2021 • 10 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLAN202000940
Ponente:
—
Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisando la desestimación de una demanda por incumplimiento de contrato de seguro. Yajaira Encarnación apeló la decisión del Tribunal de Primera Instancia que desestimó su caso contra Mapfre Pan American Insurance Company. La apelante demandó a Mapfre alegando que la aseguradora incumplió su póliza al no compensarla adecuadamente por los daños causados por el huracán María en 2017. Solicitó el pago de los daños, indemnización por angustias mentales y el IVU de las reparaciones. Mapfre solicitó la desestimación y sentencia sumaria, argumentando que la demanda se basaba en una ley no aplicable retroactivamente y, principalmente, que la apelante había aceptado un cheque de \$404.10 como pago total y final de la reclamación. Mapfre presentó una carta y el cheque como evidencia del "pago en finiquito", aunque la carta mencionaba el derecho a solicitar reconsideración. El Tribunal de Primera Instancia desestimó la demanda con perjuicio basándose en estos argumentos. El Tribunal de Apelaciones procede a evaluar si dicha desestimación fue correcta.
2021 • 9 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLRA202000425
Ponente:
—
Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en el caso KLRA202000425. Se trata de una revisión administrativa procedente de la Comisión Apelativa del Servicio Público, con número de caso 2017-04-1158, sobre el tema de Retención. Las partes involucradas son Jesús Rodríguez Rodríguez como recurrido y el Municipio de Caguas como recurrente. El Municipio de Caguas presentó un Escrito de Desistimiento Voluntario ante el Tribunal. El Tribunal declaró ha lugar el desistimiento presentado por la parte recurrente. Como resultado, se ordena el cierre y archivo del recurso de revisión administrativa. La resolución fue emitida en San Juan, Puerto Rico, el 9 de febrero de 2021.
2021 • 9 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLCE202100023
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones revisó mediante certiorari dos resoluciones interlocutorias emitidas por el Tribunal de Primera Instancia en un caso entre dos asociaciones de propietarios. La Asociación de Propietarios y Residentes de Vistamar Marina Este demandó a Mansiones de Vistamar Marina Community Association. La demanda alegaba que Mansiones incumplió sus obligaciones de coadministración y aportación económica a Vistamar Marina East Community Association, Inc. (VMECA), una entidad creada conjuntamente por ambas partes. La Asociación solicitaba interdictos, cobro de dinero adeudado, daños y perjuicios. Mansiones presentó una moción de desestimación, argumentando que la Asociación carecía de capacidad legal y legitimación activa, pues la controversia correspondía a VMECA como entidad corporativa separada. El Tribunal de Primera Instancia denegó la moción de desestimación y refirió el caso a mediación privada. Mansiones recurrió estas determinaciones ante el Tribunal de Apelaciones. Tras examinar el caso, el Tribunal de Apelaciones resolvió expedir el auto de certiorari y revocar las resoluciones interlocutorias recurridas.
2021 • 9 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLAN202100058
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite una resolución en un caso de cobro de dinero y otros, actuando sobre un recurso presentado por los demandantes peticionarios. El recurso impugna la denegatoria del Tribunal de Primera Instancia a su solicitud de anotación de rebeldía contra los demandados recurridos. Tras la denegatoria inicial, los peticionarios presentaron una moción de reconsideración, la cual también fue denegada por el foro primario. Los peticionarios acuden al Tribunal de Apelaciones argumentando error en la determinación. Sin embargo, el Tribunal de Apelaciones desestima el recurso por falta de jurisdicción. La desestimación se fundamenta en que la moción de reconsideración ante el Tribunal de Primera Instancia fue presentada fuera del término de quince días establecido por la Regla 47 de Procedimiento Civil. La orden denegando la anotación de rebeldía fue notificada el 16 de noviembre de 2020, haciendo que el término para reconsiderar venciera el 1 de diciembre de 2020. La moción de reconsideración fue radicada el 15 de diciembre de 2020, sin alegar justa causa para la tardanza, lo que impide al Tribunal de Apelaciones atender el recurso en sus méritos.
2021 • 9 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLCE202100012
Ponente:
—
Resumen:
MAPFRE Pan American Insurance Company presentó una Petición de Certiorari ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico. La petición buscaba la revisión de una Resolución del Tribunal de Primera Instancia en un caso de incumplimiento contractual y daños instado por Judith González Cruz. González Cruz demandó a MAPFRE por la alegada negativa a pagar la indemnización completa por daños causados por el huracán María. Posteriormente, solicitó al foro primario que refiriera la controversia sobre la cuantía de los daños al proceso de "appraisal" establecido por la Ley 242-2018. MAPFRE se opuso, argumentando la no retroactividad de la ley y la exclusión del "appraisal" en la póliza. El Tribunal de Primera Instancia declaró Ha Lugar la solicitud, concluyendo que la Ley 242-2018 es de aplicación retroactiva dada su intención legislativa de atender reclamaciones post-huracanes. El foro primario entendió que la ley proveía un mecanismo para resolver la controversia sobre la cuantía de los daños. Tras denegarse una solicitud de reconsideración, MAPFRE acudió al Tribunal de Apelaciones. El Tribunal de Apelaciones, por los fundamentos expuestos en su resolución, deniega la expedición del recurso de certiorari solicitado por MAPFRE.
2021 • 9 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLCE202000018
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite una resolución en un recurso de certiorari presentado por Alex Ramírez Sánchez. El peticionario solicitó la revisión de una decisión del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Mayagüez. Dicha decisión declaró sin lugar una moción de desestimación al amparo de la Regla 64(p) de Procedimiento Criminal. Ramírez Sánchez argumentó que la prueba de la vista preliminar no lo conectaba con los delitos imputados, incluyendo violaciones al Código Penal y la Ley de Armas. El Tribunal de Primera Instancia había determinado causa para juicio, concluyendo que la prueba era suficiente para establecer los elementos del delito y su conexión con el acusado. El peticionario recurrió al Apelativo alegando error en la determinación del foro primario. El Tribunal de Apelaciones deniega la expedición del recurso de certiorari. La resolución hace referencia a una desestimación previa del recurso por falta de jurisdicción debido a un incumplimiento procesal.
