2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLCE202000576
Ponente:
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Resumen:
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLAN202000397
Ponente:
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Resumen:
Comparecen los apelantes ante el Tribunal de Apelaciones solicitando la revocación de una sentencia parcial del Tribunal de Primera Instancia. Dicha sentencia declaró prescrita la reclamación presentada contra el Sindicato de Aseguradores para la Suscripción Conjunta de Seguros de Responsabilidad Profesional Médico-Hospitalario (SIMED). Los apelantes presentaron una demanda por impericia médica el 12 de noviembre de 2019, incluyendo a SIMED como aseguradora de los doctores codemandados. SIMED solicitó la desestimación, alegando que las reclamaciones extrajudiciales cursadas por los apelantes el 13 de noviembre de 2018 a los doctores no mencionaron a la aseguradora. Los apelantes se opusieron, argumentando que la reclamación al doctor interrumpió el término contra SIMED, y que la acción contra la aseguradora, al ser contractual, tenía un término prescriptivo de 15 años. El foro primario acogió el argumento de SIMED y dictó sentencia parcial el 17 de enero de 2020, declarando la reclamación contra la aseguradora prescrita. Los apelantes presentaron una solicitud de reconsideración ante el Tribunal de Primera Instancia antes de recurrir en apelación.
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLRA202000288
Ponente:
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Resumen:
Esta sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico resuelve la revisión de una decisión de la Comisión Industrial. La recurrente, Carmen W. Cintrón Maldonado, solicitó beneficios por incapacidad total y permanente por factores socioeconómicos tras un accidente laboral en 1997. La Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE) denegó la solicitud, argumentando que la recurrente se autoexcluyó de la fuerza laboral. La Comisión Industrial confirmó la determinación del CFSE. El Tribunal de Apelaciones evaluó el caso, considerando la edad, educación, historial de empleo, incapacidades físicas reconocidas y la situación económica de la recurrente. Se tomaron en cuenta los informes de la trabajadora social y la especialista en rehabilitación, quienes señalaron que la recurrente podía cubrir sus necesidades básicas y rechazó los servicios de rehabilitación vocacional ofrecidos. El Tribunal concluyó que la decisión de denegar los beneficios estaba razonablemente sustentada en la prueba del expediente. Por consiguiente, el Tribunal confirmó la decisión recurrida de la Comisión Industrial.
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLRA201900448
Ponente:
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Resumen:
Se describe el proceso disciplinario iniciado por el Departamento de Corrección y Rehabilitación contra José Vázquez Marín. Los cargos imputados fueron posesión de teléfono celular (Código 109) y violación de reglas de seguridad (Código 141). La querella surgió tras el hallazgo de un celular durante un registro, el cual Vázquez Marín supuestamente admitió que le pertenecía. Vázquez Marín negó las acusaciones por escrito, alegando que el registro no fue en su celda y que los bienes no eran suyos. Tras una investigación y vista disciplinaria, el Oficial Examinador encontró a Vázquez Marín incurso en la violación del Código 109. El cargo por violación del Código 141 fue desestimado, basándose la decisión en la falta de credibilidad del testimonio del querellado.
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLAN202000568
Ponente:
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Resumen:
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLAN202000680
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisando una decisión del Tribunal de Primera Instancia. El caso surge de una demanda por incumplimiento de contrato, dolo y mala fe presentada por Jesús Zayas Ortiz contra Cooperativa de Seguros Múltiples de Puerto Rico (CSMPR). El señor Zayas reclamó daños a su propiedad asegurada tras el huracán María, alegando que CSMPR no lo indemnizó completamente conforme a la póliza. CSMPR solicitó la desestimación mediante sentencia sumaria, argumentando que la reclamación se extinguió por la doctrina de "pago en finiquito". Sostuvo que el señor Zayas aceptó el pago final al cambiar el cheque emitido por la aseguradora. El Tribunal de Primera Instancia acogió este argumento y desestimó la demanda. El Tribunal de Apelaciones procede a evaluar si aplicaba dicha doctrina en este caso particular. Tras la revisión, el Tribunal de Apelaciones revoca la Sentencia apelada.
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLCE202000551
Ponente:
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Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre un recurso de certiorari. La peticionaria, Inversiones Isleta Marina Inc. (IIM Inc.), impugnó la decisión del Tribunal de Primera Instancia que permitió la intervención de Isleta LLC en un caso de daños y perjuicios contractuales. IIM Inc. demandó a Giuseppe Cicatelli y otros, alegando que negociaron la compra de sus activos y obtuvieron información confidencial. Según la demanda, los demandados usaron esta información de mala fe para adquirir el préstamo hipotecario de IIM Inc. a través de la recién creada entidad Isleta LLC, en lugar de comprar los activos. IIM Inc. sostuvo que esta acción constituyó incumplimiento de contrato, mala fe y causó daños. Isleta LLC, como nueva acreedora hipotecaria, había iniciado previamente un caso de ejecución de hipoteca contra IIM Inc. El recurso de certiorari se centró en la procedencia de la intervención de Isleta LLC en el pleito de daños. Tras examinar los escritos y el derecho aplicable, el Tribunal de Apelaciones resolvió denegar la expedición del auto de certiorari solicitado por IIM Inc.
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLAN202000238
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en los casos consolidados KLAN202000238 y KLAN202000239. Las partes apelantes son Herba de Puerto Rico LLC, Riviana Foods Inc., & Ebro S.A. y Pan American Grain Mfg. Co. Recurren una Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de Bayamón emitida el 12 de noviembre de 2019. Dicha sentencia del TPI refrendó en su totalidad un Laudo Arbitral Final notificado el 20 de agosto de 2015 por la Asociación Americana de Arbitraje. El laudo arbitral surgió de una controversia relacionada con un contrato de procesamiento y empaque de arroz suscrito en 2006. Este contrato incluía cláusulas de sumisión a arbitraje, ley aplicable de Puerto Rico y una cláusula penal. Herba inició el arbitraje en 2011, alegando incumplimientos contractuales y prácticas ilegales por parte de Pan American Grain. El Tribunal de Apelaciones acogió los recursos como peticiones de certiorari. Por los fundamentos expuestos, el Tribunal de Apelaciones acordó expedir y confirmar la Sentencia recurrida del TPI. Esto valida la confirmación judicial del laudo arbitral original.
