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Casos del Tribunal Supremo (Página 40)

In re: José Gerardo Cruz Arroyo

2014 • 31 de octubre de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-7893

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

Resolución del Tribunal Supremo de Puerto Rico emitida el 31 de octubre de 2014. El caso, identificado como TS-7893, concierne a la petición de reinstalación al ejercicio de la abogacía presentada por José Gerardo Cruz Arroyo. El Tribunal consideró el Informe y Recomendación de la Comisión de Reputación, junto con otros informes y escritos relacionados con la solicitud. Tras examinar la documentación, el Tribunal Supremo determinó que procedía la reinstalación. En consecuencia, se ordenó la reinstalación del Sr. José G. Cruz Arroyo para que pueda ejercer nuevamente la profesión legal. La resolución fue acordada por el Tribunal y certificada por la Secretaría.

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In re: Danitza Santiago Ortiz

2014 • 28 de octubre de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-16,520

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico consideró una moción de la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN) contra la Lcda. Danitza Santiago Ortiz. La ODIN solicitó la incautación de su obra notarial y su suspensión temporera del ejercicio de la notaría. Se imputó a la licenciada un patrón de incumplimiento con los términos para someter documentos ante la ODIN, según la Ley Notarial. Entre las faltas señaladas, se destacaron retrasos recurrentes en la notificación de testamentos otorgados entre 2010 y 2014. Estos retrasos excedieron el término legal de un día en seis ocasiones, fluctuando entre cinco y catorce días. Tras examinar la respuesta de la licenciada, el Tribunal acogió la recomendación de la ODIN. No obstante, considerando la magnitud de la desatención a sus deberes, el Tribunal resolvió imponer una suspensión por tiempo indefinido del ejercicio de la notaría. La suspensión se hizo efectiva a partir del 5 de noviembre de 2014.

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Alvear Maldonado v. Ernst & Young LLP

2014 • 27 de octubre de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2013-128

Ponente:

Hon. Martínez Torres; Op. Disidente, Hon. Estrella Martínez

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico, en su decisión del 27 de octubre de 2014 en el caso CC-2013-128, Víctor Alvear Maldonado v. Ernst & Young LLP, abordó una cuestión de procedimiento civil y ética profesional. La interrogante central era si una parte puede deponer a un abogado que trabaja en el mismo bufete que el abogado de la parte contraria sin demostrar justa causa. El caso se originó por una demanda de horas no compensadas, donde la disputa incluyó si el demandante era empleado o socio y si le aplicaba una política de arbitraje. El demandante también buscó descalificar al bufete de la parte contraria, alegando haber compartido información confidencial con sus abogados previamente. El Tribunal consideró la extensión de lo resuelto en *Ades v. Zalman* (1984) y el Canon 22 de Ética Profesional. Concluyó que sí procede extender la norma de *Ades v. Zalman* a este escenario. Por consiguiente, se requiere demostrar justa causa para deponer a un abogado asociado al bufete de la parte adversa. La decisión clarifica los límites del descubrimiento de prueba en situaciones que involucran abogados del mismo bufete.

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Rivera Schatz v. Estado Libre Asociado de Puerto Rico y otros

2014 • 16 de octubre de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CT-2014-8 CT-2014-9 CT-2014-10

Ponente:

Hon. Pabón Charneco

Resumen:

Documento relacionado con los casos consolidados CT-2014-8, CT-2014-9 y CT-2014-10 ante el Tribunal Supremo de Puerto Rico, con fecha de 16 de octubre de 2014. La materia principal identificada es "Certificación Intrajurisdiccional". El documento detalla las partes involucradas en estos procedimientos legales. Entre los peticionarios se encuentran Lcdo. Thomas Rivera Schatz, la Asociación de Abogados de Puerto Rico, y John E. Mudd y John A. Stewart. Los recurridos incluyen al Estado Libre Asociado de Puerto Rico, representado por el Secretario de Justicia y la Oficina de la Procuradora General, y al Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico. También se identifican varios interventores y sus respectivos abogados. Además, el documento lista a diversos *amicus curiae*, representando a colegios y asociaciones profesionales. Este registro oficial del Tribunal Supremo enumera a los participantes y su representación legal en los casos consolidados. Se advierte que el documento está sujeto a cambios antes de su publicación oficial.

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In re: Medidas Judiciales para atender emergencia causada por el Huracán Gonzalo

2014 • 15 de octubre de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

EM-2014-8

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución para atender la emergencia causada por el Huracán Gonzalo. Debido al paso de la tormenta, se decretó el cierre de los tribunales en las regiones judiciales de Fajardo y Humacao el 14 de octubre de 2014. En respuesta, el Tribunal dispuso medidas sobre el cómputo de términos judiciales en dichas regiones. Se determinó que el 14 de octubre de 2014 se considerará como si fuera un día feriado para los procedimientos y trámites en Fajardo y Humacao. Conforme a los artículos 388 y 389 del Código Político de 1902, los términos que vencieran ese día en esas regiones judiciales quedarán prorrogados. La prórroga extiende los plazos hasta el próximo día laborable, el 15 de octubre de 2014. Se ordenó la inmediata difusión pública de esta resolución.

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Departamento de Asuntos del Consumidor v. TRU of Puerto Rico

2014 • 9 de octubre de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2011-758

Ponente:

Sentencia con Voto Particular Disidente

Resumen:

Este documento es una sentencia del Tribunal Supremo de Puerto Rico del 9 de octubre de 2014. Trata sobre una controversia entre el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACo) y TRU of Puerto Rico, Inc. (Toys "R" Us). TRU impugnó multas impuestas por DACo por supuestas violaciones a la reglamentación sobre anuncios engañosos durante una venta especial en noviembre de 2009. El caso giró en torno a la aplicación de un nuevo reglamento y una discusión previa entre TRU y DACo sobre cómo anunciar las cantidades de inventario en múltiples tiendas. TRU entendió que indicar la cantidad más baja disponible en cualquier tienda cumpliría con los requisitos. La investigación de DACo se basó únicamente en el examen de los anuncios publicados. El Tribunal de Apelaciones había confirmado la decisión de DACo de multar a TRU. El Tribunal Supremo revisó el caso mediante certiorari. El Tribunal concluyó que DACo actuó arbitrariamente al imponer las multas. Esto se debió a que las multas no estaban sustentadas por evidencia sustancial que obrara en el expediente administrativo, revocando así la sentencia apelada.

