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Casos del Tribunal de Apelaciones (Página 332)

EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. AYALA HERNANDEZ, GIANCARLO

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLCE201500480

Ponente:

—

Resumen:

El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emitió una Resolución el 30 de abril de 2015. El panel evaluó una moción presentada por el peticionario Giancarlo Ayala Hernández. Dicha moción solicitaba el desistimiento de un recurso de certiorari. El Tribunal, en virtud de la Regla 83 (A) de su Reglamento, declaró Ha Lugar la moción. Como consecuencia de esta decisión, se dejó sin efecto la resolución previa del 21 de abril de 2015. Aquella resolución había ordenado a El Pueblo someter su alegato. Finalmente, se dictó una Resolución Final en el caso debido al desistimiento del recurso.

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CASANOVA MERCADO, LUIS R V. ADVANCED AUTO PARTS

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLCE201500491

Ponente:

—

Resumen:

El Tribunal de Apelaciones emitió una resolución sobre una petición de certiorari presentada por Advance Auto Parts en un caso de despido injustificado. Advance Auto buscaba la revisión de una decisión del Tribunal de Primera Instancia de Hatillo. El foro primario había denegado la solicitud de Advance Auto para tramitar el caso por el procedimiento ordinario en lugar del sumario bajo la Ley Núm. 2 de 1961. El Tribunal de Primera Instancia también denegó una moción de reconsideración y/o descubrimiento de prueba. El Tribunal de Apelaciones recordó que los dictámenes interlocutorios bajo la Ley Núm. 2 no son revisables salvo por falta de jurisdicción o cuando los fines de la justicia lo requieran. El tribunal determinó que ninguna de estas excepciones aplicaba al caso. Los argumentos de Advance Auto sobre la necesidad de evidencia o un procedimiento ordinario no persuadieron al foro apelativo. Por consiguiente, el Tribunal de Apelaciones denegó expedir el auto de certiorari solicitado.

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EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. VAZQUEZ CARRASCO, JOSE A

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLCE201500493

Ponente:

—

Resumen:

El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite una resolución en respuesta a una moción presentada por José Vázquez Carrasco. El señor Vázquez Carrasco solicitó la reconsideración y rebaja de su sentencia criminal dictada el 11 de marzo de 2015. Su petición se basó en la Regla 185 de Procedimiento Criminal, buscando la corrección de la pena para bonificar durante su reclusión de 23 años. El Tribunal de Apelaciones analizó el alcance de la Regla 185, que faculta al Tribunal de Primera Instancia para corregir o modificar sentencias. Se determinó que las solicitudes bajo esta regla deben presentarse inicialmente ante el tribunal sentenciador. El Tribunal de Apelaciones concluyó que su función es exclusivamente revisora. Carece de jurisdicción original para atender peticiones directas al amparo de la Regla 185. Por lo tanto, el Tribunal de Apelaciones desestimó el recurso presentado por el peticionario. La desestimación se fundamentó en la falta de jurisdicción para conocer de la solicitud en primera instancia.

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RUSHMORE LOAN MANAGMENT SERVICES V. SUMPTER LOPEZ, DAVID STEVEN

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLCE201500495

Ponente:

—

Resumen:

Este documento es una Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico. La parte peticionaria solicitó la revisión mediante Certiorari de una Resolución del Tribunal de Primera Instancia. Dicha Resolución autorizó la sustitución de Doral Bank por Roosevelt Cayman Asset Company como parte demandante en un caso de cobro de dinero y ejecución de hipoteca. Los peticionarios se opusieron a la sustitución, alegando su derecho de retracto. El Tribunal de Apelaciones analizó su jurisdicción para revisar la orden interlocutoria de sustitución bajo la Regla 52.1 de Procedimiento Civil. Esta regla limita la revisión por Certiorari de órdenes interlocutorias a circunstancias específicas. El tribunal concluyó que la orden de sustitución no se encuentra entre las excepciones permitidas por la Regla 52.1. Por lo tanto, el Tribunal de Apelaciones carece de autoridad para entender en los méritos del recurso en esta etapa procesal. En consecuencia, se desestima el auto de Certiorari solicitado. La desestimación no prejuzga los méritos y el asunto puede ser planteado en una apelación posterior.

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ESSROC SAN JUAN, INC. V. D DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTALES

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201400736

Ponente:

—

Resumen:

Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico que consolida varios recursos de revisión judicial y administrativa. Diversas entidades recurrentes impugnan la adopción del Plan y Reglamento del Área de Planificación Especial del Carso (PRAPEC), Reglamento Núm. 8486, por parte de la Junta de Planificación y el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales. Este reglamento fue promulgado para la protección y conservación de la fisiografía cársica de Puerto Rico. Los recurrentes presentaron variados fundamentos contra el PRAPEC, aprobado por el Gobernador en mayo de 2014. Tras considerar las mociones de desestimación presentadas por las recurridas e interventores, el Tribunal desestima los recursos de Revisión Judicial. La desestimación se fundamenta en la falta de jurisdicción del Tribunal para atender dichos recursos.

