2021 • 17 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLAN202000993
Ponente:
—
Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en el caso de El Pueblo contra Edwin Domínguez Torres. El apelante recurrió la Sentencia del Tribunal de Primera Instancia que lo declaró culpable y lo condenó por incumplir una orden de protección bajo la Ley de Violencia Doméstica. El foro primario le impuso una pena de prisión de tres años y un día. El Procurador General solicitó la desestimación del recurso de apelación. El Tribunal de Apelaciones consideró el recurso y el derecho aplicable. Resolvió desestimar la apelación presentada por el señor Domínguez Torres. La desestimación se fundamentó en la falta de jurisdicción del tribunal para atender el recurso. La Sentencia reitera la obligación de los tribunales de velar por su jurisdicción y desestimar los casos donde esta falte.
2021 • 17 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLRA202100038
Ponente:
—
Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en el caso de Héctor Márquez Velázquez contra el Departamento de Corrección y Rehabilitación. El recurso de revisión judicial impugna una resolución del Departamento que encontró al señor Márquez incurso en violaciones al reglamento disciplinario. Los cargos se relacionan con su conducta durante un recuento en la institución correccional, específicamente por estar ausente, interferir y desobedecer una orden directa. Como sanción, se le suspendieron varios privilegios por treinta días. El recurrente alegó violación al debido proceso de ley, argumentando que la misma oficial actuó como investigadora y oficial de querellas, y que no se entrevistó a un testigo solicitado. El Departamento defendió su actuación, señalando que no hay prohibición para que una investigadora sea oficial de querellas si no tiene conocimiento personal de los hechos. Tras revisar el expediente, el Tribunal de Apelaciones confirmó la Resolución emitida por el Departamento de Corrección y Rehabilitación.
2021 • 17 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLCE202100105
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones emite una Resolución sobre un recurso de certiorari presentado por Boys & Girls Clubs of Puerto Rico, Inc. (BGCPR). BGCPR solicitó la revocación de una Sentencia sumaria parcial emitida por el Tribunal de Primera Instancia (TPI). La Sentencia del TPI desestimó la reclamación de la recurrida, Melizza Reyes Vélez, al amparo de la Ley Núm. 80. No obstante, el TPI permitió que continuara la reclamación por represalias bajo la Ley Núm. 115-1991. El TPI determinó que la Ley Núm. 115 protege a los empleados en periodo probatorio de despidos por represalias, requiriendo dilucidar los motivos del despido. La recurrida alegó haber sido despedida por quejarse ante el Colegio de Enfermería sobre sus condiciones de trabajo. BGCPR sostuvo que el despido se debió a desempeño deficiente y que la empleada estaba en probatoria. El Tribunal de Apelaciones denegó el auto de certiorari solicitado por BGCPR. Esta decisión valida la determinación del TPI de continuar con el procedimiento para resolver si el despido constituyó represalia bajo la Ley Núm. 115.
2021 • 17 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLRA202100053
Ponente:
—
Resumen:
Sentencia de un panel judicial que resuelve un recurso de revisión administrativa presentado por Ángel L. Echevarría Ortiz. El recurrente impugnó una Resolución del Comité de Clasificación y Tratamiento del Departamento de Corrección y Rehabilitación. Dicha Resolución lo reclasificó de custodia mediana a custodia máxima. Esta reclasificación se produjo tras una evaluación solicitada por la Oficina de Clasificación del Confinado, que no aprobó una clasificación previa a custodia mediana. El Comité fundamentó la reclasificación a máxima en la severidad de los delitos por los que cumple una sentencia de 129 años (asesinato, ley de armas, conspiración, secuestro). También consideró el extenso tiempo restante para la elegibilidad a libertad bajo palabra (más de 40 años), la existencia de un detener federal y incidentes de conducta previos. El recurrente presentó reconsideración y luego el recurso judicial alegando errores en el proceso. El tribunal revisó los fundamentos de la decisión administrativa. Finalmente, la sentencia confirma la Resolución recurrida que mantuvo la clasificación de custodia máxima para el confinado. Esta sentencia es una enmienda nunc pro tunc a un dictamen anterior, sin alterar el fondo de la decisión.
2021 • 17 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLRA202100072
Ponente:
—
Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un recurso de revisión administrativa presentado por Integration Technologies Corp. (ITC). El recurso impugna una determinación de la Junta de Revisión de Subastas de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE) relativa a la solicitud de propuestas RFP 2020-003 para servicios de infraestructura virtualizada. Inicialmente, la CFSE adjudicó la propuesta a ITC. Tras una solicitud de reconsideración de Truenorth Corporation, alegando errores en la evaluación, la Junta de Subastas emitió una segunda determinación adjudicando la propuesta a Truenorth. ITC recurrió esta segunda decisión ante el Tribunal de Apelaciones y solicitó un auxilio de jurisdicción para paralizar el proceso de contratación. El Tribunal evaluó el recurso y la moción. Finalmente, el Tribunal denegó el auxilio de jurisdicción solicitado por ITC y declaró No Ha Lugar el recurso de revisión administrativa.
2021 • 17 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLRA202100116
Ponente:
—
Resumen:
Comparece la Sra. María Delgado Roldán solicitando la revocación de una Resolución de la Junta de Retiro que denegó sus beneficios por incapacidad ocupacional. La Junta había confirmado la determinación previa de la Administración de los Sistemas de Retiro. La Resolución de la Junta fue notificada el 28 de diciembre de 2020. La recurrente presentó una solicitud de reconsideración que la Junta recibió el 28 de enero de 2021. La Junta no actuó sobre la reconsideración. La recurrente presentó su Solicitud de Revisión ante el tribunal el 10 de marzo de 2021. El tribunal examina el caso a la luz de la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme (LPAU). Conforme a la LPAU, si la agencia no actúa sobre una reconsideración en 15 días, el término para solicitar revisión judicial comienza a correr desde la expiración de dicho plazo. El tribunal determina que la Solicitud de Revisión fue presentada fuera del término legal. Por consiguiente, el recurso es desestimado por falta de jurisdicción debido a su presentación tardía.