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El Pueblo v. Negrón Nazario

2014 • 9 de octubre de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2012-1024

Ponente:

Hon. Rivera García

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico se pronunció sobre el alcance del delito de portación y uso de un arma de fuego sin licencia, tipificado en el Art. 5.04 de la Ley de Armas. La controversia principal giró en torno a si un agente de la Policía podía ser acusado por portación ilegal al presuntamente usar su arma de reglamento en la comisión de un delito. El Tribunal aclaró que los miembros de la Policía no están exentos, a priori, de una imputación por violación al Art. 5.04. No obstante, en el caso particular de Elvin Negrón Nazario, concluyó que la acusación por dicho artículo no procedía según las alegaciones y evidencia presentadas. En consecuencia, el Tribunal revocó la sentencia del Tribunal de Apelaciones y ordenó la desestimación del cargo por portación ilegal contra el señor Negrón. El caso fue devuelto al Tribunal de Primera Instancia para continuar los procedimientos relacionados a las acusaciones por tentativa de asesinato e infracción al Art. 5.15 de la Ley de Armas. Esta decisión establece un precedente sobre la aplicación del Art. 5.04 a agentes del orden público en circunstancias específicas.

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In re: Luis M. Polanco Ortiz

2014 • 9 de octubre de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-9107

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 9 de octubre de 2014 sobre la reinstalación del Lcdo. Luis M. Polanco Ortiz al ejercicio de la abogacía. Tras examinar la moción presentada, el Tribunal decidió reinstalar al licenciado. Sin embargo, se le informó que todas las quejas pendientes en su contra serían activadas. La contestación a la queja AB-2009-237 fue aceptada y referida a la Procuradora General para investigación. Además, se le ordenó al licenciado Polanco Ortiz contestar la queja AB-2010-159 en un término de veinte días. Un juez asociado disintió de la decisión, considerando que la reinstalación no debía proceder con quejas pendientes.

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Rodríguez Rivera v. De León Otaño

2014 • 9 de octubre de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2013-295

Ponente:

Hon. Rodríguez Rodríguez

Resumen:

Este caso ante el Tribunal Supremo de Puerto Rico, identificado como CC-2013-295, aborda la cuestión de la jurisdicción de los tribunales de Puerto Rico en casos interestatales de pensión alimentaria. Específicamente, se examina si el Tribunal de Primera Instancia tiene competencia bajo la Ley Interestatal Uniforme de Alimentos entre Parientes (L.I.U.A.P.). La controversia surge de una solicitud de revisión de pensión alimentaria presentada por la madre, Dalia G. Rodríguez Rivera. El padre, Ángel M. De León Otaño, se mudó a Oklahoma tras unirse al ejército. La representación legal del padre impugnó la jurisdicción del tribunal argumentando su residencia fuera de Puerto Rico. El Tribunal Supremo debe determinar si, bajo estas circunstancias interestatales, el tribunal local conserva la jurisdicción para modificar la pensión alimentaria previamente establecida.

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Rivera Serrano v. Municipio Autónomo de Guaynabo y otros

2014 • 8 de octubre de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2012-836

Ponente:

Hon. Rivera García

Resumen:

Este recurso del Tribunal Supremo de Puerto Rico aborda si procede desestimar una demanda por daños de un menor contra un municipio cuando su representante legal incumplió el requisito de notificación al alcalde del Art. 15.003 de la Ley de Municipios Autónomos. La controversia surge de una reclamación presentada por Rosa I. Rivera Serrano en representación de su hijo menor, JJDR, contra el Municipio de Guaynabo por un incidente con la policía municipal. El Tribunal evaluó si la negligencia del custodio legal en cuanto a la notificación debe perjudicar la causa de acción del menor. Determinó que, en este contexto particular, no se debe privar a un menor de su derecho a reclamar daños por la falta de notificación de su representante. La Corte concluyó que la desestimación de la demanda del menor por este motivo no es procedente. Con esta decisión, el Tribunal Supremo confirmó la determinación del Tribunal de Apelaciones. Se ordena la continuación de los procedimientos judiciales en lo que respecta a la causa de acción del menor.

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In re: M.M.T., M.I.T.A., L.S.T.

2014 • 7 de octubre de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

AB-2014-192

Ponente:

Hon. Kolthoff Caraballo

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico abordó la definición del término "parte promovente" bajo la Regla 14 de su Reglamento. La controversia surgió en el contexto de un proceso disciplinario contra abogadas, iniciado por orden de un Juez Administrador a solicitud de otro juez. Se planteó si el juez que originalmente solicitó la elevación de los autos al Juez Administrador debía ser considerado "parte promovente". De ser así, tendría derecho a ser notificado de todos los trámites, documentos, órdenes y resoluciones del proceso disciplinario. El Tribunal determinó que, en efecto, el juez que instó la solicitud inicial es una "parte promovente". Esta conclusión se fundamenta en la transparencia requerida en los procesos disciplinarios y en el ejercicio de la justicia y la lógica jurídica. Por consiguiente, dicho juez debe ser notificado de todas las actuaciones relacionadas con el asunto disciplinario que promovió.

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In re: Hon. Manuel Acevedo Hernández

2014 • 6 de octubre de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

AD-2014-2

Ponente:

Resolución del Tribunal con Votos Particulares de Conformidad

Resumen:

Tras el diligenciamiento de una orden de allanamiento federal en la residencia del Juez Manuel Acevedo Hernández el 14 de abril de 2014, la Jueza Presidenta ordenó una investigación y su suspensión provisional con paga. El 26 de septiembre de 2014, la Comisión de Disciplina Judicial determinó causa probable para radicar una querella contra el Juez Acevedo Hernández. La querella se basa en la posible violación de Cánones de Ética Judicial y del Código de Ética Profesional, relacionados con una acusación federal por conspiración y soborno. La Comisión recomendó la suspensión inmediata de salario del juez hasta la disposición final de la querella. El Tribunal Supremo considera estos hechos extraordinarios que menoscaban la confianza pública y la independencia judicial. Por ello, el Tribunal ordena la suspensión inmediata del salario del Juez Acevedo Hernández. Esta acción se mantendrá hasta que concluya el procedimiento disciplinario. Se aclara que esta determinación no constituye una adjudicación sobre los méritos de los hechos en controversia. Varios jueces emitieron votos particulares de conformidad con la decisión.

