2010 • 29 de julio de 2010
Número de Caso:
TS-6272
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
Resolución del Tribunal Supremo de Puerto Rico con fecha de 29 de julio de 2010. El documento trata sobre la solicitud de baja voluntaria al ejercicio de la abogacía presentada por el Lcdo. Reinaldo Babilonia Cardona. El Tribunal examinó la moción del peticionario y la comunicación de la Oficina del Fiscal General. La Sala de Verano del Tribunal Supremo, compuesta por la Jueza Fiol Matta y los Jueces Rodríguez Rodríguez y Martínez Torres, emitió la resolución. Mediante esta resolución, el Tribunal autorizó la baja voluntaria solicitada por el Lcdo. Babilonia Cardona. La decisión fue certificada por la Secretaria del Tribunal Supremo.
2010 • 29 de julio de 2010
Número de Caso:
TS-8261
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico, en su Sala de Verano, emitió una Resolución el 29 de julio de 2010. La decisión se relaciona con el caso Ex Parte Cándida I. Valdespino Zapata. La materia principal abordada fue la solicitud de baja voluntaria al ejercicio de la abogacía presentada por la Lcda. Valdespino Zapata. El Tribunal examinó dicha comunicación, así como la opinión de la Oficina del Fiscal General. Tras la revisión, el Tribunal Supremo autorizó la baja voluntaria solicitada. La resolución fue acordada por la Sala de Verano integrada por las Juezas Asociadas Fiol Matta y Rodríguez Rodríguez, y el Juez Asociado Martínez Torres.
2010 • 29 de julio de 2010
Número de Caso:
TS-4154
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El caso Ex Parte Alfredo Colón Archilla se refiere a una solicitud de baja voluntaria al ejercicio de la abogacía. El Lcdo. Alfredo Colón Archilla presentó formalmente esta petición ante el Tribunal Supremo de Puerto Rico. El Tribunal examinó la comunicación solicitando la baja voluntaria. También consideró la comunicación de la Oficina del Fiscal General relacionada con el asunto. Mediante una Resolución emitida por una Sala de Verano, el Tribunal Supremo autorizó la baja voluntaria solicitada. La decisión fue tomada y certificada el 29 de julio de 2010.
2010 • 29 de julio de 2010
Número de Caso:
TS-3320
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
Resolución del Tribunal Supremo de Puerto Rico con fecha de 29 de julio de 2010, identificada como TS-3320. La materia principal es la solicitud de baja voluntaria al ejercicio de la abogacía. La petición fue presentada por la Lcda. Luz M. Carrasquillo López. El Tribunal examinó la Moción Solicitando Baja Voluntaria. También consideró una comunicación de la Oficina del Fiscal General. La decisión fue tomada por una Sala de Verano del Tribunal. El Tribunal autorizó la baja voluntaria solicitada. La resolución fue certificada por la Secretaria del Tribunal Supremo.
2010 • 22 de julio de 2010
Número de Caso:
TS-9558
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una decisión per curiam sobre la abogada Minerva Gutiérrez Santiago. El asunto concierne su conducta profesional. El Tribunal revisó una presentación que ella hizo en un caso penal relacionado donde enfrentaba cargos por alteración a la paz y amenazas. La presentación exhibió una incoherencia significativa en su lenguaje y argumentos. El caso penal en su contra fue archivado pendiente de una evaluación de su capacidad mental. Basado en las preocupaciones planteadas por su presentación y los procedimientos relacionados, el Tribunal tomó acción. La decisión resultó en su suspensión del ejercicio de la abogacía. La suspensión fue efectiva inmediatamente tras la notificación.
2010 • 22 de julio de 2010
Número de Caso:
CC-2009-123
Ponente:
Hon. Kolthoff Caraballo
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una opinión el 22 de julio de 2010 en el caso CC-2009-123, Nilda Picorelli López v. Departamento de Hacienda. El propósito principal del caso fue establecer el alcance de la "notificación adecuada" bajo la cláusula de debido proceso de ley. Se examinaron los requisitos jurisdiccionales para una notificación final de deficiencia contributiva según el Código de Rentas Internas de 1994. La controversia se originó a raíz de la tributación de un pago de liquidación recibido por la recurrida Picorelli López de su antiguo empleador, Banco Santander. El acuerdo de liquidación especificaba la asignación de fondos, incluyendo sumas exentas bajo la Ley 80 y otras sujetas a contribuciones. El Departamento de Hacienda emitió una notificación de deficiencia contributiva relacionada con estos ingresos. El Tribunal Supremo revisó las determinaciones del Tribunal de Primera Instancia y del Tribunal de Apelaciones sobre la validez de dicha notificación. El Tribunal expidió el auto solicitado por Hacienda, revocó la sentencia del Tribunal de Apelaciones y modificó la del Tribunal de Primera Instancia. La decisión sienta pautas sobre los criterios que debe cumplir una notificación de deficiencia para ser considerada válida y cumplir con el debido proceso.