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BORRERO TORRES, GRISEL V. JC PENNEY PUERTO RICO INC

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLCE201500497

Ponente:

—

Resumen:

Esta resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico trata sobre una disputa laboral entre la empleada Grisel Borrero Torres y JC Penney. Borrero Torres sufrió lesiones y desarrolló condromalacia en la rodilla, resultando en limitaciones físicas certificadas por médicos. Al reincorporarse al trabajo, solicitó acomodo razonable a Penney. La empleada alega que Penney no le brindó un acomodo adecuado, obligándola a realizar tareas como agacharse y estar de pie por periodos prolongados, lo que agravó su condición. Afirma que sus solicitudes, tramitadas a través del programa Powerline de Penney, no fueron atendidas correctamente. Penney niega estas alegaciones, sosteniendo que se le proporcionó acomodo. El documento detalla la cronología de los hechos, incluyendo múltiples certificaciones médicas y periodos de incapacidad. La empleada eventualmente desarrolló tromboflebitis, que atribuye a la falta de acomodo. La resolución expone los antecedentes fácticos y el conflicto central sobre la alegada falta de acomodo por parte de Penney.

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MORALES CABAN, GLADYS VS RIVERA GONZALEZ, ISMAEL

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201500096

Ponente:

—

Resumen:

El Tribunal de Apelaciones revisa un recurso presentado por Ismael Rivera González contra una sentencia en rebeldía dictada en un caso de divorcio por ruptura irreparable. La sentencia apelada, emitida por el Tribunal de Primera Instancia, declaró el divorcio y le impuso al señor Rivera una pensión de ex cónyuge. El foro primario dictó la rebeldía y la sentencia tras el incumplimiento del señor Rivera de presentar una alegación responsiva, a pesar de haber sido emplazado por edicto. El señor Rivera compareció posteriormente solicitando la nulidad de la sentencia bajo la Regla 49.2. La notificación de la sentencia por edicto se retrasó, publicándose finalmente el 5 de noviembre de 2014. El recurso de apelación fue presentado el 27 de enero de 2015. El Tribunal de Apelaciones desestima el recurso. La desestimación se fundamenta en la tardía presentación de la apelación, lo que resulta en la falta de jurisdicción del tribunal para atender el caso.

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VEGA RIVERA, NANCY VS MUNICIPIO AUTONOMO DE LAJAS

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201500085

Ponente:

—

Resumen:

Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisando un caso de daños y perjuicios. La apelante, Nancy Vega Rivera, demandó al Municipio de Lajas por lesiones sufridas por su hijo menor en un accidente. El Tribunal de Primera Instancia desestimó la demanda, al concluir que la parte demandante no probó los elementos de su causa de acción. Las determinaciones de hecho del tribunal de instancia indicaron que la madre no presenció el accidente. La apelante recurrió, alegando errores en la admisión de prueba y la valoración de la misma. El Tribunal de Apelaciones revisó el expediente y los señalamientos. Aplicando el estándar de revisión que otorga deferencia a las determinaciones de hecho del tribunal sentenciador, el Tribunal de Apelaciones decidió confirmar la Sentencia apelada. Con ello, se sostuvo la desestimación de la demanda por daños y perjuicios contra el Municipio de Lajas.

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RIVERA MORALES, ALBERTO V. MUNICIPIO DE GUAYAMA

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLCE201500498

Ponente:

—

Resumen:

Comparecieron ante el Tribunal de Apelaciones peticionarios, demandantes en un caso de mandamus y sentencia declaratoria contra el Municipio de Guayama. En el foro primario, los peticionarios, policías municipales, reclamaban el reconocimiento de su derecho a salarios según una ordenanza y la implementación de una escala salarial. El Tribunal de Primera Instancia denegó en corte abierta el auto de mandamus solicitado. Además, indicó que el reglamento de la policía municipal contenía un plan de retribución distinto al de otros empleados. Inconformes, los peticionarios presentaron un recurso de certiorari ante el Tribunal de Apelaciones impugnando dicha determinación. El Tribunal de Apelaciones procede a desestimar el recurso. La desestimación se fundamenta en la falta de jurisdicción para revisar la resolución recurrida. Según la Regla 42.3 de Procedimiento Civil, una adjudicación parcial como la denegación del mandamus no es una sentencia final apelable a menos que el foro primario la certifique expresamente como tal y ordene su registro. Al no haberse cumplido con estos requisitos, la determinación del Tribunal de Primera Instancia carece de la finalidad necesaria para ser revisada mediante certiorari en esta etapa.

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RIVERA CASTRO, ERICA VS ADMINISTRACION DE SERVICIOS DE SALUD

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201500078

Ponente:

—

Resumen:

Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en el caso KLAN201500078. ASSMCA apeló la Sentencia del Tribunal de Primera Instancia que le ordenó pagar a Erica Rivera Castro. La controversia surgió de la terminación de un contrato de servicios profesionales entre ASSMCA y la señora Rivera, una psiquiatra. El contrato contenía una cláusula de terminación con 30 días de notificación previa. La señora Rivera demandó a ASSMCA alegando incumplimiento por no cumplir con el plazo de notificación. El Tribunal de Primera Instancia determinó que ASSMCA incumplió el contrato. Ordenó a ASSMCA pagar \$57,600, representando lo que la señora Rivera habría devengado en los meses restantes del contrato. También impuso \$1,000 por honorarios de abogado por temeridad a ASSMCA. ASSMCA recurrió al Tribunal de Apelaciones señalando errores en la decisión de instancia. El Tribunal de Apelaciones resolvió revocar la Sentencia apelada.