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLAN202000548
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones deniega la expedición de un auto de Certiorari solicitado por Richard David Hernández Godreau. El peticionario buscaba la revisión de una Resolución del Tribunal de Primera Instancia en un caso de ejecución de hipoteca iniciado por Citibank, N.A. La resolución recurrida denegó la moción del peticionario que solicitaba la desestimación, nulidad de sentencia y subasta, y dejar sin efecto el lanzamiento y orden de confirmación. El caso original data de 2012, donde Citibank demandó a Hernández Godreau por ejecución de hipoteca. Tras ser emplazado y no contestar, se le anotó la rebeldía y se dictó sentencia en 2013. El peticionario argumentó en Primera Instancia que la sentencia de 2013 no fue notificada correctamente, alegando falta de jurisdicción sobre la persona. El Tribunal de Primera Instancia concluyó que la notificación fue adecuada, denegó su moción y confirmó la sentencia de 2013, así como las órdenes de confirmación de venta y lanzamiento posteriores. En su recurso de apelación, Hernández Godreau alegó errores relacionados con la validez de la notificación y la confirmación de órdenes post-sentencia. El Tribunal de Apelaciones, tras examinar los fundamentos, deniega la solicitud de Certiorari.
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLAN202000751
Ponente:
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Resumen:
Se presenta ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico un recurso de apelación contra una Sentencia del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón. Dicha sentencia declaró Ha Lugar una moción de sentencia sumaria presentada por José R. Cuevas Rodríguez y Elizabeth Silva Hernández. El dictamen del TPI declaró nulas la Escritura de Compraventa Núm. 5 y las Escrituras de Hipotecas Núm. 20 y Núm. 14. Los demandantes (apelados) habían instado una demanda de nulidad de contrato contra Keila Monegro Huertas (apelante) e Ivette Miranda Ríos. Alegaron que los negocios jurídicos eran nulos por vicios del consentimiento, simulación y fraude para impedirles ejecutar una hipoteca sobre la propiedad. El TPI concedió la sentencia sumaria a favor de los apelados, concluyendo que la compraventa era nula por falta de causa, basándose en deposiciones donde las demandadas admitieron no haber recibido dinero. La apelante se opuso a la sentencia sumaria, argumentando la existencia de controversias de hechos y que la asunción de hipotecas constituía la contraprestación. El recurso de apelación busca la revisión de esta decisión del TPI.
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLCE202000993
Ponente:
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Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en el caso de El Pueblo de Puerto Rico v. David Ortiz Torres. El Sr. Ortiz Torres, miembro de la población correccional, presentó una moción solicitando la modificación de su sentencia. La moción, tanto en su epígrafe como en su contenido, estaba claramente dirigida al Tribunal de Primera Instancia (TPI). Sin embargo, el sobre utilizado para enviarla contenía por error la dirección postal del Tribunal de Apelaciones. Al recibir la moción, el Tribunal de Apelaciones determinó que el foro competente para atenderla era el TPI. Por consiguiente, el Tribunal de Apelaciones ordena el traslado del caso y la moción al Tribunal de Primera Instancia de San Juan. Asimismo, dispone el archivo del recurso presentado ante este foro.
2020 • 30 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLCE201900859
Ponente:
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Resumen:
2020 • 29 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLAN201800217
Ponente:
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Resumen:
Este documento es una sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico que consolida varias apelaciones y un recurso de certiorari. Los recursos provienen de dos casos civiles de daños y perjuicios incoados en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce. Estos casos surgen a raíz de un accidente de tránsito ocurrido en septiembre de 2011, donde el vehículo ocupado por Melissa Fleming Bacó y Jayson Negrón fue impactado por otro conducido por un empleado de Los Muchachos Bakery. Las apelaciones buscan la revocación de la sentencia del TPI que encontró responsables a los demandados por los daños causados. El recurso de certiorari impugna una resolución posterior del TPI que autorizó el embargo de cuentas y bienes de Universal Insurance Company. El Tribunal de Apelaciones consolidó los recursos pendientes y ordenó la paralización de la orden de embargo. La corte procederá a ponderar varios asuntos, incluyendo la determinación de negligencia, el cálculo de la indemnización concedida, el pago de honorarios de abogado y la concesión del embargo autorizado. El objetivo es resolver las controversias planteadas sobre la responsabilidad y los daños derivados del accidente.
2020 • 29 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLAN201800223
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico que resuelve recursos consolidados de apelación y certiorari. Los casos originales son acciones civiles de daños y perjuicios incoadas tras un accidente de tránsito ocurrido en 2011. Las partes principales incluyen a los demandantes Leslie D. Fleming y Jayson Negrón, y a los demandados Los Muchachos Bakery y Universal Insurance Company. Las apelaciones impugnan una sentencia del Tribunal de Primera Instancia de Ponce que declaró responsables a los demandados por los daños. Se cuestionan aspectos como la determinación de negligencia, los cómputos de indemnización y los honorarios de abogado. El recurso de certiorari reta una resolución que autorizó un embargo contra Universal Insurance para asegurar la sentencia. El Tribunal de Apelaciones consolidó los recursos y suspendió la orden de embargo mientras considera los méritos de los planteamientos.
