Comisiones · Cámara de Representantes
Comisión de Bienestar Social, Personas con Discapacidad y Adultos Mayores
- Medidas referidas
- 170
- Convertidas en ley
- 35
- Tasa de conversión
- 30.4%
sobre 115 proyectos
Integrantes
Esta comisión no tiene página de integrantes en ningún portal legislativo.
Temas de sus leyes
Medidas
170 medidas.
| Autoría | Resultado | ||
|---|---|---|---|
| PC1016Proyecto de la Cámara Para añadir un nuevo Artículo 5, y reenumerar los actuales artículos 5, 6, 7 y 8, como los artículos 6, 7, 8 y 9, respectivamente, en la Ley 338-1998, según enmendada, conocida como “Carta de los Derechos del Niño”, a los fines de declarar que las agencias, organismos e instrumentalidades del Gobierno de Puerto Rico serán responsables de procurar, apoyar, custodiar, facilitar, coordinar y asignar fondos para la implantación de los derechos concedido a los niños, en virtud de esta Ley; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 147 de 18 de junio de 1980, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica de la Oficina de Gerencia y Presupuesto”, para incluir como una de las facultades de la Oficina de Gerencia y Presupuesto relacionadas con la formulación del presupuesto, el requerir y exigir de los distintos organismos, corporaciones públicas y subdivisiones políticas del Gobierno de Puerto Rico, la identificación en las peticiones presupuestarias de una partida para el cumplimiento de las responsabilidades impuestas en la “Carta de los Derechos del Niño”; y para otros fines relacionados. | José Enrique Meléndez Ortiz | No aprobada | 30 de septiembre de 2021 |
| PC0997Proyecto de la Cámara Para enmendar el inciso (x) del Artículo 3 de la Ley Núm. 246-2011, según enmendada, denominada “Ley para la Seguridad, Bienestar y Protección de Menores”, con el fin de clarificar que el incumplimiento intencional o negligente con los derechos constitucionales, estatutarios, reglamentarios y reconocidos mediante determinación judicial de los niños con diversidad funcional constituye maltrato institucional; y para decretar otras disposiciones complementarias. | Denis Márquez Lebrón | No aprobada | 27 de septiembre de 2021 |
| PS0598Proyecto del Senado Para enmendar el inciso (2) del Artículo 2 de la Ley Núm. 51 de 7 de junio de 1996, según enmendada, denominada “Ley de Servicios Educativos Integrales para Personas con Impedimentos”, con el propósito de clarificar que la localización física de un estudiante registrado en el Programa de Educación Especial es un componente inherente a su ubicación, según pactada en el Programa Educativo Individualizado (PEI), que no puede ser bifurcado, desvinculado ni alterado sin el consentimiento expreso e informado de la madre, padre o tutor legal, ni sin el debido proceso de ley; y para decretar otras disposiciones complementarias. | María de Lourdes Santiago Negrón | Ley 25-2023 | 20 de septiembre de 2021 |
| PS0597Proyecto del Senado Para declarar el mes de octubre de cada año como el “Mes del Profesional del Trabajo Social”; así como el cuarto viernes del mes de octubre correspondiente, como el “Día del Profesional del Trabajo Social”; el disponer que se emita una proclama por el/la Gobernador(a) a estos efectos; ordenar al Departamento de Estado a coordinar y desarrollar actividades con el fin de reconocer a esta clase profesional y su contribución social; y para otros fines relacionados. | Rubén Soto Rivera | Ley 12-2023 | 20 de septiembre de 2021 |
| PC0972Proyecto de la Cámara Para enmendar el inciso 40 del Artículo 1-104 de la Ley Núm. 447 de 15 de mayo de 1951, según enmendada, con el fin de incluir a los Trabajadores Sociales del Departamento de Familia en la definición de Servidores Públicos de Alto Riesgo. | Denis Márquez Lebrón | No aprobada | 3 de septiembre de 2021 |
| RC0498Resolución de la Cámara Para ordenar a la Comisión de Bienestar Social, Personas con Discapacidad y Adultos Mayores y a la Comisión de Educación, Arte y Cultura de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre el número de estudiantes que provienen de hogares cuyos cuidadores principales son sus abuelos o adultos mayores de sesenta (60) años en adelante, ante el elevado número de estudiantes que fracasaron en el año escolar 2020- 2021 en las escuelas del Departamento de Educación de Puerto Rico por falta de destrezas o conocimiento tecnológico; y para otros fines relacionados. | Lisie J. Burgos Muñiz | No aprobada | 31 de agosto de 2021 |