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Miguel Romero v. Cabrer Roig

2014 • 2 de octubre de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2013-668

Ponente:

Hon. Pabón Charneco

Resumen:

Comparecen ante el Tribunal Supremo de Puerto Rico los peticionarios Agustín Cabrer Roig et als. mediante un recurso de certiorari. Solicitan la revisión de una Sentencia del Tribunal de Apelaciones que confirmó la denegatoria de una Moción de Desestimación en su contra. La controversia principal gira en torno a si las personas que prestan servicios domésticos en residencias particulares están excluidas de la protección de la Ley Núm. 80, la Ley de Despido Injustificado. El caso se originó con una querella presentada por el Secretario del Trabajo en beneficio de una trabajadora doméstica. El Tribunal Supremo resuelve hoy que, a diferencia de otros estatutos laborales, la Ley Núm. 80 no excluye a los trabajadores del servicio doméstico de su protección. Sin embargo, el Tribunal reitera la necesidad de determinar en cada caso si la relación es de patrono-empleado o de principal-contratista independiente para la aplicación de la ley. Esta decisión aclara el alcance de la Ley Núm. 80 respecto a este grupo de trabajadores.

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In re: Aura Del Castillo Del Valle

2014 • 1 de octubre de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CP-2013-27

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una sentencia *Per Curiam* en el caso CP-2013-27, In re: Aura Del Castillo Del Valle. La decisión aborda un asunto de conducta profesional de la abogada Aura Del Castillo Del Valle. En observancia de la Regla 15 del Reglamento del Tribunal Supremo, el Tribunal ordenó la suspensión indefinida de la licenciada del ejercicio de la abogacía. Esta acción se tomó con el objetivo de mantener la confianza del Pueblo en la calidad de los servicios legales. El caso se originó a partir de quejas éticas presentadas por la licenciada contra otros fiscales, lo que eventualmente llevó a un procedimiento disciplinario en su contra. La suspensión impuesta será efectiva una vez que la sentencia advenga final y firme, conforme a lo dispuesto en la Regla 45 del Reglamento del Tribunal Supremo. La sentencia fue dictada en San Juan, Puerto Rico, el 1 de octubre de 2014.

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Comunicación del Lcdo. Carlos J. López Feliciano

2014 • 29 de septiembre de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

MC-2014-213

Ponente:

Resolución con Votos

Resumen:

Resolución del Tribunal Supremo de Puerto Rico en respuesta a una comunicación del Lcdo. Carlos J. López Feliciano. La Resolución ordena a la Directora Administrativa de los Tribunales mostrar causa en cinco días. El motivo es determinar por qué no se deben notificar los resultados de una investigación disciplinaria. Dicha investigación se originó por una queja presentada por el licenciado López Feliciano y los Jueces de Apelaciones Sixto Hernández Serrano y Olga Birriel Cardona. La queja fue contra el Juez Carlos I. Candelaria Rosa. El Tribunal acordó la Resolución, pero hubo votos particulares de conformidad y disidencia. Las disidencias señalaron preocupaciones sobre la autoridad del Tribunal para emitir la Resolución y la intromisión en las facultades de la Jueza Presidenta. Algunos disidentes indicaron que la Jueza Presidenta ya había ordenado la entrega del informe, haciendo la solicitud académica.

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Ex Parte

2014 • 26 de septiembre de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-5648

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico examinó una moción presentada por la Sra. Sylvia Ivette Calero Cerezo. La Sra. Calero Cerezo solicitó su reinstalación al ejercicio de la abogacía. La decisión del Tribunal sobre este asunto fue emitida el 26 de septiembre de 2014. Tras considerar la solicitud, el Tribunal acordó proveer con lugar la moción. Esto significa que se concedió la reinstalación solicitada por la Sra. Calero Cerezo. El documento certifica esta decisión oficial del Tribunal Supremo. La Secretaria del Tribunal Supremo Interina, Camelia Montilla Alvarado, certificó el acuerdo. Este documento oficial refleja el resultado del caso identificado como TS-5648.

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Integración de Salas de Despacho

2014 • 19 de septiembre de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

ES-2014-3

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico constituyó las Salas de Despacho mediante la Resolución ES-2014-3, de conformidad con la Regla 4(d) de su Reglamento. Se establecieron tres Salas de Despacho para el trámite de los asuntos del Tribunal. La Primera Sala está presidida por la Hon. Liana Fiol Matta e integrada por los Hon. Mildred G. Pabón Charneco y Roberto Feliberti Cintrón. La Segunda Sala es presidida por la Hon. Anabelle Rodriguez Rodriguez, junto a los Hon. Erick V. Kolthoff Caraballo y Luis F. Estrella Martínez. La Tercera Sala la preside el Hon. Rafael L. Martínez Torres, con los Hon. Edgardo Rivera García y Maite D. Oronoz Rodríguez como miembros. En caso de empate en la votación de una Sala, se designará otro juez o jueza que no forme parte de la sala, en orden sucesivo de antigüedad. Esta disposición entrará en vigor el 1 de octubre de 2014.

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In re: Gladys E. Guemárez Santiago

2014 • 18 de septiembre de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CP-2012-16

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una decisión "Per Curiam" en el caso CP-2012-16, In re: Gladys E. Guemárez Santiago. La decisión aborda la conducta profesional de la abogada Gladys E. Guemárez Santiago. El Tribunal determinó que la letrada violó el deber de honradez y el esfuerzo de promover la dignidad de la abogacía. Como resultado, se ordenó su separación del ejercicio de la abogacía. La suspensión es efectiva a partir del 22 de septiembre de 2014. El caso se originó por una queja presentada en 2004 por el Dr. Enrique Vázquez Quintana. La queja se relacionaba con una demanda por impericia médica que la abogada presentó en 2001 en representación de una cliente contra el doctor. Dicha demanda reclamaba un millón de dólares en daños y fue desistida tras tres años por falta de evidencia.