2021 • 17 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLAN202000881
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisó una sentencia parcial del Tribunal de Primera Instancia de Carolina en un caso de injunction y mandamus. Los peticionarios, Javier A. Aponte Dalmau y Pedro Guzmán Martínez, demandaron al Municipio Autónomo de Carolina por la incautación de vagones de propaganda política. La demanda original cuestionaba la constitucionalidad del Art. 3.04 del Código de Orden Público municipal. El foro primario desestimó la demanda pero no emitió un dictamen sobre el reclamo de inconstitucionalidad. El Tribunal de Apelaciones acogió el recurso como un certiorari al tratarse de una resolución interlocutoria. Confirmó la resolución parcial del Tribunal de Primera Instancia que desestimó la demanda. No obstante, devolvió el caso al foro primario. La devolución es para que el Tribunal de Primera Instancia adjudique específicamente el reclamo de los peticionarios sobre la constitucionalidad del Art. 3.04 del Código de Orden Público. La sentencia del Tribunal de Apelaciones fue emitida el 17 de marzo de 2021.
2021 • 17 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLAN202000486
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite sentencia en el recurso presentado por Ramón Armando Lugo Castillo contra dos condenas por infracciones menos graves. El apelante solicitó la revisión de sentencias dictadas por el Tribunal de Primera Instancia. Como parte del proceso apelativo, el apelante se comprometió a preparar una transcripción estipulada de la prueba oral. A pesar de recibir las grabaciones y notificar avances, el apelante incumplió reiteradamente con las órdenes del tribunal. Se le concedieron varios términos, incluyendo uno final bajo apercibimiento de desestimación, para enmendar y presentar la transcripción tras objeciones del Ministerio Público. Ante la falta continua de diligencia y el incumplimiento con las resoluciones judiciales, el Tribunal de Apelaciones desestimó el recurso. La desestimación se fundamenta en la Regla 83(B) del Reglamento del Tribunal de Apelaciones debido a la inacción del apelante.
2021 • 17 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLAN202001041
Ponente:
—
Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en el caso KLAN202001041. La Corporación para la Supervisión y Seguro de Cooperativa de Puerto Rico, actuando como síndico de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Sabaneña, figuraba como apelante. El caso apelado, originario del Tribunal de Primera Instancia de Mayagüez, trataba sobre daños y perjuicios y violación al deber fiduciario. La parte apelante presentó un aviso informando su desistimiento del caso. El Tribunal de Apelaciones declaró Ha Lugar dicho desistimiento. En consecuencia, se ordenó el archivo y sobreseimiento del caso por desistimiento, conforme a la Regla 83(A) de su Reglamento. La sentencia fue emitida el 17 de marzo de 2021.
2021 • 17 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLRX202000016
Ponente:
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Resumen:
Christian Andújar Nieves, confinado, presentó un recurso de mandamus ante el Tribunal de Apelaciones contra el Departamento de Corrección y Rehabilitación. Solicitó que se ordenara a Corrección notificarle las respuestas a las quejas administrativas que había presentado. Alegó que la falta de notificación le impedía agotar los remedios administrativos y acceder a la revisión judicial. Corrección respondió que la mayoría de las respuestas existían y serían notificadas, y que otras estaban dentro del término. Tras resoluciones del Tribunal requiriendo evidencia, Corrección acreditó las fechas de emisión y recibo de las respuestas para las quejas específicas mencionadas. Al constatar que las notificaciones solicitadas ya se habían realizado, el Tribunal determinó que el asunto se había tornado académico. Por consiguiente, el recurso de mandamus fue desestimado. El Tribunal confió en que Corrección continuará notificando oportunamente para garantizar el derecho a revisión judicial.
2021 • 17 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLRA202000445
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisó una impugnación de subasta presentada por Genesis Security Services, Inc. contra la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA) y St. James Security Services, LLC. El caso se relaciona con la adjudicación del RFP 20-RFP-001 para el diseño, desarrollo y ejecución del sistema de seguridad remoto de las instalaciones de la AAA. Tras cancelar una adjudicación inicial a otro proponente, la AAA solicitó información adicional a Génesis y St. James con una fecha y hora límite específicas y un correo electrónico oficial. St. James cumplió con el requerimiento, pero Génesis no envió la información al correo oficial ni a tiempo, y la envió de forma incompleta a un correo no oficial. Con base en este incumplimiento, la AAA consideró a Génesis no responsivo y adjudicó el contrato a St. James por aproximadamente \$18.6 millones. Génesis impugnó esta decisión ante el Tribunal de Apelaciones. El tribunal, tras revisar los fundamentos, CONFIRMÓ la resolución de la AAA que adjudicó el contrato a St. James.
2021 • 17 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLCE202100218
Ponente:
—
Resumen:
Esta Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico atiende una petición de certiorari presentada por Osnet Wireless, Corp. Osnet solicita la revocación de una Orden del Tribunal de Primera Instancia que mantuvo un embargo preventivo y prohibición de enajenar sobre sus bienes. Dicho embargo fue decretado inicialmente sin previa notificación en una demanda de cobro de dinero e incumplimiento de contrato presentada por Blackburn Technologies II, LLC. El foro primario sostuvo el embargo, aunque modificó la fianza de Blackburn, aumentándola de $10,000 a $500,000. Osnet argumenta que el embargo sin vista previa viola el debido proceso y le causa daños permanentes, impidiendo el pago a proveedores, clientes y empleados, y afectando su operación. La parte peticionaria asegura contar con ingresos suficientes para cumplir con una eventual sentencia. Osnet también solicitó un auxilio de jurisdicción para paralizar el embargo. El Tribunal de Apelaciones señala que existe una controversia jurisdiccional que debe resolverse con prioridad antes de considerar los méritos de la petición. El documento detalla el historial procesal, incluyendo la demanda inicial, la orden de embargo por $1,100,000 y la moción de Osnet para levantar el embargo.
