Ley 64 del 2026
Resumen
Esta ley declara el mes de junio de cada año como el 'Mes para Promover la Donación de Sangre en Puerto Rico'. Su objetivo principal es concienciar y sensibilizar a la ciudadanía sobre la importancia crítica de la donación voluntaria de sangre y plasma para salvar vidas y mantener inventarios estables en el sistema de salud. La legislación ordena al Gobernador emitir una proclama anual y faculta al Secretario de Estado para coordinar esfuerzos de divulgación junto al Departamento de Salud y los bancos de sangre de la isla.
Contenido
Yo, ALBERTO LEÓN AYALA, Secretario de la Cámara de Representantes del Gobierno de Puerto Rico,
CERTIFICO:
Que el P. de la C. 845, titulado
“Ley
Para declarar el mes de junio de cada año como el “Mes para Promover la Donación de Sangre en Puerto Rico”; y para otros fines relacionados.”
ha sido aprobado por la Cámara de Representantes y el Senado del Gobierno de Puerto Rico en la forma que expresa el documento que se acompaña.
PARA QUE ASÍ CONSTE, y para notificar a la Gobernadora del Gobierno de Puerto Rico, expido la presente en mi oficina en el Capitolio, San Juan, Puerto Rico a los siete (7) días del mes de abril del año dos mil veintiséis y estampo en ella el sello de la Cámara de Representantes del Gobierno de Puerto Rico.
(P. de la C. 845)
LEY 64 -20 24
LEY
Para declarar el mes de junio de cada año como el “Mes para Promover la Donación de Sangre en Puerto Rico”; y para otros fines relacionados.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Millones de pacientes en todo el mundo dependen de las transfusiones de sangre cada año. En Puerto Rico, anualmente, se necesitan aproximadamente 146,000 unidades de sangre, y una sola transfusión puede requerir hasta 3 unidades de sangre. La sangre no se puede fabricar artificialmente. La única forma de obtenerla es a través de donaciones voluntarias de personas saludables. Además, la sangre tiene una vida útil limitada y, por tanto, se necesita de forma constante. Donar sangre regularmente es una forma simple y efectiva de contribuir a salvar vidas y marcar una diferencia significativa en la comunidad.
Sin embargo, en la última década, el número de donantes regulares ha disminuido, comprometiendo la capacidad del sistema de salud para mantener inventarios estables. Actualmente, los suministros de sangre están por debajo de los parámetros requeridos para mantener el servicio ininterrumpido y nos encontramos en una situación crítica en este renglón.
El proceso de donación de sangre es uno sencillo y seguro para el donante. Es impresionante el comprender cómo esta actividad tan sencilla y rápida, de donar sangre o plasma puede salvar vidas, ya que una transfusión a tiempo puede hacer la diferencia entre la vida y la muerte. Las transfusiones sanguíneas son imprescindibles para:
- mujeres que sufren hemorragias durante el embarazo y el parto,
- niños que padecen anemia grave a causa de la desnutrición o el paludismo,
- realizar procedimientos médicos y quirúrgicos complejos que mejoran las tasas de supervivencia y la calidad de vida de un gran número de pacientes,
- personas que requieren tratamientos periódicos o continuos, como las que padecen anemia falciforme, talasemia, hemofilia o inmunodeficiencias,
- situaciones de emergencia para atender a las personas heridas en desastres naturales, accidentes y conflictos armados.
No obstante, la cantidad de donantes, hoy en día, no es suficiente para atender la necesidad. Esta situación pone en riesgo, no solo la vida de los pacientes de enfermedades como anemias crónicas o cáncer, candidatos a trasplantes de órganos,
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traumatismos, entre otros, sino que representaría también una amenaza en caso de una emergencia de gran magnitud o desastre natural.
A los fines de concienciar sobre la importancia de la donación de sangre, la Organización Mundial de la Salud celebra el 14 de junio, el Día Mundial del Donante de Sangre. La referida Organización reconoce dicha fecha como un tributo mundial a los millones de donantes de sangre voluntarios y no remunerados que dan a otros una segunda oportunidad en la vida. Es un día para dar las gracias, pero también para destacar la necesidad continua y urgente de donaciones de sangre seguras y regulares.