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Torres Pagán y otros v. Municipio Autónomo de Ponce

2014 • 16 de septiembre de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2012-133 CC-2012-247

Ponente:

Hon. Kolthoff Caraballo

Resumen:

Decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico de 16 de septiembre de 2014, que consolida los casos CC-2012-133 y CC-2012-247. El caso involucra a empleados y al Municipio Autónomo de Ponce. La materia principal es determinar el foro con jurisdicción para atender ciertas reclamaciones. Específicamente, se dilucida cuál es el tribunal competente para conocer en primera instancia de causas de acción presentadas al amparo del estatuto federal Head Start Act y la Ley de Derechos Civiles federal. Estas reclamaciones fueron incoadas por una empleada pública que se desempeña como Directora del Programa Head Start en dicho municipio. La opinión del Tribunal fue emitida por el Juez Asociado señor Kolthoff Caraballo. El documento busca establecer si corresponde que la empleada presente su reclamo ante un foro particular.

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Doral Financial Corporation v. Estado Libre Asociado de Puerto Rico

2014 • 16 de septiembre de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2014-766

Ponente:

Resolución con Voto Particular de Conformidad y Voto Disidente

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 16 de septiembre de 2014 en el caso CC-2014-766, que involucra a Doral Financial Corporation y otras entidades contra el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y el Departamento de Hacienda. Mediante esta resolución, el Tribunal declaró no ha lugar a la petición de certiorari y a la moción urgente en auxilio de jurisdicción presentadas por la parte peticionaria. La decisión no fue unánime, contando con votos particulares de conformidad y disidentes. El Juez Asociado Estrella Martínez emitió un voto particular de conformidad, al cual se unieron otros dos jueces, expresando su acuerdo con la determinación mayoritaria y su postura contra la paralización de procedimientos por una minoría. El Juez Asociado Martínez Torres emitió un voto disidente, al que se unió parcialmente otro juez en relación con la paralización de los procedimientos. Un juez asociado se inhibió del caso.

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In re: Gilberto Figueroa Ríos

2014 • 15 de septiembre de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-11,810

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una Resolución el 15 de septiembre de 2014 en el caso In re: Gilberto Figueroa Ríos. La materia tratada fue la Solicitud Cambio de Estatus a Activo presentada por el Sr. Figueroa Ríos. Tras examinar la solicitud, el Tribunal autorizó su readmisión al ejercicio de la abogacía. Se instruyó a la Secretaria del Tribunal a realizar el cambio de estatus a abogado activo en el Registro Único de Abogados y Abogadas de Puerto Rico (RUA). Asimismo, se dispuso que el Sr. Figueroa Ríos debe actualizar de inmediato toda su información en dicho Registro. Se le advirtió sobre su obligación de mantener siempre actualizada la información en el RUA. La Resolución fue acordada por el Tribunal y certificada por la Secretaria Interina.

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Ex Parte

2014 • 11 de septiembre de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-6877

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

Resolución del Tribunal Supremo de Puerto Rico emitida el 11 de septiembre de 2014. El documento aborda la solicitud presentada por la Lcda. Milagros Alonso Díaz. Dicha solicitud buscaba cambiar su estatus en el Registro de Abogados y Abogadas del Tribunal Supremo a activo. Tras examinar la petición, el Tribunal resolvió declararla con lugar. Esto autoriza a la Lcda. Milagros Alonso Díaz a reactivar su estatus para el ejercicio de la abogacía. La resolución es un documento oficial del Tribunal Supremo.

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Comisionado de Seguros de Puerto Rico v. Triple-S, Inc.

2014 • 5 de septiembre de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2013-873

Ponente:

Sentencia con Opinión de Conformidad y Opinión Disidente

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una sentencia el 5 de septiembre de 2014 en el caso CC-2013-873, que enfrentó al Comisionado de Seguros con Triple-S Salud, Inc. El caso versaba sobre una multa administrativa de $10,000 impuesta por la Oficina del Comisionado de Seguros a Triple-S. El Tribunal Supremo revisó una determinación previa del Tribunal de Apelaciones. La sentencia del Supremo revocó la decisión del Tribunal de Apelaciones. Con ello, el Tribunal Supremo confirmó la decisión administrativa original que impuso la multa. Se determinó que la multa estaba justificada por la evidencia sustancial en el expediente administrativo. Una Opinión de Conformidad señaló que el Tribunal de Apelaciones aplicó erróneamente el principio de proporcionalidad de la sanción, el cual ha sido rechazado por el Supremo en la revisión de decisiones administrativas. El Tribunal Supremo reafirmó la discreción de las agencias administrativas en la selección de medidas sancionadoras. La decisión contó con una Opinión de Conformidad y una Opinión Disidente.

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Cruz Consulting Group, Inc. v. El Legado de Chi Chi Rodríguez

2014 • 4 de septiembre de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2013-978

Ponente:

Hon. Pabón Charneco

Resumen:

La controversia principal en este caso de Certiorari ante el Tribunal Supremo de Puerto Rico (CC-2013-978) gira en torno a la responsabilidad personal de un agente o representante que firma un instrumento negociable, específicamente un pagaré, en nombre de un tercero. Se examina esta cuestión conforme a la Ley de Transacciones Comerciales de 1995. El caso enfrenta a Cruz Consulting Group, Inc. contra El Legado de Chi Chi Rodríguez, S.C., S.E. y otros, incluyendo a los peticionarios. Estos últimos buscan revocar una sentencia del Tribunal de Apelaciones que modificó y confirmó una decisión previa del Tribunal de Primera Instancia en una demanda de cobro de dinero. La disputa se origina en contratos de servicios entre El Legado, una sociedad especial creada para un proyecto turístico, y Cruz Consulting. La opinión busca dilucidar si la firma del pagaré por parte del agente lo hace personalmente responsable de la deuda bajo la ley aplicable.