2021 • 17 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLCE202001060
Ponente:
—
Resumen:
Jonathan López Román presentó un recurso de certiorari ante el Tribunal de Apelaciones solicitando la revocación de una Resolución del Tribunal de Primera Instancia de Arecibo. Dicha resolución denegó su Moción solicitando reconsideración y/o modificación de sentencia. López Román fue sentenciado en 2014 por asesinato en segundo grado y violaciones a la Ley de Armas de 2000, con penas ordenadas a cumplirse de forma consecutiva. En su moción, argumentó que, bajo el principio de favorabilidad, sus sentencias debían ser concurrentes según leyes posteriores. El Ministerio Público se opuso, señalando que la sentencia se rigió por las leyes vigentes al momento de la convicción y que la Ley de Armas de 2000 exigía penas consecutivas. El Tribunal de Primera Instancia declaró no ha lugar la solicitud de modificación. El Tribunal de Apelaciones, tras revisar el recurso y las posiciones de las partes, denegó el auto de certiorari solicitado.
2021 • 17 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLRA202100082
Ponente:
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Resumen:
Se revisa el proceso de subasta pública del Municipio de Caguas para un sistema de iluminación, donde compitieron Musco Lighting y Z Electric Sales. El análisis técnico favoreció a Musco Lighting por ofrecer un sistema más uniforme, monitoreo robusto y mejor garantía, a pesar de deficiencias menores en ambas propuestas. Económicamente, Musco Lighting presentó la oferta combinada más baja para la Propuesta Base y Aditiva Núm. 1, con $964,330.00 frente a $1,179,000.00 de Z Electric Sales. El informe de evaluación recomendó adjudicar la subasta a Musco Lighting por cumplir con los términos y presentar la mejor propuesta en especificaciones, servicio y precio. Z Electric Sales impugnó la decisión mediante un Recurso de Revisión, alegando errores de la Junta de Subastas al determinar la oferta más barata y adjudicar a un licitador supuestamente no cualificado o que incumplió el procedimiento. El documento subraya la relevancia del interés público en las subastas gubernamentales para proteger fondos y asegurar transparencia. El tribunal se encuentra en posición de resolver el recurso tras revisar los escritos.
2021 • 17 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLRA202000431
Ponente:
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Resumen:
Gabriel Pérez López, un confinado, presentó un recurso de apelación ante el Tribunal de Apelaciones contra una determinación administrativa del Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR). El peticionario se quejó de las condiciones de su traslado, el estado insalubre y sin pintar de su celda al ingreso, la falta de cortina de baño que le causó una caída, y el incumplimiento con protocolos de desinfección, incluyendo los de Covid-19. El DCR respondió inicialmente que el traslado fue de emergencia y que las cortinas fueron entregadas posteriormente. Inconforme, el peticionario solicitó reconsideración, reiterando sus quejas y la negligencia que llevó a su caída. El DCR denegó la reconsideración, indicando que cumplen con los protocolos de Covid-19 y que las cortinas estaban instaladas. El peticionario apeló, alegando que las respuestas del DCR no cumplieron con la normativa ni investigaron sus planteamientos. Tras revisar la determinación administrativa, el Tribunal de Apelaciones confirmó la decisión recurrida del DCR.
2021 • 17 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLCE202100195
Ponente:
—
Resumen:
2021 • 17 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLAN202000689
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de apelación. Proviene de una acción de clase presentada por consumidores contra múltiples concesionarios de vehículos de motor. Los demandantes alegaron que los concesionarios les cobraron cargos injustificados, principalmente por el trámite de registro y obtención de tablillas. El Tribunal de Primera Instancia desestimó la demanda basándose en las alegaciones iniciales. El Tribunal de Apelaciones revisó esta decisión. Concluyó que el Tribunal de Primera Instancia erró al desestimar el caso en esa etapa procesal. La decisión del Apelativo se fundamenta en la naturaleza de las alegaciones y la obligación legal de los concesionarios de cubrir los costos de registro antes de la venta. Por tanto, el Tribunal de Apelaciones revoca la desestimación y permite que la acción continúe.
2021 • 17 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLCE202001108
Ponente:
—
Resumen:
José Meléndez Sánchez, condenado en 2007 por asesinato en primer grado y violaciones a la Ley de Armas, recibió penas que incluían 99 años de reclusión por el asesinato y penas consecutivas, algunas duplicadas. En 2020, solicitó al Tribunal de Primera Instancia una resentencia, alegando doble castigo por la duplicación de penas de armas y pidiendo la aplicación de reglas de concurso de delitos y el principio de favorabilidad. El Tribunal de Primera Instancia declaró no ha lugar su solicitud de trámite especial. Inconforme, el señor Meléndez acudió en certiorari ante el Tribunal de Apelaciones para revisar dicha orden. Argumentó que debía ser resentenciado sin agravantes y que se aplicaran las reglas de concurso. El Estado sostuvo que la pena de 99 años por asesinato debía absorber la de conspiración según el Código Penal de 2004, pero las penas de armas debían ser consecutivas. El Tribunal de Apelaciones expidió el certiorari y revocó el dictamen del Tribunal de Primera Instancia. La sentencia aborda la aplicación del Artículo 79 del Código Penal de 2004 sobre el concurso de delitos, donde una pena de 99 años absorbe otras.
2021 • 17 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLCE202100176
Ponente:
—
Resumen:
Una resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico aborda una Petición de Certiorari relacionada con un caso de declaración de incapacidad y nombramiento de tutor. Richard Machado Ortiz inició el proceso solicitando la incapacidad de su padre, Richard Machado González, debido a condiciones de salud que supuestamente le impiden manejar sus asuntos, citando ejemplos de supuestos delirios. Otros familiares, incluyendo los hermanos Norma y Ricardo Machado Ortiz y la madre Norma A. Ortiz Colón, se opusieron a la petición. Presentaron una moción para desestimarla, alegando falta de fundamento fáctico y la existencia de poderes duraderos otorgados por los padres a Norma y Ricardo. El Tribunal de Primera Instancia denegó la moción de desestimación y una solicitud de reconsideración. Inconformes con la decisión del foro primario, los familiares opositores acudieron al Tribunal de Apelaciones mediante certiorari. El Tribunal de Apelaciones, tras revisar el recurso, deniega la expedición del auto solicitado.