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INVERSIONES COMERCIALES, INC. V. JUNTA DE PLANIFICACION DE PR

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201400739

Ponente:

—

Resumen:

Una sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico atiende recursos consolidados que impugnan el Plan y Reglamento del Área de Planificación Especial del Carso (PRAPEC), Reglamento Núm. 8486. Adoptado por la Junta de Planificación y el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales en 2014, el PRAPEC incluyó enmiendas a los mapas de calificación municipales. Varias partes presentaron revisiones judiciales y administrativas, formulando diversos fundamentos contra la adopción del reglamento. Tras considerar las mociones de desestimación presentadas por el DRNA y los interventores, el Tribunal emitió su decisión el 30 de abril de 2015. El Tribunal desestimó los recursos de revisión judicial. La desestimación se fundamentó en la falta de jurisdicción sobre dichos procedimientos.

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ROSARIO CRUZ, JOSE LUIS V. BANCO SANTANDER PUERTO RICO

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLCE201500524

Ponente:

—

Resumen:

Una resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico atiende un recurso de certiorari presentado por José Luis Rosario Cruz contra Banco Santander de Puerto Rico. El peticionario impugnó una determinación del Tribunal de Primera Instancia que denegó su solicitud para enmendar la demanda en un pleito de cobro de dinero y daños. La enmienda buscaba incluir imputaciones de fraude contra la entidad bancaria. El Tribunal de Apelaciones examinó su jurisdicción para revisar resoluciones interlocutorias conforme a la Regla 52.1 de Procedimiento Civil. Dicha regla delimita las instancias específicas en las que procede el recurso de certiorari contra dictámenes interlocutorios. El Tribunal concluyó que la denegatoria de una solicitud de enmienda a una demanda no se encuentra entre los supuestos que legitiman su intervención. Por tanto, determinó que carecía de jurisdicción para entender sobre el asunto planteado. El recurso de certiorari fue desestimado por falta de jurisdicción.

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EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. IBARRA COLON, MARIA DEL ROSARIO

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLCE201500552

Ponente:

—

Resumen:

Comparece ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico un recurso de certiorari presentado por María del Rosario Ibarra Colón. La peticionaria solicita la revocación de la pena impuesta por el Tribunal de Primera Instancia tras declararse culpable de múltiples violaciones a la Ley para el Bienestar y la Protección de los Animales (Ley Núm. 154). El foro primario le impuso penas de cárcel y multas por cada cargo, ordenando que las penas de reclusión fueran consecutivas y las multas convertibles a días de cárcel si no se pagaban. La señora Ibarra Colón solicitó reconsideración, alegando que la multa no era obligatoria al imponerse pena de reclusión y que era indigente. El Tribunal de Primera Instancia denegó la moción, refiriéndose a agravantes y a que la pena estaba dentro de los parámetros legales. En apelación, la peticionaria argumenta que la pena de multa solo procede bajo los Artículos 2(d) y 3(b) de la Ley 154 cuando se conceden beneficios de sentencia suspendida o alternativas a la reclusión. El Tribunal de Apelaciones ha decidido prescindir de trámites adicionales para agilizar el despacho del recurso.

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TGR AFFORDABLE HOUSING, LLC V. AUT PARA EL FINANCIAMIENTO VIVIENDA PR

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201400609

Ponente:

—

Resumen:

El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisa una determinación de la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda (AFV). TGR Affordable Housing, LLC (TGR) solicitó fondos federales del Programa HOME para la construcción de un proyecto de vivienda para personas de edad avanzada. La AFV denegó la solicitud inicial de fondos HOME por no cumplir con requisitos de umbral. TGR solicitó reconsideración de esta denegatoria. La AFV denegó la reconsideración, fundamentando su decisión en que el proyecto no demostró ser económicamente viable. Esta falta de viabilidad fue la misma razón por la que se denegó la solicitud de créditos contributivos federales (LIHTC) para el mismo proyecto. Los créditos LIHTC constituían la fuente principal de fondos para el desarrollo del proyecto. La denegatoria de los LIHTC ya había sido confirmada por este tribunal en un caso anterior entre las mismas partes. TGR acude ahora en revisión judicial contra la denegatoria de los fondos HOME.

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POPULAR SECURITIES LLC VS FERNANDEZ DIAZ, LUIS R

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201500006

Ponente:

—

Resumen:

Popular Securities, LLC apeló la Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (TPI) que desestimó su Petición de Injunction Preliminar y Otros Remedios. Popular Securities solicitó al TPI que impidiera a Luis R. Fernández Díaz, Alex Corp., Lic. Carlos Román González y Fideicomiso Fernández & Sons disponer de fondos en una cuenta del Fideicomiso. El objetivo era asegurar el cobro de una reclamación presentada por Popular Securities ante FINRA. Dicha reclamación se basaba en el impago de un balance adeudado de un préstamo perdonable otorgado a Fernández Díaz como empleado. El préstamo se hizo exigible tras la terminación de su empleo. Popular Securities también reclamaba ajustes a la tasa de pago y comisiones adelantadas. Alegó que Fernández Díaz transfirió fondos fraudulentamente a las otras partes, considerándolas sus álter egos. El Tribunal de Apelaciones revisó el recurso y la prueba presentada. Tras su examen, el Tribunal de Apelaciones acordó confirmar la Sentencia del TPI que desestimó la petición de injunction.

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JUNTA DE PLANIFICACION DE PR V. HACIENDA LA HERMOSURA, INC.

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201400703

Ponente:

—

Resumen:

Esta es una sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico relativa a múltiples impugnaciones al Plan y Reglamento del Área de Planificación Especial del Carso (PRAPEC). Varias partes, incluyendo Hacienda Hermosura, Essroc San Juan e Inversiones Comerciales, presentaron recursos de revisión judicial y administrativa. Impugnaron la adopción del plan y reglamento del PRAPEC (Reglamento Núm. 8486) por la Junta de Planificación y el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales en 2014. Las impugnaciones también incluyeron enmiendas relacionadas a los mapas de calificación de municipios dentro del área del PRAPEC. El tribunal consideró mociones de desestimación presentadas por el DRNA e interventores. Finalmente, el tribunal desestimó los recursos de revisión judicial por falta de jurisdicción.