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Ex parte: Asociación de Periodistas de Puerto Rico (ASPRO), El Taller de Fotoperiodismo, Inc., La Asociación de Fotoperiodistas de Puerto Rico y el Overseas Press Club

2014 • 29 de agosto de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

MC-2014-197

Ponente:

Resolución del Tribunal con Voto de Conformidad y Voto Particular de Conformidad

Resumen:

Asociaciones de periodistas y fotoperiodistas solicitaron al Tribunal Supremo de Puerto Rico autorización para usar cámaras y equipo audiovisual en la vista de sentencia del caso Pueblo v. Quiñones Rivera. El Tribunal, mediante Resolución, autorizó la cobertura y transmisión de dicha vista como una excepción. Esta decisión se fundamenta en la etapa avanzada del proceso, donde ya se dictó un fallo de culpabilidad, y en la experiencia positiva de transmisiones previas en otros casos. La transmisión en vivo se realizará a través de un sistema portátil gestionado por la Oficina de Prensa y Relaciones con la Comunidad de la Oficina de Administración de los Tribunales. Los medios interesados deberán coordinar con esta oficina para obtener acceso remoto a la transmisión. Para asegurar el decoro, solo se permitirá la entrada de dos cámaras de fotografía a la sala. Estas cámaras serán operadas por representantes de medios escritos/digitales y de televisión, seleccionados por sorteo por el Director de la Oficina de Prensa. El uso de las cámaras fotográficas se regirá por procedimientos similares a los aplicados anteriormente.

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In re: Ramón Colón Olivo

2014 • 18 de agosto de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-9069

Ponente:

Resolución

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 18 de agosto de 2014. La resolución examina y declara con lugar la Moción Solicitando Reinstalación presentada por el Sr. Ramón Colón Olivo al ejercicio de la abogacía. Se da por concluido el proceso de subsanación de su obra notarial, aunque se le advierte sobre posible responsabilidad legal frente a terceros por las deficiencias. El Tribunal apercibe al abogado que futuros incumplimientos resultarán en sanciones más severas. Con la reinstalación, se ordena la reactivación de las quejas AB-2008-41 y AB-2008-54. Se concede al quejoso y a la Oficina de Inspección de Notarías un término de treinta días para mostrar causa por la cual no deben archivarse dichas quejas. Se advierte al Sr. Colón Olivo que incurrir nuevamente en conducta antiética podría acarrear sanciones severas, incluyendo la suspensión. Algunos jueces concurrentes habrían preferido resolver las quejas antes de considerar la reinstalación.

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Ex Parte: Marisara Meléndez Torres

2014 • 11 de agosto de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-13,032

Ponente:

Resolución

Resumen:

Resolución del Tribunal Supremo de Puerto Rico con fecha de 11 de agosto de 2014. Atiende la "Moción para Solicitar Readmisión" presentada por la señora Marisara Meléndez Torres. El documento trata sobre la readmisión al ejercicio de la abogacía. El Tribunal ordena la reinstalación de la señora Meléndez Torres. Se le apercibe que debe cumplir con los requisitos mínimos de horas crédito del Programa de Educación Jurídica Continua. La decisión fue acordada por el Tribunal y certificada por la Secretaria.

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Lcdo. Thomas Rivera Schatz v. Estado Libre Asociado de Puerto Rico y otros

2014 • 6 de agosto de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CT-2014-8 CT-2014-9

Ponente:

Resolución con Voto de Conformidad y Voto Particular Disidente

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 6 de agosto de 2014. Esta resolución concierne los casos consolidados CT-2014-8 y CT-2014-9. Dichos casos involucran, entre otros, a Thomas Rivera Schatz, el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, el Colegio de Abogados de Puerto Rico y la Asociación de Abogados de Puerto Rico. La resolución examinó varias mociones presentadas por terceros solicitando intervenir en los procedimientos. Específicamente, se consideraron las solicitudes de intervención de Evelyn Aimée De Jesús Rodríguez, Carlos Rivera Justiniano, Carlos Pérez Toro, Juan M. Gaud Pacheco, John E. Mudd y John A. Stewart. Tras examinar las peticiones, el Tribunal Supremo declaró No Ha Lugar a todas las mociones de intervención presentadas. La resolución ordena la notificación inmediata de esta determinación a las partes.

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Ex Parte: Roberto Cruz Hernández

2014 • 6 de agosto de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-12447

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una decisión el 6 de agosto de 2014 en el caso número TS-12,447. La decisión examinó la solicitud presentada por Roberto Cruz Hernández. Dicha solicitud buscaba el cambio de su estatus a abogado activo. El Tribunal, tras examinar la petición, determinó proveer ha lugar la solicitud. Esto significa que se concedió la reactivación del ejercicio de la abogacía para el peticionario. La decisión fue acordada por el Tribunal y certificada por la Secretaria del Tribunal Supremo.

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In re: Armando Pietri Torres

2014 • 6 de agosto de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CP-2013-9

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico ejerció su facultad disciplinaria contra el Lcdo. Armando F. Pietri Torres. La acción se fundamenta en la violación del deber de diligencia establecido en el Canon 18 del Código de Ética Profesional. El licenciado Pietri Torres fue contratado por el Sr. Crisóstomo Santana Caraballo para representarlo en la apelación de su expulsión del Cuerpo de la Policía. Tras la confirmación de la expulsión por la CIPA, el abogado tenía 30 días para presentar un recurso de revisión judicial ante el Tribunal de Apelaciones. Sin embargo, el recurso fue presentado un día después de vencido el término jurisdiccional. Esta falta de diligencia llevó al Tribunal Supremo a imponer una amonestación al licenciado Pietri Torres.