2021 • 16 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLRA202000543
Ponente:
—
Resumen:
Se presenta una revisión administrativa ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico por parte de Josué Ortiz Colón contra el Departamento de Corrección y Rehabilitación. El recurrente, un confinado, solicita la revisión de la determinación de mantenerlo en el nivel de custodia mediana. El Comité de Clasificación y Tratamiento basó inicialmente su decisión en la larga sentencia del confinado (198 años) y el tiempo cumplido. Tras una reconsideración, la agencia ordenó una reevaluación, indicando que la gravedad del delito no debía ser el único fundamento. El Comité ratificó la custodia mediana, citando una modificación no discrecional del Manual que requiere esta custodia para confinados con más de 15 años restantes para cualificar a libertad bajo palabra. La agencia confirmó que esta regla aplica al recurrente, a quien le restan más de 29 años, a pesar de su ajuste institucional. El confinado recurre al Tribunal de Apelaciones, alegando que el DCR no atendió su solicitud adecuadamente, violó su derecho a la rehabilitación y actuó arbitrariamente sin base sustancial.
2021 • 16 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLAN202000955
Ponente:
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Resumen:
Comparece ante el Tribunal de Apelaciones el Comisionado de Seguros, como liquidador de Integrand Assurance Company. Solicita la revocación de una sentencia del Tribunal de Primera Instancia de Bayamón. Dicha sentencia desestimó y archivó un caso de cobro de dinero instado por Integrand contra Crufon Construction Corporation y otros. La desestimación se basó en la falta de trámite procesal por más de seis meses, conforme a la Regla 39.2(b). Integrand había demandado a Crufon y otros para recobrar pagos realizados bajo un acuerdo de fianza relacionado a un proyecto público. Posteriormente, Integrand fue sometida a un proceso de rehabilitación que culminó en liquidación, supervisado por el Tribunal de San Juan. La orden de liquidación decretó la paralización automática de todos los pleitos pendientes donde Integrand fuera parte. Un representante de Integrand informó al tribunal de Bayamón sobre esta paralización automática antes de la desestimación. El Comisionado argumenta que la inactividad se debió a la paralización legal impuesta por la sindicatura. El recurso busca que se revoque la desestimación y se reconozca el efecto de la orden de liquidación sobre el pleito original.
2021 • 16 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLAN202100018
Ponente:
—
Resumen:
2021 • 16 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLCE202001259
Ponente:
—
Resumen:
Esta Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico atiende una petición de certiorari presentada por María Isabel Rivera. La petición impugna una Orden de Protección emitida en su contra bajo la Ley Contra el Acecho (Ley 284) por el Tribunal de Primera Instancia. Joshua Maldonado Cruz obtuvo la orden, alegando acecho por parte de Rivera. Tras una vista, el tribunal inferior emitió la orden por seis meses, y la solicitud de reconsideración de Rivera fue denegada. El Tribunal de Apelaciones había ordenado previamente a Maldonado Cruz mostrar causa por la cual no debía expedirse el certiorari y revocarse la orden. Rivera presentó la transcripción de la prueba oral del procedimiento en el tribunal inferior. Maldonado Cruz no compareció ni respondió a la orden para mostrar causa. La resolución explica la naturaleza discrecional del remedio de certiorari y las reglas que rigen su revisión de órdenes interlocutorias. El tribunal ahora considera la petición, tomando nota de la falta de cumplimiento del recurrido.
2021 • 16 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLCE202100114
Ponente:
—
Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un recurso de Certiorari. La recurrente, Mildred Torres Ramírez, testigo en un caso de divorcio, alimentos y custodia, impugnó una orden del Tribunal de Primera Instancia. Dicha orden declaró "No Ha Lugar" su objeción a una solicitud de descubrimiento de prueba. La demandada en el caso principal, Aixa Toledo Moreu, solicitó a la testigo la producción de documentos económicos personales. Estos documentos incluían estados bancarios y planillas de contribución sobre ingresos. La solicitud surgió tras la deposición de la testigo, donde se indagó sobre la compra en efectivo de una propiedad y su arrendamiento al demandante (hijo de la testigo). La testigo objetó la solicitud de documentos, pero el foro primario la denegó. Mediante el Certiorari, la testigo solicitó la revocación de esa orden. El Tribunal de Apelaciones, tras considerar los fundamentos, denegó la expedición del Auto de Certiorari solicitado.
2021 • 16 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLCE202000836
Ponente:
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Resumen:
Comparece ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico un recurso de certiorari presentado por Carmen Nazario Negrón. La petición buscaba revisar una orden del Tribunal de Primera Instancia que denegó su solicitud de acceso al expediente médico de un codemandado como parte del descubrimiento de prueba en un caso de despido injustificado. El Tribunal de Primera Instancia había declarado no ha lugar tanto la solicitud original como una moción de reconsideración posterior. Mientras el recurso estaba pendiente, la parte peticionaria informó al Tribunal de Apelaciones que las partes habían alcanzado un acuerdo confidencial de transacción. Dicho acuerdo resolvió la controversia planteada en su totalidad. En consecuencia, la peticionaria presentó una moción de archivo voluntario con perjuicio. El Tribunal de Apelaciones declara ha lugar la petición de desistimiento. Se ordena el archivo del presente caso con perjuicio. No se impone especial condena en costas u honorarios de abogado.
2021 • 16 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLAN202000775
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de incumplimiento asegurador tras los Huracanes Irma y María. El Consejo de Titulares del Condominio La Cima de Torrimar, junto a Attenure Holdings Trust 3 y HRH Property Holdings LLC, apelaron una decisión previa contra QBE Seguros. El Condominio sufrió daños significativos y presentó una reclamación a QBE. Alegando la falta de pago de QBE, el Consejo cedió un interés minoritario de la reclamación a Attenure y otorgó un poder a HRH. El Consejo, Attenure y HRH demandaron a QBE por incumplimiento contractual y mala fe. QBE solicitó la desestimación, argumentando que la cesión violaba una cláusula de la póliza que prohibía la transferencia de derechos sin su consentimiento. QBE también sostuvo que la cesión era nula bajo la Ley de Propiedad Horizontal. QBE afirmó que el incumplimiento del Consejo con la cláusula anticesión lo liberaba de sus obligaciones. El Tribunal de Apelaciones, mediante esta sentencia, revoca la determinación del Tribunal de Primera Instancia.