| RC0496Resolución de la Cámara Para ordenar a la Comisión de Bienestar Social, Personas con Discapacidad y Adultos Mayores de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el proceso de implementación del Departamento de la Familia de las disposiciones de la Ley Federal conocida como “Family First Prevention Services Act”; investigar cuales criterios utiliza el Departamento de la Familia para asignar fondos a los centros de cuidado licenciados y hogares temporeros para el cuidado y la atención de las necesidades de cada menor bajo la custodia de estos; investigar a cuales centros licenciados y hogares temporeros el Departamento de la Familia le han denegado propuestas de servicios y cuáles son las circunstancias para dicha denegación; investigar la constancia del Departamento de la Familia en los pagos realizados a los centros licenciados y hogares temporeros, destinados a sufragar los gastos de cuidado y atención de cada menor bajo la custodia de estos; investigar cuales son los criterios para remover a un menor de edad de un centro licenciado u hogar temporero y donde ubican a dichos menores; y para otros fines relacionados. | Lisie J. Burgos Muñiz | No aprobada | 30 de agosto de 2021 |
| PS0537Proyecto del Senado Para establecer la “Ley para la Prevención del Maltrato, Preservación de la Unidad Familiar y para la Seguridad, Bienestar y Protección de los Menores,” a los fines de garantizar cumplimiento con las partes B y E del Título IV de la Ley del Seguro Social, según enmendada por la Family First Prevention Services Act, 42 USC §§621-629m y 42 USC §§670-679c; derogar la Ley 246-2011, según enmendada, conocida como “Ley para la Seguridad, Bienestar y Protección de Menores”; y para otros fines relacionados. | Thomas Rivera Schatz | Ley 57-2023 | 18 de agosto de 2021 |
| PC0911Proyecto de la Cámara Para establecer la “Ley para la Prevención del Maltrato y Preservación de la Unidad Familiar,” garantizar cumplimiento con las partes B y E del Título IV de la Ley del Seguro Social, según enmendada por la Family First Prevention Services Act, 42 USC §§621-629m y 42 U.S.C. §§670-679c; derogar la Ley 246-2011, según enmendada, conocida como “Ley para la Seguridad, Bienestar y Protección de Menores”; y para otros fines relacionados. | Carlos J. Méndez Núñez | No aprobada | 18 de agosto de 2021 |
| RC0477Resolución de la Cámara Para ordenar a la Comisión de Salud y la Comisión de Bienestar Social, Personas con Discapacidad y Adultos Mayores de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre el manejo, por parte de la Rama Ejecutiva del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, de todos los aspectos relacionados a la Pandemia del COVID-19; investigar todos los aspectos de las contrataciones celebradas por la Rama Ejecutiva, a los fines de adquirir ventiladores, pruebas para detectar el COVID-19, vacunas y cualesquiera otros servicios o productos necesarios para atender la emergencia ocasionada por el COVID-19; investigar si son efectivas las pruebas utilizadas en Puerto Rico para detectar el COVID-19; investigar la razonabilidad y certeza de los criterios utilizados por los médicos y/u hospitales en Puerto Rico para determinar que una persona ha muerto como consecuencia del COVID-19; investigar cuantas autopsias, si alguna, se han practicado en los cuerpos de personas que han sido reportadas como fallecidas a consecuencia del COVID-19 y los resultados de dichas autopsias; investigar cuántas personas han presentado posibles reacciones adversas asociadas a la vacuna contra el COVID-19 y cuántas han fallecido en Puerto Rico producto de dichas reacciones adversas e indagar cuáles mecanismos, si alguno, ha establecido la Rama Ejecutiva para registrar dichas muertes; y para otros fines relacionados. | Lisie J. Burgos Muñiz | No aprobada | 11 de agosto de 2021 |
| PS0500Proyecto del Senado Para enmendar el Artículo 14 (Registro Estatal Voluntario de Adopción), de la Ley 61-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Adopción de Puerto Rico”, a los fines de establecer que puedan ingresar al Registro Voluntario de Adopción los ciudadanos americanos y residentes legales permanentes. | Joanne Rodríguez Veve, Rubén Soto Rivera | Ley 35-2022 | 4 de agosto de 2021 |