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In re: Myriam Virola Santiago

2014 • 5 de agosto de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-7393

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una decisión sobre la conducta profesional de la Lcda. Myriam Virola Santiago. El Tribunal consideró un informe de un Comisionado Especial que recomendaba su suspensión indefinida del ejercicio de la abogacía. Acogiendo dicha recomendación, el Tribunal ordenó la suspensión preventiva de la licenciada Virola Santiago. Esta medida se fundamenta en la Regla 15 del Reglamento del Tribunal, concebida como una protección social. La decisión subraya la trascendental importancia de la salud mental de los miembros de la profesión legal para la sociedad y el sistema de justicia. El caso tuvo como antecedente, entre otros aspectos, un informe de incumplimiento con los requisitos de educación jurídica continua. La abogada había sido previamente requerida para mostrar causa por dicho incumplimiento. La suspensión ordenada por el Tribunal fue efectiva inmediatamente tras su notificación, el 7 de agosto de 2014.

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Ex Parte: Griselle T. García Padilla

2014 • 31 de julio de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-12,394

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 31 de julio de 2014. La resolución atiende la Moción Solicitando Readmisión a la Profesión presentada por Griselle T. García Padilla. Tras examinar la solicitud, el Tribunal acordó reinstalar a la señora García Padilla al ejercicio de la abogacía.

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Ex Parte: Edgardo Zapata Torres

2014 • 31 de julio de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-9585

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico evaluó la solicitud de reinstalación al ejercicio de la abogacía presentada por Edgardo Zapata Torres. El peticionario informó haber cumplido con la reconstrucción de protocolos notariales y un libro de testimonios que le habían sido hurtados. La Oficina de Inspección de Notarías (ODIN) confirmó que el señor Zapata Torres reconstruyó la totalidad de los documentos requeridos. En vista de este cumplimiento, el Tribunal ordenó la reinstalación del señor Zapata Torres al ejercicio de la abogacía. La Secretaría del Tribunal fue instruida para activar cualquier queja o procedimiento disciplinario pendiente contra el peticionario. Asimismo, se ordenó a ODIN expresarse en un término de treinta días sobre la capacidad del peticionario para ser reinstalado al ejercicio de la notaría. La decisión incluyó votos disidentes de jueces asociados.

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Lcdo. Thomas Rivera Schatz v. Estado Libre Asociado de Puerto Rico

2014 • 30 de julio de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CT-2014-8

Ponente:

Resolución del Tribunal con Voto de Conformidad y Votos Particulares Disidentes

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico examinó un Recurso de Certificación Intrajurisdiccional presentado por el Lcdo. Thomas Rivera Schatz contra el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y otros. Mediante Resolución de 30 de julio de 2014, el Tribunal declaró con lugar la certificación, asumiendo la atención total del caso. Se declaró No Ha Lugar una Moción en Oposición a la certificación presentada por el Estado Libre Asociado. De manera significativa, el Tribunal ordenó la paralización de los efectos de la Ley Núm. 109 de 28 de julio de 2014 hasta nuevo aviso. Se concedió al peticionario un término para acreditar el emplazamiento de las partes recurridas. Una vez acreditado, las partes recurridas tendrán diez días para presentar alegaciones responsivas y alegatos. La decisión fue acordada por el Tribunal, con votos de conformidad y votos particulares disidentes de varios jueces asociados y la Jueza Presidenta.

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Doral Financial Corporation v. Estado Libre Asociado de Puerto Rico

2014 • 22 de julio de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2014-555

Ponente:

Sentencia con Opinión de Conformidad y Opiniones Disidentes

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una Sentencia en el caso CC-2014-555 entre Doral Financial Corporation y el Estado Libre Asociado de Puerto Rico. La decisión evalúa si el Tribunal de Apelaciones erró al no permitir la continuación de los procedimientos ante el Tribunal de Primera Instancia. El Tribunal Supremo enfatiza la necesidad de celeridad y diligencia en la solución de esta controversia de alto interés público. Por ello, revoca la resolución del foro apelativo intermedio. Ordena la continuación de los procedimientos ante el Tribunal de Primera Instancia. La Sentencia recuerda directrices previas del Tribunal Supremo que instaban a los foros inferiores a atender el caso con prontitud, estableciendo incluso fechas límite. Se preserva el derecho del Estado a solicitar la revisión ante el Tribunal Supremo de la Sentencia emitida por el Tribunal de Apelaciones el 1 de julio de 2014.

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In re: Petición para examinar informes de divulgación financiera y quejas del Hon. Manuel Acevedo Hernández

2014 • 16 de julio de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

MC-2013-16

Ponente:

Resolución del Tribunal con Voto Particular de Conformidad

Resumen:

Una periodista de Telemundo solicitó al Tribunal Supremo acceso a los informes de divulgación financiera y quejas contra el Juez Superior Manuel Acevedo Hernández. La petición surgió de reportajes sobre posible conflicto de interés del juez, particularmente su presencia en una intervención policiaca de un vehículo del contador Lutgardo Acevedo López y su supuesta intercesión. La periodista buscaba corroborar bienes del juez para su investigación, mencionando un alegado obsequio de un vehículo. Inicialmente, el Tribunal autorizó la inspección de los informes financieros, remitiendo la solicitud de quejas a la OAT. Posteriormente, el juez fue investigado federalmente, acusado y suspendido. La periodista solicitó entonces permiso para grabar o fotocopiar la información ya autorizada para inspección. El juez se opuso a la fotocopia, argumentando que interferiría con investigaciones administrativas en curso en la OAT. Este documento aborda el proceso de esta solicitud y la oposición del juez.

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Obispo de la Iglesia Católica de Puerto Rico – Diócesis de Arecibo v. Secretario de Justicia

2014 • 14 de julio de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CT-2014-4

Ponente:

Sentencia con Opinión de Conformidad y Opiniones Disidentes

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico revocó la decisión del Tribunal de Primera Instancia en el caso CT-2014-4, que involucra la solicitud de documentos de la Diócesis de Arecibo por parte del Secretario de Justicia. Ordenó al foro primario examinar los documentos en cámara y distinguir entre presuntas víctimas menores y mayores de edad al momento de la denuncia. Para los menores, se ordena la divulgación a fiscalía bajo estricta confidencialidad. Para los mayores, se debe analizar primero si aplica el privilegio de confesión, excluyendo las comunicaciones protegidas. Si no aplica el privilegio, se evalúa si existen medidas menos onerosas para obtener la información, considerando la libertad de culto. Si no hay alternativas menos onerosas, se protege el derecho a la intimidad de los adultos. El Obispo debe notificar a estas personas, y la información solo se divulgará si no objetan. Si objetan, se emitirá un injunction contra los subpoenas en cuanto a esa información. En ningún caso se divulgará información sobre cómo la Iglesia resolvió los asuntos.

