Ley 119 del 2026
Resumen
Ley que designa el 9 de marzo de cada año como el 'Día de la Mujer Líder en la Industria Agrícola' en Puerto Rico, con el propósito de reconocer y visibilizar la contribución de las mujeres en el sector agrícola, la agroindustria y la seguridad alimentaria de la Isla, fomentando actividades educativas y de concienciación.
Contenido
SENADO
GOBIERNO DE PUERTO RICO
EL CAPITOLIO SAN JUAN, PUERTO RICO 00901
Yo, Jennifer Martínez Heyer, Secretaria del Senado de Puerto Rico,
CERTIFICO:
Que el P. del S. 484, titulado:
“LEY”
Para designar el 9 de marzo de cada año como el "Día de la Mujer Líder en la Industria Agrícola" en Puerto Rico, en reconocimiento a la contribución de las mujeres en la agricultura, la agroindustria y la seguridad alimentaria de la Isla; y para otros fines relacionados.”
ha sido aprobado por el Senado de Puerto Rico y la Cámara de Representantes en la forma que expresa el ejemplar que se acompaña.
PARA QUE ASÍ CONSTE, y para notificar a la Gobernadora de Puerto Rico, expido la presente en mi oficina en el Capitolio, San Juan, Puerto Rico, el día nueve (9) del mes de junio del año dos mil veintiséis y estampo en ella el sello del Senado de Puerto Rico.
Jennifer Martínez Heyer Secretaria del Senado
(P. del S. 484) LEY 119 -20 26
LEY
Para designar el 9 de marzo de cada año como el "Día de la Mujer Líder en la Industria Agrícola" en Puerto Rico, en reconocimiento a la contribución de las mujeres en la agricultura, la agroindustria y la seguridad alimentaria de la Isla; y para otros fines relacionados.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En Puerto Rico, la agricultura constituye históricamente un sector fundamental para el desarrollo económico, la sostenibilidad y la seguridad alimentaria. En este contexto, la participación de las mujeres ha sido crucial, desde la siembra y producción hasta la administración de empresas agroindustriales y la implementación de prácticas innovadoras en el sector agrícola. Sin embargo, el reconocimiento formal de las mujeres líderes en la industria agrícola ha sido limitado.
El 8 de marzo de cada año se conmemora el Día Internacional de la Mujer, una fecha en la que se resalta la lucha por la equidad de género en todos los sectores de la sociedad. Designar el 9 de marzo como el "Día de la Mujer Líder en la Industria Agrícola" permitirá destacar el rol de las mujeres que, con esfuerzo y dedicación, contribuyen significativamente al desarrollo agrícola de la Isla, promoviendo la autosuficiencia alimentaria y el crecimiento de un sector clave para la economía de Puerto Rico.
Esta designación busca visibilizar y reconocer a aquellas mujeres que han transformado la agricultura en la Isla, fomentando el liderazgo femenino en la producción agrícola y su impacto en las comunidades rurales y urbanas. A través de esta legislación, se busca inspirar a futuras generaciones de mujeres a integrarse en la industria agrícola y promover políticas públicas que fortalezcan su participación en este sector.
DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Artículo 1.- Título**
Esta Ley se conocerá como la "Ley para Designar el 9 de marzo como el Día de la Mujer Líder en la Industria Agrícola".
Artículo 2.- Designación Oficial**
Se designa el 9 de marzo de cada año como el "Día de la Mujer Líder en la Industria Agrícola" en Puerto Rico, en reconocimiento a la contribución de las mujeres en la agricultura, la agroindustria y la seguridad alimentaria de la Isla.
Artículo 3.- Actividades Conmemorativas**
2
Se exhorta al Departamento de Agricultura de Puerto Rico, en colaboración con el Departamento de Educación, el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, así como con entidades públicas y privadas relacionadas con la agricultura, a organizar actividades educativas, reconocimientos y foros para destacar la labor de las mujeres líderes en la industria agrícola.
Artículo 4.- Publicidad y Promoción
El Gobierno de Puerto Rico, a través de sus agencias pertinentes, promoverá la conmemoración de este día mediante campañas de concienciación en los medios de comunicación y redes sociales, resaltando historias de éxito de mujeres en la agricultura.
Artículo 5.- Cláusula de Interpretación
Nada en esta Ley se interpretará como una obligación para la creación de nuevos fondos o asignaciones presupuestarias. Las actividades enmarcadas en esta celebración deberán realizarse dentro de los recursos disponibles de las agencias y entidades gubernamentales.
Artículo 6.- Vigencia
Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
Presidente de la Cámara
Este P. de 5 Núm 484 Fue recibido por la Gobernadora de Puerto Rico Hoy 17 de julio de 1910 De 2026 a 1059A
Asesor
Esta ley no ha sido enmendada **
Esta ley no modifica otras leyes. **
Votación
Cámara de Representantes
Senado
| Legislador | Voto |
|---|---|
| Ada Álvarez Conde | A Favor |
| Adrián González Costa | A Favor |
| Ángel Toledo López | A Favor |
| Brenda Pérez Soto | A Favor |
| Carmelo Ríos Santiago | Ausente |
| Eliezer Molina Pérez | A Favor |
| Gregorio Matías Rosario | A Favor |
| Héctor Gabriel González López | A Favor |
| Héctor J. Sánchez Álvarez | A Favor |
| Jamie Barlucea Rodríguez | A Favor |
| Jeison Rosa Ramos | A Favor |
| Joanne Rodríguez Veve | A Favor |
| José A. Santiago Rivera | A Favor |
| José Luis Dalmau Santiago | A Favor |
| Juan O. Morales Rodríguez | A Favor |
| Karen M. Román Rodríguez | A Favor |
| Luis Daniel Colón La Santa | A Favor |
| Luis Javier Hernández Ortiz | A Favor |
| María de Lourdes Santiago Negrón | A Favor |
| Marially González Huertas | A Favor |
| Marissa Jiménez Santoni | A Favor |
| Migdalia Padilla Alvelo | A Favor |
| Nitza Moran Trinidad | A Favor |
| Rafael Santos Ortiz | A Favor |
| Roxanna I. Soto Aguilú | A Favor |
| Thomas Rivera Schatz | A Favor |
| Wanda Soto Tolentino | A Favor |
| Wilmer Reyes Berríos | A Favor |