 2020. Resuelve un recurso de apelación presentado por Lance Nelson Cintrón Frechet contra una decisión del Tribunal de Primera Instancia. La sentencia apelada, dictada el 26 de mayo de 2020, desestimó la demanda del apelante sin perjuicio. La desestimación se basó en el incumplimiento de la Regla 4.3 de Procedimiento Civil. El tribunal primario determinó que se excedió el término de 120 días para diligenciar el emplazamiento a la parte demandada. La demanda original fue presentada el 11 de junio de 2019. El documento detalla el trámite procesal ante el foro primario, incluyendo problemas iniciales con la expedición de los emplazamientos. El Tribunal de Apelaciones revisará el caso basándose en el expediente digital y la normativa aplicable. Se prescinde de la comparecencia de la parte apelada para resolver con celeridad. El asunto central es la correcta aplicación del término reglamentario para el emplazamiento.
2020 • 28 de julio de 2020
Número de Caso:
KLRA202000072
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones revisó una determinación de la Administración de Compensaciones por Accidentes de Automóviles (ACAA) relacionada con un cambio de clasificación de puesto. La recurrente, Olga Grajales Meléndez, impugnó la decisión de la ACAA de revertirla de un puesto de Administradora Regional a uno de Supervisora Regional con un salario menor. La ACAA justificó la acción al determinar que la conversión previa de un puesto de servicio de confianza a uno de carrera fue nula por no cumplir con la Ley 66-2014 y reglamentos aplicables, según validado por la OGP. Tras agotar los procesos internos en la ACAA, incluyendo una vista informal, la recurrente apeló ante el Juez Administrativo de la agencia. El Juez Administrativo emitió una resolución sumaria declarando No Ha Lugar la apelación de la recurrente. Grajales Meléndez solicitó la revisión judicial de esta determinación ante el Tribunal de Apelaciones. El Tribunal de Apelaciones, tras evaluar el caso, confirmó la Resolución emitida por el Juez Administrativo de la ACAA.
2020 • 28 de julio de 2020
Número de Caso:
KLAN202000330
Ponente:
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Resumen:
Este caso ante el Tribunal de Apelaciones surge de una demanda por daños y perjuicios desestimada con perjuicio por el Tribunal de Primera Instancia. El TPI desestimó la reclamación del demandante-apelante por incumplimiento reiterado de sus órdenes, incluyendo la falta de contratación de representación legal tras revocarse su autorización para litigar por derecho propio. El apelante impugnó la sentencia de desestimación, alegando errores procesales y constitucionales por parte del TPI. El Tribunal de Apelaciones revisó el recurso presentado. Conforme al principio fundamental de que la jurisdicción es un requisito indispensable para que un tribunal pueda atender un caso, el Tribunal de Apelaciones procedió a verificar su propia jurisdicción. Tras dicha verificación, el Tribunal determinó que carecía de la autoridad necesaria para conocer del recurso. Por consiguiente, el Tribunal de Apelaciones desestimó el recurso de apelación por falta de jurisdicción.
2020 • 28 de julio de 2020
Número de Caso:
KLAN201901216
Ponente:
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Resumen:
Se trata de una apelación ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de incumplimiento de contrato de seguro. Raúl Torres Trinidad demandó a MAPFRE Insurance Company por no compensar adecuadamente los daños sufridos por su propiedad tras el paso del Huracán María, alegando incumplimiento de póliza y mala fe. MAPFRE admitió la vigencia de la póliza pero negó mala fe y presentó una moción de desestimación. La aseguradora argumentó que la demanda era prematura porque el demandante no había presentado una reclamación extrajudicial formal antes de acudir al tribunal. El señor Torres Trinidad se opuso, afirmando haber contactado a MAPFRE telefónicamente en varias ocasiones para dar seguimiento a su reclamación. El Tribunal de Primera Instancia desestimó la demanda basándose en el argumento de MAPFRE. El señor Torres Trinidad apeló esta decisión. El Tribunal de Apelaciones, por los fundamentos que expondrá, revoca la sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia.
2020 • 28 de julio de 2020
Número de Caso:
KLCE201901395
Ponente:
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Resumen:
Un panel judicial revisó mediante recurso de certiorari una Resolución del Tribunal de Primera Instancia de Mayagüez. Dicha Resolución había declarado no ha lugar una solicitud de sentencia sumaria presentada por Pace Analytical, Inc. en un caso laboral. Pace Analytical, Inc. fue demandada por el Sr. Guillermo Cruz Cruz por alegado despido injustificado y represalias. El Sr. Cruz adujo que fue despedido en retaliación por reportar o intentar reportar problemas laborales. Pace, por su parte, sostuvo que el despido fue por justa causa debido al uso inadecuado de una tarjeta de gasolina corporativa. Pace solicitó sentencia sumaria argumentando la ausencia de controversia real sobre hechos materiales, presentando prueba para sustentar el despido justificado. El Sr. Cruz se opuso, alegando hechos en controversia y que su despido fue por represalias. El Tribunal de Primera Instancia denegó la sentencia sumaria, pero el panel judicial expidió el auto de certiorari y revocó dicha Resolución.
2020 • 28 de julio de 2020
Número de Caso:
KLRA202000080
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en el caso KLRA202000080. Oscar Miranda Zambrana solicitó revisión judicial de una resolución de la Junta de Libertad Bajo Palabra que denegó su petición de libertad. El recurrente alegaba cumplir con los requisitos reglamentarios para obtener el beneficio. Mediante resolución previa, el Tribunal requirió al recurrente presentar la resolución de la Junta objeto de revisión y un formulario para litigar como indigente. Se concedió un término de diez días para la presentación de dichos documentos. Transcurrido el término sin que el recurrente proveyera la documentación solicitada, el Tribunal procedió a desestimar la petición. La desestimación se fundamenta en la falta de jurisdicción por incumplimiento con el requerimiento del Tribunal, conforme a la Regla 83(c) del Reglamento del Tribunal de Apelaciones.
2020 • 28 de julio de 2020
Número de Caso:
KLAN201700660
Ponente:
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Resumen:
Luis Yadiel Rivera Ramos apeló la sentencia de 217 años de cárcel impuesta por el Tribunal de Primera Instancia tras ser hallado culpable de asesinato en primer grado, tentativa de asesinato y violaciones a la Ley de Armas. La condena original se basó en un veredicto de jurado por mayoría de 9 a 3. Tras la entrada en vigor de la nueva normativa jurisprudencial que exige veredictos unánimes en casos criminales, según establecido en *Ramos v. Louisiana* y *Pueblo de Puerto Rico v. Tomás Torres Rivera*, el Tribunal de Apelaciones revisó el caso. El tribunal ordenó al Pueblo de Puerto Rico mostrar causa por la cual no debía aplicarse la nueva regla. La Oficina del Procurador General compareció aceptando que la norma de unanimidad aplicaba y que procedía revocar la sentencia y ordenar un nuevo juicio. En consecuencia, el Tribunal de Apelaciones revocó la sentencia condenatoria dictada contra el apelante y ordenó la celebración de un nuevo juicio.
