Partes:
Lcdo. Thomas Rivera Schatz v. Estado Libre Asociado de Puerto Rico y otros
Ponente:
Resolución con Voto de Conformidad y Voto Particular Disidente
Materia:
Resolución con Voto de Conformidad y Voto Particular Disidente
Número de Caso:
CT-2014-8 CT-2014-9
Año:
2014
Fecha:
6 de agosto de 2014
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 6 de agosto de 2014. Esta resolución concierne los casos consolidados CT-2014-8 y CT-2014-9. Dichos casos involucran, entre otros, a Thomas Rivera Schatz, el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, el Colegio de Abogados de Puerto Rico y la Asociación de Abogados de Puerto Rico. La resolución examinó varias mociones presentadas por terceros solicitando intervenir en los procedimientos. Específicamente, se consideraron las solicitudes de intervención de Evelyn Aimée De Jesús Rodríguez, Carlos Rivera Justiniano, Carlos Pérez Toro, Juan M. Gaud Pacheco, John E. Mudd y John A. Stewart. Tras examinar las peticiones, el Tribunal Supremo declaró No Ha Lugar a todas las mociones de intervención presentadas. La resolución ordena la notificación inmediata de esta determinación a las partes.
Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por conducto del Secretario de Justicia, Hon. César Miranda; Colegio de Abogados de Puerto Rico, por conducto de su Presidenta, Lcda. Ana Irma Rivera Lassen
Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico; Estado Libre Asociado de Puerto Rico
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