| PC0890Proyecto de la Cámara Para enmendar los Artículos 1, 2, 3 y 4 de la Ley 212-2000, según enmendada, conocida como la “Ley de Préstamos y Garantía para el Establecimiento de Centros de Cuidado Diurno para Niños y Personas de Edad Avanzada, Centros de Actividades Múltiples para Personas de Edad Avanzada e Instituciones de Cuidado de Larga Duración, así como para Establecer el Fondo Rotativo para la Autogestión en Comunidades Especiales y de las Mujeres en Desventaja Económica”, con el propósito de reenfocar sus disposiciones, y para crear en el Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico un Programa de Garantía de Créditos e Inversión mediante el cual se faciliten líneas de garantía o crédito para la concesión de préstamos, incentivos o cualquier otra ayuda económica para el desarrollo de los antes mencionados centros de cuidado diurno para la niñez y personas adultos mayores, centros de actividades múltiples o establecimientos de cuidado prolongado para personas adultos mayores; y para otros fines relacionados. | Er Yazzer Morales Díaz | Ley 60-2023 | 15 de julio de 2021 |
| PC0873Proyecto de la Cámara Para enmendar los Artículos 4 y 6 de la Ley 121-2019, según enmendada, conocida como “Carta de Derechos y la Política Pública del Gobierno a favor de los Adultos Mayores”, a los fines de ampliar los derechos de los adultos mayores ubicados en los establecimientos residenciales que operan en Puerto Rico, y añadirle responsabilidades adicionales a sus familiares, en atención a los derechos aquí otorgados; enmendar los Artículos 7 y 10 de la Ley Núm. 94 de 22 de junio de 1977, según enmendada, conocida como “Ley de Establecimientos para Personas de Edad Avanzada”, con el propósito de atemperar sus disposiciones, con las contenidas en la presente Ley; hacer correcciones técnicas; y para otros fines relacionados. | Wanda Del Valle Correa | Ley 47-2023 | 24 de junio de 2021 |
| RCC0186Resolución Conjunta de la Cámara Para ordenar al Departamento de la Familia y al Departamento de Salud, en coordinación y colaboración con todos los municipios del Estado Libre Asociado de Puer-to Rico y de la Oficina del Procurador de Personas de Edad Avanzada, a crear un Registro de personas adultos mayores con impedimentos o con condiciones de salud apremiantes para que en situaciones de emergencia declaradas por la per-sona que ocupe el cargo de gobernador del Estado Libre Asociado de Puerto Rico o quien ocupe el cargo de Presidente de los Estados Unidos de América se pue-dan establecer los mecanismos de prevención, mitigación, protección, respuesta, recuperación, servicios y recursos necesarios para su seguridad y sostenimiento; facultar procedimientos de colaboración para los departamentos, agencias o enti-dades gubernamentales en la colaboración de todo lo necesario para la creación e implementación del Registro. | Lydia R. Méndez Silva | No aprobada | 21 de junio de 2021 |
| RCS0120Resolución Conjunta del Senado Para ordenar al Departamento de la Familia y al Instituto de Estadísticas de Puerto Rico a elaborar y publicar en conjunto un Perfil Anual de Maltrato de Menores. | María de Lourdes Santiago Negrón | No aprobada | 2 de junio de 2021 |
| PC0846Proyecto de la Cámara Para enmendar el Artículo 41 de la Ley 246-2011, según enmendada, conocida como “Ley para la Seguridad, Bienestar y Protección de Menores” a los fines de disponer que, para brindar cualquier tratamiento médico a un menor, será necesaria la autorización de al menos una de las personas que ostente la patria potestad de este; para establecer el proceso judicial que deberá seguirse en aquellos casos en los cuales las personas con patria potestad se nieguen a dar su consentimiento para que el menor sea sometido a un tratamiento esencial; y para otros fines relacionados. | Lisie J. Burgos Muñiz | No aprobada | 2 de junio de 2021 |
| RC0424Resolución de la Cámara Para ordenar a la Comisión de Bienestar Social, Personas con Discapacidad y Adultos Mayores y a la Comisión de Educación, Arte y Cultura de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre la efectividad de los servicios brindados, por el Programa de Educación Especial del Departamento de Educación en todas las regiones educativas de Puerto Rico, a los estudiantes que padecen de problemas de audición, problemas del habla o lenguaje, apraxia verbal, problemas de visión, disturbios emocionales severos, problemas ortopédicos, autismo, sordoceguera, daño cerebral por trauma, problemas específicos de aprendizaje, discapacidad intelectual, discapacidades múltiples y cualesquiera otras discapacidades; investigar la efectividad del mecanismo de remedio provisional dispuesto en el Artículo 10.09 de la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”; y para otros fines relacionados. | Lisie J. Burgos Muñiz | No aprobada | 24 de mayo de 2021 |