2021 • 9 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLRA202000059
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones confirmó la determinación del Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR) en el caso de Juan Meléndez López. El recurrente presentó una querella administrativa alegando despido injustificado de su trabajo de mantenimiento en el área de cocina de una institución correccional. El DCR respondió que la plaza no estaba disponible actualmente y lo instruyó a solicitar un trabajo en una entrevista futura. Inconforme, Meléndez López solicitó reconsideración, la cual fue denegada por el Coordinador Regional de la División de Remedios del DCR. El recurrente acudió entonces al Tribunal de Apelaciones mediante revisión judicial, argumentando que la decisión afectaba su plan institucional y rehabilitación. El DCR solicitó la desestimación del recurso. Tras evaluar los escritos y el expediente, el Tribunal de Apelaciones confirmó la Respuesta de Reconsideración emitida por la agencia recurrida.
2021 • 9 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLCE202001284
Ponente:
—
Resumen:
Pedro Van Rhyn Soler comparece ante el Tribunal de Apelaciones mediante petición de certiorari para revisar una Resolución del Tribunal de Primera Instancia (TPI). El TPI declaró No Ha Lugar su moción solicitando la desestimación de la demanda presentada en su contra por Prerac, Inc. Prerac demandó a GDX Logistics, LLC, su presidente, y al Sr. Van Rhyn por incumplimiento de contrato, cobro de dinero y daños relacionados con el alquiler de vehículos. Alegó que GDX incumplió con los pagos y causó daños, e imputó directamente al Sr. Van Rhyn haber expedido un cheque sin fondos y realizado falsas representaciones sobre los pagos. El Sr. Van Rhyn solicitó la desestimación argumentando que las alegaciones eran contra GDX y que él no tenía responsabilidad personal ni contractual. Prerac se opuso, indicando que la demanda incluía reclamaciones por daños bajo el Código Civil y posibles daños por interferencia torticera contractual contra el Sr. Van Rhyn. El TPI denegó la desestimación y ordenó al Sr. Van Rhyn contestar la demanda. El Sr. Van Rhyn acude al Tribunal de Apelaciones alegando que el TPI erró al no desestimar la demanda en su contra por falta de causa de acción y vínculo personal.
2021 • 9 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLRA202000231
Ponente:
—
Resumen:
Arroyo Equipment Rental & Construction presentó un recurso de revisión judicial impugnando la adjudicación de un contrato de servicios de desperdicios sólidos por el Municipio de Arroyo a Cecilio Cora Flores en 2014. Arroyo alegaba que el contratista no estaba debidamente registrado y que no se notificó adecuadamente a los licitadores no elegidos. El contrato impugnado tuvo vigencia de noviembre de 2014 a junio de 2015. En lugar de apelar la adjudicación municipal, Arroyo presentó una demanda en el Tribunal de Primera Instancia en enero de 2015. Tras años de litigio, el Tribunal de Primera Instancia dictó sentencia en marzo de 2020, concluyendo que carecía de jurisdicción. El tribunal de instancia determinó que la Ley de Municipios Autónomos (Ley 81-1991) otorga jurisdicción exclusiva al Tribunal de Apelaciones para revisar adjudicaciones de subastas y RFPs municipales. El Tribunal de Apelaciones, al examinar el extenso tracto procesal, concluye que tampoco posee jurisdicción para atender los méritos del recurso presentado.
2021 • 9 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLCE202001019
Ponente:
—
Resumen:
Una Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico atiende un recurso de Certiorari presentado por Multinational Insurance Company. La aseguradora busca la revisión de una decisión del Tribunal de Primera Instancia que denegó su Moción en Solicitud de Desestimación. La demanda original fue incoada por el Consejo de Titulares del Condominio Condado del Mar por incumplimiento de contrato y mala fe relacionado con daños por el huracán María. Multinational basó su moción en la Ley 247-2018, alegando que no aplicaba retroactivamente y que prohibía acumular reclamaciones bajo el Código de Seguros y el Código Civil. El Tribunal de Primera Instancia determinó que la Ley 247-2018 sí tiene efecto retroactivo para los huracanes Irma y María y que no impide la acumulación de causas de acción. Multinational impugna estas conclusiones ante el Tribunal de Apelaciones. La corte considera los criterios para revisar decisiones interlocutorias mediante Certiorari bajo la Regla 52.1 de Procedimiento Civil. Se abordan principios de interpretación estatutaria y la retroactividad de las leyes en el contexto de la controversia.
2021 • 9 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLCE202100057
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite una Resolución en el caso de Pueblo v. Roberto Quiñones Rivera. El peticionario, Roberto Quiñones Rivera, comparece por derecho propio solicitando una orden al Tribunal de Primera Instancia. Pide que se le entregue una copia parcial de la moción de nuevo juicio que presentó previamente. El propósito es obtener la documentación necesaria para preparar un recurso de certiorari ante el Tribunal de Apelaciones. El foro primario había declarado No Ha Lugar su moción de nuevo juicio el 18 de noviembre de 2020. El peticionario alega que su voluminosa moción no le fue devuelta y no tiene copia. El Tribunal de Apelaciones desestima el recurso presentado por el señor Quiñones. La desestimación se fundamenta en la falta de jurisdicción del Tribunal para atender la solicitud. La Resolución explica la obligación de los tribunales de velar por su propia jurisdicción, citando normativa y jurisprudencia aplicable.