2021 • 16 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLCE202000162
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite sentencia en un recurso de certiorari presentado por DAP ADVANCE AUTOMATION SERVICES, CORP. y BA EQUIPMENT DESIGNS, CORP. Los peticionarios solicitan la revisión de tres Órdenes emitidas por el Tribunal de Primera Instancia en un caso de cobro de dinero contra GE INDUSTRIAL OF PR, LLC. Las Órdenes impugnadas resolvieron acumular a GE como parte, dejaron sin efecto un descubrimiento de prueba solicitado por los peticionarios, denegaron un término adicional y les impusieron una sanción de \$500. El pleito original inició con una demanda de DAP contra GE por servicios y materiales adeudados, a la que GE contestó, reconvino y demandó a BA como tercero. Las disputas sobre el descubrimiento de información financiera fueron centrales en las mociones que llevaron a las órdenes del TPI. El Tribunal de Apelaciones expide el recurso de certiorari. Se revoca la determinación del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan.
2021 • 16 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLCE202100139
Ponente:
—
Resumen:
Se revisa una Petición de Certiorari presentada por el Sr. Rubén Malavé Vázquez contra una Orden de Protección emitida por el Tribunal de Primera Instancia (TPI). La Orden de Protección fue dictada el 10 de diciembre de 2020 al amparo de la Ley para la Protección de las Víctimas de Violencia Sexual. El peticionario presentó una moción el 23 de diciembre de 2020 solicitando que se modificara la orden, alegando un error en la prohibición de contacto con la familia de la víctima. El TPI declaró no ha lugar dicha moción el 11 de enero de 2021. Inconforme, el peticionario recurrió en certiorari el 11 de febrero de 2021. La parte recurrida solicitó la desestimación por falta de jurisdicción, argumentando que la moción de modificación no fue debidamente notificada, lo que impidió la interrupción del término para recurrir. El peticionario afirmó haber notificado por correo electrónico, pero sin evidencia. El tribunal concluye que la falta de notificación adecuada de la moción de modificación no interrumpió el término para presentar el recurso. Por consiguiente, la Petición de Certiorari fue presentada tardíamente. Se desestima el auto de certiorari por falta de jurisdicción.
2021 • 16 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLCE202100162
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones deniega la expedición de un auto de certiorari solicitado por Ezequiel Díaz Vicente. El peticionario recurre una Resolución del Tribunal de Primera Instancia que declaró No Ha Lugar su moción al amparo de la Regla 192.1 de Procedimiento Criminal. Dicha moción alegaba representación legal deficiente por parte de su abogado anterior. El Sr. Díaz sostiene que su abogado no le orientó adecuadamente sobre el impacto de sus convicciones criminales en su estatus migratorio. Como residente legal permanente, fue declarado culpable y sentenciado a diez años de prisión por delitos de Ley de Armas y Violencia Doméstica. Argumenta que la falta de consejo migratorio afectó sus decisiones en etapas críticas, incluyendo el rechazo de un preacuerdo y la renuncia a derechos. Tras ser sentenciado, se le notificó el inicio del proceso de deportación. El Tribunal de Primera Instancia denegó su solicitud de remedio bajo la Regla 192.1 y la reconsideración. El Tribunal de Apelaciones, por los fundamentos expuestos, decide denegar el certiorari sin trámite ulterior.
2021 • 16 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLCE202100206
Ponente:
—
Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre una petición de certiorari presentada por Julio R. Gutiérrez Navarro. El peticionario impugnó una resolución previa del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan. Dicha resolución denegó su moción para modificar una sentencia impuesta en 1998 por delitos de asesinato y Ley de Armas. El peticionario argumentó que, bajo el Código Penal de 2012 y el principio de favorabilidad, sus penas debían cumplirse concurrentemente. El Tribunal de Primera Instancia determinó que la sentencia original era legal según la ley vigente en 1998 y que el Código Penal de 2012 no aplicaba debido a una cláusula de reserva. También concluyó que no hubo abuso de discreción en la imposición original de penas concurrentes y consecutivas. Inconforme, el peticionario acudió al Tribunal de Apelaciones mediante certiorari. Tras examinar el expediente, el Tribunal de Apelaciones ejerció su discreción. Se denegó la expedición del auto de certiorari solicitado por el peticionario.
2021 • 16 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLCE202100207
Ponente:
—
Resumen:
Osvaldo Walker Isaac, bajo custodia, solicitó al Tribunal de Apelaciones revisar una orden del Tribunal de Primera Instancia de Fajardo. Dicha orden denegó su moción de reconsideración sobre la representación legal. Tanto el peticionario como su abogado, Lcdo. Ramón Vega González, habían solicitado el relevo de este último, alegando el fin de la relación profesional y la necesidad de documentos para trámites post-sentencia. El Tribunal de Primera Instancia inicialmente condicionó el relevo a la presentación de nueva representación y rehusó asignar un abogado de oficio. Inconforme, Walker Isaac presentó un recurso de certiorari ante el Tribunal de Apelaciones, argumentando error en la negativa a relevar al abogado. Posteriormente, el Lcdo. Vega González presentó una segunda moción de relevo ante el foro primario. Tras esta segunda solicitud, el Tribunal de Primera Instancia finalmente concedió el relevo del abogado. El Tribunal de Apelaciones procede a considerar el recurso de certiorari a la luz de esta última determinación del tribunal inferior.
2021 • 16 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLCE202100258
Ponente:
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Resumen:
Mapfre Praico Insurance Company solicita la revisión de una Resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó su solicitud de sentencia sumaria en un caso de incumplimiento contractual. El pleito fue iniciado por Margie Laporte (Felt Earth Farm LLC) tras una reclamación de seguro por daños causados por el huracán María, alegando que Mapfre incumplió la póliza y subvaloró los daños. Mapfre pidió sentencia sumaria argumentando que realizó pagos que constituían el pago total y definitivo de la reclamación, invocando la doctrina de pago en finiquito. Presentó como prueba un cheque endosado con lenguaje de finiquito y documentos sobre una transferencia electrónica. Laporte se opuso, cuestionando la prueba de la transferencia, el efecto liberatorio del cheque y la validez del ajuste. Argumentó que no hubo consentimiento informado ni se le advirtió que aceptar pagos impedía continuar su reclamo. El tribunal primario denegó la sentencia sumaria al concluir que la prueba de Mapfre no demostraba las garantías necesarias para el pago en finiquito. Señaló la falta de evidencia de un desglose detallado de las partidas o de que se advirtiera a la asegurada de su derecho a reconsideración. La Sentencia del Tribunal de Apelaciones revisa esta determinación.