| PC0813Proyecto de la Cámara Para enmendar la Ley Núm. 246-2011, según enmendada, conocida como “Ley para la Seguridad, Bienestar y Protección de Menores”, a los fines de añadir los Artículos 78 y 79, para establecer programas de desvío a los fines de reeducar y readiestrar a primeros ofensores que incurren en conducta maltratante o negligente contra menores, y ordenar al Departamento de la Familia a elaborar las guías y requisitos que regirán dichos programas; se reenumeran los Artículos 78 al 88 como Artículos 80 al 90, respectivamente. | José Jesús Pérez Cordero | No aprobada | 24 de mayo de 2021 |
| RC0407Resolución de la Cámara Para ordenar a la Comisión de Bienestar Social, Personas con Discapacidad y Adultos Mayores de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva respecto a la accesibilidad y alcance de todos los servicios ofrecidos por la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMCA) a la población sorda del País; y para otros fines relacionados. | Lisie J. Burgos Muñiz | No aprobada | 10 de mayo de 2021 |
| RC0406Resolución de la Cámara Para ordenar a la Comisión de Bienestar Social, Personas con Discapacidad y Adultos Mayores de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la accesibilidad y alcance de todos los servicios ofrecidos por el Departamento de Corrección y Rehabilitación a los menores, jóvenes adultos y adultos sordos que se encuentran recluidos en las instituciones correccionales del País. Esto incluye servicios sociopenales, programas educativos y recreativos, servicios bibliotecarios, programas de recreación y deportes, servicios de salud, entre otros; y para otros fines relacionados. | Lisie J. Burgos Muñiz | No aprobada | 10 de mayo de 2021 |
| RC0405Resolución de la Cámara Para ordenar a la Comisión de Bienestar Social, Personas con Discapacidad y Adultos Mayores de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva respecto a la accesibilidad y alcance de todos los servicios ofrecidos por el Departamento de Educación de Puerto Rico a la población de estudiantes sordos del sistema de educación pública; y para otros fines relacionados. | Lisie J. Burgos Muñiz | No aprobada | 10 de mayo de 2021 |
| PS0401Proyecto del Senado Para enmendar la Ley 355-1999, según enmendada, conocida como “Ley Uniforme de Rótulos y Anuncios de Puerto Rico de 1999” a los efectos de añadir al artículo 27 la Alerta Rosa como parte del servicio público en los casos que se active el protocolo e incluir como plazo de 72 horas la difusión del anuncio de servicio público al activarse las alertas Amber y Rosa; y para otros fines. | Wanda Soto Tolentino | No aprobada | 10 de mayo de 2021 |
| PC0768Proyecto de la Cámara Para crear la “Ley para Proteger a los Menores de ser Sometidos a Tratamientos Hormonales y/o Cirugías para construir la identidad de género no congruente a la genética sexual; para enmendar el Artículo 2 de la Ley 246-2011, según enmendada, conocida como “Ley para la Seguridad, Bienestar y Protección de Menores” a los fines incluir en la definición de maltrato en la política pública de dicha ley, el someter a un menor, o al tener su custodia física permitir que este sea sometido, a tratamientos hormonales y/o cirugías para construir la identidad de género no congruente a la genética sexual; para añadir un nuevo inciso (e) y renumerar los actuales incisos (e) al (vv) como los nuevos incisos (f) al (ww), crear un nuevo inciso (xx) y renumerar los actuales incisos (ww) al (yy) como los nuevos incisos (yy) al (aaa), crear un nuevo inciso (bbb) y renumerar el actual inciso (zz) como el nuevo inciso (ccc) y enmendar el inciso (b) y los renumerados incisos (x) y (y) del Artículo 3 de la Ley 246-2011, según enmendada, a los fines de definir los términos “cirugías para construir la identidad de género no congruente a la genética sexual”, “sexo” y “tratamientos hormonales” e incluir en las definiciones de “abuso sexual”, “maltrato” y “maltrato institucional” el someter a un menor, o permitir que este sea sometido, a tratamientos hormonales y/o cirugías para construir la identidad de género no congruente a la genética sexual; para añadir un nuevo inciso (2) y renumerar los actuales incisos (2) al (10) como los nuevos incisos (3) al (11) del Artículo 5 de la Ley 246-2011, según enmendada, a los fines de