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SANTOS ALAMO, NELSON V. UPR RECINTO DE HUMACAO

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201400743

Ponente:

—

Resumen:

Nelson Santos Álamo solicitó revisión judicial de una decisión de la Junta de Gobierno de la Universidad de Puerto Rico. La Junta de Gobierno confirmó su inelegibilidad para el puesto de Oficial de Finanzas II en la UPR Humacao. Fue excluido del registro de elegibles por no cumplir con el requisito de experiencia mínima de un año en puestos similares, según la Convocatoria 2008-05. Santos Álamo apeló internamente, argumentando que su experiencia como Coordinador de Auditorías era comparable y que el proceso de reclutamiento fue irregular. Tanto la Junta de Apelaciones como la Junta de Gobierno de la UPR confirmaron la determinación inicial, resolviendo que su experiencia no cumplía con el requisito específico. La Junta de Gobierno también indicó que la solicitud de reconsideración no detenía el proceso de evaluación. Santos Álamo acudió al Tribunal de Apelaciones, alegando errores de la Junta de Gobierno al confirmar su inelegibilidad y violar la reglamentación universitaria. El Tribunal de Apelaciones revisó el caso. Con el beneficio de la comparecencia de las partes y el expediente, el Tribunal resolvió CONFIRMAR la determinación recurrida.

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ESD HOLDINGS, LLC., DALECCIO PROPERTIES, V. JUNTA DE PLANIFICACION DE PR

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201400745

Ponente:

—

Resumen:

El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite una sentencia consolidando varios recursos de revisión judicial y administrativa. Estos recursos fueron presentados por diversas entidades, incluyendo Hacienda Hermosura, Essroc San Juan, e Inversiones Comerciales. Los recurrentes impugnaron la adopción del Plan y Reglamento del Área de Planificación Especial del Carso (PRAPEC), Reglamento Núm. 8486, por parte de la Junta de Planificación y el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales. Dicho reglamento, aprobado en 2014, establece la planificación y manejo del área cársica, incluyendo enmiendas a mapas de calificación y reglamentos. Tras considerar las mociones de desestimación presentadas por las recurridas e interventores, el tribunal resuelve. La sentencia desestima los recursos de revisión judicial. La razón para la desestimación es la falta de jurisdicción del tribunal para atender dichos recursos.

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MELENDEZ ROSADO, MIRIAM VS EMPRESAS PITUSA

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201402073

Ponente:

—

Resumen:

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CASTAÑO RIVERA, ROBERTO V. MUNICIPIO DE TOA BAJA

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201400956

Ponente:

—

Resumen:

Se trata de una Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico que revisa una determinación administrativa. El Municipio de Toa Baja apeló la decisión de la Comisión de Investigación, Procesamiento y Apelación (CIPA). La CIPA había modificado la medida disciplinaria impuesta a un policía municipal, Roberto Castaño Rivera. El Municipio lo había destituido por un incidente de violencia doméstica ocurrido en 2009. Tras la apelación del policía, la CIPA cambió la destitución por una suspensión de empleo y sueldo de tres meses. El Municipio recurrió esta modificación ante el Tribunal de Apelaciones, argumentando que la CIPA erró al revocar la destitución. El Tribunal revisó los alegatos de las partes y la evidencia. Finalmente, el Tribunal de Apelaciones confirmó la determinación de la CIPA. Se sostuvo la suspensión de tres meses en lugar de la destitución original.

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VELOP CORPORATION VS CORPORACION DEL FONDO DEL SEGURO DE ESTA

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201402047

Ponente:

—

Resumen:

La Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico atiende la apelación de Velop Corporation y otros contra la Corporación del Fondo del Seguro del Estado. Los apelantes impugnan una Sentencia previa del Tribunal de Primera Instancia que desestimó su demanda de clase. Dicha demanda buscaba el reembolso de primas presuntamente cobradas en exceso por el Fondo tras la implementación de un reglamento. Los demandantes basaron su acción en la Ley de Pleitos de Clase de Consumidores (Ley 118), actuando en representación de patronos asegurados. El Fondo solicitó la desestimación por falta de jurisdicción del TPI, argumentando vías administrativas o la jurisdicción de la Comisión Industrial. Alegó también que los apelantes carecían de legitimación activa bajo la Ley 118, pues el Fondo no era un proveedor de bienes o servicios y los patronos no eran consumidores o comerciantes. El Tribunal de Primera Instancia desestimó la demanda, concluyendo que no tenía jurisdicción y que la Ley 118 no aplicaba a la relación entre el Fondo y los patronos. Esta Sentencia del Tribunal de Apelaciones revisa esa determinación de desestimación.