2020 • 29 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLRA202000217
Ponente:
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Resumen:
Sentencia judicial del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre un recurso de revisión de una determinación del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO). HV Global Management Corp. y Meridian Financial Services, Inc. (Hyatt) recurren una Resolución del DACO que denegó su reconsideración y confirmó una decisión previa. La decisión original del DACO eximió a los consumidores Ivelisse García Rivera y Luis F. González Gerena del pago de cuotas de mantenimiento de derecho vacacional y ordenó a Hyatt cesar gestiones de cobro. El caso había sido apelado previamente, y el Tribunal de Apelaciones desestimó esa primera apelación por notificación defectuosa, devolviendo el caso al DACO para correcta notificación. Sin embargo, el DACO re-notificó la resolución y denegó la reconsideración de Hyatt antes de que se emitiera el mandato de la primera decisión apelativa. Hyatt presentó entonces el presente recurso de revisión. El Tribunal de Apelaciones desestima el recurso actual por falta de jurisdicción, considerándolo prematuro. La corte determina que el DACO carecía de jurisdicción para actuar (re-notificar y denegar reconsideración) porque el mandato de la decisión apelativa anterior no se había emitido aún.
2020 • 29 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLRA202000293
Ponente:
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Resumen:
Este documento es una sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico. Trata sobre un recurso de revisión administrativa presentado por Luis E. Betancourt Lugo contra la Junta de Libertad Bajo Palabra. Betancourt Lugo impugna la denegatoria de su solicitud de libertad bajo palabra y la tardanza de la Junta en resolver su moción de reconsideración. Alega que los términos para la decisión de la Junta, incluso con extensiones por órdenes ejecutivas, habían expirado. El Tribunal explica su facultad revisora, limitada a decisiones administrativas finales. Subraya la doctrina del agotamiento de remedios administrativos como requisito jurisdiccional para acudir a los tribunales. Distingue entre recursos tardíos, que son fatales, y recursos prematuros, que pueden presentarse nuevamente tras la decisión final de la agencia. El caso se centra en determinar si el recurso de Betancourt Lugo es prematuro al no haber la Junta resuelto aún la reconsideración, que sería la determinación final.
2020 • 29 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLRA202000102
Ponente:
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Resumen:
Un panel apelativo revisa una sentencia del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACo). El Sr. José C. Román Rodríguez apeló la resolución del DACo que se declaró sin jurisdicción sobre su querella. La querella original cuestionaba las gestiones de cobro de cuotas de mantenimiento por parte de E.R.S. Housing, contratada por la Asociación de Residentes de su urbanización. El DACo determinó que la reclamación, al versar sobre la relación contractual entre la agencia de cobros y la asociación, excedía su competencia. Durante el proceso de revisión apelativa, la parte recurrida solicitó la desestimación del recurso. Alegó que el recurrente incumplió con la notificación adecuada del escrito de revisión. El tribunal apelativo denegó la solicitud de desestimación, pero ordenó al recurrente notificar la totalidad del recurso. La parte recurrida ha presentado una solicitud de reconsideración sobre esta determinación procesal.
2020 • 29 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLRA202000062
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisó una decisión del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACo). La decisión del DACo declaró con lugar una querella presentada por la Sra. María del C. Ramos Rodríguez. La querella solicitaba la rescisión de los contratos de compraventa de un vehículo usado adquirido en Hyundai de Hatillo. La consumidora descubrió que el auto había sido impactado y reparado previamente sin que se le informara. El DACo decretó nulos los contratos tras corroborar las reparaciones no divulgadas. La parte querellada, Hyundai de Hatillo, recurrió la determinación administrativa ante el Tribunal. La recurrente alegó errores en la apreciación de la prueba por parte del DACo. El Tribunal examinó el expediente administrativo y los argumentos presentados por las partes. Finalmente, el Tribunal de Apelaciones confirmó la Resolución emitida por el DACo.
2020 • 29 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLRA202000107
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre una controversia relacionada con un permiso para una estación de gasolina de Costco. La Asociación de Detallistas de Gasolina impugnó una resolución de la Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe). Dicha resolución denegó la revisión administrativa solicitada por la Asociación y confirmó un Permiso Único emitido por el Municipio de San Juan a favor de Costco. Este permiso autoriza la operación de la estación de gasolina. La Asociación argumentó que el municipio carecía de jurisdicción para emitir el permiso y que su concesión fue contraria a derecho. Este caso surge tras litigios previos donde se confirmó la aprobación inicial del permiso de construcción de la estación. El Tribunal evaluó los señalamientos de error presentados por la Asociación contra la resolución de la OGPe. Tras su análisis, el Tribunal determinó confirmar la resolución administrativa recurrida. Por tanto, el Permiso Único para la operación de la estación de gasolina de Costco se mantiene vigente.
2020 • 29 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLCE202001059
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico considera un recurso de certiorari presentado por un menor. El peticionario solicita la revocación de una resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó su moción de desestimación. La moción buscaba desestimar la determinación de causa probable en su contra por infracción al Art. 7.02 de la Ley 22. El menor argumentó que la determinación de causa probable se basó en un procedimiento para la toma y manejo de muestras de sangre (Art. 7.09 de la Ley 22) que había sido enmendado por la Ley Núm. 25-2019, y que el informe utilizado referenciaba la versión anterior de la ley. Tras la determinación de causa probable, el menor presentó la moción de desestimación, la cual fue denegada por el foro primario. Posteriormente, solicitó reconsideración, que también fue declarada No Ha Lugar. El certiorari impugna estas decisiones, señalando como error que el tribunal denegó la desestimación sin fundamentar adecuadamente, a pesar de que la causa probable se determinó usando un procedimiento de una ley derogada. El Tribunal de Apelaciones revisa el recurso, enfocándose en el tracto procesal.