2020 • 27 de julio de 2020
Número de Caso:
KLCE201901618
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre la liquidación de una comunidad sucesoral. La peticionaria, viuda del causante, impugna una resolución del Tribunal de Primera Instancia. Dicha resolución le denegó el crédito por pagos hipotecarios realizados desde mayo de 2018. El foro primario la consideró poseedora de mala fe por permanecer en la propiedad sin autorización tras la liquidación de la sucesión y el pago de su usufructo. El caso se inició con una demanda de las hijas herederas para liquidar el caudal hereditario. El Tribunal de Primera Instancia había liquidado previamente la sucesión, acreditando a la viuda pagos anteriores y su cuota viudal usufructuaria. La controversia actual surgió cuando las herederas solicitaron su desalojo y el tribunal le negó crédito por pagos posteriores. El Tribunal de Apelaciones revisó la resolución mediante auto de certiorari. El Tribunal de Apelaciones expidió el auto y REVOCÓ el dictamen recurrido.
2020 • 27 de julio de 2020
Número de Caso:
KLRA201900800
Ponente:
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Resumen:
Este documento es una Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico. El Sr. Germán Neris Vázquez presentó un recurso de revisión judicial contra una Resolución del Comité de Clasificación y Tratamiento del Departamento de Corrección y Rehabilitación sobre su reclasificación. El Tribunal solicitó información para evaluar su jurisdicción. El Procurador General informó que la misma determinación impugnada ya había sido revisada y resuelta por este Tribunal en un caso anterior (KLRA201900594). En ese caso previo, el Tribunal había revocado la decisión y ordenado la reclasificación del Sr. Neris Vázquez a custodia mínima. El Recurrente no presentó la documentación requerida. El Tribunal desestima el presente recurso de revisión judicial por falta de jurisdicción, al considerar que la controversia ya fue adjudicada previamente.
2020 • 27 de julio de 2020
Número de Caso:
KLCE202000254
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite una resolución sobre una petición de certiorari en un caso de cobro de dinero. La parte peticionaria impugna la determinación del Tribunal de Primera Instancia que dejó sin efecto un dictamen previo. Dicho dictamen había dado por admitido un requerimiento de admisiones que la parte recurrida no contestó a tiempo. El Tribunal de Apelaciones explica que el certiorari es un vehículo extraordinario para corregir errores jurídicos, pero reconoce la amplia discreción de los jueces de primera instancia en el manejo de sus casos. Señala que la función apelativa es determinar si la actuación del foro primario constituyó un abuso de discreción. En este caso, el Tribunal de Primera Instancia ejerció su discreción para rectificar la decisión sobre las admisiones tácitas. El objetivo fue permitir que la controversia se dilucidara en los méritos, especialmente al no demostrarse que la reclamación se afectaría adversamente. El Tribunal de Apelaciones no advierte que la reconsideración carezca de fundamento o sea producto de abuso de discreción, error o parcialidad. Por tanto, deniega expedir el auto de certiorari solicitado.
2020 • 27 de julio de 2020
Número de Caso:
KLCE201900959
Ponente:
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Resumen:
Se revisa la decisión del Tribunal de Primera Instancia que denegó la solicitud de Miguel A. De Jesús Rivera para ser eliminado del Registro de Ofensores Sexuales. El señor De Jesús fue convicto en 2004 por actos lascivos (sin minoridad) y condenado a una sentencia suspendida, lo que conllevó su inscripción en el registro en 2005. Su sentencia expiró en 2010 y cumplió 10 años de registro en 2017. Solicitó su eliminación del registro, argumentando haber cumplido el término de inscripción bajo la ley vigente al momento de su convicción (Ley 28-1997). Alegó que la aplicación retroactiva de leyes posteriores que exigen registro de por vida violaría la prohibición ex post facto. El Tribunal de Primera Instancia denegó la solicitud, clasificándolo como ofensor Tipo III sujeto a registro de por vida. El peticionario apeló, señalando que el TPI erró al clasificarlo así y al aplicar retroactivamente leyes posteriores. El Pueblo de Puerto Rico, aunque admitió que procedía la eliminación, basó su postura en el cumplimiento del término de 10 años, no en la clasificación del delito. El Tribunal de Apelaciones evalúa si el TPI actuó correctamente al mantener la inscripción del peticionario.
2020 • 27 de julio de 2020
Número de Caso:
KLCE202000205
Ponente:
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Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre una petición de certiorari. La petición fue presentada por Banco Popular de Puerto Rico y otros para impugnar la denegación de su moción de desestimación por falta de jurisdicción en un caso sobre interferencia torticera. La moción de desestimación se fundamentó en la Regla 10.2(5) de Procedimiento Civil y alegaba que el foro de primera instancia carecía de jurisdicción sobre la materia bajo la ley FIRREA. El Tribunal de Apelaciones denegó la expedición del auto de certiorari solicitado. La decisión se basó en que el certiorari es un remedio discrecional y extraordinario que requiere demostrar abuso de discreción, error o parcialidad del tribunal inferior. Al evaluar la denegación de la moción bajo la Regla 10.2(5), el tribunal apelativo consideró que los hechos alegados en la demanda, interpretados de forma liberal y favorable a la parte demandante, podían dar margen a una reclamación válida. Por tanto, concluyó que la actuación del Tribunal de Primera Instancia al denegar la desestimación no constituyó un abuso de discreción ni error.
2020 • 27 de julio de 2020
Número de Caso:
KLCE202000165
Ponente:
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Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de cobro de dinero y ejecución de hipoteca. El demandado peticionario solicitó un auto de certiorari para impugnar la decisión del Tribunal de Primera Instancia. Dicha decisión ordenaba la continuación del proceso judicial y la ejecución de una sentencia previa. El Tribunal de Apelaciones revisó la actuación del foro primario bajo los criterios que rigen el certiorari. Se evaluó si la determinación constituyó un abuso de discreción, error o parcialidad. Tras analizar el expediente, el Tribunal de Apelaciones concluyó que la decisión del Tribunal de Primera Instancia tenía base jurídica. No se advirtió que fuera producto de prejuicio, parcialidad, error o abuso de discreción. El foro primario contó con fundamentos solventes para su orden de continuación y ejecución. Dado que el peticionario no demostró la invalidez de la actuación recurrida, el Tribunal de Apelaciones denegó la expedición del auto de certiorari solicitado.