2010 • 22 de julio de 2010
Número de Caso:
TS-2988
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una Resolución el 22 de julio de 2010 en el caso In re Eugenio Rivera Lozada. La materia principal del caso era la solicitud de reinstalación del peticionario al ejercicio de la abogacía. La Sala de Verano del Tribunal examinó la Moción presentada por el peticionario. Por mayoría, el Tribunal ordenó la reinstalación inmediata de Eugenio Rivera Lozada al ejercicio de la abogacía. Sin embargo, el Juez Asociado señor Martínez Torres expresó una opinión disidente. Consideró que la solicitud de reinstalación debía posponerse en esa etapa. Su postura era esperar a que el peticionario se sometiera a la jurisdicción del Tribunal para investigar las quejas pendientes en su contra. Solo después de concluir esas investigaciones, estaría en posición de evaluar la solicitud de reinstalación.
2010 • 21 de julio de 2010
Número de Caso:
EM-2010-0004
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emite una resolución en memoria del Hon. Carlos Víctor Dávila Dávila, quien sirvió como Juez Asociado desde 1961 hasta 1984. Se destaca su extensa y distinguida carrera en el servicio público, incluyendo roles como Subprocurador y asesor de la Asamblea Constituyente, antes de su nombramiento al Tribunal. Tras su retiro, continuó vinculado a la institución, participando en comisiones y visitando frecuentemente el Tribunal. Su fallecimiento representa una gran pérdida para la judicatura y el Tribunal Supremo, que lamenta la partida de uno de sus miembros más queridos. Se le recuerda por su sencillez, calor humano y dedicación al servicio público y a la Rama Judicial. El Tribunal rinde homenaje póstumo a su figura y se une al duelo oficial, manteniendo las banderas a media asta. Se extienden condolencias a su viuda e hijos.
2010 • 21 de julio de 2010
Número de Caso:
CC-2005-1111
Ponente:
Hon. Kolthoff Caraballo
Resumen:
Decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico (2010 TSPR 142) en el caso entre el Comisionado de Seguros y Real Legacy Assurance Company. La cuestión principal a determinar es si la conducta de un oficial examinador durante una vista administrativa socavó la integridad y la imparcialidad del proceso. Real Legacy había solicitado la aprobación de ochenta y ocho tipos recargados para pólizas de condominios, alegando aumentos en los costos de reaseguro. La compañía comenzó a utilizar estos tipos provisionalmente, según permitido por ley, pero no presentó documentación suficiente para justificarlos ante la Oficina del Comisionado de Seguros (OCS). La OCS inició un proceso administrativo debido a la insuficiencia de la justificación. El Tribunal Supremo revisa la decisión del Tribunal de Apelaciones sobre este asunto. La pregunta central es el impacto del comportamiento del oficial examinador en la garantía de una adjudicación imparcial.
2010 • 20 de julio de 2010
Número de Caso:
CC-2009-1097
Ponente:
Hon. Pabón Charneco
Resumen:
Opinión del Tribunal Supremo de Puerto Rico que revisa una sentencia del Tribunal de Apelaciones. La controversia surge de una solicitud de injunction preliminar y permanente, daños y sentencia declaratoria presentada por Ivonne Molini Gronau contra la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública. La peticionaria alegó violación de derechos constitucionales en relación con su empleo como Gerente de Noticias. El Tribunal de Primera Instancia había declarado Con Lugar el remedio interdictal solicitado por la peticionaria. No obstante, el Tribunal de Apelaciones revocó dicha determinación. La peticionaria acude ahora al Tribunal Supremo solicitando la revisión de la sentencia apelativa. El caso se origina en el contexto de una declaración de emergencia fiscal por parte de la Corporación, que anunció recortes presupuestarios y planes para reducir gastos y beneficios laborales. La opinión, emitida por la Jueza Asociada señora Pabón Charneco, aborda la revisión de la decisión del foro apelativo intermedio.
2010 • 20 de julio de 2010
Número de Caso:
AC-2008-0101
Ponente:
Sentencia
Resumen:
Alfredo Rolón López fue intervenido por poseer una cachorra Pitbull, lo que llevó al Departamento de Agricultura a emitir una orden de eutanasia bajo la Ley Núm. 158 de 1998. Tras una vista administrativa solicitada por Rolón López, el Departamento confirmó la orden. Rolón López recurrió al Tribunal de Apelaciones, alegando la inconstitucionalidad de la Ley 158 por vaguedad, violación al debido proceso sustantivo e igual protección, y fallas en el debido proceso procesal de la vista. El Tribunal de Apelaciones confirmó la orden de eutanasia, validando la ley y la vista. Inconforme, Rolón López acudió al Tribunal Supremo mediante certiorari, reiterando sus argumentos. El Tribunal Supremo examinó los escritos de las partes. Sin embargo, se encontró igualmente dividido en cuanto a la correcta resolución del caso. Debido a esta división, se confirmó la Sentencia del Tribunal de Apelaciones. La Jueza Asociada Pabón Charneco hizo constar su conformidad, entendiendo que la Ley Núm. 158 es constitucional.
2010 • 15 de julio de 2010
Número de Caso:
TS-3,989
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una Resolución en el caso Ex Parte Mario E. Vélez Martínez, identificado con el número TS-3989. La materia principal abordada en el documento es la solicitud de baja voluntaria al ejercicio de la abogacía. El Lcdo. Mario E. Vélez Martínez presentó una moción solicitando dicha baja. El Tribunal, a través de su Sala de Verano, examinó la moción presentada por el peticionario. También se consideró la comunicación recibida de la Oficina del Procurador General. La Resolución, fechada el 15 de julio de 2010, resuelve autorizar la baja voluntaria solicitada por el Lcdo. Vélez Martínez. El documento ordena la publicación de esta decisión. La Secretaria del Tribunal Supremo certifica el acuerdo alcanzado por el Tribunal.