2020 • 29 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLAN201900697
Ponente:
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Resumen:
José Javier Marín Maldonado y Korali Cervoni Torres apelaron una sentencia del foro sentenciador que declaró No Ha Lugar su demanda por daños y perjuicios. La demanda original fue incoada contra el Dr. Claudio Bernaschina Bobadilla y otros por alegada impericia médica. Los apelantes sostuvieron que durante una vasectomía realizada al señor Marín Maldonado, hubo negligencia que resultó en sangrado y un hematoma. Estas complicaciones, según la demanda, requirieron una segunda operación. Reclamaron compensación por daños físicos y emocionales para el paciente y angustias mentales para su esposa. Los demandados, por su parte, negaron las alegaciones y afirmaron que el tratamiento cumplió con las normas médicas. El Tribunal de Apelaciones revisó el dictamen del foro sentenciador. Por los fundamentos expuestos, el Tribunal de Apelaciones confirmó la Sentencia apelada.
2020 • 29 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLCE202001027
Ponente:
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Resumen:
Laboratorio Clínico Van Scoy apela una sentencia parcial emitida por el foro de primera instancia. Dicha sentencia anotó la rebeldía contra Van Scoy y concedió la causa de acción de despido injustificado presentada por Miguel Maldonado Cedeño. El foro primario también ordenó una vista evidenciaría para las reclamaciones de discrimen por sexo y represalias. La rebeldía se anotó porque el foro primario determinó que Van Scoy no presentó su contestación a la querella dentro del término de 10 días dispuesto por la Ley Núm. 2. Van Scoy argumentó que presentó una contestación a tiempo, pero con un error clerical refiriéndose a otro caso, y que luego presentó la contestación correcta. El foro de primera instancia no encontró justa causa para el incumplimiento y denegó una solicitud de reconsideración. Inconforme, Van Scoy acudió al Tribunal de Apelaciones solicitando la revocación de la sentencia parcial y la paralización de los procedimientos.
2020 • 29 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLCE202000303
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en el caso KLCE202000303, entre FirstBank de Puerto Rico y Vazcor, Inc. et als. El litigio principal trata sobre cobro de dinero y ejecución de prenda e hipoteca por un préstamo comercial. La controversia ante el Apelativo se centra en la orden del Tribunal de Primera Instancia de referir el caso a mediación compulsoria bajo la Ley 184-2012. FirstBank demandó por incumplimiento de un préstamo para construcción, garantizado en parte con la prenda de un pagaré hipotecario sobre una propiedad residencial de un codemandado. Este codemandado solicitó la mediación obligatoria, alegando que la propiedad era su residencia principal. FirstBank se opuso, argumentando que el préstamo era comercial y el solicitante no cualificaba como deudor bajo la Ley 184-2012. El Tribunal de Primera Instancia ordenó la mediación, lo que motivó el recurso de certiorari de FirstBank. El Tribunal de Apelaciones concluyó que el foro primario erró al aplicar la Ley 184-2012 en este caso. Consecuentemente, el Tribunal de Apelaciones expidió el recurso y revocó la orden que refería el caso a mediación compulsoria.
2020 • 29 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLAN202000465
Ponente:
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Resumen:
La sentencia revisa la apelación del Consejo de Titulares del Condominio Magdalena Park contra Mapfre Praico Insurance Company. La apelación impugna la desestimación parcial de una causa de acción bajo el Artículo 27.164 del Código de Seguros por supuesta falta de notificación previa. El foro primario determinó que la ausencia de dicha notificación era un defecto jurisdiccional. El apelante demandó por daños del huracán María, alegando incumplimiento de contrato y reclamando bajo el Código Civil y los Artículos 27.164 y 27.165 del Código de Seguros. El apelante sostiene que sí envió la notificación requerida antes de presentar la demanda. La apelada admitió recibir la notificación, pero argumentó que la Ley Núm. 247-2018 no aplica retroactivamente a los hechos del caso. También planteó que no es posible acumular las causas de acción bajo el Código Civil y el Código de Seguros. El apelante defendió la retroactividad de la ley para los huracanes Irma y María y la procedencia de la acumulación de remedios. El tribunal de apelaciones evalúa la corrección de la desestimación y la aplicabilidad retroactiva de la ley.
2020 • 29 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLAN202000202
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de daños y perjuicios por impericia médica. Los demandantes apelaron la desestimación de su reclamación contra uno de los médicos, pero no impugnaron la desestimación de las reclamaciones contra otro médico y un hospital. Se solicitó la desestimación de la apelación porque los demandantes no notificaron a estas dos partes cuyas reclamaciones fueron desestimadas en primera instancia. Los apelantes argumentaron que no tenían que notificarles al no impugnar su desestimación. El Tribunal de Apelaciones concluyó que la notificación a todas las partes es un requisito jurisdiccional para perfeccionar un recurso apelativo. Este requisito aplica incluso a las partes cuyas reclamaciones fueron desestimadas por el tribunal de primera instancia, aunque dicha desestimación no sea objeto de la apelación. La falta de notificación a estas partes impide que el Tribunal de Apelaciones asuma jurisdicción sobre el recurso. Por lo tanto, el Tribunal determinó que procede la desestimación de la apelación por incumplimiento del requisito de notificación.
2020 • 29 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLCE201800717
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico que consolida varias apelaciones y un recurso de certiorari. Los casos originales son acciones civiles por daños y perjuicios derivadas de un accidente de tránsito ocurrido en septiembre de 2011. En el incidente, un vehículo ocupado por Melissa Fleming Bacó y Jayson Negrón fue impactado por detrás por otro conducido por un empleado de Los Muchachos Bakery. Las apelaciones impugnan una sentencia del Tribunal de Primera Instancia que declaró responsables a los demandados por los daños. El certiorari cuestiona una resolución posterior que concedió una orden de embargo contra Universal Insurance Company para asegurar el pago de la sentencia. El Tribunal de Apelaciones acordó consolidar todos los recursos y ordenó la paralización de la orden de embargo. La corte procederá a evaluar la determinación de negligencia del tribunal inferior, el cálculo de la indemnización concedida, los honorarios de abogado y la procedencia del embargo autorizado.