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CITIMORTGAGE INC VS ROIG MEJIA, ANGEL RAFAEL

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201402013

Ponente:

—

Resumen:

Se apela una sentencia sumaria dictada por el Tribunal de Primera Instancia en un caso de cobro de dinero y ejecución de hipoteca presentado por Citimortgage, Inc. contra Ángel R. Roig Mejía. El TPI había concedido la sentencia sumaria a favor de Citimortgage, ordenando el pago de la deuda de \$630,000 o la ejecución hipotecaria. El apelante, Roig Mejía, recurrió la decisión, argumentando que el tribunal de instancia erró al no cumplir con los requisitos de la Ley Núm. 184-2012. Dicha ley instituye la mediación compulsoria en los procesos de ejecución de hipotecas sobre viviendas principales en Puerto Rico. El apelante sostuvo que la propiedad hipotecada constituye su vivienda principal y que no se le brindó la oportunidad de oponerse adecuadamente a la solicitud de sentencia sumaria. La Ley 184-2012 fue aprobada para proteger a los deudores hipotecarios mediante la mediación obligatoria. Tras revisar los argumentos, el Tribunal de Apelaciones determinó revocar la sentencia sumaria apelada.

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IBARRA GONZALEZ, MOISES VS ADMINISTRACION DE CORRECCION

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201401993

Ponente:

—

Resumen:

Un confinado apeló la desestimación de su demanda por daños y perjuicios contra el Departamento de Corrección. La demanda se originó luego de que fuera removido de programas de estudio y trabajo tras un resultado positivo en una prueba de dopaje, que el apelante alegó ser un falso positivo. Tras gestiones administrativas infructuosas, presentó la demanda, argumentando que la agencia incumplió su reglamento al no corroborar el resultado. El Estado solicitó la desestimación, alegando falta de jurisdicción por no agotamiento de remedios y que el caso era académico al haber ofrecido reincorporarlo a un programa de trabajo, oferta que el confinado rechazó. El Tribunal de Primera Instancia desestimó la demanda con perjuicio. Fundamentó su decisión en que la demanda fue prematura por no agotar los remedios administrativos y que el apelante no mitigó los daños al rechazar el trabajo ofrecido. Este documento del Tribunal de Apelaciones presenta la sentencia que revisa esta determinación del tribunal de instancia.

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UNIDAD RENAL DE PONCE, RENALIUM, LLC V. BIO MEDICAL APPLICATIONS OF SAN JUAN

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201401027

Ponente:

—

Resumen:

Comparece ante un panel judicial la corporación Renalium, LLC, solicitando la revocación de una resolución del Departamento de Salud. Dicha resolución denegó la solicitud de Renalium para obtener un certificado de necesidad y conveniencia para establecer un centro de diálisis en Ponce. El Departamento de Salud fundamentó su denegación en que Renalium no demostró satisfactoriamente su capacidad económica para el proyecto propuesto, valorado en más de $3 millones, al no presentar prueba financiera. Asimismo, señaló la falta de prueba de que la facilidad serviría como centro de entrenamiento. La agencia también concluyó que la demanda estimada de pacientes podía ser atendida por las facilidades existentes. Consideró la capacidad de los centros operando al 80% y, al incluir un centro aprobado en Juana Díaz que aún no operaba, determinó que la tasa de utilización bajaba al 68%, indicando capacidad suficiente. El panel judicial, tras revisar el caso, confirmó la resolución del Departamento de Salud.

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CORTES GONZALEZ, FREDDY V. ADM SISTEMAS DE RETIRO DEL GOB Y JUDICA

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201401111

Ponente:

—

Resumen:

Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre la revisión administrativa de una denegatoria de reajuste de pensión. El recurrente, Freddy Cortés González, oficial correccional, sufrió accidentes laborales que le causaron incapacidad permanente. Se le otorgó una pensión bajo la Ley Núm. 447, pero él solicitó un reajuste a los beneficios de la Ley Núm. 127, aplicable a incapacidad en el cumplimiento del deber bajo ciertas condiciones. La Administración de Retiro y la Junta de Síndicos denegaron la solicitud, al considerar que el accidente no cumplía los requisitos de la Ley Núm. 127. El recurrente apeló esta decisión ante el Tribunal de Apelaciones. Tras evaluar el caso y los antecedentes, incluyendo el testimonio sobre la agresión sufrida por el recurrente en 2001, el Tribunal emitió su dictamen. El Tribunal de Apelaciones revocó la Resolución de la Junta de Síndicos que confirmaba la denegatoria del reajuste de pensión.

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LUGO ORTIZ, LOURDES V. MORA DEVELOPMENT CORP

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201401131

Ponente:

—

Resumen:

Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un recurso de revisión judicial. El caso surge de una querella presentada por la señora Lourdes Lugo Ortiz ante el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACo) contra Mora Development Corp. y Builders Unlimited, Inc. La señora Lugo Ortiz reclamó defectos de construcción en su apartamento, específicamente losetas y azulejos que sonaban huecos, poco después de la compra. A pesar de sus gestiones, los desarrolladores/constructores no realizaron las reparaciones solicitadas. El DACo, tras evaluar la prueba, incluyendo un informe pericial, determinó que existían defectos de construcción conforme a la Ley Núm. 130-1967 y el reglamento aplicable. El DACo declaró con lugar la querella, ordenando a los recurrentes reparar solidariamente los defectos e imponiendo costas. Mora y Builders recurrieron esta determinación ante el Tribunal de Apelaciones. El Tribunal examinó el expediente administrativo y la prueba desfilada. Finalmente, el Tribunal de Apelaciones resolvió CONFIRMAR la determinación emitida por el DACo.