Por otra parte, en Puerto Rico, mediante la Ley 224-1998, se declara el último viernes del mes de junio de cada año como “El Día del Joven Donante de Sangre”. Esta Ley tiene el propósito de promover entre los jóvenes de dieciocho (18) a veintinueve (29) años la donación de sangre.
Esta Asamblea Legislativa reconoce la urgencia en sensibilizar y concienciar a los ciudadanos sobre la necesidad crítica de donaciones de sangre y plasma y el impacto que tienen en la vida de los pacientes. Corresponde animar a los donantes nuevos y existentes a donar sangre regularmente, ayudando a garantizar un suministro de sangre estable y suficiente. De igual manera, compete movilizar el apoyo de las agencias, municipios, corporaciones públicas e instrumentalidades del Gobierno, así como las empresas privadas y las organizaciones sin fines de lucro, para el desarrollo de programas e iniciativas que promuevan la donación de sangre.
A tales fines, se declara el mes de junio como el “Mes para promover la Donación de Sangre”. Durante dicho mes, además de reconocer a los donantes voluntarios o los jóvenes donantes, corresponde promover entre todos los ciudadanos la importancia de aumentar los abastos de sangre. El Gobierno exhortará a todas las entidades públicas y privadas, así como a la ciudadanía en general, a promover la donación de sangre como una forma simple y muy efectiva de contribuir a salvar vidas.
DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Sección 1.- Se declara el mes de junio de cada año como el “Mes para Promover la Donación de Sangre en Puerto Rico”.
Sección 2.- El Gobernador de Puerto Rico emitirá una proclama a esos efectos y exhortará a todas las entidades públicas y privadas, así como a la ciudadanía en general, a promover la donación de sangre en Puerto Rico, con el propósito de salvar vidas.
Sección 3.- El Secretario de Estado de Puerto Rico, establecerá anualmente los mecanismos necesarios para la divulgación de lo aquí establecido, en coordinación con el Departamento de Salud y los Bancos de Sangre de Puerto Rico.
Sección 4.- Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
Presidente del Senado
Presidente de la Cámara
Este P. de C Núm. 845 Fue recibido por la Gobernadora de Puerto Rico Hoy 16 de abril de 1924 Rejesorio
Esta ley no ha sido enmendada **
Esta ley no modifica otras leyes. **
Votación
Cámara de Representantes
Senado
| Legislador | Voto |
|---|---|
| Ada Álvarez Conde | A Favor |
| Adrián González Costa | A Favor |
| Ángel Toledo López | A Favor |
| Brenda Pérez Soto | A Favor |
| Carmelo Ríos Santiago | A Favor |
| Eliezer Molina Pérez | A Favor |
| Gregorio Matías Rosario | A Favor |
| Héctor Gabriel González López | A Favor |
| Héctor J. Sánchez Álvarez | A Favor |
| Jamie Barlucea Rodríguez | A Favor |
| Jeison Rosa Ramos | Ausente |
| Joanne Rodríguez Veve | A Favor |
| José A. Santiago Rivera | Ausente |
| José Luis Dalmau Santiago | A Favor |
| Juan O. Morales Rodríguez | A Favor |
| Karen M. Román Rodríguez | A Favor |
| Luis Daniel Colón La Santa | A Favor |
| Luis Javier Hernández Ortiz | A Favor |
| María de Lourdes Santiago Negrón | Ausente |
| Marially González Huertas | A Favor |
| Marissa Jiménez Santoni | A Favor |
| Migdalia Padilla Alvelo | A Favor |
| Nitza Moran Trinidad | A Favor |
| Rafael Santos Ortiz | A Favor |
| Roxanna I. Soto Aguilú | A Favor |
| Thomas Rivera Schatz | A Favor |
| Wanda Soto Tolentino | A Favor |
| Wilmer Reyes Berríos | A Favor |