2021 • 9 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLRA202000542
Ponente:
—
Resumen:
Ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico, Smart Outdoor Media, Inc. y New Way Media, Inc. recurrieron una Orden de la Oficina del Inspector General (OIG). La OIG había iniciado una querella administrativa contra estas empresas privadas por supuestas infracciones relacionadas con un contrato de rótulos y empapelados. La OIG imputó múltiples violaciones a leyes y códigos, solicitando remedios como multas, nulidad contractual y restitución de fondos. Las empresas querelladas presentaron una solicitud de desestimación ante la OIG, argumentando que esta carecía de jurisdicción sobre entidades privadas no gubernamentales. El Juez Administrativo de la OIG denegó la solicitud, afirmando que su jurisdicción es amplia en asuntos de sana administración pública. Las empresas apelaron esta determinación ante el Tribunal de Apelaciones. El Tribunal examinó la posición de ambas partes respecto a la cuestión jurisdiccional. La sentencia indica que el Tribunal de Apelaciones modifica el dictamen recurrido de la OIG.
2021 • 9 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLCE202000596
Ponente:
—
Resumen:
Este documento del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico consolida tres casos de certiorari relacionados con reclamaciones de seguro por daños del Huracán María. Los casos enfrentan a varios asegurados (consejos de titulares, etc.) y sus cesionarios (Attenure Holdings Trust 11 y HRH Property Holdings, LLC) contra la aseguradora Triple-S Propiedad, Inc. La controversia principal gira en torno a la validez de la cesión de las reclamaciones post-pérdida por parte de los asegurados a Attenure/HRH sin el consentimiento previo de Triple-S. Triple-S solicitó la desestimación de las demandas argumentando que dicha cesión violaba una cláusula de incedibilidad de la póliza, afectando la legitimación activa de los cesionarios y eximiéndole de responsabilidad. Los asegurados y cesionarios se opusieron, sosteniendo que la cláusula no aplica a cesiones post-pérdida, es ambigua o nula. El Tribunal de Primera Instancia denegó las solicitudes de desestimación de Triple-S en los tres casos. Inconforme, Triple-S recurrió ante el Tribunal de Apelaciones mediante certiorari para revisar si el foro primario erró al no desestimar las demandas basándose en la cesión de las reclamaciones.
2021 • 9 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLCE202000633
Ponente:
—
Resumen:
Varias entidades aseguradas por Triple-S Propiedad, Inc. presentaron reclamaciones por daños del Huracán María. Alegando incumplimiento contractual, los asegurados cedieron un interés proindiviso de sus reclamaciones y un poder legal a Attenure Holdings Trust 11 y HRH Property Holdings, LLC. Los asegurados y cesionarios demandaron a Triple-S para cobrar las indemnizaciones. Triple-S solicitó la desestimación de las demandas, argumentando que la cesión post-pérdida sin consentimiento violaba la póliza y que los cesionarios carecían de legitimación activa. Los demandantes se opusieron, sosteniendo que la cláusula de incedibilidad no aplicaba a reclamaciones post-pérdida o era nula. El Tribunal de Primera Instancia denegó las solicitudes de desestimación y las mociones de reconsideración de Triple-S en los tres casos consolidados. Inconforme, Triple-S acudió al Tribunal de Apelaciones mediante recursos de Certiorari, planteando errores sobre la validez de la cesión y la legitimación de las partes. Este documento detalla el historial procesal de estos casos ante el Tribunal de Apelaciones.
2021 • 9 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLCE202000659
Ponente:
—
Resumen:
Casos consolidados ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico relacionados con reclamaciones de seguro por daños del Huracán María. La disputa central involucra a varios asegurados y su aseguradora, Triple-S Propiedad, Inc. Los asegurados cedieron un interés en sus reclamaciones y un poder legal a Attenure Holdings Trust 11 y HRH Property Holdings, LLC. Triple-S solicitó la desestimación de las demandas, argumentando que la cesión sin consentimiento previo violaba los términos de la póliza, resultando en falta de legitimación activa para los cesionarios y eximiendo a Triple-S de responsabilidad. Los asegurados y cesionarios se opusieron, sosteniendo que la cláusula de incedibilidad no aplica a cesiones post-pérdida, es ambigua o nula, y que Triple-S carece de legitimación para impugnar la cesión. El Tribunal de Primera Instancia denegó las solicitudes de desestimación de Triple-S, enfocándose en la validez de la cesión post-pérdida. Tras denegar las mociones de reconsideración, Triple-S acudió al Tribunal de Apelaciones mediante recursos de certiorari, planteando errores en la denegación de la desestimación basada en la cesión y la legitimación de los cesionarios. El documento presenta el historial procesal y los argumentos de las partes en preparación para la decisión del tribunal apelativo sobre estos puntos.
2021 • 9 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLCE202001296
Ponente:
—
Resumen:
Comparece ante el Tribunal de Apelaciones un recurso de certiorari presentado por John G. Curtin Pabón contra una Resolución del Tribunal de Primera Instancia que concedió la custodia compartida de sus hijos menores. La decisión del foro primario se basó en la recomendación de un informe social. El peticionario se opuso a la custodia compartida, destacando un caso activo en el Departamento de la Familia por alegaciones de actos lascivos por parte de un tío materno ocurridos bajo la custodia de la madre. Argumentó que el TPI erró al adjudicar la custodia sin recibir y evaluar un informe pendiente del Programa de Ayuda a Víctimas de Violación (PAVV) y su oposición formal. La vista final en el foro primario se celebró sin la comparecencia de su representación legal. El recurso de apelación cuestiona si la determinación del TPI salvaguardó adecuadamente el bienestar de los menores al no considerar toda la información relevante y pendiente. El Tribunal de Apelaciones revisa el caso bajo el principio del mejor bienestar del menor y la ley que promueve la custodia compartida, pero exige un análisis exhaustivo de todas las circunstancias.