2010 • 15 de julio de 2010
Número de Caso:
TS-1,486
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una Resolución en el caso Ex Parte José M. Calderón Cerecedo, identificado con el número TS-1486. El asunto principal abordado en el documento es la solicitud de baja voluntaria al ejercicio de la abogacía presentada por el Lcdo. José M. Calderón Cerecedo. La Sala de Verano del Tribunal Supremo, integrada por la Jueza Presidenta Fiol Matta y los Jueces Asociados Rodríguez Rodríguez y Martínez Torres, examinó la moción. También se consideró una comunicación presentada por la Oficina del Procurador General. Mediante la Resolución fechada el 15 de julio de 2010, el Tribunal autorizó la baja voluntaria solicitada por el Lcdo. Calderón Cerecedo. La decisión fue acordada por el Tribunal y certificada por la Secretaria del Tribunal Supremo.
2010 • 15 de julio de 2010
Número de Caso:
TS-6,506
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 15 de julio de 2010 en el caso Ex Parte Thomas Q. Haydon Navarro, identificado con el número TS-6506. La resolución aborda la solicitud de baja voluntaria de la práctica de la abogacía presentada por el Lcdo. Thomas Q. Haydon Navarro. La Sala de Verano del Tribunal Supremo, compuesta por la Jueza Asociada Fiol Matta, la Juez Asociada Rodríguez Rodríguez y el Juez Asociado Martínez Torres, examinó la moción del peticionario. También se consideró la comunicación de la Procuradora General. Tras el examen, el Tribunal autorizó la baja voluntaria solicitada por el Lcdo. Haydon Navarro. La resolución fue acordada por el Tribunal y certificada por la Secretaria.
2010 • 15 de julio de 2010
Número de Caso:
TS-8,535
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución en el caso Ex Parte Awilda Irizarry Pardo. La materia tratada fue la solicitud de baja voluntaria al ejercicio de la abogacía. La Lcda. Awilda Irizarry Pardo presentó una moción solicitando dicha baja. El Tribunal examinó la moción junto con una comunicación de la Procuradora General. La Sala de Verano del Tribunal Supremo, compuesta por la Jueza Fiol Matta y los Jueces Rodríguez Rodríguez y Martínez Torres, resolvió autorizar la baja voluntaria solicitada. La resolución fue emitida en San Juan, Puerto Rico, el 15 de julio de 2010.
2010 • 15 de julio de 2010
Número de Caso:
CP-2008-12
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
Decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico en un caso de conducta profesional contra el Lcdo. Juan Carlos Ríos Pérez. La querella, presentada por el Procurador General en 2008, imputó al abogado haber aceptado la representación del Ing. Kevin Llanés Santos y desatender por completo el caso. Se alegaron violaciones a los Cánones 12, 18, 19 y 20 del Código de Ética Profesional. Una Comisionada Especial fue designada para investigar los hechos. La investigación confirmó que el abogado aceptó el caso en 1999, recibió honorarios adelantados, pero no contestó la demanda, lo que provocó una solicitud de rebeldía contra su cliente. Como resultado de estos hallazgos y el proceso disciplinario, el Tribunal Supremo impuso una sanción. La sanción consistió en la suspensión del ejercicio de la abogacía por un término de seis meses. La suspensión fue efectiva a partir del 21 de julio de 2010.
2010 • 15 de julio de 2010
Número de Caso:
TS-10,023
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
Resolución del Tribunal Supremo de Puerto Rico con número de caso TS-10,023, fechada el 15 de julio de 2010. La materia tratada es la baja voluntaria al ejercicio de la abogacía. La Lcda. Sara Ramírez García presentó una moción solicitando su baja voluntaria. El Tribunal, a través de una Sala de Verano compuesta por las Juezas Asociadas Fiol Matta y Rodríguez Rodríguez, y el Juez Asociado Martínez Torres, examinó la moción. También se consideró una comunicación presentada por la Procuradora General. La resolución autoriza la baja voluntaria solicitada por la Lcda. Sara Ramírez García. La decisión fue acordada por el Tribunal y certificada por la Secretaria.
2010 • 15 de julio de 2010
Número de Caso:
TS-14,721
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
Este documento del Tribunal Supremo de Puerto Rico detalla un procedimiento disciplinario contra el abogado Eugenio González Cardona. El Procurador General presentó una querella imputándole violaciones a varios Cánones de Ética Profesional. Los cargos incluyen incumplimiento de órdenes judiciales, incomparecencia a deposiciones, abandono de representación legal sin autorización y falta de honradez. El abogado González Cardona contestó la querella negando los cargos y calificándola de frívola. Se nombró un Comisionado Especial para recibir prueba y rendir un informe. A pesar de múltiples señalamientos de vista, el abogado querellado no compareció en ninguna ocasión ni presentó excusa. Esta conducta fue informada al Tribunal Supremo por el Comisionado Especial. El documento describe el inicio del proceso disciplinario y las dificultades procesales causadas por la incomparecencia reiterada del abogado querellado a las vistas señaladas.
