Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. GARCIA CARRERO, JEFFREY
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE202001192
Año:
2021
Fecha:
8 de febrero de 2021
Jeffrey García Carrero instó un recurso de certiorari solicitando la revisión de una resolución del Tribunal de Primera Instancia. Dicha resolución denegó su petición para que se aplicara el principio de favorabilidad a sus sentencias bajo la derogada Ley de Armas de 2000. El peticionario buscaba que sus penas de reclusión no fueran cumplidas en años naturales, argumentando que la nueva Ley de Armas de 2020 no lo exige. El foro primario denegó la solicitud basándose en el Artículo 7.25 de la Ley Núm. 168-2019. Este artículo contiene una cláusula de reserva que establece que la conducta anterior a su vigencia se rige por la ley derogada, incluyendo las penas y su ejecución. El Tribunal de Apelaciones revisó la decisión del foro primario. Concluyó que la cláusula de reserva expresamente excluye la aplicación de la nueva ley a las penas impuestas por infracciones a la Ley Núm. 404-2000. El Tribunal de Apelaciones determinó que el foro primario no abusó de su discreción ni erró en la aplicación del derecho. Por consiguiente, denegó la expedición del auto de certiorari.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL VIII | ||
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| EL PUEBLO DE PUERTO RICO Recurrido v. | KLCE202001192 | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Aguadilla |
| JEFFREY GARCÍA CARRERO Peticionario | Caso Núm.: A BD2015G0146 y otros Por: Infr. Art. 190E C.P., Ley de Armas y otros. |
Panel integrado por su presidente, el Juez Hernández Sánchez, la Juez Grana Martínez y el Juez Rodríguez Flores ¹.
Rodríguez Flores, juez ponente.
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