2021 • 9 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLCE202000854
Ponente:
—
Resumen:
2021 • 9 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLCE202000910
Ponente:
—
Resumen:
2021 • 9 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLCE202001191
Ponente:
—
Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un recurso de *certiorari*. Los peticionarios, Diana Martinó Nogueras y otros, impugnan una resolución del Tribunal de Primera Instancia. Dicha resolución denegó su solicitud para referir la controversia sobre la valoración de daños en su caso de incumplimiento de contrato contra MAPFRE Praico Insurance Company al proceso de "appraisal" bajo la Ley 242. Los peticionarios demandaron a MAPFRE por no pagar reclamaciones del Huracán María, alegando incumplimiento y prácticas injustas. Solicitaron el referido al "appraisal" para la disputa sobre la cuantía de los daños. MAPFRE se opuso, argumentando que la póliza excluía el "appraisal" y que la Ley 242 no aplicaba. El Tribunal de Primera Instancia denegó la solicitud, indicando que el caso incluía controversias más allá de la valoración de daños y que la póliza prohibía el proceso. También concluyó que el referido era discrecional y no obligatorio bajo la Ley 242. Los peticionarios recurren, alegando errores en la interpretación de la póliza y del derecho al "appraisal" bajo la Ley 242. MAPFRE presentó su alegato en oposición al recurso.
2021 • 8 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLCE201900603
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite sentencia en un caso de deslinde (KLCE201900603). Se revisa una Resolución del Tribunal de Primera Instancia de Caguas que determinó que el peticionario, Jorge Luis Muñoz López, ocupaba ilegalmente un predio de terreno de la recurrida, Carmen Lydia Marrero Romero. El TPI ordenó rectificar la colindancia según lo solicitado por la recurrida. El Tribunal de Apelaciones decide expedir el recurso de certiorari y revocar la resolución recurrida. El caso original de deslinde fue instado en 1994 y resuelto por sentencia en 1995, basada en acuerdos de las partes sobre cesiones recíprocas de terreno. Casi 22 años después, los sucesores de los demandados originales solicitaron al TPI la ejecución de la sentencia de 1995, alegando incumplimiento por parte del demandante original. El peticionario argumentó, entre otras cosas, falta de legitimación activa de los recurridos y la prescripción de la acción para ejecutar la sentencia. Tras evaluar los argumentos y el historial procesal, el Tribunal de Apelaciones concluye que la resolución del TPI debe ser revocada.
2021 • 8 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLRA202000453
Ponente:
—
Resumen:
Este caso ante el Tribunal de Apelaciones involucra un recurso de revisión judicial presentado por Yeila Raya Vargas. La recurrente impugnó una resolución del Departamento de Vivienda Municipal de Bayamón que canceló sus beneficios del Plan 8. Alegó errores en la notificación y falta de término para revisión. Posteriormente, la Sra. Raya Vargas presentó una moción solicitando el desistimiento voluntario del recurso. El Departamento de Vivienda Municipal se opuso y presentó una moción de desestimación por falta de jurisdicción, argumentando que la revisión debía presentarse ante el Tribunal de Primera Instancia. La recurrente reiteró su deseo de desistir y no continuar con el caso. El Tribunal de Apelaciones declaró ha lugar la petición de desistimiento voluntario con perjuicio. En consecuencia, el recurso fue tenido por desistido y se ordenó el archivo del caso.
2021 • 8 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLAN202000900
Ponente:
—
Resumen:
2021 • 8 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLCE202001192
Ponente:
—
Resumen:
Jeffrey García Carrero instó un recurso de certiorari solicitando la revisión de una resolución del Tribunal de Primera Instancia. Dicha resolución denegó su petición para que se aplicara el principio de favorabilidad a sus sentencias bajo la derogada Ley de Armas de 2000. El peticionario buscaba que sus penas de reclusión no fueran cumplidas en años naturales, argumentando que la nueva Ley de Armas de 2020 no lo exige. El foro primario denegó la solicitud basándose en el Artículo 7.25 de la Ley Núm. 168-2019. Este artículo contiene una cláusula de reserva que establece que la conducta anterior a su vigencia se rige por la ley derogada, incluyendo las penas y su ejecución. El Tribunal de Apelaciones revisó la decisión del foro primario. Concluyó que la cláusula de reserva expresamente excluye la aplicación de la nueva ley a las penas impuestas por infracciones a la Ley Núm. 404-2000. El Tribunal de Apelaciones determinó que el foro primario no abusó de su discreción ni erró en la aplicación del derecho. Por consiguiente, denegó la expedición del auto de certiorari.
2021 • 8 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLCE202100018
Ponente:
—
Resumen:
Comparece ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico una petición de certiorari presentada por María Fernanda Hernández Fuentes. La peticionaria busca revocar una resolución del Tribunal de Primera Instancia que ordenó iniciar un proceso de revocación de su probatoria. La revocación se fundamenta en el uso de cannabis medicinal por parte de la peticionaria, quien fue convicta en 2016 por infracción a la Ley de Sustancias Controladas y se le concedió sentencia suspendida. A pesar de tener autorización como paciente de cannabis medicinal, el foro primario determinó que su uso constituía una violación a los términos de la probatoria. Tras arrojar positivo a cannabis, el Ministerio Público solicitó la revocación y el tribunal refirió el caso al Tribunal Municipal. La peticionaria alega que el Tribunal de Primera Instancia erró al ordenar la revocación por el uso de cannabis medicinal como paciente autorizado. El Tribunal de Apelaciones evaluó el recurso de certiorari y los autos originales. Por los fundamentos expuestos, el Tribunal de Apelaciones procede a denegar la expedición del auto de certiorari solicitado.