2020 • 27 de julio de 2020
Número de Caso:
KLCE202000327
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico desestimó un recurso de certiorari presentado por David Matos Meléndez. El peticionario solicitaba ser eximido del pago de una pena especial impuesta como parte de su sentencia por apropiación ilegal agravada. Había recurrido la determinación del Tribunal de Primera Instancia que denegó su solicitud. El Tribunal de Apelaciones determinó que carecía de jurisdicción para atender el recurso. La falta de jurisdicción se debió a que el peticionario no perfeccionó el recurso al no presentar una solicitud jurada de indigencia para eximirse del pago de los aranceles judiciales. Además, el tribunal señaló que la solicitud original ante el foro primario pudo haber sido tardía, ya que la regla aplicable requiere presentarla dentro de los noventa días de la sentencia. El peticionario tampoco fundamentó su solicitud de revisión con errores jurídicos o fuentes de derecho. Finalmente, el tribunal indicó que, aun si el recurso hubiera sido perfeccionado y oportuno, no encontraría motivo para intervenir con la decisión recurrida sobre la pena especial.
2020 • 24 de julio de 2020
Número de Caso:
KLCE202000415
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en el caso KLCE202000415, originado en una demanda por incumplimiento de contrato y cumplimiento específico. La peticionaria, Isla Verde Holdings, LLC, recurrió una Resolución del Tribunal de Primera Instancia que levantó una orden de prohibición de enajenar y denegó una solicitud provisional similar. La controversia principal surge de la alegada compraventa fallida de un local comercial entre Isla Verde y las recurridas Golden Debt, LLC y Golden RE, LLC. Isla Verde demandó a Golden por incumplimiento, dolo y daños, buscando el cumplimiento específico del acuerdo de venta por \$3,200,000. La transacción no se completó en la fecha acordada, supuestamente porque Golden no entregó a tiempo la documentación necesaria para el financiamiento bancario. A pesar de los esfuerzos de Isla Verde por cerrar posteriormente, Golden se retiró del negocio. El Tribunal de Apelaciones revisó la decisión del foro primario mediante certiorari. La Sentencia del Tribunal de Apelaciones confirma la Resolución recurrida, manteniendo la decisión de dejar sin efecto la prohibición de enajenar y denegar la orden provisional. También se denegó la solicitud de auxilio de jurisdicción. El caso se devuelve al Tribunal de Primera Instancia para continuar los procedimientos.
2020 • 24 de julio de 2020
Número de Caso:
KLRA201900509
Ponente:
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Resumen:
Un grupo de empleados gerenciales de la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) recurrió ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico. La controversia principal gira en torno al cómputo del bono de navidad para los años 2006 y 2007. Los recurrentes alegan que el incentivo que reciben por funciones de administración de proyectos fue incorrectamente excluido del cálculo del bono. Sostienen que la Resolución Administrativa Núm. 2006-35 extendió a los empleados gerenciales los beneficios del convenio colectivo, incluyendo la forma de computar el bono que sí consideraba las horas extras para otros empleados. Tras intentos infructuosos de resolver el asunto administrativamente, presentaron su reclamo formalmente. La Junta de Apelaciones de la ACT desestimó la causa de acción con perjuicio, al determinar que fue presentada fuera del término reglamentario y que, por tanto, carecía de jurisdicción. El Tribunal de Apelaciones revisó esta determinación jurisdiccional. Por los fundamentos expuestos en la sentencia, el Tribunal decidió revocar la Resolución emitida por la Junta de Apelaciones de la ACT.
2020 • 24 de julio de 2020
Número de Caso:
KLAN201801395
Ponente:
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Resumen:
La Sucesión de Trinidad Rivera Díaz, representada por su albacea, apeló una sentencia del Tribunal de Primera Instancia en un caso de desahucio. La demanda original buscaba desalojar a Carmen María Pinto Rosa, exesposa del causante, de una propiedad heredada por este antes de su matrimonio. La Sra. Pinto Rosa se opuso, alegando derechos de copropiedad basados en una relación consensual previa y actos de dominio sobre el inmueble. Posteriormente, se incluyó en el pleito a Yolanda Bonano Pinto, hija de la apelada, quien reclamó derechos como constructora de buena fe de otra estructura en la misma finca. La apelación se dirigió contra una determinación del foro primario que declaró no ha lugar una solicitud del apelante. El Tribunal de Apelaciones revisó el dictamen apelado. Finalmente, el tribunal modificó la decisión de instancia y, así modificada, la confirmó.
2020 • 24 de julio de 2020
Número de Caso:
KLAN201900063
Ponente:
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Resumen:
Marcelino Santiago Díaz apela las sentencias dictadas por el Tribunal de Primera Instancia tras ser convicto por un jurado. Los cargos incluyen Tentativa de Asesinato en Primer Grado y violaciones a la Ley de Armas. El apelante solicita la revocación de todas las sentencias y un nuevo juicio, basándose en nueva jurisprudencia sobre veredictos de jurado no unánimes. El Pueblo de Puerto Rico, por su parte, reconoce que procede un nuevo juicio para dos de los casos, pero pide confirmar la sentencia en uno. El Tribunal de Apelaciones revisa el recurso y los autos originales del caso. Se analizará lo planteado para proveer los remedios adecuados. Los hechos se remontan a octubre de 2017, cuando se imputó al apelante dispararle a su vecino. El juicio por jurado se celebró en octubre de 2018.
2020 • 24 de julio de 2020
Número de Caso:
KLAN201900890
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico resolviendo una apelación presentada por Tommy R. Habibe Arrias contra el Secretario de Hacienda. El apelante impugnó la sentencia del Tribunal de Primera Instancia que sostuvo notificaciones de deficiencia contributiva para los años 1996, 1997 y 1998. El foro primario determinó que las deficiencias señaladas por Hacienda no estaban prescritas y validó la mayoría de los ajustes realizados. El documento detalla el proceso de investigación de Hacienda, iniciado en 1999, incluyendo múltiples requerimientos de documentos al apelante. Se menciona que el apelante firmó consentimientos para extender los términos prescriptivos de las planillas hasta el 15 de abril de 2008. Hacienda emitió notificaciones de determinación preliminar de deficiencia y tasación en peligro en abril de 2008. El Tribunal de Apelaciones evaluó los autos y el derecho aplicable. Finalmente, el Tribunal de Apelaciones confirmó la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia.