disponer que la familia tiene la obligación de proteger a los menores de ser sometidos a tratamientos hormonales y/o cirugías para construir la identidad de género no congruente a la genética sexual; para enmendar el Artículo 7 de la Ley 246-2011, según enmendada, a los fines de delimitar las obligaciones del Estado, del Negociado de la Policía de Puerto Rico y del Departamento de Justicia en el manejo de casos de menores de edad sometidos a tratamientos hormonales y/o cirugías para construir la identidad de género no congruente a la genética sexual; para enmendar los incisos (a) y (b) del Artículo 8 de la Ley 246-2011, según enmendada, a los fines de disponer que el Departamento de la Familia incluirá en su Registro Central de Casos de Protección aquellos casos en los cuales cualquier persona someta a un menor, o al tener su custodia física permita que este sea sometido, a tratamiento hormonales y/o cirugías para construir la identidad de género no congruente a la genética sexual y para disponer que la “Línea Directa para Situaciones de Maltrato, Maltrato Institucional, Negligencia, Negligencia Institucional y Trata Humana” atenderá casos de menores sometidos a tratamientos hormonales y/o cirugías para construir la identidad de género no congruente a la genética sexual; para enmendar el Artículo 11 de la Ley 246-2011, según enmendada, para disponer que el Departamento de la Familia desarrollará programas educativos sobre los efectos negativos de los tratamientos hormonales y las Cirugías para construir la identidad de género no congruente a la genética sexual en los menores de edad; para enmendar el Artículo 59 de la Ley 246-2011, según enmendada, a los fines de incluir como delito de maltrato el someter a un menor, o al tener el menor en su custodia física permitir que este sea sometido, a tratamientos hormonales y/o Cirugías para construir una identidad de género no congruente a la genética sexual; para añadir un nuevo inciso (b) y renumerar los actuales incisos (b) al (m) como los nuevos incisos (c) al (n) y añadir los nuevos incisos (ñ) y (o) al Artículo 2 de la Ley 139-2008, según enmendada, conocida como “Ley de la Junta de Licenciamiento y Disciplina Médica” a los fines de definir los términos “cirugía de reasignación de sexo”, “sexo” y “tratamiento hormonal”; para añadir un nuevo subinciso (21) al inciso (f) y enmendar el inciso (i) del Artículo 26 de la Ley 139-2008, etc......... | Lisie J. Burgos Muñiz | No aprobada | 10 de mayo de 2021 |
| PC0764Proyecto de la Cámara Para crear la Ley para Salvar los Deportes Femeninos; disponer que todo equipo deportivo que pertenezca a una escuela pública o institución universitaria pública, o que perteneciendo a una escuela privada o institución universitaria privada compita contra estos, deberá ser expresamente designado en alguna de las siguientes categorías basadas en el sexo biológico de sus miembros: equipos compuestos exclusivamente por personas del sexo femenino, equipos compuestos exclusivamente por personas del sexo masculino o equipos mixtos; para definir los término deportista, equipo deportivo, escuela privada, escuela pública, universidad privada, universidad pública y sexo; para disponer la aplicabilidad de la ley a todas las escuelas e instituciones universitarias públicas y a aquellas escuelas e instituciones privadas cuyos equipos deportivos compiten con equipos deportivos pertenecientes a escuelas e instituciones universitarias públicas; para disponer que ninguna escuela o institución académica cubierta por esta Ley admitirá, como miembro de un equipo deportivo compuesto exclusivamente por personas del sexo femenino, a personas del sexo masculino; para disponer que cualquier controversia sobre el sexo de un estudiante deportista, que surja en virtud de lo exigido por esta Ley, será resuelta por la escuela o institución universitaria a la cual pertenece el estudiante; para establecer las causas de acción que podrán ser instadas al amparo de esta Ley; para establecer que ninguna entidad del gobierno, agencia acreditadora o de licenciamiento, o asociación u organización atlética, podrá atender quejas, abrir investigaciones, o tomar cualquier otra acción adversa contra una escuela o institución universitaria por mantener equipos deportivos separados para estudiantes del sexo femenino; para establecer un término prescriptivo de dos (2) años para cualquier causa de acción que surja al amparo de las disposiciones de esta Ley; y para otros fines relacionados. | Lisie J. Burgos Muñiz | No aprobada | 10 de mayo de 2021 |