2021 • 8 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLRA202000323
Ponente:
—
Resumen:
Moisés Ibarra González, un confinado, presentó una Petición de Revisión Administrativa ante el Tribunal de Apelaciones para impugnar una determinación del Comité de Clasificación y Tratamiento del Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR) sobre su nivel de custodia. El peticionario alegó que la agencia no le entregó una resolución formal con determinaciones de hechos y conclusiones de derecho, ni copia de su solicitud de reconsideración. El DCR admitió que la decisión del Comité no constituía una resolución conforme a la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme y mostró anuencia para que el caso fuera devuelto a la agencia para emitir una resolución adecuada. El Tribunal analizó su jurisdicción, considerando si el recurso era prematuro dado que la determinación administrativa impugnada no cumplía con los requisitos formales de una resolución final. Se explicó que un recurso prematuro priva al tribunal de jurisdicción y debe ser desestimado, aunque la parte puede volver a presentarlo una vez la agencia emita una determinación final y formal. La controversia central gira en torno a la falta de una resolución administrativa formal que cumpla con los requisitos legales para ser revisada judicialmente.
2021 • 8 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLAN202001044
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico consideró un recurso de apelación presentado por Abel Fermaint Laboy, Iris Rodríguez y su sociedad de bienes gananciales. La apelación buscaba revocar una Sentencia Sumaria del Tribunal de Primera Instancia de Bayamón. Dicha sentencia había desestimado una demanda por incumplimiento de contrato, mala fe y dolo contra Antilles Insurance Company. Los apelantes alegaron que la aseguradora no cumplió con sus obligaciones tras el huracán María, subvalorando daños a su propiedad. La aseguradora solicitó sentencia sumaria argumentando que un pago de \$1,591.00, aceptado por los apelantes, constituía un pago total y definitivo (pago en finiquito). Los apelantes se opusieron, cuestionando la corrección del ajuste y la validez de la defensa de pago en finiquito debido a supuestas prácticas desleales y falta de notificación adecuada. El Tribunal de Apelaciones, tras revisar los fundamentos, decidió revocar la Sentencia Sumaria apelada. Esto implica que la desestimación de la demanda por la vía sumaria fue dejada sin efecto.
2021 • 8 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLCE202000952
Ponente:
—
Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico atendiendo un recurso de Certiorari. El peticionario, Miguel Ángel Gómez Rivera, impugna la denegatoria de su solicitud de separación de juicios. Enfrenta cargos por asesinato en primer grado y violaciones a la Ley de Armas, junto a otros coacusados. Solicitó juicios separados alegando que declaraciones de los coacusados le implicaban y perjudicarían su defensa. El Tribunal de Primera Instancia denegó la moción y la reconsideración, argumentando que el peticionario no demostró perjuicio suficiente ni que este no pudiera corregirse con instrucciones al jurado. El foro primario priorizó la economía judicial y la conveniencia para víctimas y testigos al mantener los juicios consolidados. El peticionario recurrió al Apelativo, alegando violación a su debido proceso de ley. El Tribunal de Apelaciones paralizó los procedimientos en instancia y ahora evalúa la controversia conforme a las Reglas 90 y 91 de Procedimiento Criminal.
2021 • 8 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLCE202000840
Ponente:
—
Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico resolviendo un recurso de Certiorari presentado por AIG Insurance Company. La controversia se origina en una demanda por daños a la propiedad tras el huracán María presentada por Ángel Berrios Rodríguez. El Tribunal de Primera Instancia ordenó que la disputa sobre la cuantía de los daños se sometiera al proceso de "Appraisal" establecido por la Ley 242-2018. AIG apeló esta decisión, argumentando que la aplicación retroactiva de la Ley 242-2018 a un contrato de seguro perfeccionado antes de su vigencia es ilegal. La aseguradora sostuvo que dicha aplicación viola el Código Civil, la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme y las cláusulas constitucionales contra el menoscabo de contratos. El Tribunal de Apelaciones analizó los argumentos de AIG sobre la retroactividad de la ley y la orden de Appraisal. El tribunal concluyó que le asiste la razón a AIG en cuanto a la improcedencia de aplicar retroactivamente la Ley 242-2018.
2021 • 8 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLAN202000983
Ponente:
—
Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico que resuelve una apelación en un caso de seguros por daños causados por el Huracán María. Los apelantes demandaron a Mapfre Pan American Insurance Company por incumplimiento de contrato, alegando que la aseguradora no pagó adecuadamente los daños a su propiedad. Mapfre solicitó la desestimación de la demanda argumentando que se había perfeccionado la doctrina de pago en finiquito. La aseguradora sostuvo que los apelantes aceptaron y cobraron un cheque por la cantidad que Mapfre determinó como pago final de la reclamación. El Tribunal de Primera Instancia acogió el argumento de Mapfre y desestimó la demanda con perjuicio. El Tribunal de Apelaciones revisó la decisión del foro primario. Tras analizar los fundamentos presentados, el Tribunal de Apelaciones confirmó la Sentencia apelada. La decisión valida la aplicación de la doctrina de accord and satisfaction en este caso particular de reclamación de seguros.
2021 • 8 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLAN202001049
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico considera la apelación presentada por Billy Sánchez Tosado contra una Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de Bayamón en un caso de División de Comunidad. La parte apelada, María Ivette Cabeza Díaz, solicitó la consolidación de este recurso con otro y posteriormente presentó una moción para desestimar la apelación. La solicitud de desestimación se fundamenta en la alegada falta de notificación de la portada del recurso al tribunal de origen. El Tribunal de Apelaciones, tras considerar el historial procesal, incluyendo la consolidación automática con otro recurso, anuncia su decisión de desconsolidar los recursos. Procederá a desestimar la apelación KLAN202001049 por los fundamentos que se detallarán a continuación.
