Ley 16 del 2026
Resumen
Esta ley declara a la Sociedad de Educación y Rehabilitación de Puerto Rico (SER de Puerto Rico) como Patrimonio del Pueblo de Puerto Rico. El reconocimiento se otorga en virtud de su trayectoria de más de 75 años ofreciendo servicios médicos, terapéuticos, educativos y de inclusión social a niños, jóvenes y adultos con discapacidades o condiciones complejas de salud.
Contenido
Yo, ALBERTO LEÓN AYALA, Secretario de la Cámara de Representantes del Gobierno de Puerto Rico,
CERTIFICO:
Que el P. de la C. 816, titulado
“Ley
Para declarar y reconocer a la Sociedad de Educación y Rehabilitación de Puerto Rico, conocida como SER de Puerto Rico, como Patrimonio del Pueblo de Puerto Rico, en reconocimiento a su trayectoria de más de setenta y cinco (75) años brindando servicios médicos, terapéuticos, educativos y de inclusión a la niñez, juventud y adultos con discapacidad o condiciones complejas de salud en Puerto Rico.”
ha sido aprobado por la Cámara de Representantes y el Senado del Gobierno de Puerto Rico en la forma que expresa el documento que se acompaña.
PARA QUE ASÍ CONSTE, y para notificar a la Gobernadora del Gobierno de Puerto Rico, expido la presente en mi oficina en el Capitolio, San Juan, Puerto Rico a los dieciocho (18) días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco y estampo en ella el sello de la Cámara de Representantes del Gobierno de Puerto Rico.
(P. de la C. 816)
LEY
LEY 14 -20 26
Para declarar y reconocer a la Sociedad de Educación y Rehabilitación de Puerto Rico, conocida como SER de Puerto Rico, como Patrimonio del Pueblo de Puerto Rico, en reconocimiento a su trayectoria de más de setenta y cinco (75) años brindando servicios médicos, terapéuticos, educativos y de inclusión a la niñez, juventud y adultos con discapacidad o condiciones complejas de salud en Puerto Rico.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Desde su fundación en el año 1950, la Sociedad de Educación y Rehabilitación (SER) de Puerto Rico se ha destacado como una de las instituciones más emblemáticas y valiosas de Puerto Rico, dedicada a mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidades físicas, neurológicas y deficiencias en el desarrollo, así como de aquellos con condiciones complejas de salud.
SER brinda servicios integrales de rehabilitación, terapias físicas, ocupacionales, del habla y del lenguaje, así como programas educativos y de inclusión comunitaria. Ha sido pionera en la promoción de la equidad, el acceso a servicios especializados y la defensa de los derechos de las personas con diversidad funcional.
Durante más de siete décadas, miles de personas han encontrado en SER un espacio de apoyo, esperanza y desarrollo. Con servicios médicos, terapéuticos y educativos adaptados a cada etapa de la vida, SER ha acompañado a generaciones de familias en su camino hacia una vida más plena e independiente.
Hoy día, SER cuenta con tres centros en San Juan, Ponce y Ceiba, donde se combinan la tecnología, el conocimiento clínico y el trato compasivo. La implementación de terapias con robótica, el enfoque educativo inclusivo en su Escuela Especializada, y el respaldo constante de un equipo multidisciplinario, son solo algunos ejemplos del compromiso diario de la organización.
El septuagésimo quinto aniversario marca una oportunidad para mirar hacia atrás con orgullo, reconocer el impacto colectivo y, sobre todo, proyectar un futuro aún más inclusivo. A través de campañas, eventos y nuevas plataformas como su podcast institucional, SER mantiene su compromiso con la innovación, la conciencia social y la participación comunitaria.
Reconociendo la trascendencia histórica, cultural y social de su misión, esta Asamblea Legislativa entiende pertinente declarar a SER de Puerto Rico como Patrimonio del Pueblo de Puerto Rico a fin de garantizar que su legado y su aportación a la sociedad puertorriqueña permanezcan en la memoria colectiva y continúen inspirando el desarrollo humano y comunitario.
DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Artículo 1.- Se designa la Sociedad de Educación y Rehabilitación (SER) de Puerto Rico como Patrimonio del Pueblo de Puerto Rico.
Artículo 2. - El Pueblo de Puerto Rico reconoce y exalta la aportación social, educativa, histórica y cultural de SER en la atención a las personas con discapacidad y en la promoción de una sociedad más justa e inclusiva.
Artículo 3. - Esta Ley entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.
Presidente del Senado
Presidente de la Cámara
Este P. de C Núm. 816 Fue recibido por la Gobernadora de Puerto Rico Hoy 8 de diciembre de 2025 a las 10:27 AM
Asesor