| PC0740Proyecto de la Cámara Para enmendar la Ley 266-2018 conocida como la “Ley de Igualdad de Acceso a Información para los Sordos en las Campañas Publicitarias del Gobierno de Puerto Rico”, a los fines de añadir una nueva Sección 6 con el propósito de requerir que los noticiarios transmitidos por WIPR cuenten con un intérprete de señas que cuente con una certificación de alguna institución educativa acreditada que reconozca su peritaje; y para otros fines. | José O. González Mercado | Ley 111-2022 | 7 de mayo de 2021 |
| RCS0076Resolución Conjunta del Senado Para ordenar al Departamento de la Familia emitir, dentro de un término improrrogable de seis (6) meses, el pago total del monto adeudado a los y las demandantes del caso Nilda A. Agosto Maldonado y otros v. Estado Libre Asociado, Departamento de la Familia y otros, Civil Núm. KPE 2005-0608 (Sentencia Declaratoria de 16 de septiembre de 2010), según modificada por el Tribunal de Apelaciones en Agosto Maldonado v. ELA, KLAN201001703 (2011), y confirmada por el Tribunal Supremo mediante la Resolución Núm. AC-2012-0015; y para otros fines relacionados. | María de Lourdes Santiago Negrón | No aprobada | 6 de mayo de 2021 |
| PC0726Proyecto de la Cámara Para enmendar los artículos 2, 4, 5, 5.1 y 13, y añadir un nuevo Artículo 7, en la Ley Núm. 66 de 17 de agosto de 1989, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica de la Administración de la Vivienda Pública de Puerto Rico”, a los fines de disponer para el establecimiento de un Centro de Cuidado Diurno para Niños de Edad Pre-Escolar en todo complejo de vivienda pública, el cual podrá ser utilizado por todo niño que se encuentre dentro de la edad preescolar, y cuyos padres o cuyo padre, o familiar, con la custodia legal de éste se vea imposibilitado de cuidarlo por razones de trabajo o estudio, y siempre que sea residente del respectivo complejo de vivienda en donde ubica el referido Centro al que asistirá; derogar la Ley 283-2003, según enmendada; hacer correcciones técnicas en la Ley; y para otros fines relacionados. | Wanda Del Valle Correa | No aprobada | 5 de mayo de 2021 |
| PC0724Proyecto de la Cámara Para añadir un nuevo Artículo 8, y reenumera los actuales artículos del 8 al 20, como los artículos del 9 al 21, respectivamente, en la Ley Núm. 94 de 22 de junio de 1977, según enmendada, conocida como “Ley de Establecimientos para Persona de Edad Avanzada”, a los fines de establecer los derechos y obligaciones de los familiares de las personas de edad avanzada que reciben servicios en toda institución, centro de cuidado diurno, centro de actividades múltiples, hogar sustituto y hogar de cuidado diurno según definidos por esta Ley. | Wanda Del Valle Correa | No aprobada | 5 de mayo de 2021 |
| PC0722Proyecto de la Cámara Para añadir un nuevo Artículo 5, renumerar los actuales Artículos 5, 6 y 7, como los Artículos 6, 7 y 8, respectivamente, y a su vez enmendarlos, y renumerar el actual Artículo 8, como 9, en la Ley 338-1998, según enmendada, conocida como “Carta de los Derechos del Niño”, a los fines de proveer para la creación y actualización continua de una denominada “Guía de Servicios para la Niñez”, a través de la cual se compilará en un solo documento, toda la información acerca de los programas, servicios y ayudas que ofrecen las agencias gubernamentales que sirven a la niñez, desde su nacimiento hasta la edad de veintiún (21) años; y para otros fines relacionados. | Wanda Del Valle Correa | Ley 119-2023 | 5 de mayo de 2021 |
| RCC0120Resolución Conjunta de la Cámara Para ordenar al Departamento de la Familia, al Instituto de Estadísticas de Puerto Rico y al Negociado de la Policía de Puerto Rico a proveer toda estadística disponible sobre la incidencia de maltrato y explotación infantil en Puerto Rico desde el 1 de marzo de 2020, mes que comenzó el cierre y toque de queda por motivos del COVID-19, hasta el 31 de marzo de 2021; proveer el plan de acción para atender y combatir el maltrato y explotación infantil; y para otros fines relacionados. | Yashira M. Lebrón Rodríguez | No aprobada | 29 de abril de 2021 |
| PC0683Proyecto de la Cámara Para establecer la “Ley para la prohibición de las terapias de conversión o reparación”, fijar penas ante el incumplimiento de esta ley, y para otros fines relacionados. | Jorge A. Rivera Segarra, Luis Raúl Torres Cruz, Orlando Aponte Rosario | No aprobada | 27 de abril de 2021 |