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FEBRES, LESLIE M V. RIVERA LOPEZ, PEDRO

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201401194

Ponente:

—

Resumen:

El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite sentencia en una revisión judicial solicitada por Pedro Rivera López, h/n/c Vistamar Motors. El recurrente buscaba revocar una resolución del Departamento de Asuntos del Consumidor (D.A.Co.). Dicha resolución declaró con lugar una querella presentada por Leslie M. Febres. La querella se originó por la compra de un vehículo usado que presentó fallas mayores poco después de la venta. El D.A.Co. había anulado el contrato de compraventa y ordenado a Vistamar Motors restituir \$3,400 a la señora Febres por el precio pagado y gastos de reparación. La consumidora adquirió el vehículo confiando en que estaba en buenas condiciones, pero se averió casi de inmediato. Una inspección del D.A.Co. confirmó los desperfectos significativos. Tras revisar el recurso y la prueba, el Tribunal de Apelaciones resolvió confirmar la resolución del D.A.Co. La sentencia valida la anulación del contrato y la orden de restitución a la consumidora.

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MORALES MARQUEZ, JUAN E V. D DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTALES

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201401209

Ponente:

—

Resumen:

Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre una revisión administrativa. Juan E. Morales Márquez recurre contra dos resoluciones del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA). Una resolución (caso 13-250-VS) denegó la reconsideración de la revocación de su permiso para poseer dos especies exóticas con fines de exhibición. El permiso fue revocado tras hallarse al recurrente poseyendo especies exóticas para la venta sin autorización. La otra resolución (caso 13-244-VS) denegó la reconsideración de seis boletos expedidos por posesión de múltiples especies exóticas sin los permisos requeridos. Esto ocurrió después de la revocación del permiso original, al admitir poseer especies sin autorización válida. Morales Márquez impugna las decisiones alegando violaciones al debido proceso. El DRNA defiende sus acciones y solicita la desestimación del recurso por falta de jurisdicción.

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PEREZ HERNANDEZ, EPIFANIO V. DEPARTAMENTO DE EDUCACION

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201401281

Ponente:

—

Resumen:

Comparece ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico una revisión administrativa de una decisión de la Comisión Apelativa del Servicio Público (CASP) sobre ascensos. El recurrente, Epifanio Pérez Hernández, impugnó la falta de nombramiento a la posición de Superintendente Escolar, alegando ser el candidato con más experiencia y posteriormente discriminación. El Departamento de Educación planteó falta de jurisdicción y prematuridad de la apelación. La CASP desestimó la apelación por prematura. El recurrente apeló ante el Tribunal de Apelaciones, argumentando que la CASP erró al declararse sin jurisdicción sin determinaciones de hechos o vista evidenciaria. El Departamento de Educación también alegó que el caso se tornó académico debido al retiro del recurrente. El Tribunal de Apelaciones confirmó la resolución de la CASP que desestimó la causa de acción.

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COMUNIDAD DE BIENES JOSE F HERNANDEZ V. JUNTA DE PLANIFICACION DE PR

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201401353

Ponente:

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Resumen:

La Comunidad de Bienes José F. Hernández presentó una revisión judicial contra la Junta de Planificación de Puerto Rico. Impugna la denegatoria de la consulta de ubicación para el proyecto "Plan Maestro Dorado Sur". Este proyecto propone un desarrollo mixto (comercial, turístico, residencial, institucional y de oficinas) en una finca de 689.92 cuerdas en Dorado. La proponente destacó la creación de numerosos empleos y la minimización de impactos ambientales. Sin embargo, agencias como el ICP, DRNA y DA expresaron preocupaciones. El ICP solicitó una evaluación arqueológica, el DRNA un documento ambiental, y el DA objetó por la fragmentación agrícola. El Municipio de Dorado, por su parte, condicionó su endoso. La Junta denegó la consulta el 31 de julio de 2014, lo que motivó este recurso. El Tribunal de Apelaciones evalúa ahora la legalidad de dicha denegatoria.

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CLEMENTE RODRIGUEZ, GRISSEL V. MULTISYSTEMS RESTAURANT, INC.

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201401367

Ponente:

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Resumen:

El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisa una decisión de la Oficina de Mediación y Adjudicación del Departamento del Trabajo. El caso involucra la querella de despido injustificado presentada por Grissel Clemente Rodríguez contra Multisystems Restaurants, Inc. (Sizzler) bajo la Ley Núm. 80. La OMA había desestimado la reclamación de la señora Clemente. La recurrente trabajó como mesera para Sizzler desde 2006 hasta 2010, acumulando amonestaciones previas por quejas de clientes, tardanzas y servicio. El incidente final ocurrió el 6 de febrero de 2010, cuando usó lenguaje soez al reportar una situación con clientes a su supervisor. El supervisor la amonestó verbalmente y le ordenó abandonar el local. Tras evaluar el recurso, la prueba y los argumentos, el Tribunal de Apelaciones resuelve revocar la resolución administrativa que declaró No Ha Lugar la querella.

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MAYAS LOPEZ, MONSERRATE VS MAYA RODRIGUEZ, JOSE

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201401950

Ponente:

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Resumen:

Se presenta una apelación contra la Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de Mayagüez en un caso sobre incapacidad y nombramiento de tutor. La apelante, Monserrate Mayas Lopez, solicitó que su padre, José Maya Rodríguez, fuera declarado incapaz por demencia senil severa y que ella fuera nombrada su tutora. La esposa del señor Maya y un sobrino intervinieron oponiéndose a la petición y proponiendo otros candidatos a tutor. El hijo del señor Maya intervino apoyando la solicitud de Monserrate. La esposa argumentó que no era necesario un tutor para la administración de bienes gananciales, de los cuales ella es coadministradora. Tras varios trámites, se celebró una vista en la que se presentó prueba documental y testifical. Un médico testificó sobre las condiciones de salud del señor Maya, incluyendo Alzheimer, indicando que no estaba capacitado para dar instrucciones. El Tribunal de Primera Instancia declaró No Ha Lugar la petición de incapacidad y nombramiento de tutor. El Tribunal de Apelaciones examinó el expediente y la prueba presentada, confirmando la Sentencia apelada.