2020 • 29 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLRA202000309
Ponente:
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Resumen:
Una empleada apeló un traslado cautelar de su puesto de gerente en la Oficina de Aguadilla. La AAA informó la terminación de una investigación interna y que la empleada fue notificada de que el traslado se dejó sin efecto, argumentando que la apelación se tornó académica. La AAA emitió una Resolución Final archivando la apelación por considerar que la controversia se tornó académica, basándose en que la medida cautelar de traslado fue dejada sin efecto y la empleada debía reportarse a su lugar de trabajo original. La empleada presentó una Moción de Reconsideración, alegando incumplimiento con la LPAU y que la controversia estaba viva por ser una cuestión recurrente sobre traslados y reinstalaciones. Argumentó que la controversia gira en torno a la validez jurídica de la reubicación administrativa como medida cautelar y la autoridad para ordenarla. Sostuvo que la situación es susceptible de repetición en procedimientos administrativos de la AAA y que el traslado fue arbitrario. La AAA se opuso a la reconsideración, reiterando que la resolución no fue una adjudicación en los méritos. Afirmó que la controversia y el remedio solicitado se volvieron académicos al dejar sin efecto la determinación impugnada.
2020 • 29 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLCE202000906
Ponente:
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Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un recurso de certiorari. El peticionario, Roberto Barbosa López, solicita la revisión de una resolución del Tribunal de Primera Instancia. Dicha resolución denegó su petición para ser eximido del pago de una pena especial. Esta pena fue impuesta como parte de su sentencia por varios delitos en 2018, conforme a la Ley para la Compensación a Víctimas de Delito. El peticionario alegó falta de recursos económicos y que el pago afectaba su rehabilitación y acceso a programas. Tras la denegatoria de su moción por el foro primario en agosto de 2020, acudió en certiorari. El documento describe el propósito de la Ley 183-1998 y sus enmiendas, que crearon la pena especial para nutrir un fondo de compensación a víctimas. Se menciona que la ley permite la exención del pago en casos de delitos graves bajo ciertas condiciones. El Tribunal de Apelaciones ha examinado el expediente y deliberará sobre los méritos del recurso.
2020 • 29 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLCE202000905
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite una resolución sobre un recurso de certiorari presentado por Richard Yadiel Álvarez Suárez. El peticionario, quien cumple una sentencia de prisión, buscaba la revisión de la denegatoria de su moción de corrección de sentencia por el Tribunal de Primera Instancia. El Tribunal de Apelaciones explica su facultad discrecional para expedir autos de certiorari y su deber de verificar la jurisdicción. Sin embargo, encontró que el recurso presentado por Álvarez Suárez adolecía de serios defectos procesales. Entre las deficiencias se incluyen la falta de un índice, una relación de hechos procesales y la identificación de errores. Además, el expediente no contenía copia de la moción de corrección de sentencia ni de la resolución recurrida, impidiendo al Tribunal ejercer su función revisora. Aunque la ley busca facilitar el acceso a litigantes por derecho propio, el cumplimiento de las reglas procesales es obligatorio. Por consiguiente, debido a los defectos formales y la imposibilidad de auscultar la jurisdicción, el Tribunal resuelve desestimar el recurso incoado.
2020 • 29 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLAN202000333
Ponente:
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Resumen:
Este es un recurso de apelación ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico, presentado por el Municipio Autónomo de Aibonito y sus funcionarios. La apelación impugna una Sentencia del Tribunal de Primera Instancia que ordenó la divulgación de un informe de horas trabajadas en exceso tras el Huracán María. El caso se originó cuando un legislador municipal presentó un recurso de Mandamus solicitando acceso a varios documentos municipales. Entre los documentos requeridos estaban contratos y gastos relacionados con la respuesta al Huracán María, informes de horas extras de funcionarios y empleados de confianza, y estudios para aumentos en tasas de contribución sobre la propiedad. El municipio inicialmente denegó parte de la información solicitada. En el Tribunal de Primera Instancia, las partes acordaron examinar los contratos y confirmaron la inexistencia de los estudios sobre contribuciones. La Sentencia apelada se centra específicamente en la orden de divulgar el informe de horas extras. El Tribunal de Apelaciones revisa ahora la procedencia de dicha orden.
2020 • 29 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLAN202000396
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre una impugnación de filiación. Félix Orlando Fargas Rivera apeló la decisión del Tribunal de Primera Instancia que desestimó su demanda contra Gisela González Pérez y la menor NFG. El señor Fargas había reconocido voluntariamente a la menor al nacer. Años después, tras obtener una prueba de ADN privada con resultado negativo, presentó la demanda solicitando una prueba judicial y la eliminación de su nombre del registro. La señora González argumentó que la acción estaba caducada y que el demandante siempre tuvo dudas. El Tribunal de Primera Instancia desestimó el caso, considerando inadmisible la prueba de ADN privada por diversas razones, incluyendo falta de consentimiento y autorización judicial. Al no tener prueba admisible del momento en que el demandante supo de la inexactitud biológica, el TPI no pudo determinar el inicio del término de caducidad. El Tribunal de Apelaciones, sin embargo, revoca la Sentencia del Tribunal de Primera Instancia.
2020 • 29 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLAN202000371
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un recurso de apelación. Los apelantes demandaron a AIG Insurance Company por incumplimiento de contrato y mala fe tras el Huracán María, alegando que la aseguradora subvaloró los daños a su propiedad. AIG emitió un cheque por $7,000 como pago final de la reclamación, el cual los apelantes endosaron y cobraron. La aseguradora argumentó que este acto constituyó un pago en finiquito, extinguiendo la obligación. El Tribunal de Primera Instancia acogió esta defensa y desestimó la demanda mediante sentencia sumaria. Los apelantes recurrieron esta determinación ante el Tribunal de Apelaciones. El Tribunal de Apelaciones revisó los fundamentos de la sentencia apelada. Tras evaluar el caso, el Tribunal de Apelaciones confirmó la sentencia del foro primario. La desestimación de la demanda basada en la doctrina del pago en finiquito fue ratificada.