2010 • 15 de julio de 2010
Número de Caso:
TS-5,352
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 15 de julio de 2010 en el caso Ex Parte José Luis Vargas Núñez. El asunto principal tratado fue la solicitud de baja voluntaria al ejercicio de la abogacía presentada por el Lcdo. José Luis Vargas Núñez. El Tribunal examinó detenidamente la moción radicada por el abogado peticionario. También consideró la comunicación recibida de la Oficina del Procurador General. Tras evaluar ambos documentos, la Sala de Verano del Tribunal Supremo procedió a tomar una determinación. Finalmente, el Tribunal autorizó la baja voluntaria solicitada por el Lcdo. Vargas Núñez. Esta resolución constituye un documento oficial del Tribunal Supremo.
2010 • 15 de julio de 2010
Número de Caso:
TS-6,030
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
Resolución del Tribunal Supremo de Puerto Rico con fecha de 15 de julio de 2010. El caso, identificado como TS-6030, trata sobre la solicitud de baja voluntaria al ejercicio de la abogacía presentada por la Lcda. Martina Timperi Marchand. El Tribunal examinó la comunicación de la peticionaria y la de la Procuradora General. Una Sala de Verano, compuesta por las Juezas Fiol Matta y Rodríguez Rodríguez, y el Juez Martínez Torres, emitió la decisión. La resolución autoriza la baja voluntaria solicitada por la Lcda. Timperi Marchand. El documento fue certificado por la Secretaria del Tribunal Supremo.
2010 • 15 de julio de 2010
Número de Caso:
TS-4,783
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una Resolución el 15 de julio de 2010 en el caso Ex Parte Raúl Lugo Colón (TS-4783). El documento aborda la solicitud de baja voluntaria al ejercicio de la abogacía presentada por el Lcdo. Raúl Lugo Colón. La Sala de Verano del Tribunal, compuesta por las Juezas Asociadas Fiol Matta y Rodríguez Rodríguez, y el Juez Asociado Martínez Torres, examinó la Moción Solicitando Baja Voluntaria. También consideraron una comunicación de la Oficina del Procurador General. Tras la revisión, el Tribunal autorizó la baja voluntaria solicitada por el Lcdo. Lugo Colón. La decisión fue acordada por el Tribunal y certificada por la Secretaria.
2010 • 13 de julio de 2010
Número de Caso:
AC-2008-0048
Ponente:
Hon. Rivera Pérez
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico revisa una decisión del Tribunal de Apelaciones en el caso Wanda Báez Díaz et al. v. Estado Libre Asociado de Puerto Rico. La Administración de Corrección solicita la revisión de la sentencia apelativa. El Tribunal de Apelaciones dictaminó la nulidad de varias reglas (6, 7, 14, 16, 20, 23 y 24(C)) del Reglamento de Procedimientos Disciplinarios para Confinados (Reglamento 6994). Consideró que dichas reglas privaban a los confinados de un debido proceso de ley y violaban la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme. El Reglamento 6994, vigente desde 2005, fue creado bajo la Ley Orgánica de la Administración de Corrección. La Administración de Corrección sostiene que el reglamento busca proveer un mecanismo eficaz para imponer sanciones disciplinarias. La controversia se originó con una demanda presentada por siete confinados impugnando la validez del reglamento.
2010 • 13 de julio de 2010
Número de Caso:
CC-2008-1054
Ponente:
Hon. Hernández Denton
Resumen:
Este caso ante el Tribunal Supremo de Puerto Rico resuelve una controversia entre la Compañía de Turismo y el Municipio de Vieques. La disputa gira en torno a la compatibilidad de un impuesto municipal sobre la ocupación de habitaciones de hotel con el impuesto estatal existente bajo la Ley Núm. 272. El Municipio de Vieques aprobó una ordenanza para gravar a los no residentes que se alojan en hoteles locales, destinando los fondos a mejoras públicas. La Compañía de Turismo impugnó esta acción, alegando que el Estado ya había ocupado este campo impositivo, limitando la facultad municipal según la Ley de Municipios Autónomos. El Tribunal de Apelaciones había determinado que ambos tributos eran compatibles. Sin embargo, el Tribunal Supremo examinó la legislación pertinente. Concluyó que el impuesto municipal y el estatal no son compatibles. Por consiguiente, el Tribunal Supremo revocó la sentencia del Tribunal de Apelaciones.
2010 • 12 de julio de 2010
Número de Caso:
CP-2004-0009
Ponente:
Per Curiam
Resumen:
Este es un documento del Tribunal Supremo de Puerto Rico sobre la conducta profesional del abogado Eugenio González Cardona. El Procurador General presentó una querella imputándole cuatro violaciones a los Cánones de Ética Profesional. Los cargos incluían incumplir órdenes judiciales (Canon 9), no comparecer a deposiciones y dilatar procedimientos (Canon 12), abandonar la representación de un cliente sin autorización judicial (Canon 20), y faltar a la sinceridad y honradez ante los tribunales (Canon 35). El Sr. González Cardona negó las imputaciones, alegando que la querella era frívola. Se nombró un Comisionado Especial para recibir prueba. Sin embargo, el Sr. González Cardona incumplió reiteradamente con su obligación de comparecer a las vistas señaladas ante el Comisionado sin justificación. El Comisionado informó al Tribunal sobre estas ausencias injustificadas.