2020 • 24 de julio de 2020
Número de Caso:
KLCE202000579
Ponente:
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Resumen:
Se presenta una petición de certiorari ante el Tribunal de Apelaciones por Lucianne E. Pérez Figueroa contra Jonathan Delgado Martínez. El recurso impugna una Resolución del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas, emitida el 22 de julio de 2020. Dicha Resolución señaló una vista para discutir varias mociones y la vista de una orden de protección en la Sala Superior. Previamente, la Sala Municipal había emitido una Orden de Protección Ex Parte a favor de la peticionaria. El recurrido solicitó que el asunto de la orden de protección fuera atendido en la Sala Superior, donde ya existían determinaciones sobre custodia y pensión alimentaria. La peticionaria se opuso a esta solicitud de auxilio de jurisdicción. La peticionaria alega que el Tribunal de Primera Instancia erró al conceder el auxilio de jurisdicción, arrebatando competencia a la Sala Municipal. También argumenta que se erró al ordenar reestablecer relaciones paternofiliales ante una orden de protección vigente y al señalar la vista de la orden de protección en la Sala Superior. El Tribunal de Apelaciones procederá a resolver el recurso sin trámites adicionales.
2020 • 24 de julio de 2020
Número de Caso:
KLAN202000164
Ponente:
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Resumen:
Este es un juicio del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de divorcio entre Natalia Colberg Guerra (apelante) y Eduardo Badillo Amador (apelado). La apelación impugna una Orden del Tribunal de Primera Instancia de San Juan que adoptó las recomendaciones de la Examinadora de Pensiones Alimentarias (EPA). El asunto central es la revisión de la pensión alimentaria para los cuatro hijos menores de la pareja. El proceso se inició con una solicitud de revisión por parte del señor Badillo Amador. Durante la vista ante la EPA, surgió una controversia sobre la solicitud de descubrimiento de prueba por parte de la señora Colberg Guerra respecto a los ingresos del señor Badillo Amador. La señora Colberg Guerra solicitó que la pensión fuera provisional y se le permitiera realizar descubrimiento, mientras que el señor Badillo Amador se opuso, argumentando que sus ingresos estaban documentados y que la EPA ya los había evaluado. El señor Badillo Amador también pidió una orden protectora contra el descubrimiento. La señora Colberg Guerra discrepó de la versión de los hechos presentada por el apelado. Tras evaluar los argumentos y el marco legal, el Tribunal de Apelaciones decidió revocar la orden apelada.
2020 • 24 de julio de 2020
Número de Caso:
KLAN202000242
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisa, vía certiorari, una Orden del Tribunal de Primera Instancia en un caso de cobro de dinero. Banco Popular de Puerto Rico demandó a Antonio Gentilini Morales y su esposa. El foro primario denegó las mociones del señor Gentilini Morales solicitando remedios, paralización de ejecución y relevo de sentencia. El caso se originó en 2017 tras intentos fallidos de emplazamiento personal a los demandados. BPPR obtuvo autorización para emplazar por edicto, publicado en febrero de 2018. Se enviaron notificaciones por correo certificado, pero fueron devueltas al remitente. BPPR solicitó sentencia en rebeldía tras el emplazamiento por edicto. El Tribunal de Apelaciones evalúa la decisión del foro primario sobre las mociones post-sentencia del demandado. El tribunal apelativo ha resuelto expedir el auto de certiorari y revocar la Orden recurrida.
2020 • 24 de julio de 2020
Número de Caso:
KLAN202000275
Ponente:
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Resumen:
Sentencia de un panel de juezas que resuelve un recurso de apelación presentado por Luis Ángel Arce Cabán y Lizabel Arce Sein. Impugnan la Sentencia del Tribunal de Primera Instancia que desestimó su demanda sin perjuicio. La demanda original solicitaba la remoción de Aida Luisa Arce Maisonet como Albacea Testamentaria. El tribunal de instancia desestimó el caso por presunto incumplimiento del término de 120 días para emplazar a la demandada, conforme a la Regla 4.3(c) de Procedimiento Civil. Los apelantes argumentaron haber realizado gestiones de emplazamiento y presentado una moción para emplazamiento por edictos al expirar el término. Tras examinar el recurso, los documentos y la jurisprudencia, el panel apelativo concluyó que la desestimación fue incorrecta. La Sentencia del Tribunal de Primera Instancia fue revocada.
2020 • 24 de julio de 2020
Número de Caso:
KLCE201901531
Ponente:
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Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre dos recursos de certiorari consolidados. Los recursos provienen de casos de daños y perjuicios del Tribunal de Primera Instancia en San Lorenzo. El Tribunal examinó las peticiones de certiorari y la oposición a su expedición. Aplicó el criterio para intervenir con la discreción del foro primario, que exige un craso abuso o error sustancial. Tras evaluar los recursos, el Tribunal concluyó que los peticionarios no demostraron que los foros primarios hubieran cometido error alguno que justificara su intervención en esta etapa. Por lo tanto, el Tribunal denegó la expedición del auto de certiorari en ambos recursos. La resolución fue emitida el 24 de julio de 2020.
2020 • 24 de julio de 2020
Número de Caso:
KLCE201901321
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de División de Comunidad. La controversia principal se centra en determinar la fecha exacta de disolución de la sociedad legal de bienes gananciales entre las partes. El Tribunal de Primera Instancia, tras reconsiderar una decisión previa, resolvió que la sociedad se disolvió cuando la sentencia de divorcio advino final y firme en diciembre de 2010, luego del trámite apelativo. El peticionario impugnó esta determinación mediante recurso de certiorari ante el Tribunal de Apelaciones. Argumentaba que la disolución debió ser en la fecha del decreto de divorcio en diciembre de 2009. El Tribunal de Apelaciones expidió el recurso solicitado por el peticionario. No obstante, el Tribunal de Apelaciones confirmó la Resolución recurrida del Tribunal de Primera Instancia. Se ratifica, por tanto, que la sociedad legal de bienes gananciales quedó disuelta en diciembre de 2010. La solicitud de honorarios de abogado, costas y sanciones económicas de la parte recurrida fue declarada no ha lugar.