2020 • 29 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLCE202000874
Ponente:
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Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre un recurso de certiorari presentado por Chubb Insurance Company. El caso se origina de una demanda por incumplimiento de seguro tras los huracanes Irma/María, incoada por el Consejo de Titulares del Condominio Millenia Park, Attenure Holding Trust 1 y HRN Property Holdings. Chubb cuestionó la legitimación activa de Attenure, basada en una cesión de derechos del Consejo, alegando que violaba la póliza. El Tribunal de Primera Instancia validó la cesión, al ocurrir después de los daños, y denegó la reconsideración de Chubb. Chubb acudió en certiorari impugnando estas determinaciones previas. En este recurso, Chubb solicitó la revocación de una Resolución del TPI que le impidió presentar una causa de acción por nulidad del contrato de cesión mediante reconvención. El Tribunal de Apelaciones denegó la expedición del recurso y una moción urgente de auxilio de jurisdicción. Determinó que no había base para intervenir con la decisión del TPI de impedir la reconvención de nulidad en esa etapa procesal. La corte concluyó que el foro primario no incurrió en error craso al tomar dicha determinación.
2020 • 29 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLAN202000623
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisa una sentencia del Tribunal de Primera Instancia que desestimó una demanda por incumplimiento de contrato de seguros. Carmen D. Méndez González demandó a United Surety & Indemnity Company (USIC) alegando que la aseguradora no pagó adecuadamente los daños a su propiedad tras el huracán María. Méndez presentó una reclamación y USIC determinó un pago de $369.50, el cual la demandante consideró insuficiente y contrario a la póliza. USIC, por su parte, sostuvo que actuó de buena fe y que el cobro del cheque por $369.50 constituía un pago en finiquito. El Tribunal de Primera Instancia acogió la defensa de pago en finiquito y dictó sentencia sumaria a favor de la aseguradora, desestimando la demanda. La apelante solicitó la revocación de dicha sentencia ante el Tribunal de Apelaciones. Tras evaluar los fundamentos, el Tribunal de Apelaciones determinó revocar la sentencia apelada.
2020 • 29 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLCE202000852
Ponente:
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Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones en un caso de división de comunidad de bienes y herencia de la Sucesión de Jesús Díaz Nieves. El pleito original busca dividir la sociedad legal de gananciales del Causante con su ex esposa y la partición de su herencia. Las partes, incluyendo herederos, la ex esposa y la viuda, disputan el carácter ganancial o privativo de diversos bienes, como propiedades en Vieques, y la validez del testamento. El Tribunal de Primera Instancia emitió una Sentencia Parcial determinando sumariamente el carácter de ciertos bienes y denegando resolver otros asuntos por esa vía. Se presentó un recurso de certiorari ante el Tribunal de Apelaciones contra esta determinación parcial. El Tribunal de Apelaciones, tras evaluar el recurso, decidió no intervenir en este momento procesal con lo actuado por el Tribunal de Primera Instancia. El caso subyacente presenta múltiples reclamaciones y reconvenciones entre las partes relacionadas con la posesión, uso y liquidación de los bienes de la sucesión y las sociedades conyugales.
2020 • 29 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLCE202000826
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre un recurso de apelación. La parte peticionaria impugna una resolución del foro de primera instancia que denegó referir el caso al procedimiento de valoración de daños ("appraisal") de la Ley Núm. 242-2018. El caso original es una demanda por sentencia declaratoria, incumplimiento de contrato y dolo presentada por el Consejo de Titulares del Condominio El Rosario y otros contra Triple-S Propiedad, Inc. La demanda surge de los daños sufridos por el Condominio tras el huracán María y la alegada negativa de la aseguradora a pagar apropiadamente la reclamación. Los peticionarios solicitaron aplicar el procedimiento de "appraisal" de la Ley 242-2018, argumentando su retroactividad a las reclamaciones de los huracanes Irma y María. El foro primario concluyó que la ley era de aplicación prospectiva y no procedía el referido. La parte peticionaria solicita ahora al Tribunal de Apelaciones la revocación de dicha resolución.
2020 • 29 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLAN202000793
Ponente:
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Resumen:
Se presenta una apelación contra una Sentencia del Tribunal de Primera Instancia que desestimó una demanda por incumplimiento de contrato. La demanda fue incoada por Aníbal González Rodríguez y Carmen Piñeiro contra MAPFRE PRAICO Insurance Company, reclamando indemnización por daños a su propiedad causados por el Huracán María. El TPI desestimó el caso por falta de jurisdicción, al entender que no se cumplió con el requisito de notificación previa a la Oficina del Comisionado de Seguros conforme a la Ley 247-2018. MAPFRE había solicitado la desestimación, argumentando que la Ley 247-2018 no aplicaba retroactivamente a los daños de María o, alternativamente, que se incumplió el requisito de notificación previa. Los apelantes se opusieron, sosteniendo que su demanda no se basaba en dicha ley, pero que, de ser así, la ley sí aplicaba a los daños de los huracanes Irma y María y no era prospectiva. El panel de jueces revisó la decisión del TPI sobre la desestimación por falta de notificación. Considerando los fundamentos expuestos, el panel decidió revocar la Sentencia apelada. El caso es devuelto al Tribunal de Primera Instancia para que continúen los procedimientos.
2020 • 29 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLCE202000775
Ponente:
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Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso sobre división de comunidad hereditaria. La peticionaria impugna una determinación del Tribunal de Primera Instancia que denegó su solicitud de crédito por el uso exclusivo de un bien hereditario por parte de los recurridos. La peticionaria alegó que los recurridos ocupaban un inmueble perteneciente a la sucesión, excluyéndola de su disfrute. Los recurridos, coherederos y la viuda del causante, argumentaron que la propiedad era ganancial, que la ocupaban como dueños y la mantenían. Reclamaron créditos por pagos de hipoteca, mejoras y otros gastos relacionados con la herencia. Se opusieron al pago de renta por la ocupación, invocando el derecho de usufructo viudal y jurisprudencia previa. Sostuvieron que la peticionaria no realizó un acto obstativo idóneo para sustentar su reclamo de renta. El Tribunal de Apelaciones, tras considerar los fundamentos, denegó la expedición del auto solicitado por la peticionaria.