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Amador Roberts v. E.L.A. de Puerto Rico

2014 • 14 de julio de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2012-493

Ponente:

Hon. Rodríguez Rodríguez

Resumen:

Este caso del Tribunal Supremo de Puerto Rico aborda una reclamación de expropiación forzosa a la inversa. Los peticionarios alegaron que el Estado Libre Asociado instaló un tubo de desagüe pluvial en su propiedad sin permiso. Esta acción supuso la incautación física de una franja de terreno y causó inundaciones y daños significativos al remanente de la finca. Los demandantes solicitaron compensación por la franja tomada y una suma considerable por los daños al valor de la propiedad restante. La controversia principal es si esta acción de expropiación a la inversa se tornó académica. Esto ocurrió tras el Estado iniciar una acción de expropiación forzosa directa. Sin embargo, la acción directa solo cubrió la franja de terreno ocupada por el tubo. El Estado consignó una compensación estimada únicamente por el valor de esa franja, sin abordar los daños al resto de la propiedad. El Tribunal debe determinar si esta acción parcial del Estado resuelve la reclamación completa de los peticionarios por la justa compensación y los daños ocasionados a toda la propiedad.

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In re: Delfín Sosa Suárez

2014 • 10 de julio de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-7082

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico ordenó la suspensión inmediata e indefinida del Lcdo. Delfín Sosa Suárez del ejercicio de la abogacía y la notaría. La decisión se fundamenta en el incumplimiento del abogado con las órdenes del Tribunal y los cánones de ética profesional. La Oficina de Inspección de Notarías (ODIN) informó deficiencias arancelarias en la obra protocolar y registro de testimonios del licenciado correspondientes a varios años. Estas deficiencias ascendían a la suma de $96,173.00. A pesar de ser notificado en junio de 2012 y concedérsele un término para objetar, el licenciado Sosa Suárez reconoció la deficiencia pero solicitó una extensión para verificar la cuantía y adquirir los sellos. La suspensión es efectiva a partir del 17 de julio de 2014, fecha de su notificación. El Tribunal reitera la obligación de los abogados de cumplir fielmente con sus deberes profesionales.

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In re: Inés A. Aponte Duchesne

2014 • 9 de julio de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CP-2008-14

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

Este documento es una decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico, CP-2008-14, emitida el 9 de julio de 2014, sobre la conducta profesional de la Lcda. Inés A. Aponte Duchesne. La materia trata sobre la violación a los Cánones 21 y 38 de Ética Profesional por representación de intereses encontrados. El caso surge en el contexto del asesinato del empresario Adam Joel Anhang. La queja original fue presentada por el padre del occiso contra el Lcdo. Jorge Gordon Menéndez. El Lcdo. Gordon Menéndez representó simultáneamente a la viuda del occiso, Sra. Áurea B. Vázquez Rijos, y al acusado del asesinato, Jonathan Román Rivera. La Lcda. Aponte Duchesne, quien trabajaba con el Lcdo. Gordon Menéndez, representó a la hermana de la viuda, Sra. Marcia Vázquez Rijos, en relación con la investigación del asesinato. Esta situación de representación simultánea de partes con intereses potencialmente adversos por abogados asociados constituyó una violación ética. Como resultado, el Tribunal impuso una censura enérgica a la Lcda. Aponte Duchesne.

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In re: Harry Arroyo Rosado

2014 • 8 de julio de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-4713

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico ordena la suspensión inmediata e indefinida del Lcdo. Harry Arroyo Rosado del ejercicio de la abogacía. Esta medida se toma por su incumplimiento con el deber de actualizar su dirección en el Registro Único de Abogados y Abogadas (RUA) y por no cumplir con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua. El letrado no completó los créditos necesarios para el periodo 2007-2009. Se le enviaron avisos de incumplimiento y citaciones a vista informal a las direcciones registradas en el RUA, pero fueron devueltas. Los intentos de comunicación por teléfono y fax también resultaron infructuosos. El licenciado Arroyo Rosado no compareció a la vista informal ni respondió a la orden del Tribunal Supremo para mostrar causa. La suspensión será efectiva a partir del 16 de julio de 2014.

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Horizon Media Corp. v. Junta Revisora de Permisos y Uso de Terrenos de Puerto Rico

2014 • 30 de junio de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2013-826

Ponente:

Hon. Kolthoff Caraballo

Resumen:

Decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico (2014 TSPR 83) que interpreta la Ley Núm. 18-2013. El caso surge de una controversia entre Horizon Media Corp., RA Holdings y la Junta Revisora de Permisos y Uso de Terrenos. La cuestión central es determinar el foro judicial competente para revisar las decisiones de la Junta Revisora. La opinión, emitida por el Juez Asociado Kolthoff Caraballo, aclara el alcance de los Artículos 7 y 15 de la mencionada ley. Estos artículos enmendaron la Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico. El litigio se originó a raíz de un permiso de construcción para una valla publicitaria. La decisión establece el tribunal con jurisdicción para atender los recursos de revisión judicial contra las resoluciones de la Junta Revisora.

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In re: Frederic Chardón Dubós

2014 • 30 de junio de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

AB-2010-264 AB-2013-158

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una decisión disciplinaria contra el Lcdo. Frederic Chardón Dubós. La decisión ordena su suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía y la notaría. Esta acción se fundamenta en el incumplimiento del abogado con las órdenes del Tribunal y los cánones de ética profesional. Una queja presentada por Borinquen Community Federal Credit Union (BCFCU), su antiguo cliente, detalló la conducta profesional deficiente. BCFCU alegó que el licenciado Chardón Dubós incurrió en inactividad en casos de cobro de dinero. Esta inactividad resultó en el archivo de varios casos y causó grandes pérdidas económicas a la institución. El Tribunal reitera la obligación de los abogados de cumplir cabalmente con los cánones de ética. La suspensión es efectiva a partir de la fecha de notificación al abogado.