2021 • 16 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLCE202100277
Ponente:
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Resumen:
Comparece ante el Tribunal de Apelaciones Manuel Antonio Natal Albelo mediante recurso de Certiorari. Solicita la revocación de una Orden del Tribunal de Primera Instancia (TPI) dictada el 9 de marzo de 2021. Dicha Orden declaró No Ha Lugar una Moción de cumplimiento presentada por el peticionario en un caso de impugnación de elección. Previamente, el TPI había ordenado a las partes presentar listados de testigos y *toda* la prueba documental a utilizar en el juicio antes del 8 de marzo de 2021 a las 12:00 p.m. El peticionario presentó su listado y anunció prueba documental, pero no anejó los Exhibits 14 al 20 dentro del término. La parte recurrida solicitó la exclusión de dicha prueba por incumplimiento. El TPI emitió una orden de mostrar causa al peticionario sobre por qué no debía prohibírsele la presentación de los exhibits no anejados. El peticionario recurre en Certiorari contra la determinación del TPI. El Tribunal de Apelaciones, tras evaluar el recurso, deniega el auto de Certiorari solicitado. En consecuencia, también declara No Ha Lugar la Moción Urgente en Auxilio de Jurisdicción.
2021 • 16 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLCE202001179
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico. Resuelve un recurso de Certiorari presentado por Mapfre Praico Insurance Company. Mapfre apeló una Resolución del Tribunal de Primera Instancia de Caguas. Dicha Resolución declaró "No Ha Lugar" una Reconsideración de Mapfre. La Reconsideración se relacionaba con la denegatoria previa de una solicitud de Sentencia Sumaria y Desestimación presentada por la aseguradora. El caso original fue incoado por el Consejo de Titulares del Condominio Chalets Las Muesas y otros. Reclaman a Mapfre indemnización por daños sufridos a causa del Huracán María bajo una póliza de seguro. El Condominio cedió su interés en la reclamación a Attenure Holdings tras el huracán. El Tribunal de Apelaciones expidió el Auto de Certiorari. Finalmente, confirmó el dictamen recurrido del Tribunal de Primera Instancia.
2021 • 16 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLAN202000695
Ponente:
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Resumen:
Wilfredo Martínez Cartagena apela la Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de Caguas que desestimó su demanda contra Triple S Propiedad, Inc. La demanda original alegaba incumplimiento de contrato y daños contractuales relacionados con una reclamación por daños causados por el Huracán María. El Sr. Martínez Cartagena sostenía que Triple S subvaloró los daños a su propiedad y se negó a pagar la totalidad cubierta por la póliza. Triple S, en su contestación, afirmó haber evaluado la reclamación conforme a los términos de la póliza y el Código de Seguros. La aseguradora invocó diversas defensas afirmativas basadas en las condiciones contractuales, deducibles y coaseguro. El Tribunal de Primera Instancia concedió la moción de desestimación presentada por Triple S. Este documento es la Sentencia del Tribunal de Apelaciones que revisa dicha determinación.
2021 • 16 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLRA201900775
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite sentencia en un recurso de revisión judicial. Ofertas Auto PR Corp. apeló una Resolución del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO). La Resolución del DACO ordenó la resolución del contrato de compraventa de un vehículo usado. La querellante, Sra. Elaine D. Collazo Torres, adquirió el vehículo de Ofertas Auto. Un año después, el vehículo presentó fallas y se determinó que su motor había sido intervenido sin autorización, anulando la garantía. La Sra. Collazo Torres solicitó ante el DACO el reembolso y la liberación del financiamiento. Ofertas Auto alegó haber vendido el vehículo en perfectas condiciones y que el daño ocurrió bajo la posesión de la querellante. Tras una vista administrativa, el DACO determinó los hechos y falló a favor de la consumidora. El Tribunal de Apelaciones revisó el caso y la prueba presentada. Finalmente, el Tribunal confirmó la Resolución emitida por el DACO.
2021 • 15 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLCE202001032
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre un caso de incumplimiento contractual y daños por reclamaciones del huracán María. El asegurado recurre la denegatoria del Tribunal de Primera Instancia a su solicitud de sentencia parcial o embargo. Demandó a Mapfre Pan American Insurance Company por daños a su propiedad y alegado incumplimiento de la póliza. Mapfre reconoció una cantidad de \$5,492.33 como pago procedente tras el ajuste de la reclamación. El asegurado solicitó sentencia parcial por esta suma, argumentando que era una deuda líquida y exigible según precedente y el Código Civil. Mapfre se opuso, alegando que el rechazo del asegurado a la oferta hacía que la cuantía total fuera controvertida e ilíquida. El Tribunal de Apelaciones evalúa si procede ordenar el pago de la cantidad reconocida por la aseguradora mediante sentencia parcial, aun cuando existan otras controversias pendientes en el pleito.
2021 • 15 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLAN202000452
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en el caso KLAN202000452, apelado por Cadillac Uniforms & Linen Supply, Inc. contra Jorge Quiles Arroyo. El caso se originó por una reclamación laboral de Quiles en el Tribunal de Primera Instancia (TPI) por despido constructivo, represalias y discrimen por impedimento. El TPI dictó sentencia el 11 de junio de 2020, archivando el pleito con perjuicio para que se ventilara mediante arbitraje. Cadillac apeló esta decisión del TPI. El Tribunal de Apelaciones revisó el expediente y el derecho aplicable. Se señala que este tribunal ya había revocado previamente un archivo sin perjuicio dictado por el TPI en este mismo caso. Tras evaluar la sentencia apelada de junio de 2020, el Tribunal de Apelaciones determina revocar dicho dictamen.