2021 • 8 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLAN202000727
Ponente:
—
Resumen:
Este caso es una apelación ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un pleito de cobro de dinero y ejecución de hipoteca. Los apelantes impugnan una sentencia sumaria del Tribunal de Primera Instancia que dio paso a la demanda. Un recurso de apelación anterior fue desestimado porque la sentencia recurrida no era final, al no haberse resuelto una demanda contra tercero y faltar el lenguaje requerido por la Regla 42.3. Posteriormente, el foro primario dictó una sentencia parcial sobre la demanda contra tercero, pero sin consolidar las adjudicaciones previas. Los apelantes vuelven a apelar la sentencia original, argumentando que fue dictada erróneamente de forma sumaria. El Tribunal de Apelaciones enfatiza su deber de velar por la jurisdicción y discute los requisitos para la apelabilidad de sentencias finales y parciales conforme a la Regla 42.3. Se destaca que un recurso es prematuro si se presenta antes de una sentencia final. Por los fundamentos que se expondrán, el Tribunal desestima el presente recurso de apelación.
2021 • 8 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLRA202000552
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emitió una sentencia en un recurso de revisión judicial presentado por tres recurrentes contra la Administración de los Sistemas de Retiro. Los recurrentes buscaban la revisión de cuatro órdenes emitidas por una Oficial Examinadora de la Junta de Retiro en sus casos individuales de incapacidad. Las órdenes apeladas se relacionaban con la denegación de solicitudes de vistas por videoconferencia y órdenes de mostrar causa por incomparecencia a vistas presenciales. El Tribunal procedió a examinar su jurisdicción para atender el recurso. Se destacó que la revisión judicial de decisiones administrativas solo procede contra órdenes o resoluciones finales, una vez agotados los remedios administrativos. El Tribunal determinó que las órdenes impugnadas eran de naturaleza interlocutoria, no finales. Concluyó que, al no tratarse de una decisión final, carecía de jurisdicción para revisar el recurso. Por consiguiente, el recurso de revisión judicial fue desestimado por falta de jurisdicción.
2021 • 5 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLAN202000341
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisa una sentencia del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan. La apelación fue presentada por Ángela López Borrero contra el Sistema de Retiro de la Universidad de Puerto Rico (SRUPR). El caso se originó por el ajuste a la baja de la pensión por incapacidad ocupacional de la señora López Borrero al cumplir 65 años. El SRUPR determinó que su pensión estaba coordinada con el Seguro Social, lo cual ella disputó alegando falta de notificación adecuada y discrepancias en su expediente. La señora López Borrero agotó recursos administrativos ante la Junta de Retiro del SRUPR y la Junta de Gobierno de la UPR. Posteriormente, presentó una demanda por daños en el Tribunal de Primera Instancia. El TPI declaró Ha Lugar la solicitud de sentencia sumaria del SRUPR, denegó la de la apelante y desestimó la demanda. La señora López Borrero apeló esta decisión ante el Tribunal de Apelaciones. El Tribunal de Apelaciones, tras revisar el caso, confirma el dictamen apelado.
2021 • 5 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLAN202000263
Ponente:
—
Resumen:
2021 • 5 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLAN201800400
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite sentencia en el caso entre Nogama Construction Corp. y el Municipio de San Sebastián. El recurso de apelación fue presentado por el Municipio contra una decisión del Tribunal de Primera Instancia. La controversia principal gira en torno a la base tributable para el arbitrio de construcción impuesto por el Municipio sobre un proyecto realizado por Nogama. Nogama sostenía que ciertas partidas, como ganancia, equipos, arbitrios y patentes, debían excluirse del cálculo. El Municipio discrepaba con la mayoría de las exclusiones reclamadas por Nogama. El Tribunal de Primera Instancia le dio la razón a Nogama, declarando con lugar su solicitud y ordenando la devolución de fondos. El Municipio apeló esta determinación. Tras examinar los argumentos y documentos, el Tribunal de Apelaciones resolvió revocar la sentencia apelada.
2021 • 5 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLAN202000779
Ponente:
—
Resumen:
2021 • 5 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLCE202001197
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisa un recurso de certiorari presentado por Jorge Luis Vélez Rojas en un caso de alimentos contra Iliana María Garro Retana. El peticionario impugna la determinación del Tribunal de Primera Instancia que le ordenó pagar una pensión alimentaria provisional para sus dos hijos menores. La orden provisional inicial fue aprobada tras un informe de la Examinadora de Pensiones Alimentarias (EPA). Posteriormente, el Tribunal de Primera Instancia emitió una resolución enmendada para incluir la proporción en que se dividirían los gastos médicos extraordinarios no cubiertos por el plan médico. El peticionario solicitó reconsideración en múltiples ocasiones, alegando que la enmienda se realizó sin vista y violaba su derecho al debido proceso. También presentó una moción para dejar sin efecto la resolución enmendada. La recurrida, por su parte, presentó una solicitud de desestimación del recurso. Tras examinar el recurso y las posturas de ambas partes, el Tribunal de Apelaciones resuelve denegar la expedición del auto de certiorari.
2021 • 5 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLCE202001258
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite una resolución en un caso sobre división y liquidación de bienes gananciales y hereditarios. El peticionario, Ángel Luis Torres, solicitó un recurso de certiorari contra una resolución del Tribunal de Primera Instancia (TPI). Dicha resolución del TPI denegó la admisión de un requerimiento de admisiones presentado por el peticionario y aceptó la contestación de la recurrida, Selenia Vázquez Torres. El caso subyacente fue iniciado por la Sra. Vázquez para liquidar los bienes de la sociedad legal de gananciales con su difunto exesposo, padre del Sr. Torres, quien es su único heredero. La disputa principal gira en torno a una finca rústica adquirida durante el matrimonio. La Sra. Vázquez busca la liquidación de los bienes y acceso a la propiedad. El Sr. Torres presentó una reconvención solicitando, entre otras cosas, un canon de arrendamiento por el uso de la propiedad y la división de deudas. Mediante esta resolución, el Tribunal de Apelaciones deniega la expedición del auto de certiorari solicitado por el Sr. Torres. Esto implica que el tribunal apelativo no revisará la determinación del TPI sobre el requerimiento de admisiones en este momento.