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Pueblo v. Soto Molina

2014 • 30 de junio de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2012-755

Ponente:

Hon. Kolthoff Caraballo

Resumen:

Este caso del Tribunal Supremo de Puerto Rico, CC-2012-0755, aborda la figura del "delito menor incluido" en el contexto de delitos de corrupción pública. La cuestión principal es si el delito de "influencia indebida" (Art. 213, Código Penal de 1974) constituye un delito menor incluido del "soborno agravado" (Art. 210, Código Penal de 1974). El Tribunal responde negativamente a esta interrogante. El peticionario, un exalcalde, fue acusado por hechos ocurridos en 2004-2005, incluyendo soborno agravado y una violación a la Ley de Ética Gubernamental. La opinión, emitida por el Juez Asociado Kolthoff Caraballo, enfatiza la importancia de la administración pública libre de tratos preferentes basados en dinero o relaciones personales. Tras analizar los demás errores señalados por el peticionario, el Tribunal determina que no se cometieron. En consecuencia, se confirma la convicción del peticionario en cuanto a la violación del Art. 3.2(c) de la Ley de Ética Gubernamental.

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Integración de Salas de Verano

2014 • 27 de junio de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

ES-2014-2

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 27 de junio de 2014. De conformidad con la Regla 4(d) de su Reglamento, se constituyen las Salas de Verano para el receso de 2014. Estas salas funcionarán desde el 1 de julio hasta el 30 de septiembre de 2014. Se establecen tres salas distintas, cada una cubriendo un mes específico dentro de este periodo. Cada sala está compuesta por un Juez Presidente y dos Jueces Asociados. Se especifica que cualquier sustitución de jueces se realizará según el procedimiento de la Regla 4(d). El Tribunal continuará emitiendo y certificando Opiniones y Sentencias durante este periodo.

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Designación de la Secretaria del Tribunal Supremo

2014 • 27 de junio de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

EN-2014-2

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

Resolución del Tribunal Supremo de Puerto Rico emitida el 27 de junio de 2014. El documento designa a la Hon. Aida Ileana Oquendo Graulau como Secretaria de este Tribunal. Se establece que ejercerá las funciones propias del cargo y cualquier otra que le asigne el Tribunal. La designación será efectiva tan pronto preste el juramento de toma de posesión. La resolución fue acordada por el Tribunal y certificada por la Subsecretaria.

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Nombramiento del Alguacil

2014 • 27 de junio de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

EN-2014-03

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

Resolución del Tribunal Supremo de Puerto Rico con fecha de 14 de julio de 2014. Enmienda nunc pro tunc una resolución previa del 27 de junio de 2014. El propósito principal es designar al Alguacil del Tribunal Supremo. Se nombra al Sr. Miguel Hernández Martínez para ocupar dicho cargo. La designación tiene efectividad a partir del 1 de julio de 2014. La resolución fue acordada por el Tribunal. La Secretaria del Tribunal Supremo certifica el acuerdo. Una Juez Asociada no intervino en la decisión.

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In re: Ángel L. Morales Rodríguez

2014 • 26 de junio de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

TS-7575

Ponente:

Resolución del Tribunal

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 26 de junio de 2014 en el caso de Ángel L. Morales Rodríguez. La materia principal abordada en el documento es la reinstalación al ejercicio de la abogacía. Tras examinar una moción titulada "Moción en Cumplimiento de Orden", el Tribunal decidió reinstalar al Lcdo. Ángel L. Morales Rodríguez. La resolución ordena a la Secretaria del Tribunal Supremo actualizar la información personal del abogado en el Registro Único de Abogados. Este documento oficial del Tribunal Supremo fue acordado por el Tribunal y certificado por la Secretaria.

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In re: Paolo J. Pérez Román

2014 • 20 de junio de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

AB-2012-319 AB-2013-211

Ponente:

Per Curiam

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico ejerce su facultad disciplinaria contra el Lcdo. Paolo J. Pérez Román por su incumplimiento con los requerimientos del Tribunal. La acción se origina en dos quejas separadas (AB-2012-319 y AB-2013-211) donde se le requirió expresarse o comparecer. A pesar de múltiples resoluciones y notificaciones, incluyendo términos finales, el licenciado Pérez Román no cumplió con las órdenes del Tribunal. El Tribunal considera su conducta como temeraria y un desafío a su autoridad. Ante la falta de respuesta y cumplimiento, se impone la sanción más severa. La suspensión del ejercicio de la abogacía es la medida disciplinaria adoptada. Dicha suspensión será efectiva una vez la sentencia advenga final y firme conforme a la Regla 45.

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Pueblo v. Encarnación Reyes

2014 • 20 de junio de 2014

Tribunal Supremo

Número de Caso:

CC-2013-393

Ponente:

Sentencia con Opinión de Conformidad

Resumen:

El Tribunal Supremo de Puerto Rico resolvió una petición de certiorari en el caso Pueblo v. Samuel Encarnación Reyes. La petición impugnaba una sentencia del Tribunal de Apelaciones. El Tribunal de Apelaciones había revocado una decisión interlocutoria del Tribunal de Primera Instancia. Dicha decisión interlocutoria trataba sobre la admisibilidad del testimonio de un testigo en una vista preliminar. El Tribunal de Apelaciones ordenó que se permitiera el testimonio del testigo. El Tribunal Supremo determinó que el Tribunal de Apelaciones erró al expedir el auto de certiorari y resolver en los méritos un incidente interlocutorio de la vista preliminar. Esta determinación se basó en el precedente establecido en Pueblo v. Díaz De León, 176 DPR 913 (2009). Por tanto, el Tribunal Supremo revocó la sentencia del Tribunal de Apelaciones. El caso fue devuelto al Tribunal de Primera Instancia para la continuación de la vista preliminar. Se emitieron opiniones de conformidad y disidentes, haciendo referencia al caso Díaz de León.

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