2020 • 29 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLCE202000770
Ponente:
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Resumen:
Este documento es una Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de ejecución de hipoteca. First Bank obtuvo sentencia a su favor contra Robinson Soto Méndez et als. en 2017. Los deudores intentaron detener la subasta en 2019, alegando incumplimiento con leyes federales y locales, pero el Tribunal de Primera Instancia ordenó continuar. Un certiorari previo fue denegado por el Tribunal de Apelaciones, confirmando la sentencia firme. Posteriormente, se celebró la subasta y el foro primario confirmó la venta judicial. Los deudores solicitaron la nulidad de la subasta, argumentando que el banco actuó inconsistentemente al supuestamente evaluar mitigación de pérdidas mientras ejecutaba. El Tribunal de Primera Instancia declaró no ha lugar la solicitud de nulidad. Inconformes, los deudores presentaron el presente recurso de certiorari ante el Tribunal de Apelaciones. El Tribunal de Apelaciones, en ejercicio de su facultad discrecional, resuelve el recurso mediante esta Resolución sin requerir trámites adicionales.
2020 • 29 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLCE202000769
Ponente:
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Resumen:
2020 • 29 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLAN202000433
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico resolviendo una controversia post-divorcio sobre la educación de un menor. La apelante, Hayris Moyet Colón, impugna la resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó su moción urgente sobre la educación religiosa del hijo. La disputa se originó cuando la madre matriculó al menor en una escuela sin el consentimiento del padre, Benjamín Maisonet De Jesús. Previamente, el foro primario había ordenado el regreso del niño a su colegio inicial, decisión que fue confirmada en una apelación anterior debido a la falta de objeción de la madre a la solicitud del padre. En este nuevo recurso, el Tribunal de Apelaciones revisa la denegatoria posterior de la moción urgente de la madre. El Tribunal adelanta que procederá a expedir el auto de certiorari. Asimismo, anticipa que revocará la determinación del foro primario que denegó la moción de la madre. El caso aborda las complejidades de la patria potestad compartida y la toma de decisiones educativas para los hijos tras un divorcio.
2020 • 29 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLAN202000445
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisa la desestimación por prescripción de una reclamación por impericia médica. La acción fue presentada por Ernesto Luis Rivera De Jesús contra el Municipio de Cayey y un médico de un CDT, quienes fueron incluidos en una demanda enmendada. El Tribunal de Primera Instancia desestimó la reclamación contra estas partes mediante sentencia sumaria, al considerar que había transcurrido el término prescriptivo de un año. El demandante apeló, alegando que no conoció el alcance del daño atribuible a estas partes hasta recibir un informe pericial. El Tribunal de Apelaciones concluye que el Tribunal de Primera Instancia actuó correctamente al desestimar la reclamación. La decisión se fundamenta en la admisión del propio demandante, hecha en su deposición, de que ya tenía la opinión de que hubo negligencia en el tratamiento recibido en el CDT más de un año antes de demandar al Municipio y al médico. El documento procede a explicar el fundamento legal de la prescripción en casos de responsabilidad civil por negligencia en Puerto Rico.
2020 • 29 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLCE202000700
Ponente:
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Resumen:
Total Petroleum Puerto Rico, Corp. presentó una demanda de cobro de dinero contra Puma Energy Caribe, LLC y PC Puerto Rico, LLC. El Tribunal de Primera Instancia desestimó la demanda e impuso costas y honorarios a Total. Tras un extenso proceso apelativo que llegó hasta el Tribunal Supremo, la desestimación fue confirmada por prescripción. Posteriormente, el Tribunal de Primera Instancia aprobó una solicitud de Puma y PCPR para el pago de \$5,017.00 en honorarios de abogado y \$102.00 en costas por los procedimientos en apelación y certiorari. Total solicitó reconsideración de esta orden, la cual fue denegada. Inconforme, Total presentó un recurso de Certiorari ante el Tribunal de Apelaciones, objeto de esta resolución. El peticionario argumenta que el foro primario erró al imponer dichas sumas sin una determinación de temeridad o frivolidad, y que la cantidad es excesiva. La resolución procede a analizar la Regla 44.1(d) de Procedimiento Civil, que rige la imposición de honorarios por temeridad o frivolidad, y define dicho concepto.
2020 • 29 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLCE202000645
Ponente:
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Resumen:
José E. Colón Santana demandó a José Luis López y Magda L. Matos Miranda por cobro de dinero por servicios legales impagos. En 2004, el Tribunal de Primera Instancia dictó Sentencia en Rebeldía a favor del demandante. El Sr. Colón Santana presentó varias mociones de ejecución de sentencia a lo largo de los años (2004, 2008, 2014) ante la dificultad de cobrar. En 2020, presentó una cuarta moción de ejecución. El Tribunal de Primera Instancia declaró No Ha Lugar esta última moción, entendiendo que la sentencia había prescrito tras más de 15 años. El peticionario solicitó reconsideración, la cual fue denegada. Inconforme, el Sr. Colón Santana acudió al Tribunal de Apelaciones mediante Recurso de Certiorari. Alega que el foro primario erró al negarse a autorizar la ejecución por considerar la sentencia prescrita. El Tribunal de Apelaciones concedió el certiorari para revisar si la sentencia estaba prescrita, considerando la Regla 51.1 de Procedimiento Civil y los intentos de ejecución previos. La parte recurrida no compareció ante el Tribunal de Apelaciones.