2021 • 5 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLAN202100017
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite sentencia en el recurso KLAN202100017. Los apelantes, Roberto Soto Carreras et al., impugnan una Sentencia Sumaria dictada por el Tribunal de Primera Instancia en un caso sobre incumplimiento de contrato y cobro de dinero. El Tribunal de Apelaciones advierte que los apelantes incumplieron con las reglas procesales de notificación del recurso a la parte apelada y al tribunal de instancia. Se les ordenó acreditar dicha notificación bajo apercibimiento de desestimación. Los apelantes no cumplieron con la orden dentro del plazo concedido. La parte apelada solicitó la desestimación del recurso por este incumplimiento. El Tribunal explica que los términos de notificación son de cumplimiento estricto y requieren justa causa para su prórroga. Al no acreditarse la notificación ni presentarse justa causa para el incumplimiento, el Tribunal resuelve desestimar el recurso de apelación.
2021 • 5 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLAN202000355
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisa una sentencia del Tribunal de Primera Instancia (TPI) que desestimó con perjuicio una demanda presentada por la Comisión de los Puertos de Mayagüez. La demanda de la Comisión incluía acciones por fraude de acreedores, rescisión, daños y perjuicios, y responsabilidad de directores y oficiales corporativos. El TPI fundamentó su desestimación en cosa juzgada, falta de legitimación activa y falta de parte indispensable. La controversia se origina en un acuerdo de 2007 entre la Comisión y Holland Group Port Investment (Holland) para operar los Puertos de Mayagüez. La Comisión alegó que Holland, tras incumplir pagos, transfirió indebidamente \$4 millones a Inversiones Potosí y Trofima Corporation en 2014, capital que debía estar restringido. Estas transferencias, relacionadas con la redención de acciones preferidas de José González Freyre, se realizaron sin la notificación requerida a la Comisión. Holland posteriormente se acogió a la quiebra, donde un Síndico inició un procedimiento adversativo. La Comisión apeló la desestimación de su demanda ante el TPI. El Tribunal de Apelaciones, tras considerar los fundamentos, confirma la sentencia apelada del TPI.
2021 • 4 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLCE201900866
Ponente:
—
Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico que atiende una Petición de certiorari presentada por el Estado (Departamento de Transportación y Obras Públicas y el Estado Libre Asociado). El Estado solicitó la revocación de una Resolución postsentencia del Tribunal de Primera Instancia que le ordenó pagar \$1,470,339.39 a Castro Business Enterprises, Inc. (CBE) por concepto de daños. El litigio se originó en un caso de expropiación forzosa donde el Estado expropió una parcela de CBE por error y posteriormente construyó una obra pública en otras fincas de CBE sin expropiarlas formalmente. CBE presentó una demanda de expropiación a la inversa reclamando daños por la ocupación de hecho de sus propiedades y el impacto en su proyecto. El Tribunal de Apelaciones expidió el auto solicitado por el Estado. Como resultado, revocó la Resolución del Tribunal de Primera Instancia que imponía la condena millonaria contra el Estado.
2021 • 4 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLAN202000879
Ponente:
—
Resumen:
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico que resuelve una apelación en un caso de cobro de dinero. El recurso fue presentado por Ricardo Antonio Defendini Saldaña contra Marina PDR Operations LLC. La apelación impugna una Sentencia Enmendada Nunc Pro Tunc del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Fajardo. Dicha sentencia original declaró Con Lugar la demanda de la Marina y condenó al apelante al pago de una deuda. La deuda se originó por servicios de almacenaje de una embarcación y ascendía a $22,194.55 más honorarios de abogado, totalizando $27,743.18. El foro primario dictó sentencia en rebeldía contra el apelante por no responder a la demanda tras ser emplazado. El Tribunal de Apelaciones, tras evaluar el recurso, determina revocar la Sentencia Enmendada Nunc Pro Tunc apelada. Esto significa que la decisión del Tribunal de Primera Instancia que condenaba al apelante al pago de la deuda es dejada sin efecto.
2021 • 4 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLAN202000805
Ponente:
—
Resumen:
2021 • 4 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLAN202001002
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emitió una Sentencia en el caso KLAN202001002. Este recurso de apelación fue presentado por la Junta de Síndicos de la Administración del Sistema de Retiro. La apelación provenía de una Sentencia de Mandamus dictada por el Tribunal de Primera Instancia en el caso SJ2020CV04488. La parte apelante presentó un Aviso de Desistimiento ante el Tribunal de Apelaciones. El desistimiento se fundamentó en que la Junta de Retiro había dado cumplimiento a la Sentencia de Mandamus original. Debido a dicho cumplimiento, el recurso de apelación se tornó académico. Por consiguiente, el Tribunal dictó Sentencia de desistimiento con perjuicio. Se ordenó el cierre y archivo definitivo del presente recurso, conforme a la Regla 83 (A) del Reglamento del Tribunal de Apelaciones.