2020 • 24 de julio de 2020
Número de Caso:
KLCE201901532
Ponente:
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Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico, Panel III, sobre recursos de certiorari consolidados. Los recursos provienen de casos de daños y perjuicios del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Lorenzo. Las partes incluyen a la sucesión de Juan de la Cruz Florencio como recurrida y a diversas entidades gubernamentales y privadas como peticionarias. El Tribunal examinó las peticiones de certiorari y la oposición a su expedición. Se recordó la norma de no intervenir con la discreción del foro primario salvo abuso craso o error sustancial. Tras evaluar las peticiones, el Tribunal concluyó que no fue persuadido de que los foros primarios hubiesen cometido error alguno. Dicho error no justificaba la intervención del Tribunal de Apelaciones en esta etapa de los procedimientos. Por tanto, se denegó la expedición del auto de certiorari en ambos recursos consolidados.
2020 • 24 de julio de 2020
Número de Caso:
KLCE202000153
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones revisa una Sentencia del Tribunal de Primera Instancia en un caso de divorcio por ruptura irreparable. La peticionaria, María Pérez Bernardy, impugna la determinación del foro primario de que tiene jurisdicción sobre la demanda presentada por Manuel Iguina Hernández. La señora Pérez argumentó que el Tribunal de Primera Instancia carecía de jurisdicción porque ninguna de las partes residió en Puerto Rico durante el año previo a la demanda, alegando que el recurrido residía en Canadá. Sostuvo además que la causal de ruptura irreparable no se cometió en Puerto Rico ni cumple las excepciones legales. El Tribunal de Primera Instancia denegó la solicitud de desestimación, concluyendo que tenía jurisdicción basándose en el domicilio del recurrido y el lugar donde la peticionaria expresó su deseo de separarse. La peticionaria recurre ante esta instancia, alegando error en la determinación jurisdiccional y en la negativa a corregir hechos. El documento introduce el marco legal del certiorari y los requisitos jurisdiccionales para el divorcio en Puerto Rico según el Código Civil, particularmente el requisito de residencia de un año. La controversia central gira en torno a la correcta aplicación de los requisitos de residencia o domicilio para establecer jurisdicción en este caso de divorcio.
2020 • 24 de julio de 2020
Número de Caso:
KLCE202000261
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite una Resolución sobre una Petición de Certiorari presentada por el Estado. El Estado solicitó la revisión de una decisión del Tribunal de Primera Instancia (TPI) en un caso de impugnación de confiscación de un vehículo. El TPI había denegado una Moción de Desestimación por Falta de Jurisdicción presentada por el Estado. El Estado argumentó que los demandantes, Universal Insurance Company y Popular Auto, incumplieron el término jurisdiccional de 15 días para emplazar a la Secretaria de Justicia tras presentar la demanda. Los demandantes replicaron que solicitaron diligentemente los emplazamientos, pero la Secretaría del TPI los expidió el último día del término alegado por el Estado. Sostuvieron que no podían diligenciar un emplazamiento que aún no había sido expedido y que no debían ser penalizados por la demora de la Secretaría. El TPI concluyó que no se puede exigir a una parte diligenciar un emplazamiento no expedido y denegó la desestimación. Inconforme, el Estado acudió al Tribunal de Apelaciones mediante certiorari. El Tribunal de Apelaciones, tras evaluar la petición, denegó la expedición del recurso de certiorari. Esto implica que la decisión del TPI de no desestimar el caso se mantiene.
2020 • 24 de julio de 2020
Número de Caso:
KLCE202000382
Ponente:
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Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un recurso de certiorari presentado por Luis A. Rodríguez Torres. El peticionario buscaba dejar sin efecto una determinación del Tribunal de Primera Instancia que denegó la ejecución de una sentencia contra la corporación Melissa Colón Rodríguez, Inc. Argumentaba que dicha sentencia había advenido final y firme al no ser apelada por la corporación. La corporación recurrida, sin embargo, informó que la sentencia parcial en cuestión sí fue objeto de apelación y está pendiente de resolución ante este mismo foro. El Tribunal de Apelaciones revisó la solicitud conforme a su facultad discrecional y los criterios de la Regla 40. Tras considerar los argumentos de ambas partes, el Tribunal decidió denegar la expedición del auto de certiorari. La denegatoria se basó en no identificar fundamentos jurídicos que justificaran la intervención apelativa en este caso.
2020 • 23 de julio de 2020
Número de Caso:
KLAN201900704
Ponente:
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Resumen:
Recurso de apelación ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de daños y perjuicios. Edman Care, Inc. demandó a Irasema Sánchez y otros por alegada apropiación de fondos y administración negligente de un hogar de envejecientes. Los demandados reconvinieron reclamando compensación o una mesada. El Tribunal de Primera Instancia desestimó la demanda de Edman Care y acogió la reconvención, ordenando el pago de una mesada a los demandados. Edman Care apeló, señalando errores en la apreciación de la prueba, la falta de resolución de ciertas alegaciones y la determinación de que los demandados eran empleados despedidos injustificadamente con derecho a mesada. El Tribunal de Apelaciones revisa la sentencia de instancia. La sentencia del Tribunal de Apelaciones confirma en parte y revoca en parte la decisión del Tribunal de Primera Instancia.
2020 • 23 de julio de 2020
Número de Caso:
KLAN202000175
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre una apelación presentada por el Colegio de Arquitectos y Arquitectos Paisajistas de Puerto Rico (CAAPPR). El recurso impugna una Sentencia del Tribunal de Primera Instancia que expidió un Mandamus. Dicho Mandamus fue solicitado por un grupo de arquitectos para compeler al CAAPPR a celebrar una sesión extraordinaria de la Asamblea General. La solicitud de la asamblea buscaba, entre otros propósitos, la presentación de informes financieros y de contrataciones, así como la celebración de elecciones para la Junta de Gobierno. El CAAPPR se opuso al Mandamus, argumentando que la solicitud de convocatoria no cumplió con el requisito reglamentario de estar firmada por el diez por ciento de los colegiados activos. Alegó que, de los 123 firmantes, solo 89 estaban al día en el pago de cuotas, insuficiente para alcanzar el umbral requerido. También cuestionó la legitimidad de la petición de documentos. El Tribunal de Apelaciones había emitido previamente una orden provisional paralizando los procedimientos dirigidos a la celebración de la asamblea. La corte procede ahora a resolver el fondo de la apelación.