2010 • 8 de julio de 2010
Número de Caso:
CC-2007-1067
Ponente:
Hon. Martínez Torres
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico revisa una sentencia del Tribunal de Apelaciones que confirmó un dictamen del Tribunal de Primera Instancia. El caso involucra a Andamios de Puerto Rico, Inc. contra JPH Contractors, Corp. y su fiadora, Newport Bonding & Surety Company. La disputa se centra en el cobro del valor de lista de equipo arrendado (andamios y encofrado) que no fue devuelto por JPH tras su uso en un proyecto de construcción municipal. Newport había emitido una fianza de cumplimiento y pago a favor del Municipio de Juana Díaz para garantizar la obra de JPH. Los foros inferiores determinaron que Newport era solidariamente responsable con JPH por la cantidad de \$21,184.73 por el equipo no devuelto, más \$1,500.00 en honorarios de abogados. La controversia principal ante el Tribunal Supremo era si la fianza de cumplimiento y pago cubría el valor del equipo arrendado y no devuelto. El Tribunal Supremo concluyó que la fianza emitida por Newport sí cubría el valor en lista del equipo arrendado y no devuelto por JPH Contractors, Corp.
2010 • 6 de julio de 2010
Número de Caso:
TS-3399
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
Resolución del Tribunal Supremo de Puerto Rico con fecha de 6 de julio de 2010, identificada con el número de caso TS-3399. Trata sobre la Moción Solicitando Baja Voluntaria del ejercicio de la abogacía presentada por el Lcdo. Alfredo Segarra Martínez. El Tribunal, a través de una Sala de Verano compuesta por las Juezas Asociadas Fiol Matta y Rodríguez Rodríguez, y el Juez Asociado Martínez Torres, examinó la solicitud y la comunicación de la Procuradora General. Como resultado de dicho examen, el Tribunal autorizó la baja voluntaria solicitada por el Lcdo. Segarra Martínez. La decisión fue acordada por el Tribunal y certificada por la Secretaria del Tribunal Supremo, Aida Ileana Oquendo Graulau.
2010 • 6 de julio de 2010
Número de Caso:
CC-2006-794
Ponente:
Hon. Kolthoff Caraballo
Resumen:
Este caso ante el Tribunal Supremo de Puerto Rico, resuelto el 6 de julio de 2010, aborda la obligación de un banco respecto a un certificado de depósito pagadero alternativamente a dos personas. La controversia surge tras el fallecimiento de uno de los depositantes. El certificado fue adquirido por dos hermanos, Juan y Librado Torres Torres, pagadero a "Juan Torres Torres y/o Librado Torres Torres". Al fallecer Juan, sus herederos incluyeron el certificado en la partición de la herencia. El Banco Santander Puerto Rico entregó el valor del certificado a los herederos de Juan. El hermano sobreviviente, Librado Torres Torres, no fue notificado por el banco antes de que se realizara dicho pago. La cuestión central a determinar es si el banco tenía el deber legal de notificar a Librado antes de entregar los fondos a los herederos del co-depositante fallecido.
2010 • 6 de julio de 2010
Número de Caso:
TS-8949
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 6 de julio de 2010 en el caso Ex Parte Reina I. Freyre Hau. La resolución aborda la Moción Solicitando Baja Voluntaria de la Profesión presentada por la Lcda. Reina I. Freyre Hau. Tras examinar la solicitud y la comunicación de la Procuradora General, la Sala de Verano del Tribunal procedió a resolver. El Tribunal, compuesto por la Jueza Fiol Matta, la Juez Rodríguez Rodríguez y el Juez Martínez Torres, autorizó la baja voluntaria solicitada por la licenciada. La decisión fue acordada por el Tribunal y certificada por la Secretaria.
2010 • 6 de julio de 2010
Número de Caso:
TS-4700
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico, mediante resolución del 6 de julio de 2010 (2010 TSPR 119, TS-4700), resolvió una solicitud de baja voluntaria del ejercicio de la abogacía. La petición fue presentada por el Lcdo. Gilberto Acosta Ayala. Una Sala de Verano del Tribunal, integrada por la Jueza Presidenta Fiol Matta, la Juez Asociada Rodríguez Rodríguez y el Juez Asociado Martínez Torres, examinó la moción. También consideraron una comunicación de la Procuradora General. Tras revisar los documentos, el Tribunal autorizó la baja voluntaria solicitada por el Lcdo. Acosta Ayala. La resolución ordena su publicación y está certificada por la Secretaria del Tribunal Supremo.
2010 • 6 de julio de 2010
Número de Caso:
TS-7309
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una Resolución el 6 de julio de 2010 en el caso número TS-7309. La Resolución atiende una Moción Solicitando Baja Voluntaria presentada por la Lcda. Celia Grau Almedina. La abogada solicitó retirarse voluntariamente del ejercicio de la abogacía. El Tribunal examinó la solicitud de baja voluntaria. También consideró una comunicación de la Procuradora General. Tras la revisión, el Tribunal autorizó la baja voluntaria solicitada por la Lcda. Grau Almedina. La decisión fue tomada por una Sala de Verano del Tribunal. La Resolución fue certificada por la Secretaria del Tribunal Supremo.