2021 • 15 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLAN202100160
Ponente:
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Resumen:
William Iván Solís Bermúdez apeló la Sentencia del Tribunal de Primera Instancia que desestimó su demanda de impugnación de la elección para Alcalde del municipio de Culebra. El apelante había solicitado la anulación del certificado de elección y un ajuste en los resultados, alegando irregularidades en el manejo del voto adelantado y ausente. El foro primario desestimó la demanda original por falta de jurisdicción. Tras denegarse una moción de reconsideración, Solís Bermúdez presentó un recurso de apelación ante el Tribunal de Apelaciones. Las partes apeladas, incluyendo la Comisión Estatal de Elecciones, solicitaron la desestimación del recurso de apelación por haber sido presentado fuera del término legal de diez días. El Tribunal de Apelaciones, como cuestión de umbral, procedió a examinar si poseía jurisdicción para atender el recurso. Determinó que carecía de jurisdicción para considerar la apelación. Por consiguiente, el Tribunal de Apelaciones desestimó el recurso de apelación por falta de jurisdicción.
2021 • 15 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLCE202001236
Ponente:
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Resumen:
La Autoridad Metropolitana de Autobuses (AMA) acudió ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico solicitando la revisión y revocación de una resolución del Tribunal de Primera Instancia. Dicha resolución denegó la moción de desestimación presentada por la AMA en un caso de cobro de dinero iniciado por Oriental Bank. El Tribunal de Apelaciones expidió el auto de Certiorari para revisar la decisión. Tras la revisión, el tribunal apelativo confirmó la resolución recurrida del Tribunal de Primera Instancia. La controversia subyacente se origina en un contrato de préstamo suscrito en 2007 entre Scotiabank (predecesor de Oriental Bank) y la AMA, refinanciado en 2012 por más de $37 millones. Este acuerdo estaba garantizado mediante la cesión de ingresos provenientes de arbitrios asignados a la AMA. Inicialmente, la colateral eran los ingresos del arbitrio al diesel, pero fue enmendada posteriormente para incluir los ingresos del arbitrio al cigarrillo debido a cambios legislativos en 2013. El contrato de préstamo detallaba los eventos de incumplimiento y las acciones que el prestamista podía tomar.
2021 • 15 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLRA202000510
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisó una Resolución del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACo) en una querella presentada por Ángel S. Natal Díaz contra Granton Group, Inc. La disputa surgió de un contrato de construcción y remodelación en la residencia del señor Natal Díaz, quien reclamó defectos en la obra, específicamente en el nivel del piso de una ducha y soldaduras en la terraza. Un técnico de DACo inspeccionó la propiedad y confirmó los defectos alegados, incluyendo empozamiento en la terraza, nivel incorrecto en el piso de la ducha que causaba que el agua corriera hacia afuera, y soldaduras defectuosas en la estructura de la terraza. DACo celebró una vista administrativa y emitió una resolución fallando a favor del consumidor. Dicha resolución ordenó a Granton Group, Inc. pagar \$2,080.00 al señor Natal Díaz. Granton Group apeló esta determinación ante el Tribunal de Apelaciones. Tras examinar el recurso, el Tribunal de Apelaciones resolvió confirmar la Resolución emitida por DACo.
2021 • 15 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLAN202000913
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico resolviendo una apelación sobre división de comunidad hereditaria y liquidación de sociedad legal de gananciales. El caso surge tras el fallecimiento de José L. Hernández Ferrer, enfrentando a sus hijos (apelantes) contra su viuda (apelada). La disputa principal concierne la liquidación de los bienes gananciales y la división de la herencia, particularmente una propiedad inmueble. Los apelantes reclamaron que el causante aportó fondos privativos a la adquisición del inmueble y solicitaron cánones de arrendamiento a la apelada por su uso. La apelada, por su parte, negó la aportación privativa y reclamó créditos por pagos hipotecarios y gastos fúnebres. El Tribunal de Primera Instancia declaró con lugar la demanda de división, reconociendo la aportación privativa y concediendo créditos a la apelada. Los apelantes apelaron esta decisión. El Tribunal de Apelaciones revisó los fundamentos del caso. Por los motivos expuestos en su dictamen, el Tribunal de Apelaciones revocó la sentencia apelada.
2021 • 15 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLCE202100228
Ponente:
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Resumen:
Esta es una Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico relativa a una Petición de Certiorari presentada por Oriental Bank. El banco impugna una determinación del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, en un caso sobre cobro de dinero y ejecución de varios gravámenes contra Víctor Rosado Figueroa, Edda Genoveva Dávila Camacho y otros. La determinación específica bajo revisión es la del tribunal de instancia que resolvió que no existía impedimento procesal para dilucidar el planteamiento de la señora Dávila Camacho sobre deficiencias en el diligenciamiento del emplazamiento. El caso subyacente comenzó con una demanda donde la señora Dávila Camacho fue emplazada por edicto, a diferencia de otros codemandados que fueron emplazados personalmente. Luego de dictarse sentencia y orden de ejecución, la señora Dávila Camacho impugnó el emplazamiento por edicto como nulo, alegando ser parte indispensable y solicitando dejar sin efecto la sentencia y la subasta. El tribunal de instancia paralizó los procedimientos de ejecución para considerar esta impugnación. El Tribunal de Apelaciones, mediante esta Resolución, decide proceder con la revisión de la petición sin requerir la comparecencia de la parte recurrida, ejerciendo su facultad para agilizar el despacho de casos. La cuestión central es la corrección de la decisión del tribunal de instancia de atender en sus méritos la impugnación del emplazamiento en esa etapa procesal.
2021 • 15 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLCE202100033
Ponente:
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Resumen:
Este documento es una Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de impericia médica. La Sucesión de Rafaela Morgado Marrero demandó al Dr. Alberto Sanabria Gómez y otros por daños y perjuicios. El Dr. Sanabria Gómez solicitó la desestimación de la demanda por prescripción. Argumentó que la demanda original no interrumpió el término prescriptivo de un año por falta de especificidad. Sostuvo que la demanda enmendada, que sí detallaba las alegaciones, fue presentada fuera de dicho término. La Sucesión se opuso, indicando que la demanda original sí lo incluía y le imputaba responsabilidad. Explicaron que la demanda enmendada, autorizada por el tribunal, solo abundó en las alegaciones. El Tribunal de Primera Instancia denegó la solicitud de desestimación por prescripción. El Dr. Sanabria Gómez recurrió en certiorari ante el Tribunal de Apelaciones. El Tribunal de Apelaciones denegó la expedición del auto de certiorari, confirmando la decisión del foro primario.