2020 • 23 de julio de 2020
Número de Caso:
KLAN202000116
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones emite sentencia en la apelación presentada por Carmen Ramos Cruz contra United Surety & Indemnity Company. La señora Ramos Cruz demandó a la aseguradora por incumplimiento de contrato y alegadas prácticas desleales en el ajuste de una reclamación de seguro tras el huracán María. La aseguradora solicitó la desestimación del caso, argumentando la defensa de pago en finiquito. El Tribunal de Primera Instancia acogió la solicitud, tratando la moción como una de sentencia sumaria, y desestimó la demanda con perjuicio. La apelante recurrió la decisión, señalando errores relacionados con la aplicación de la ley de seguros, la existencia de controversias de hechos materiales y la validez del finiquito en cuanto a buena fe y consentimiento. Tras revisar el recurso, el Tribunal de Apelaciones, por determinación mayoritaria, confirma el dictamen del Tribunal de Primera Instancia.
2020 • 23 de julio de 2020
Número de Caso:
KLAN201900560
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre un caso de cobro de dinero. La Junta de Residentes de la Urb. Rincón Español demandó a Yamil Brull y Jessica Delgado por cuotas de control de acceso presuntamente vencidas. El Tribunal de Primera Instancia dictó sentencia a favor de la Junta, ordenando a los apelantes el pago de la deuda reclamada. Los apelantes solicitaron reconsideración, la cual fue denegada, procediendo a apelar la decisión. Argumentaron, entre otras cosas, la inexistencia de un gravamen, la falta de un acuerdo de pago y la ausencia de notificación de la deuda. También cuestionaron la capacidad y representación de la Junta en el litigio. El Tribunal de Apelaciones revisó el expediente y los argumentos presentados por las partes. Finalmente, el panel apelativo decidió revocar el dictamen emitido por el Tribunal de Primera Instancia.
2020 • 23 de julio de 2020
Número de Caso:
KLRA202000047
Ponente:
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Resumen:
El Sr. Christopher González Rodríguez presentó una petición de Revisión Judicial ante el Tribunal de Apelaciones contra una Resolución del Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR). Dicha Resolución, emitida el 6 de noviembre de 2019, lo declaró incurso en una querella disciplinaria por agresión. El recurrente alegó haber presentado una Moción de Reconsideración ante el DCR sin recibir respuesta en 57 días. Ante la inacción de la agencia, acudió al Tribunal de Apelaciones el 30 de enero de 2020. Mediante Resolución del 7 de febrero de 2020, el Tribunal requirió al recurrente que proveyera, en un término de diez días, el escrito de reconsideración o apelación presentado ante la agencia, debidamente fechado como recibido, entre otros documentos. Transcurrido el término concedido, el recurrente no presentó la documentación requerida. Por tal incumplimiento, el Tribunal desestima la petición de Revisión Judicial por falta de jurisdicción. La desestimación se realiza sin perjuicio.
2020 • 22 de julio de 2020
Número de Caso:
KLCE201901226
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un recurso de Certiorari. La Sucesión de América Delboy Vargas solicitó la revocación de una Orden del Tribunal de Primera Instancia en un caso de cobro de dinero y ejecución de hipoteca instado por Banco Popular de Puerto Rico. La Orden denegó una moción de la Sucesión para desestimar la demanda por alegada falta de emplazamiento. Esta moción fue presentada dos años después de que el Tribunal de Primera Instancia emitiera Sentencia en el caso. Banco Popular había intentado emplazar a los herederos, incluyendo una solicitud de emplazamiento por edicto para posibles herederos desconocidos. El Tribunal de Primera Instancia anotó la rebeldía de las peticionarias. El Tribunal de Apelaciones expidió el auto de Certiorari para revisar la decisión. Finalmente, el Tribunal de Apelaciones confirmó la Resolución recurrida del Tribunal de Primera Instancia.
2020 • 22 de julio de 2020
Número de Caso:
KLCE201901642
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un recurso de Certiorari presentado por El Pueblo contra James Camacho Cancel. El caso surge de una convicción por infracción al Artículo 7.02 de la Ley 22-2000 (conducir bajo los efectos de bebidas embriagantes). El Tribunal de Primera Instancia halló culpable al señor Camacho Cancel y le impuso multas, referido a ASSMCA y 30 días de cárcel a ser cumplidos en el hogar bajo supervisión electrónica. El Ministerio Público presentó una Moción de Reconsideración, la cual fue declarada No Ha Lugar. Inconforme, El Pueblo recurrió en Certiorari ante el Tribunal de Apelaciones. Plantea que el TPI erró al imponer restricción domiciliaria, ya que la ley exige una pena de cárcel de 15 a 30 días para segundas convicciones. El documento detalla el historial procesal, la sentencia impuesta y el fundamento legal del recurso. Incluye además el texto del Artículo 7.02 de la Ley 22-2000, según enmendada por la Ley 24-2017, sobre los niveles de alcohol. El texto proporcionado no contiene la determinación final del Tribunal de Apelaciones sobre el recurso.
2020 • 22 de julio de 2020
Número de Caso:
KLCE202000498
Ponente:
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Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un recurso de certiorari presentado por Arnaldo Luis Marrero Rodríguez. El peticionario impugna dos órdenes del Tribunal de Primera Instancia en un caso de cobro de dinero. Las órdenes recurridas denegaron su solicitud para que se tuvieran por admitidas las alegaciones de la reconvención y autorizaron a la parte recurrida a presentar una contestación enmendada. El Tribunal de Primera Instancia denegó una solicitud de reconsideración posterior. La resolución explica que el certiorari es un remedio discrecional para revisar determinaciones de tribunales inferiores. Se detallan las instancias específicas bajo la Regla 52.1 de Procedimiento Civil donde procede el certiorari contra órdenes interlocutorias. Asimismo, se exponen los criterios discrecionales de la Regla 40 del Reglamento del Tribunal de Apelaciones para la expedición del auto. El tribunal menciona su facultad para prescindir de escritos adicionales en este caso. La resolución establece el marco legal para evaluar si se expedirá el auto de certiorari solicitado.
2020 • 22 de julio de 2020
Número de Caso:
KLRA201900577
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisó una Resolución del Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR) en un caso de revisión administrativa. El recurrente, un confinado con permiso médico para tener barba, tuvo un incidente con un oficial quien alegó que su barba no estaba "acicalada", impidiéndole una visita. Tras presentar una querella, el DCR inicialmente determinó que el oficial no actuó mal, pero que la barba del confinado no cumplía con el requisito de estar acicalada. El confinado solicitó reconsideración, argumentando que su barba sí estaba acicalada. La División de Remedios Administrativos del DCR, al reconsiderar, modificó su decisión inicial. La Resolución del DCR concluyó que el manual de la agencia carecía de una definición de "barba o recorte acicalado". Por ello, el DCR determinó que no se podía exigir al confinado mantener su barba de una forma específica bajo un término no definido. La Resolución del DCR ordenó revisar el manual para incluir la definición. El Tribunal de Apelaciones, mediante esta Sentencia, REVOCÓ el dictamen recurrido del DCR.