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BANCO POPULAR DE PUERTO RICO VS BENITEZ METAL MANUFACTURING CORP

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201401923

Ponente:

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Resumen:

Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico resolviendo una apelación en un caso de incumplimiento de contrato y cobro de dinero. Banco Popular de Puerto Rico demandó a Benitez Metal Manufacturing Corp. y a los esposos Benítez-Serrano por falta de pago de varios préstamos comerciales y personales. Tras no contestar la demanda, el Tribunal de Primera Instancia dictó sentencia en rebeldía contra los demandados. Dicha sentencia los condenó al pago de una suma superior a $1.5 millones por principal e intereses, más honorarios de abogado. Los demandados apelaron esta decisión, argumentando, entre otras cosas, que estaban gestionando un refinanciamiento para saldar la deuda. El Tribunal de Primera Instancia había denegado una moción de reconsideración basada en estos argumentos. El Tribunal de Apelaciones revisó el proceso y los fundamentos de la sentencia apelada. Finalmente, el Tribunal de Apelaciones confirmó la sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia.

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DELGADO CRUZ, BILMA VS MUNICIPIO AUTONOMO DE SAN JUAN

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201401917

Ponente:

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Resumen:

Recurso de apelación presentado por Bilma Delgado Cruz y su esposo contra la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) por una demanda de daños y perjuicios. Los apelantes demandaron a la AEE y al Municipio de San Juan tras la caída de la señora Delgado Cruz al tropezar con una cubierta de metal en una acera pública. Alegaron negligencia de la AEE por la condición peligrosa y del Municipio por el mantenimiento. El Municipio llegó a un acuerdo y fue desestimado del caso. El Tribunal de Primera Instancia (TPI) celebró juicio contra la AEE y dictó sentencia a su favor. El TPI concluyó que los apelantes no probaron que la AEE tuviera control o responsabilidad sobre la cubierta metálica. El foro primario dio credibilidad a la prueba de la AEE que indicaba que la caja no era de su propiedad ni estaba bajo su control. Los apelantes recurrieron la sentencia del TPI ante este Tribunal de Apelaciones. Tras revisar el caso, este Tribunal confirma la Sentencia Enmendada apelada.

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PDCM ASSOCIATES SE VS D DE TRANSPORTACION Y OBRAS PUBLICAS

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201401916

Ponente:

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Resumen:

Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico sobre un recurso presentado por PDCM Associates, SE. PDCM apela una Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (TPI) de Carolina. El TPI desestimó la demanda de PDCM por entender que carecía de legitimación activa al no demostrar haber sufrido un daño real y palpable. La acción de PDCM surgió luego que el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) cancelara su contrato de arrendamiento con PDCM y arrendara una nueva propiedad a Educon Management Corp. PDCM demandó al DTOP, al Estado Libre Asociado y a Educon, solicitando la nulidad del nuevo contrato de arrendamiento y la paralización de la mudanza. PDCM fundamentó su acción en que el nuevo contrato era oneroso y violaba el Art. 22 de la Ley Núm. 66-2014, alegando falta de autorizaciones y análisis de alternativas. PDCM buscaba remedios de injunction preliminar, permanente y sentencia declaratoria. Alegó daños por la cancelación del contrato y el impacto en sus otras propiedades arrendadas. La apelación se centra en la determinación del TPI sobre la falta de legitimación activa de PDCM.

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RAMIREZ VAZQUEZ, CHARLIE VS LUGO, NOE

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201401898

Ponente:

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Resumen:

Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en el caso de Charlie Ramírez Vázquez contra Noé Lugo, et al. El apelante, un confinado, demandó al Departamento de Corrección y Rehabilitación y a varios oficiales por daños y perjuicios. Alegó ser objeto de discriminación, hostigamiento, agresión y hurto de propiedad mientras estaba en custodia protectiva. El Tribunal de Primera Instancia desestimó la demanda. La desestimación se basó en el alegado incumplimiento del apelante con el requisito de notificación al Estado según la Ley de Reclamaciones y Demandas contra el Estado. El apelante recurrió, argumentando que sí envió notificación y que el TPI erró al desestimar. El Tribunal de Apelaciones revisó la decisión del TPI. Por los fundamentos expuestos, el Tribunal de Apelaciones revocó la sentencia apelada.

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LIQUILUX GAS CORPORATION V. SANTURCE GAS

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201401394

Ponente:

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Resumen:

Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisando una decisión de la Comisión de Servicio Público (CSP). La CSP había autorizado a Liquilux Gas Corporation a añadir una planta de embotellamiento y distribución de gas licuado en Carolina. Santurce Gas se opuso a esta solicitud ante la CSP, presentando informes periciales. Surgieron disputas procesales respecto a la admisión y oportunidad de la prueba pericial de Santurce Gas. La CSP, tras evaluar el caso, emitió una Resolución y Orden autorizando la enmienda solicitada por Liquilux. Santurce Gas solicitó reconsideración ante la CSP, la cual fue declarada no ha lugar. Inconforme, Santurce Gas presentó un recurso de revisión judicial ante el Tribunal de Apelaciones. El Tribunal de Apelaciones procedió a revisar la determinación administrativa. Por los fundamentos expuestos en su sentencia, el Tribunal de Apelaciones confirmó la resolución y orden emitida por la CSP.