2010 • 6 de julio de 2010
Número de Caso:
TS-3316
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 6 de julio de 2010. La resolución atiende una solicitud de baja voluntaria del ejercicio de la abogacía. La solicitud fue presentada por el Lcdo. Carlos A. Irizarry Vázquez. El Tribunal examinó la moción del peticionario y la comunicación de la Procuradora General. Tras la revisión, el Tribunal autorizó la baja voluntaria solicitada. La decisión fue tomada por la Sala de Verano del Tribunal.
2010 • 6 de julio de 2010
Número de Caso:
TS-5709
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 6 de julio de 2010 en el caso Ex Parte Agnes Martínez Lahoz, identificado con el número TS-5709. La materia tratada fue la solicitud de baja voluntaria del ejercicio de la abogacía presentada por la Lcda. Agnes Martínez Lahoz. Tras examinar la comunicación de la peticionaria y la de la Procuradora General, el Tribunal, a través de su Sala de Verano, procedió a resolver la solicitud. La resolución autorizó la baja voluntaria solicitada por la Lcda. Martínez Lahoz. Este documento oficial certifica la decisión del Tribunal Supremo respecto a este asunto.
2010 • 6 de julio de 2010
Número de Caso:
TS-5129
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico, mediante resolución del 6 de julio de 2010, consideró la solicitud presentada por el Lcdo. Ismael Hernández Arce. El licenciado había radicado una moción pidiendo su baja voluntaria del ejercicio de la profesión de la abogacía. La Sala de Verano del Tribunal Supremo examinó la petición, así como la comunicación de la Procuradora General. Tras dicha evaluación, el Tribunal determinó autorizar la baja voluntaria solicitada. Este documento oficializa la decisión del Tribunal Supremo permitiendo que el Lcdo. Hernández Arce cese voluntariamente de ejercer la abogacía.
2010 • 6 de julio de 2010
Número de Caso:
TS-11,651
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 6 de julio de 2010. La resolución trata sobre la solicitud de baja voluntaria del ejercicio de la abogacía. El Lcdo. Braulio Mercader Toro presentó dicha solicitud ante el Tribunal. La Sala de Verano del Tribunal examinó la Moción en Solicitud de Baja Voluntaria. También se consideró la comunicación de la Procuradora General. Tras el examen, el Tribunal autorizó la baja voluntaria del Lcdo. Braulio Mercader Toro. La decisión fue certificada por la Secretaria del Tribunal Supremo.
2010 • 6 de julio de 2010
Número de Caso:
TS-3040
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 6 de julio de 2010 en el caso identificado como TS-3040. La resolución se relaciona con una solicitud de baja voluntaria del ejercicio de la abogacía. Dicha solicitud fue presentada por la Lcda. Olga Olivieri Sánchez. Tras examinar la Moción Solicitando Baja Voluntaria y la comunicación de la Procuradora General, el Tribunal autorizó la baja voluntaria. La decisión fue tomada por la Sala de Verano del Tribunal Supremo.
2010 • 6 de julio de 2010
Número de Caso:
TS-6022
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico, en su Sala de Verano, examinó la Moción Solicitando Baja Voluntaria de la Abogacía presentada por el Lcdo. Pedro A. Román García. Tras considerar la solicitud y la comunicación de la Procuradora General, el Tribunal resolvió autorizar la baja voluntaria del ejercicio de la abogacía solicitada por el Lcdo. Román García. La resolución fue emitida en San Juan, Puerto Rico, el 6 de julio de 2010.
2010 • 6 de julio de 2010
Número de Caso:
TS-1936
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico, en resolución emitida el 6 de julio de 2010, atendió la solicitud del Lcdo. Ernesto J. Hernández Barreras. El licenciado había presentado una moción pidiendo la baja voluntaria del ejercicio de la profesión de la abogacía. El Tribunal, actuando a través de una Sala de Verano, examinó dicha moción. También consideró una comunicación presentada por la Procuradora General. Tras revisar los documentos, el Tribunal Supremo autorizó la baja voluntaria solicitada por el Lcdo. Hernández Barreras. La decisión fue certificada por la Secretaria del Tribunal.
2010 • 6 de julio de 2010
Número de Caso:
TS-3219
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico, en resolución de 6 de julio de 2010, atendió la Moción Solicitando Baja Voluntaria presentada por la Lcda. Celsa Cedeño Maldonado. La petición se refería a la baja voluntaria del ejercicio de la abogacía. El Tribunal, tras examinar la solicitud y la comunicación de la Procuradora General, procedió a resolver el asunto. La Sala de Verano, integrada por las Juezas Fiol Matta y Rodríguez Rodríguez, y el Juez Martínez Torres, tomó la decisión. La resolución autoriza la baja voluntaria solicitada por la Lcda. Cedeño Maldonado. Se ordena la publicación de la decisión.