2021 • 15 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLRA202000422
Ponente:
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Resumen:
CVS Consultant and Project Management PR, PSC solicitó al Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico la revisión de la adjudicación de la Subasta Núm. 2020-49, Partida II, por parte de la Junta de Subastas del Municipio Autónomo de Aguadilla. La adjudicación había sido otorgada a P&S Consultant and Management PR, PSC e Ingenieros del Oeste. CVS impugnó la decisión alegando errores en el proceso de evaluación y en la notificación de la adjudicación. La Junta de Subastas compareció argumentando que el recurso de revisión fue presentado de forma tardía. Sostuvo que el término jurisdiccional de diez días para apelar comenzó a transcurrir desde el depósito en correo de la notificación el 15 de octubre de 2020. CVS se opuso, alegando que la notificación era defectuosa, con fechas inconsistentes y adjudicando a un ente inexistente, lo que invalidaba el inicio del término. La Junta presentó evidencia del envío por correo certificado para sustentar la fecha de notificación. El Tribunal de Apelaciones, tras evaluar las alegaciones de las partes, resolvió desestimar el recurso. La desestimación se basó en la falta de jurisdicción del tribunal para atender el caso.
2021 • 15 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLCE202100161
Ponente:
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Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emitió una resolución en el recurso de certiorari presentado por Roberto Rodríguez Jean. El peticionario impugnó la determinación del Tribunal de Primera Instancia que denegó su solicitud de reducir en un 25% la pena impuesta en su contra. Rodríguez Jean argumentó que la reducción procedía por haber llegado a un preacuerdo y aceptado su culpabilidad, invocando el Artículo 67 del Código Penal sobre circunstancias atenuantes. Tras examinar la petición, el Tribunal de Apelaciones decidió no expedir el auto de certiorari. Fundamentó su decisión en el carácter discrecional del recurso de certiorari y en que la solicitud del peticionario no cumplía con los criterios establecidos en la Regla 40 de su Reglamento. Además, señaló que la aplicación del Artículo 67 es discrecional para el juzgador de instancia y que el recurso presentado incumplía sustancialmente con los requisitos formales. La intervención apelativa solo procede ante un craso abuso de discreción o error sustantivo del foro primario que cause perjuicio sustancial.
2021 • 12 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLAN202100030
Ponente:
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Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre una petición de certiorari. El peticionario, Carlos J. Ramos García, solicitó la revisión de una Orden de Protección por violencia doméstica emitida en su contra a favor de Dinora Delgado Garayua. La orden fue dictada por el Tribunal de Primera Instancia de Vega Baja el 16 de diciembre de 2020. Previamente, se había emitido una orden ex parte el 30 de octubre de 2020, basada en alegaciones de maltrato verbal, daños a la propiedad, agresiones físicas y sexuales. El Tribunal de Primera Instancia realizó una vista posterior donde reiteró sus determinaciones de hecho sobre el patrón de abuso. Aunque el recurso fue presentado erróneamente como apelación, el Tribunal de Apelaciones lo acogió como certiorari. La Resolución deniega la expedición del auto de certiorari solicitado por el peticionario.
2021 • 12 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLAN202100094
Ponente:
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Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de daños y perjuicios. Los apelantes, Carlos Rafael Santos Rivera y Ana Pérez Nieves, recurrieron una sentencia sumaria del Tribunal de Primera Instancia a favor de First Bank Puerto Rico, los apelados. Los apelados presentaron una moción de desestimación de la apelación. Alegaron que los apelantes incumplieron con el Reglamento del Tribunal de Apelaciones, específicamente con la Regla 13(B) sobre la notificación del recurso a la parte contraria. El documento explica la importancia y el carácter de estricto cumplimiento del requisito de notificación. Se detalla que la falta de notificación adecuada puede llevar a la desestimación del recurso. La jurisprudencia exige que el incumplimiento cause un impedimento real para considerar el caso en sus méritos antes de desestimar. La notificación es esencial para permitir a la parte contraria defenderse. Los términos de estricto cumplimiento pueden prorrogarse por justa causa, la cual debe ser demostrada por la parte incumplidora.
2021 • 12 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLRA202000230
Ponente:
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Resumen:
Rooms to Go (PR), Inc. e Ing. Gilberto A. Dávila Toledo presentaron un recurso de revisión judicial ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico contra una determinación del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC). La determinación del DDEC, emitida el 4 de marzo de 2020, canceló el caso del Fondo de Energía Verde de los recurrentes, relacionado con la denegación de créditos contributivos. Los recurrentes solicitaron reconsideración ante el DDEC, sin obtener respuesta. Presentaron el recurso de revisión judicial el 15 de julio de 2020. El DDEC presentó una Moción de Desestimación, alegando que la notificación del recurso se efectuó de forma tardía, el 16 de julio de 2020, sin justa causa. La parte recurrente se opuso a la desestimación, argumentando que el cierre de operaciones del DDEC y la respuesta gubernamental a la pandemia del COVID-19 constituían justa causa para la dilación. El tribunal había concedido previamente prórrogas al DDEC para responder, citando la emergencia del COVID-19. El DDEC también presentó argumentos sobre los términos reglamentarios para atender solicitudes de reconsideración y solicitó sin éxito la paralización de los procedimientos bajo Título III de PROMESA. Esta sentencia detalla el historial procesal, centrándose en la controversia sobre la oportunidad de la notificación del recurso de revisión judicial en el contexto de la pandemia.
2021 • 12 de marzo de 2021
Número de Caso:
KLCE202100090
Ponente:
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Resumen:
El Municipio de San Juan y QBE Seguros presentaron un recurso de certiorari ante el Tribunal de Apelaciones. Buscaban la revisión de una Orden del Tribunal de Primera Instancia que denegó la evaluación médica de la demandante en un caso de daños y perjuicios. Posteriormente, los peticionarios informaron al Tribunal que las partes habían llegado a un acuerdo transaccional que ponía fin a la controversia. Presentaron una moción retirando el recurso de certiorari. El Tribunal solicitó aclaración sobre si la intención era desistir del recurso. Los peticionarios confirmaron su intención de desistir. En atención a lo informado y de conformidad con el reglamento, el Tribunal de Apelaciones tuvo a la parte peticionaria por desistida y ordenó el archivo del recurso.