2021 • 4 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLAN202000287
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones revisó una sentencia del Tribunal de Primera Instancia de San Juan en un caso de incumplimiento de contrato y daños y perjuicios. Norfe Group Corp. apeló la desestimación sumaria de su demanda contra Multinational Insurance Company, relacionada con daños sufridos tras el Huracán María. Norfe reclamaba que Multinational había incumplido un contrato de seguro y violado disposiciones del Código de Seguros. El Tribunal de Primera Instancia había desestimado sumariamente la demanda. La Apelada, Multinational, había solicitado la desestimación alegando falta de legitimación activa y no agotar remedios administrativos. El Tribunal de Primera Instancia, tras una solicitud de reconsideración de Multinational, concedió a Norfe un término para replicar. Sin embargo, el foro primario dictó la sentencia de desestimación sumaria antes de que venciera dicho término y sin recibir la réplica de Norfe. El Tribunal de Apelaciones concluyó que el Tribunal de Primera Instancia erró al desestimar sumariamente el caso bajo esas circunstancias procesales. Por tanto, el Tribunal de Apelaciones revocó la sentencia apelada. El asunto fue devuelto al Tribunal de Primera Instancia para que continúe con los procedimientos.
2021 • 4 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLCE202100076
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite una resolución en un caso de alimentos. El padre (Peticionario) solicitó un recurso de certiorari para impugnar una orden del Tribunal de Primera Instancia. Dicha orden denegó reconsiderar la decisión de mantener provisionalmente inalterada la pensión alimentaria de \$2,500 mensuales para su hija menor. El padre pidió relevo o reducción del pago debido a una enfermedad grave que le impide ejercer su profesión médica. Propuso sustituir la pensión con el beneficio de seguro social de la menor, derivado de su propia incapacidad. La madre (Recurrida) se opuso a la reducción, argumentando que la pensión original fue estipulada y que el padre podría tener otros recursos. El Tribunal de Primera Instancia había referido el caso a un Examinador de Pensión Alimentaria y ordenado descubrimiento de prueba. El Tribunal de Apelaciones resuelve denegar la expedición del auto de certiorari solicitado sin trámite ulterior.
2021 • 4 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLRA202000380
Ponente:
—
Resumen:
El Sr. Javier J. Báez Ramos, confinado bajo la custodia del Departamento de Corrección y Rehabilitación, solicitó una revisión administrativa ante el Tribunal de Apelaciones. El recurrente impugnaba la denegación de su solicitud de reconsideración para un traslado al programa CETCAE La Pica. Inicialmente, había solicitado el traslado aduciendo su nivel de custodia mínima y buen comportamiento. El Departamento de Corrección denegó la solicitud de reconsideración. Al comparecer ante el Tribunal de Apelaciones, el Departamento informó que la solicitud de traslado fue denegada porque el recurrente no cumplía con todos los criterios de elegibilidad del programa. Específicamente, no había cumplido el 20% de su sentencia de reclusión, requisito establecido en el manual del programa. El Tribunal de Apelaciones acogió el escrito del recurrente como una revisión administrativa. Tras revisar el caso, el Tribunal aplicó la doctrina de deferencia a las decisiones administrativas. Confirmó la determinación del Departamento de Corrección. La resolución valida la denegación del traslado al no cumplir el recurrente con los requisitos de elegibilidad del programa.
2021 • 4 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLCE202100079
Ponente:
—
Resumen:
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de despido injustificado. La parte peticionaria, Boys & Girls Club of P.R., Inc., solicitó la revisión de una Orden del Tribunal de Primera Instancia. Dicha Orden impuso sanciones económicas a la peticionaria por exceder el término para contestar descubrimiento de prueba. El Tribunal de Apelaciones desestimó el recurso de certiorari. La desestimación se fundamentó en la falta de jurisdicción. La falta de jurisdicción se debió a que la petición fue presentada tardíamente. El Tribunal reitera la importancia de los términos jurisdiccionales en los recursos apelativos. Se destaca el término de 10 días para revisar resoluciones interlocutorias en pleitos laborales sumarios bajo la Ley Núm. 2. La presentación fuera de término priva al tribunal de autoridad para atender los méritos del caso.
2021 • 4 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLRA202000343
Ponente:
—
Resumen:
Carlos R. Díaz Pizarro solicitó revisión judicial ante el Tribunal de Apelaciones contra el Departamento de Corrección y Rehabilitación. El recurrente pedía que se ordenara al DCR cumplir con recomendaciones administrativas favorables sobre su clasificación de custodia y traslado institucional. El Comité de Clasificación y Tratamiento del DCR había recomendado su reclasificación a custodia mediana y luego a mínima, sugiriendo su traslado a varias instituciones, incluyendo Bayamón 501, para estar cerca de su familia. Aunque el Comité acordó y recomendó el traslado a Bayamón 501, este no se concretó por falta de espacio disponible en la sección de custodia mínima. El recurrente fue trasladado a otras instituciones como Guayama 1000 y el Anexo de Guayama 500. Ante la falta de cumplimiento del traslado deseado, presentó solicitudes de remedio administrativo. El Tribunal de Apelaciones desestimó el recurso interpuesto. La desestimación se fundamentó en la falta de jurisdicción, al considerar que la presentación del recurso fue prematura.
2021 • 3 de febrero de 2021
Número de Caso:
KLRA202000551
Ponente:
—
Resumen:
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite sentencia en un recurso de revisión administrativa. José Báez Espada recurre una resolución de la Comisión Apelativa del Servicio Público (CASP) contra el Municipio Autónomo de Carolina. El recurrente, policía municipal, reclamaba el pago de un aumento salarial por años de servicio (quinquenio) correspondiente al periodo 2013-2018. La CASP desestimó la apelación del recurrente por falta de jurisdicción. Determinó que la apelación fue presentada fuera del término jurisdiccional de 30 días. Según la CASP, el término comenzó cuando el recurrente advino conocimiento de su alegada acreencia, lo cual presumió ocurrió a finales de 2018. La presentación de la apelación en mayo de 2019 fue considerada tardía. El recurrente solicitó al Tribunal de Apelaciones revocar la desestimación, alegando error de la CASP. El Tribunal de Apelaciones revisó el caso y confirmó la Resolución de la CASP. Se ratifica así la desestimación del caso por falta de jurisdicción debido a la presentación tardía de la apelación.