2020 • 29 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLAN202000436
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emitió una resolución el 29 de octubre de 2020 en el caso KLAN202000436. El peticionario, Fabián Piñeda Pérez, había presentado dos recursos de apelación contra una sentencia del Tribunal de Primera Instancia que desestimó su demanda por violación de derechos marcarios. El primer recurso fue radicado el 25 de junio de 2020 (KLAN202000328) y el segundo el 15 de julio de 2020 (KLAN202000436). Ambos recursos contenían los mismos señalamientos contra la sentencia desestimatoria. El tribunal destacó el principio de economía procesal y la necesidad de evitar la duplicidad de recursos. Al constatar que el segundo recurso era idéntico al primero y que este último ya estaba siendo atendido, el tribunal determinó que existía duplicidad. Por consiguiente, se desestimó el recurso de apelación KLAN202000436. El tribunal procederá únicamente con la revisión del recurso KLAN202000328.
2020 • 29 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLAN202000828
Ponente:
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Resumen:
Este documento es una Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico. Resuelve una apelación presentada por Oriental Bank. La apelación proviene de un caso de cobro de dinero y ejecución de hipoteca iniciado por el predecesor de Oriental Bank contra Gilberto Cruz Figueroa, Eufemia Rodríguez Villanueva y su sociedad de gananciales. El Tribunal de Primera Instancia concedió la solicitud de Oriental Bank para desistir del caso sin perjuicio. No obstante, el tribunal de instancia impuso a Oriental Bank el pago de $1,500.00 en honorarios de abogado a favor de los demandados (apelados). Oriental Bank apeló esta imposición de honorarios. El Tribunal de Apelaciones revisó el expediente y el derecho aplicable. El Tribunal de Apelaciones determinó confirmar la Sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia. En consecuencia, se mantiene tanto el desistimiento sin perjuicio como la condena en honorarios de abogado contra Oriental Bank.
2020 • 29 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLRA202000333
Ponente:
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Resumen:
Un confinado, Omar Sotomayor Sepúlveda, solicitó al Departamento de Corrección y Rehabilitación su reclasificación de custodia máxima a mediana. El Comité de Clasificación y Tratamiento denegó su solicitud y una posterior reconsideración. Inconforme, el confinado presentó un recurso de revisión judicial ante el Tribunal de Apelaciones. Alegó que el Comité erró al mantenerlo en custodia máxima basándose en historial de violencia no fundamentado. El Tribunal examinó el recurso para verificar el cumplimiento de sus reglas procesales. Se encontró que el recurso incumplía gravemente los requisitos reglamentarios. Específicamente, carecía de un índice detallado, un apéndice con documentos relevantes y, crucialmente, la determinación administrativa recurrida. Estos defectos impidieron al Tribunal asumir jurisdicción y ejercer su función revisora. Por tanto, el Tribunal desestimó el recurso por incumplimiento con su Reglamento.
2020 • 29 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLAN202000427
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones revisa la negativa del Tribunal de Primera Instancia a declarar en desacato a un excónyuge por incumplimiento en el pago de pensión alimentaria. Las partes, divorciadas en 2009, estipularon en 2013 una pensión excónyuge de \$3,500 mensuales, incluyendo pagos anuales y un retroactivo. El excónyuge incumplió repetidamente, alegando falta de ingresos por incapacidad. En 2015, el Tribunal de Primera Instancia determinó que la merma en sus ingresos fue autoinfligida y le ordenó pagar las pensiones vencidas hasta diciembre de 2014, relevándolo prospectivamente del pago futuro. Esa resolución fue confirmada en apelación, ajustándose la cuantía adeudada. La presente solicitud de revisión, tratada como certiorari, cuestiona la decisión posterior del foro primario de no expedir una orden de desacato contra el excónyuge. La controversia se centra en la ejecución de las obligaciones de pago de pensión excónyuge previamente establecidas y adeudadas.
2020 • 29 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLCE202000602
Ponente:
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Resumen:
Recurso de certiorari ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico presentado por United Surety & Indemnity Company. La aseguradora busca revocar una resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó su solicitud de sentencia sumaria. El caso original fue instado por José L. Navarro y Myriam Morales Vázquez por daños a su propiedad tras el Huracán María, alegando que United subvaloró los daños y actuó de mala fe. United pagó \$9,002.54, argumentando que este pago, al ser aceptado por los asegurados, constituía un finiquito total de la reclamación. En su moción de sentencia sumaria, United sostuvo que el endoso del cheque implicaba la aceptación del pago final. Los recurridos se opusieron, indicando que no firmaron el documento de "Proof of Loss", no fueron debidamente orientados sobre las consecuencias del pago ni sobre el proceso de reclamación. El Tribunal de Primera Instancia declaró No Ha Lugar la moción de sentencia sumaria. Tras examinar el expediente, el Tribunal de Apelaciones resuelve denegar la expedición del auto de certiorari solicitado por United.
2020 • 29 de octubre de 2020
Número de Caso:
KLCE202000578
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisa mediante certiorari una Resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó una Moción de Desestimación presentada por la Universidad de Puerto Rico. La UPR buscaba desestimar una demanda por daños y perjuicios y violación de derechos civiles interpuesta por Manuel Morales Maldonado. Morales alegó que la UPR, a través de su programa PASOS, retuvo evidencia exculpatoria (un resultado negativo a GHB) que le habría favorecido en un proceso penal por agresión sexual, del cual fue absuelto pero que resultó en su expulsión de un programa académico. Sostuvo que esta omisión constituyó negligencia y le privó de debido proceso. La UPR argumentó que no tenía deber legal de proveer dicha evidencia, que la obligación recaía en el Ministerio Público, y que no era responsable por las acciones de sus empleados como testigos. El Tribunal de Apelaciones expide el auto de certiorari pero confirma el dictamen del Tribunal de Primera Instancia. La decisión implica que la demanda contra la Universidad de Puerto Rico puede continuar su curso en la instancia inferior.