2020 • 22 de julio de 2020
Número de Caso:
KLCE202000188
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de daños y perjuicios. Piaget Bilingual Academy solicitó revisión mediante certiorari de una resolución del Tribunal de Primera Instancia. Dicha resolución denegó la solicitud de Piaget para levantar una anotación de rebeldía en su contra. El pleito original fue instado por los padres de una menor que sufrió una caída en la escuela en 2009. Los demandantes alegaron negligencia por el estado de la cancha y el incumplimiento de un acuerdo de compensación. Surgieron incidentes procesales, incluyendo la solicitud de rebeldía por la alegada falta de contestación oportuna. También hubo incumplimiento por parte de Piaget en la entrega de información de descubrimiento, como datos de su aseguradora. El Tribunal de Apelaciones revisó la determinación del foro primario. Tras la revisión, el Tribunal de Apelaciones confirmó la resolución que denegó el levantamiento de la rebeldía.
2020 • 22 de julio de 2020
Número de Caso:
KLCE202000100
Ponente:
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Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico denegando un recurso de certiorari presentado por Visual Communications Advertising, LLC. Visual buscaba la revisión de una decisión del Tribunal de Primera Instancia que denegó su solicitud de interdicto posesorio contra el Municipio Autónomo de Manatí. Visual demandó al Municipio alegando la remoción de su valla publicitaria de un espacio arrendado y solicitó, entre otros remedios, un interdicto posesorio. El Municipio argumentó que la acción no procedía para un bien mueble abandonado y deteriorado. El Tribunal de Primera Instancia denegó el interdicto al concluir que no se cumplían los requisitos legales, particularmente que no hubo despojo de un bien inmueble. El foro primario determinó continuar el caso bajo el trámite ordinario para las demás reclamaciones. El Tribunal de Apelaciones, al denegar el certiorari, confirmó la decisión del Tribunal de Primera Instancia de no expedir el interdicto posesorio.
2020 • 22 de julio de 2020
Número de Caso:
KLCE202000001
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico resolviendo un recurso de certiorari presentado por Banco Popular de Puerto Rico y Tania Ibarra. Los peticionarios solicitaron la revisión de una resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó su moción de sentencia sumaria parcial. Dicha moción buscaba desestimar la causa de acción por alegadas represalias bajo la Ley 115. El caso subyacente fue instado por Carlos A. Miranda Torres y su esposa contra el Banco Popular, Ibarra y otros. Los demandantes alegaron hostigamiento sexual y que el Banco Popular tomó represalias contra Miranda tras reportar la conducta. Las represalias incluyeron la denegación de un ascenso y la limitación de funciones, añadiéndose posteriormente otros actos alegados. El Banco Popular sostuvo que sus acciones tuvieron razones legítimas y que no existía evidencia de represalias. El Tribunal de Apelaciones expidió el certiorari, modificó la resolución recurrida y, así modificada, la confirmó.
2020 • 22 de julio de 2020
Número de Caso:
KLRX202000009
Ponente:
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Resumen:
Sistema de Salud Menonita presentó un recurso de Mandamus ante el Tribunal de Apelaciones contra el Director Ejecutivo de la Administración de Seguros de Salud de Puerto Rico. La acción buscaba que se ordenara al Director velar por el cumplimiento de Molina Healthcare con el Plan de Salud del Gobierno y atender una querella presentada por Menonita en noviembre de 2017 sobre recobro y ajuste indebido. Mientras el recurso se encontraba en trámite, la parte peticionaria, Sistema de Salud Menonita, presentó una Notificación de Desistimiento Voluntario. El desistimiento fue solicitado sin perjuicio, conforme a la Regla 83(A) del Reglamento del Tribunal de Apelaciones. El Tribunal de Apelaciones, tras considerar la moción de desistimiento, emitió una Resolución. En dicha Resolución, el Tribunal ordenó el archivo y cierre del caso. La decisión se basó en el desistimiento voluntario presentado por la parte peticionaria.
2020 • 21 de julio de 2020
Número de Caso:
KLCE202000275
Ponente:
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Resumen:
Se resuelve un recurso de Certiorari ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico, presentado por José Rodríguez Bou, Lourdes Ramos y Valmeg, LLC. Los peticionarios buscan revocar una Resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó su Moción de Sentencia Sumaria en un caso de daños y perjuicios. La demanda original fue incoada por la familia de Ángel Vázquez Ramos, quien falleció tras una caída mientras realizaba trabajos de limpieza y pintura. Los demandantes alegan que la caída fue producto de acciones negligentes de los codemandados. El matrimonio Rodríguez-Ramos y Valmeg argumentaron en el TPI que tenían inmunidad como patronos asegurados por el Fondo del Seguro del Estado, presentando pólizas como prueba. La parte demandante se opuso, alegando que las pólizas no estaban vigentes al momento del accidente. El TPI denegó la sentencia sumaria, basándose en parte en el hecho no controvertido de que una póliza relevante fue adquirida horas después del suceso. Mediante esta Resolución, el Tribunal de Apelaciones deniega la expedición del recurso de certiorari solicitado por los peticionarios.
2020 • 21 de julio de 2020
Número de Caso:
KLRA202000131
Ponente:
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Resumen:
Se presenta un recurso de revisión judicial ante el Tribunal de Apelaciones contra una Resolución del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACo). La recurrente, Iris M. Romero Valentín, impugna la decisión del DACo que desestimó su querella sobre asuntos de condominio. El Tribunal examinó el recurso y el expediente administrativo. Se determinó que la Resolución final del DACo fue notificada a las partes únicamente por correo ordinario. La Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme exige que las órdenes finales sean notificadas por correo ordinario y certificado. Una notificación defectuosa impide que comiencen a correr los términos para la revisión judicial. El Tribunal Supremo ha resuelto que esto priva de jurisdicción al foro revisor y hace que el recurso sea prematuro. Al no cumplirse el requisito de notificación dual, el término para recurrir no se activó. Por consiguiente, el Tribunal de Apelaciones desestima el recurso por falta de jurisdicción al considerarlo prematuro.
