Ley 119 del 2026

Resumen

Ley que designa el 9 de marzo de cada año como el 'Día de la Mujer Líder en la Industria Agrícola' en Puerto Rico, con el propósito de reconocer y visibilizar la contribución de las mujeres en el sector agrícola, la agroindustria y la seguridad alimentaria de la Isla, fomentando actividades educativas y de concienciación.

Contenido

SENADO

GOBIERNO DE PUERTO RICO

EL CAPITOLIO SAN JUAN, PUERTO RICO 00901

Yo, Jennifer Martínez Heyer, Secretaria del Senado de Puerto Rico,

CERTIFICO:

Que el P. del S. 484, titulado:

“LEY”

Para designar el 9 de marzo de cada año como el "Día de la Mujer Líder en la Industria Agrícola" en Puerto Rico, en reconocimiento a la contribución de las mujeres en la agricultura, la agroindustria y la seguridad alimentaria de la Isla; y para otros fines relacionados.”

ha sido aprobado por el Senado de Puerto Rico y la Cámara de Representantes en la forma que expresa el ejemplar que se acompaña.

PARA QUE ASÍ CONSTE, y para notificar a la Gobernadora de Puerto Rico, expido la presente en mi oficina en el Capitolio, San Juan, Puerto Rico, el día nueve (9) del mes de junio del año dos mil veintiséis y estampo en ella el sello del Senado de Puerto Rico.

Jennifer Martínez Heyer Secretaria del Senado

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(P. del S. 484) LEY 119 -20 26

LEY

Para designar el 9 de marzo de cada año como el "Día de la Mujer Líder en la Industria Agrícola" en Puerto Rico, en reconocimiento a la contribución de las mujeres en la agricultura, la agroindustria y la seguridad alimentaria de la Isla; y para otros fines relacionados.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En Puerto Rico, la agricultura constituye históricamente un sector fundamental para el desarrollo económico, la sostenibilidad y la seguridad alimentaria. En este contexto, la participación de las mujeres ha sido crucial, desde la siembra y producción hasta la administración de empresas agroindustriales y la implementación de prácticas innovadoras en el sector agrícola. Sin embargo, el reconocimiento formal de las mujeres líderes en la industria agrícola ha sido limitado.

El 8 de marzo de cada año se conmemora el Día Internacional de la Mujer, una fecha en la que se resalta la lucha por la equidad de género en todos los sectores de la sociedad. Designar el 9 de marzo como el "Día de la Mujer Líder en la Industria Agrícola" permitirá destacar el rol de las mujeres que, con esfuerzo y dedicación, contribuyen significativamente al desarrollo agrícola de la Isla, promoviendo la autosuficiencia alimentaria y el crecimiento de un sector clave para la economía de Puerto Rico.

Esta designación busca visibilizar y reconocer a aquellas mujeres que han transformado la agricultura en la Isla, fomentando el liderazgo femenino en la producción agrícola y su impacto en las comunidades rurales y urbanas. A través de esta legislación, se busca inspirar a futuras generaciones de mujeres a integrarse en la industria agrícola y promover políticas públicas que fortalezcan su participación en este sector.

DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Artículo 1.- Título**

Esta Ley se conocerá como la "Ley para Designar el 9 de marzo como el Día de la Mujer Líder en la Industria Agrícola".

Artículo 2.- Designación Oficial**

Se designa el 9 de marzo de cada año como el "Día de la Mujer Líder en la Industria Agrícola" en Puerto Rico, en reconocimiento a la contribución de las mujeres en la agricultura, la agroindustria y la seguridad alimentaria de la Isla.

Artículo 3.- Actividades Conmemorativas**

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Se exhorta al Departamento de Agricultura de Puerto Rico, en colaboración con el Departamento de Educación, el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, así como con entidades públicas y privadas relacionadas con la agricultura, a organizar actividades educativas, reconocimientos y foros para destacar la labor de las mujeres líderes en la industria agrícola.

Artículo 4.- Publicidad y Promoción

El Gobierno de Puerto Rico, a través de sus agencias pertinentes, promoverá la conmemoración de este día mediante campañas de concienciación en los medios de comunicación y redes sociales, resaltando historias de éxito de mujeres en la agricultura.

Artículo 5.- Cláusula de Interpretación

Nada en esta Ley se interpretará como una obligación para la creación de nuevos fondos o asignaciones presupuestarias. Las actividades enmarcadas en esta celebración deberán realizarse dentro de los recursos disponibles de las agencias y entidades gubernamentales.

Artículo 6.- Vigencia

Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

Presidente de la Cámara

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Este P. de 5 Núm 484 Fue recibido por la Gobernadora de Puerto Rico Hoy 17 de julio de 1910 De 2026 a 1059A

Asesor

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Enmiendas0 enmiendas relacionadas con esta ley

Esta ley no ha sido enmendada **

Esta ley no modifica otras leyes. **

** Aún estamos procesando enmiendas, puede que falte Información.

Votación

Cámara de Representantes

LegisladorVoto
Adriana Gutiérrez Colón
A Favor
Ángel A. Fourquet Cordero
A Favor
Ángel Morey Noble
A Favor
Ángel R. Peña Ramírez
A Favor
Axel Roque Gracia
A Favor
Carlos J. Méndez Núñez
A Favor
Carmen Medina Calderón
A Favor
Christian Muriel Sánchez
A Favor
Denis Márquez Lebrón
A Favor
Domingo J. Torres García
A Favor
Eddie Charbonier Chinea
A Favor
Edgardo Feliciano Sánchez
A Favor
Edgar Robles Rivera
A Favor
Elinette González Aguayo
A Favor
Emilio Carlo Acosta
A Favor
Ensol Rodríguez Torres
A Favor
Estrella Martínez Soto
A Favor
Félix Emmanuel Pacheco Burgos
A Favor
Fernando Sanabria Colón
A Favor
Gabriel Rodríguez Aguiló
A Favor
Gretchen M. Hau
Ausente
Héctor E. Ferrer Santiago
A Favor
Jerry Nieves Rosario
A Favor
Joe Colón Rodríguez
A Favor
Joel Franqui Atiles
A Favor
Jorge Navarro Suárez
A Favor
José E. Torres Zamora
Ausente
José F. Aponte Hernández
A Favor
José Hernández Concepción
A Favor
José Jesús Pérez Cordero
A Favor
José M. Varela Fernández
A Favor
Lilibeth Rosas Vargas
Ausente
Lisie J. Burgos Muñiz
A Favor
Luis Josean Jiménez Torres
A Favor
Luis Pérez Ortiz
A Favor
María de Lourdes Ramos Rivera
A Favor
Nelie Lebrón Robles
A Favor
Odalys González González
A Favor
Omayra Milagros Martínez Vázquez
A Favor
Pedro Julio Santiago Guzmán
A Favor
Ramón A. Torres Cruz
A Favor
Reinaldo Figueroa Acevedo
A Favor
Ricardo Rey Ocasio Ramos
A Favor
Roberto J. López Román
A Favor
Roberto Rivera Ruiz de Porras
A Favor
Sergio E. Estévez Vélez
A Favor
Sol Yamiz Higgins Cuadrado
A Favor
Swanny E. Vargas Laureano
A Favor
Tatiana Pérez Ramírez
Ausente
Víctor L Parés Otero
A Favor
Wanda Del Valle Correa
A Favor
Wilson J. Román López
A Favor
Yashira M. Lebrón Rodríguez
Ausente