| PS0305Proyecto del Senado Para añadir el artículo 73A a la Ley 246 -2011, según enmendada, conocida como “Ley para la Seguridad, Bienestar y Protección de Menores”, con el fin de establecer un Protocolo de Investigación para los casos de Maltrato y Negligencia Institucional en las escuelas públicas de Puerto Rico; y añadir un inciso (s) al artículo 2.10 y un inciso (65) al artículo 2.04b de la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, con el objetivo de imponer al Secretario(a) de Educación y a los(as) Directores de Escuela el deber de implementar en las escuelas del Sistema de Educación Pública el Protocolo de Investigación antes mencionado; y para otros fines relacionados. | Elizabeth Rosa Vélez | No aprobada | 19 de abril de 2021 |
| PC0649Proyecto de la Cámara Para crear la “Ley para Prevenir que Menores sean Olvidados en el Interior de un Automóvil”, a los fines de desarrollar una campaña educativa para alertar sobre la posibilidad de que un menor sea olvidado en el interior de un automóvil; exigir que todo departamento, agencia, corporación pública, municipio y demás entidades del Estado Libre Asociado formen parte de los esfuerzos de la campaña educativa; incorporar a la empresa privada como parte de los esfuerzos; añadir un inciso (k) al número (3) subinciso 2. del Artículo 2 de la Ley Núm. 33 de 25 de mayo de 1972, según enmendada, conocida como “Ley de la Comisión para la Seguridad en el Tránsito”, para establecer los deberes y responsabilidades de la Comisión para la Seguridad en el Tránsito con relación a la campaña educativa; y para otros fines relacionados. | Jorge Navarro Suárez | Ley 49-2022 | 12 de abril de 2021 |
| RC0352Resolución de la Cámara Para ordenar a la Comisión de Bienestar Social, Personas con Discapacidad y Adultos Mayores de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre el Departamento de la Familia, y sus demás componentes; la Defensoría de las Personas con Impedimentos; los centros de servicios a envejecientes, las organizaciones sin fines de lucro que reciben fondos federales o del Estado Libre Asociado de Puerto Rico; sobre todo asunto relacionado con el desarrollo del funcionamiento y la supervisión de servicios de bienestar social a individuos, familias y comunidades, específicamente de poblaciones especiales, tales como los adultos mayores y comunidades marginadas, con el propósito de implantar la política pública que garantice los servicios que requieren estas poblaciones; los beneficios de asistencia económica, rehabilitación física, económica y emocional; la asistencia nutricional y provisión de alimentos; las facilidades de amas de llaves; los centros de cuidado; las instituciones para la atención y rehabilitación de niños con problemas sociales; medidas para combatir el maltrato infantil, así como los sistemas de seguridad social y los servicios enfocados a una mejor calidad de vida, con el fin de evaluar el cumplimiento estricto de sus respectivos deberes legales, inherentes, operacionales y presupuestarios en función de los mejores intereses de la ciudadanía, incluyendo toda la legislación y reglamentación de impacto social y los planes de acción de las agencias gubernamentales; a su vez, sobre todos los asuntos y medidas legislativas relacionadas a la formulación de política pública y al ámbito de la educación y capacitación, el empleo, la autogestión, el desarrollo económico, la vivienda y la salud, entre otros, así como sobre la situación de discrimen, opresión o marginación de las personas que tienen impedimento físico, cognitivo, mental o sensorial que limita sustancialmente una o más actividades esenciales de su vida; o son consideradas que tienen un impedimento físico, mental o sensorial, conforme a las disposiciones de la Ley 238-2004, según enmendada, conocida como la “Carta de Derechos de las Personas con Impedimentos”; o que posean un impedimento mental, cognitivo, sensorial, físico, o cualquier otro impedimento cubierto por la Ley Pública Federal Núm. 106-402, según enmendada, conocida como Developmental Disabilities Assistance and Bill of Rights of 2000, la Ley Pública Federal Núm. 93-112, según enmendada, conocida como Rehabilitation Act of 1973, o cualquier otra regulación federal o estatal creada en el futuro mediante ley federal o estatal, en aras de procurar una plena participación de esta población en todas las esferas de la vida social, política, económica, gubernamental y cultural; y para otros fines relacionados. | Lisie J. Burgos Muñiz | No aprobada | 7 de abril de 2021 |