2020 • 21 de julio de 2020
Número de Caso:
KLAN201901111
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emitió una sentencia en apelaciones consolidadas presentadas por la Cooperativa de Ahorro y Crédito de Cabo Rojo y la Cooperativa de Seguros Múltiples. Ambas entidades recurrieron la sentencia del Tribunal de Primera Instancia de Mayagüez en un caso instado por Elmer Vélez González. Vélez González demandó a las apelantes por incumplimiento de contrato, dolo, engaño y daños y perjuicios. Alegó que las demandadas incumplieron un acuerdo transaccional previo y utilizaron dolo para lograrlo. Específicamente, reclamó que la Cooperativa de Seguros Múltiples no pagó la suma acordada en la transacción, aplicándola en su lugar a una deuda. El Tribunal de Primera Instancia emitió sentencia a favor del demandante. Tras denegarse sus mociones de reconsideración, ambas demandadas apelaron el dictamen. Los recursos de apelación fueron consolidados por el Tribunal de Apelaciones. El apelado no compareció en el trámite apelativo. La sentencia del Tribunal de Apelaciones modifica el dictamen apelado. El documento también discute las reglas de procedimiento civil relativas a costas y honorarios de abogado.
2020 • 21 de julio de 2020
Número de Caso:
KLAN201901082
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite sentencia en los recursos consolidados KLAN201901082 y KLAN201901111. Estos recursos fueron presentados por la Cooperativa de Ahorro y Crédito de Cabo Rojo y la Cooperativa de Seguros Múltiples de Puerto Rico (CSM). Las apelantes impugnan una sentencia del Tribunal de Primera Instancia de Mayagüez en un caso civil sobre incumplimiento de contrato, dolo y daños. El demandante, Elmer Vélez González, alegó que las cooperativas incumplieron un acuerdo transaccional previo. Según la demanda, CSM no pagó la compensación acordada de \$15,000, aplicándola en su lugar a una deuda del demandante. El Tribunal de Primera Instancia denegó mociones de desestimación y, tras juicio, emitió una sentencia en contra de las demandadas. Las apelantes solicitaron reconsideración sin éxito, lo que motivó las apelaciones. El Tribunal de Apelaciones resuelve modificar el dictamen apelado.
2020 • 21 de julio de 2020
Número de Caso:
KLRA202000108
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisa una determinación del Departamento de Corrección y Rehabilitación. El recurrente, José Nieves Torres, impugna la decisión de mantenerlo en nivel de custodia máxima. Argumenta que el Comité de Clasificación y Tratamiento aplicó erróneamente modificaciones discrecionales en contra de la escala objetiva del reglamento. El Comité justificó la custodia máxima basándose en el historial documentado del recurrente de violencia excesiva y menosprecio a la vida. Señaló su inconsistencia en mantener niveles de menor restricción, resultando en reclasificaciones a máxima custodia en cuatro ocasiones. Además, mencionó una sentencia federal reciente por violar la Ley RICO, vinculándolo a trasiego de drogas en instituciones correccionales. Aunque la escala objetiva arrojó una puntuación para un nivel menor, el Comité activó modificaciones discrecionales por historial de violencia, afiliación a pandillas y difícil manejo. La revisión busca balancear el interés público en la seguridad y rehabilitación con el interés del confinado en su nivel de custodia. El caso se rige por el Manual para la Clasificación de Confinados, que permite modificaciones discrecionales a la puntuación objetiva.
2020 • 21 de julio de 2020
Número de Caso:
KLRA202000167
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisó una resolución del Departamento de Hacienda en el caso de James Souvenir, Inc. contra el Negociado de Impuesto al Consumo. La resolución administrativa había sostenido una multa de $5,000 impuesta a James Souvenir, Inc. por vender bebidas alcohólicas sin licencia, conforme a la sección 6042.14(b)(1)(A) del Código de Rentas Internas. Sin embargo, dejó sin efecto otra multa de $5,000 bajo la sección 3050.01(c)(2). El recurrente apeló, cuestionando la apreciación de la prueba por parte del Departamento de Hacienda y alegando falta de evidencia suficiente para sostener la multa confirmada. El Tribunal de Apelaciones advirtió que el asunto central del recurso era la apreciación de la prueba oral. No obstante, el recurrente incumplió con la Regla 66(A) del Reglamento del Tribunal de Apelaciones. Dicha regla exige informar el tipo de reproducción de prueba oral a utilizar y presentar la transcripción o exposición correspondiente al impugnar la apreciación de la prueba. Ante la falta de cumplimiento con este requisito procesal, el Tribunal se vio impedido de entrar en los méritos de la controversia planteada. Por consiguiente, el Tribunal de Apelaciones confirmó la decisión emitida por el Departamento de Hacienda.
2020 • 21 de julio de 2020
Número de Caso:
KLAN201900950
Ponente:
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Resumen:
El Municipio de San Sebastián apeló la Sentencia Sumaria que desestimó su demanda contra SP Management Corp. y United Surety & Indemnity Co. El Municipio demandó por incumplimiento de un contrato de promesa de compraventa de un complejo de vivienda y ejecución de una fianza de licitación. SP Management Corp. fue el licitador agraciado, pero la compraventa no se concretó. SP Management Corp. argumentó que el contrato estaba sujeto a condiciones suspensivas, como obtener financiamiento FHA y la aprobación de USDA, las cuales no se cumplieron. Alegó que el financiamiento FHA no fue posible por el diseño del proyecto y códigos de construcción, no por su culpa, y que la aprobación de USDA nunca se obtuvo. United Surety & Indemnity Co. sostuvo que la fianza era accesoria y la reclamación caducó. El Tribunal de Primera Instancia dictó sentencia sumaria a favor de los demandados. El Tribunal de Apelaciones revisó el recurso y confirmó la Sentencia Sumaria recurrida.
2020 • 21 de julio de 2020
Número de Caso:
KLCE202000141
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite sentencia en un caso de despido. El recurso de certiorari fue presentado por Office Depot Puerto Rico, LLC contra Jorge Luis Figueroa Sánchez. La empresa impugnó la negativa del Tribunal de Primera Instancia a desestimar sumariamente el reclamo de despido injustificado bajo la Ley 80. El Tribunal de Primera Instancia había desestimado previamente el reclamo por represalias (Ley 115), decisión no apelada en este recurso. Los hechos incontrovertidos revelaron que el empleado, gerente de tienda, instruyó a un subalterno a trabajar horas extras sin registrarlas ni pagarlas legalmente, manipulando el sistema de tiempo. El gerente estaba consciente de la improcedencia de esta acción. El Tribunal de Apelaciones consideró que estos hechos justificaban la acción patronal. Por tanto, el Tribunal de Apelaciones expidió el auto de certiorari. Revocó la resolución del foro primario que denegó la desestimación sumaria del reclamo de Ley 80. Se ordenó la desestimación sumaria de la causa de acción sobre despido injustificado.