Partes:
IGUINA HERNANDEZ, MANUEL V. PEREZ BERNARDY, MARIA V
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202000153
Año:
2020
Fecha:
24 de julio de 2020
El Tribunal de Apelaciones revisa una Sentencia del Tribunal de Primera Instancia en un caso de divorcio por ruptura irreparable. La peticionaria, María Pérez Bernardy, impugna la determinación del foro primario de que tiene jurisdicción sobre la demanda presentada por Manuel Iguina Hernández. La señora Pérez argumentó que el Tribunal de Primera Instancia carecía de jurisdicción porque ninguna de las partes residió en Puerto Rico durante el año previo a la demanda, alegando que el recurrido residía en Canadá. Sostuvo además que la causal de ruptura irreparable no se cometió en Puerto Rico ni cumple las excepciones legales. El Tribunal de Primera Instancia denegó la solicitud de desestimación, concluyendo que tenía jurisdicción basándose en el domicilio del recurrido y el lugar donde la peticionaria expresó su deseo de separarse. La peticionaria recurre ante esta instancia, alegando error en la determinación jurisdiccional y en la negativa a corregir hechos. El documento introduce el marco legal del certiorari y los requisitos jurisdiccionales para el divorcio en Puerto Rico según el Código Civil, particularmente el requisito de residencia de un año. La controversia central gira en torno a la correcta aplicación de los requisitos de residencia o domicilio para establecer jurisdicción en este caso de divorcio.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL I | ||
|---|---|---|
| MANUEL IGUINA HERNÁNDEZ Recurrido | KLCE202000153 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Caso Núm.: K DI2019-0203 (708) Sobre: Divorcio (Ruptura Irreparable) |
| v. | ||
| MARÍA PÉREZ BERNARDY Peticionaria |
Panel integrado por su presidente, el Juez Sánchez Ramos, el Juez Candelaria Rosa y el Juez Pagán Ocasio
Candelaria Rosa, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 24 de ju...
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