| PC0636Proyecto de la Cámara Para establecer la “Carta de Derechos para el Acceso a la Justicia y un Trato Justo para los Menores Víctimas o Testigos”; disponiendo sobre los derechos que le asisten a los niños y niñas víctimas o testigos de delitos o faltas administrativas; constituir los objetivos de la ley; disponer los medios disponibles para reclamar estos derechos; y para otros fines relacionados. | Wanda Del Valle Correa | No aprobada | 6 de abril de 2021 |
| RC0348Resolución de la Cámara Para ordenar a la Comisión de Bienestar Social, Personas con Discapacidad y Adultos Mayores de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, realizar un amplio y continuo análisis sobre la implantación de las disposiciones contenidas en la Ley 97-2018, según enmendada, conocida como “Carta de Derechos de las Personas que tienen el Síndrome de Down”, en aras de asegurar que la estructura gubernamental y privada relacionada, actúen como entes facilitadores de este sector poblacional, a tono con la política pública existente que persigue asegurar que reciban atención médica adecuada, se les provea los mecanismos necesarios para su educación, rehabilitación física, mental y social, así como otorgarles los servicios y los estímulos que permitan desarrollar al máximo su potencial y facultar su integración a la sociedad; y para otros fines relacionados. | José Enrique Meléndez Ortiz | No aprobada | 5 de abril de 2021 |
| PC0581Proyecto de la Cámara Para enmendar el Artículo 1.05, añadir un nuevo Artículo 1.17, y reenumerar los actuales artículos del 1.17 al 1.21, como los artículos del 1.18 al 1.22, respectivamente, en la Ley 20-2027, según enmendada, conocida como “Ley del Departamento de Seguridad Pública de Puerto Rico”, con el propósito de proveer, formalmente, para la creación del “Cuerpo Interdenominacional de Capellanes” del Departamento de Seguridad Pública, cuyos integrantes podrán ofrecerle a la ciudadanía y a los miembros pertenecientes a los distintos Negociados que comprenden la Agencia, servicios voluntarios de consejería y cuidado pastoral en situaciones de emergencias, desastres naturales y crisis; derogar la Ley 168-2012, conocida como “Ley para la Creación del Cuerpo Voluntario de Capellanes del Gobierno de Puerto Rico”; y para otros fines relacionados. | José Enrique Meléndez Ortiz | No aprobada | 12 de marzo de 2021 |
| RCC0081Resolución Conjunta de la Cámara Para ordenar al Departamento de la Familia establecer el “Programa de Respiro Familiar” que preste atención temporal de calidad a personas adultas con diversidad funcional en situaciones de dependencia; disponer sobre su funcionamiento, deberes, facultades y responsabilidades; y para decretar otras disposiciones complementarias. | Denis Márquez Lebrón | No aprobada | 8 de marzo de 2021 |
| RC0317Resolución de la Cámara Para ordenar a la Comisión de Bienestar Social, Personas con Discapacidad y Adultos Mayores de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre el funcionamiento y efectividad de los programas de rehabilitación, programas vocacionales, programas educativos y demás programas e iniciativas, del Departamento de Corrección y Rehabilitación del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, dirigidos a propiciar la rehabilitación y reinserción efectiva en la sociedad de los confinados bajo su custodia, incluidos los confinados que pertenecen a la población correccional juvenil; y para otros fines relacionados. | Lisie J. Burgos Muñiz | No aprobada | 8 de marzo de 2021 |
| PC0569Proyecto de la Cámara Para implementar el Plan para Cuantificar el Trabajo No Remunerado en Puerto Rico; crear el Comité Especial para Cuantificar el Uso de Tiempo en Puerto Rico; ordenar que dicho Comité lleve a cabo una Encuesta de Uso de Tiempo; establecer las funciones, propósito y composición del Comité; ordenar al comité a cuantificar la magnitud del trabajo no remunerado, analizar la disparidad entre géneros sobre la participación en el trabajo no remunerado, estudiar variables demográficas y sociales que inciden en la disparidad de la participación en trabajo no remunerado, cuantificar el valor del trabajo no remunerado dentro del Producto Interno Bruto; y para otros fines. | Denis Márquez Lebrón | No aprobada | 8 de marzo de 2021 |
Las medidas son las que SUTRA lista bajo esta comisión — ver en SUTRA.