2010 • 1 de julio de 2010
Número de Caso:
CC-2008-394
Ponente:
Hon. Pabón Charneco
Resumen:
Este documento del Tribunal Supremo de Puerto Rico resuelve si las indemnizaciones voluntarias por cesantía pueden acreditarse a la mesada de la Ley Núm. 80. La controversia surge de despidos realizados por Baxter Healthcare Corp. tras el cierre de una planta, donde la empresa efectuó pagos voluntarios a los empleados. La cuestión central es si estos pagos voluntarios, calculados según la fórmula de la Ley 80, son acreditables si los despidos son declarados injustificados. El Tribunal Supremo concluyó que las indemnizaciones voluntarias por años de servicio o cesantía realizadas antes de la vigencia de la Ley Núm. 278 de 15 de agosto de 2008 son acreditables. La Corte fundamentó esta decisión en que ambas indemnizaciones persiguen los mismos propósitos. Esta opinión, emitida en reconsideración, establece la norma aplicable a la acreditación de pagos voluntarios frente a la mesada de la Ley 80 para despidos previos a la enmienda de 2008.
2010 • 30 de junio de 2010
Número de Caso:
CC-2008-952 Cons. AC-2008-88
Ponente:
Hon. Hernández Denton
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico consolidó los casos CC-2008-952 y AC-2008-88, presentados por Luis Antonio Rullán Rivera y Félix Parrilla Batista contra la Autoridad de Energía Eléctrica y otros. La controversia central que el Tribunal debe resolver es si la Ley Núm. 203 de 14 de diciembre de 2007, conocida como la Carta de Derechos del Veterano Puertorriqueño del Siglo XXI, tiene aplicación retroactiva. Específicamente, se cuestiona si las disposiciones de esta ley sobre la acreditación de años de servicio en las fuerzas armadas para los sistemas de retiro son aplicables. La duda surge para los empleados que ingresaron al servicio público y solicitaron dicha acreditación antes de la vigencia de la Ley Núm. 203. La decisión del Tribunal Supremo sobre este punto legal es emitida por el Juez Presidente señor Hernández Denton.
2010 • 30 de junio de 2010
Número de Caso:
EN-2010-02
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 30 de junio de 2010, identificada como EN-2010-02. Esta resolución se refiere a la designación de un miembro de la Comisión de Evaluación Judicial. Conforme al Artículo 8 de la Ley Núm. 91 de 1991, se designa al Licenciado Ismael Colón Birriel como Miembro Asociado de dicha Comisión. La designación tiene como propósito cubrir la vacante generada por la renuncia del Licenciado Luis F. Camacho. El Licenciado Camacho presentó su renuncia el 7 de junio de 2010. El Licenciado Colón Birriel servirá en el cargo por el resto del término que le correspondía al miembro saliente. El Tribunal Supremo expresó su agradecimiento al Licenciado Luis F. Camacho por sus nueve años de servicio y dedicación a la Rama Judicial.
2010 • 29 de junio de 2010
Número de Caso:
CC-2008-766
Ponente:
Hon. Rivera Pérez
Resumen:
Decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico de 29 de junio de 2010 en el caso CC-2008-766, entre Outdoor Media Displays Posters, Inc. (CBS Outdoor) y Billboard One, Inc., et als. La controversia central gira en torno a un interdicto estatutario presentado bajo el Artículo 28 de la Ley Orgánica de ARPE (Ley Núm. 76). CBS Outdoor inició la acción alegando que los demandados operaban tableros de anuncios sin los permisos necesarios de ARPE. El Tribunal de Primera Instancia había emitido una orden provisional en el caso. El propósito expreso de este documento es reconsiderar una Sentencia previa emitida por el mismo Tribunal en este caso el 6 de marzo de 2009. En aquella Sentencia, se había determinado que la presentación de una solicitud de permiso ante ARPE no detenía la acción de injunction estatutario presentada por partes privadas conforme al procedimiento especial del Artículo 28 de la Ley Núm. 76. Esta decisión aborda nuevamente la validez de esa determinación legal.
2010 • 22 de junio de 2010
Número de Caso:
TS-6161
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
Resolución del Tribunal Supremo de Puerto Rico emitida el 22 de junio de 2010 en el caso TS-6161. El documento aborda la Moción Solicitando Baja Voluntaria del Ejercicio de la Abogacía. Dicha moción fue presentada por la Lcda. Margarita Herrera Abolafio. El Tribunal examinó la solicitud junto con una comunicación de la Oficina del Fiscal General y de la Procuradora General. Tras la revisión, el Tribunal acordó autorizar la baja voluntaria del ejercicio de la abogacía solicitada por la Lcda. Herrera Abolafio. La resolución certifica esta decisión. Se ordena la publicación del documento.
2010 • 22 de junio de 2010
Número de Caso:
TS-10,345
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 22 de junio de 2010 en el caso Ex Parte Evelyn Ortiz Cardona, identificado con el número TS-10,345. La Lcda. Evelyn Ortiz Cardona presentó una moción solicitando su baja voluntaria del ejercicio de la abogacía. El Tribunal examinó la solicitud de baja voluntaria, presentada por la peticionaria por derecho propio. También consideró la comunicación recibida de la Procuradora General. Tras la revisión, el Tribunal Supremo autorizó la baja voluntaria solicitada por la Lcda. Ortiz Cardona. La resolución ordena su publicación y está certificada por la Secretaria del Tribunal Supremo.
