Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. DE JESUS RIVERA, MIGUEL
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201900959
Año:
2020
Fecha:
27 de julio de 2020
Se revisa la decisión del Tribunal de Primera Instancia que denegó la solicitud de Miguel A. De Jesús Rivera para ser eliminado del Registro de Ofensores Sexuales. El señor De Jesús fue convicto en 2004 por actos lascivos (sin minoridad) y condenado a una sentencia suspendida, lo que conllevó su inscripción en el registro en 2005. Su sentencia expiró en 2010 y cumplió 10 años de registro en 2017. Solicitó su eliminación del registro, argumentando haber cumplido el término de inscripción bajo la ley vigente al momento de su convicción (Ley 28-1997). Alegó que la aplicación retroactiva de leyes posteriores que exigen registro de por vida violaría la prohibición ex post facto. El Tribunal de Primera Instancia denegó la solicitud, clasificándolo como ofensor Tipo III sujeto a registro de por vida. El peticionario apeló, señalando que el TPI erró al clasificarlo así y al aplicar retroactivamente leyes posteriores. El Pueblo de Puerto Rico, aunque admitió que procedía la eliminación, basó su postura en el cumplimiento del término de 10 años, no en la clasificación del delito. El Tribunal de Apelaciones evalúa si el TPI actuó correctamente al mantener la inscripción del peticionario.
| ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL VIII | ||
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| EL PUEBLO DE PUERTO RICO Recurrido v. MIGUEL A. DE JESÚS RIVERA Peticionario | KLCE201900959 | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón Criminal Núm.: D HO 2004G0011 D HO 2004G0012 Inr. Art. 105 |
(a)
C.P Recl. Art. 105
(D) C.P. (2C) |
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Cintrón Cintrón, el Juez Rodríguez Casillas y el Juez Rivera Torres.
En San Juan, Puerto Rico, a 27 de julio de ...
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