2010 • 22 de junio de 2010
Número de Caso:
CC-2006-143
Ponente:
Hon. Pabón Charneco
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió su opinión en el caso CC-2006-143 el 22 de junio de 2010. La controversia central planteada fue si corresponde a los árbitros o a los jueces adjudicar una disputa que impugna la existencia y validez de un contrato en su totalidad. Este contrato contenía una cláusula de arbitraje amplia. El Tribunal también consideró si debía adoptar la doctrina de separabilidad, que establece que las cláusulas de arbitraje son independientes del contrato principal. El caso se originó de una demanda presentada por Pablo Méndez Acevedo y otros contra Héctor Juan Nieves Rivera y otros. La disputa surgió de un Contrato Privado de Constitución de Sociedad Regular Colectiva para el negocio Auto Export. Los demandantes alegaron que dicho contrato era nulo por deficiencias formales y sustantivas. Argumentaron que la relación entre las partes era meramente de compartir gastos comunes. La opinión del Tribunal aborda directamente estas cuestiones fundamentales sobre la jurisdicción arbitral frente a la judicial y la validez de las cláusulas de arbitraje.
2010 • 18 de junio de 2010
Número de Caso:
TS-10,226
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 18 de junio de 2010 en el caso In re: Rossana Miranda Morales. La resolución aborda la petición de reinstalación al ejercicio de la notaría presentada por la Lcda. Rossana Miranda Morales. Tras examinar la solicitud, el Tribunal autorizó su reinstalación. Se le recordó a la abogada la obligación de cumplir estrictamente con el ordenamiento jurídico aplicable al ejercicio notarial. Esta decisión permite a la Lcda. Miranda Morales retomar sus funciones como notaria en Puerto Rico.
2010 • 18 de junio de 2010
Número de Caso:
ES-2010-01
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico, mediante Resolución de 18 de junio de 2010, dispuso la integración de Salas de Verano. Esta medida se adopta de conformidad con la Regla 4(d) de su Reglamento para funcionar durante el receso. Se establecen dos periodos de funcionamiento para estas salas. El primer periodo abarca del 1ro. de julio al 15 de agosto de 2010, integrado por la Hon. Liana Fiol Matta (Presidenta), Hon. Anabelle Rodríguez Rodríguez y Hon. Rafael L. Martínez Torres. El segundo periodo va del 16 de agosto al 30 de septiembre de 2010, compuesto por el Hon. Federico Hernández Denton (Presidente), Hon. Mildred G. Pabón Charneco y Hon. Erick V. Kolthoff Caraballo. Los Presidentes de Sala quedan facultados para sustituir a los Jueces o convocar al Pleno del Tribunal cuando fuere necesario. Se aclara que el Tribunal continuará emitiendo y certificando Opiniones y Sentencias durante este periodo. La resolución fue acordada por el Tribunal y certificada por la Secretaria.
2010 • 18 de junio de 2010
Número de Caso:
TS-2684
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 18 de junio de 2010 en el caso Ex Parte Edwin A. Cuevas Alicea. La resolución atiende la solicitud de baja voluntaria del ejercicio de la abogacía presentada por el Lcdo. Edwin A. Cuevas Alicea. El Tribunal examinó la moción del peticionario, así como las comunicaciones recibidas de la Procuradora General y de Fiscalía General. Tras considerar la información, el Tribunal Supremo autorizó la baja voluntaria solicitada por el abogado. Este documento oficial certifica la decisión de la Corte Suprema respecto a la renuncia voluntaria a la práctica legal.
2010 • 18 de junio de 2010
Número de Caso:
TS-12,782
Ponente:
Resolución del Tribunal
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución con fecha de 18 de junio de 2010 en el caso Ex Parte Carisa López Galib, número TS-12,782. La Lcda. Carisa López Galib presentó una moción solicitando su baja voluntaria del ejercicio de la abogacía. El Tribunal examinó la moción presentada por la Lcda. López Galib. También consideró una comunicación recibida de la Procuradora General sobre el asunto. Mediante esta resolución, el Tribunal Supremo autorizó la baja voluntaria solicitada. El documento ordena la publicación de la decisión y está certificado por la Secretaria del Tribunal Supremo.
2010 • 17 de junio de 2010
Número de Caso:
CC-2009-336
Ponente:
Hon. Pabón Charneco
Resumen:
El Tribunal Supremo de Puerto Rico revisa una decisión del Tribunal de Apelaciones en un caso de daños y perjuicios y violación de contratos relacionado con un incendio en las facilidades de Mini Warehouse en 2000. Los peticionarios, Silvia Font de Bardón y otros, impugnan determinaciones apelativas sobre una reconvención de Real Legacy Assurance Company y la exclusión de peritos consultores. El Tribunal de Apelaciones había revocado la denegación de la reconvención y modificado la exclusión de peritos, permitiendo a Mini Warehouse usar ciertos expertos pero no a Real Legacy. El recurso ante el Supremo plantea, entre otras cosas, si un perito consultado y parcializado en la preparación de un caso está impedido de testificar en el juicio. El Tribunal Supremo adelanta que, a priori, la respuesta a esta cuestión es negativa. La controversia surge de un incendio ocurrido el 6 de julio de 2000 que afectó bienes almacenados en los cubículos arrendados por Mini Warehouse.