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D A C O VS NEW ENERGY CONSULTANTS & CONTRACTORS INC

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201401880

Ponente:

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Resumen:

La Sentencia confirma las decisiones del Tribunal de Primera Instancia que desestimaron las peticiones del DACO para hacer cumplir sus resoluciones contra New Energy Consultants and Contractors. El DACO había emitido resoluciones en rebeldía ordenando a New Energy pagar \$25,000 a unos querellantes y una multa de \$10,000 por incumplimiento. New Energy compareció ante el TPI argumentando que las resoluciones del DACO eran nulas por falta de notificación adecuada del procedimiento administrativo. La querella original listaba una dirección física y una postal para New Energy, pero el DACO notificó sus resoluciones únicamente a la dirección postal. El TPI determinó que la notificación del DACO fue defectuosa, invalidando las resoluciones administrativas. En consecuencia, el TPI desestimó las acciones de cumplimiento y devolvió los casos al DACO. El tribunal apelativo valida la determinación del TPI sobre la notificación.

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D A C O VS NEW ENERGY CONSULTANTS & CONTRACTORS INC

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201401879

Ponente:

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Resumen:

Sentencia de un panel judicial que resuelve una apelación presentada por el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO). El DACO apeló las Sentencias del Tribunal de Primera Instancia (TPI) que desestimaron sus peticiones para hacer cumplir resoluciones administrativas contra New Energy Consultants and Contractors. El caso se originó por una querella de consumidores ante el DACO contra New Energy por incumplimiento de contrato. El DACO emitió resoluciones en rebeldía ordenando a New Energy pagar una suma y luego imponiendo una multa, notificando a una dirección postal. Al intentar hacer cumplir las resoluciones en el TPI, New Energy alegó falta de notificación adecuada, argumentando la nulidad de las decisiones del DACO. El TPI desestimó las peticiones del DACO y devolvió los casos a la agencia para continuar los trámites administrativos. El tribunal apelativo revisó la decisión del TPI. Por los fundamentos expuestos, se confirman las Sentencias apeladas del TPI.

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GUERRERO MEDINA, EDGAR V. D DE CORRECCION Y REHABILITACION

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201401408

Ponente:

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Resumen:

El Tribunal de Apelaciones revisó una Resolución de la Comisión Apelativa del Servicio Público (CASP). Dicha Resolución de la CASP, emitida el 24 de octubre de 2014, desestimó por falta de jurisdicción una apelación presentada por Edgar Guerrero Medina. El Sr. Guerrero Medina había apelado una determinación del Departamento de Corrección y Rehabilitación que dejó sin efecto su designación como Superintendente y canceló su diferencial salarial. La CASP requirió al apelante acreditar la notificación de su apelación al Departamento de Corrección dentro del término jurisdiccional. Tras varios requerimientos y mociones, la CASP determinó que la notificación se realizó fuera del término y de forma incorrecta según su reglamento. Por ello, la CASP concluyó que carecía de jurisdicción para atender el fondo del asunto. El Tribunal de Apelaciones, al analizar el recurso de revisión, confirmó la Resolución de la CASP.

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CARIBBEAN CRAFTMATIC CONTOUR INC VS HISPANIC AMERICAN COLLEGE, INC.

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201401808

Ponente:

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Resumen:

Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisando una decisión del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas. El caso consolida dos pleitos entre Caribbean Craftmatic Contour, Inc. (Craftmatic) e Hispanic American College (Hispanic). Hispanic demandó a Craftmatic por incumplimiento de contrato y daños, alegando inundaciones en la propiedad arrendada poco después de firmar el contrato. Craftmatic demandó a Hispanic por desahucio y cobro de cánones de arrendamiento adeudados, ascendentes a \$156,250.00. Hispanic presentó una reconvención en el caso de cobro. El Tribunal de Primera Instancia declaró Ha Lugar la demanda de cobro de Craftmatic y No Ha Lugar las demandas y reconvención de Hispanic. Hispanic apeló esta sentencia ante el Tribunal de Apelaciones. El Tribunal de Apelaciones revisó el caso, considerando el contrato de arrendamiento, testimonios y evidencia sobre los alegados daños y la falta de pago. Se mencionan cláusulas del contrato, incluyendo la aceptación de la propiedad "AS IS". El Tribunal de Apelaciones confirmó la sentencia apelada.

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CENTRO DE DESARROLLO EDUCATIVO Y V. DEPARTAMENTO DE LA FAMILIA

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201500111

Ponente:

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Resumen:

Se presenta una revisión judicial ante el Tribunal de Apelaciones contra una resolución de la Junta Adjudicativa del Departamento de la Familia. Los recurrentes objetaron una factura de cobro y hallazgos de ACUDEN ante la Junta Adjudicativa. La Junta Adjudicativa inicialmente desestimó la apelación administrativa con perjuicio por considerarla presentada fuera de término. Los recurrentes alegaron notificación defectuosa del término para apelar por parte de ACUDEN. Tras solicitar reconsideración y no obtener respuesta, acudieron al Tribunal de Apelaciones. Posteriormente, la Junta Adjudicativa emitió una resolución en reconsideración desestimando la apelación por falta de jurisdicción al no estar madura. La Junta ordenó a ACUDEN emitir una determinación final con las notificaciones de término adecuadas. El Tribunal de Apelaciones examinó los escritos de las partes. El Tribunal procede a revocar la resolución inicial de la Junta Adjudicativa que desestimó la apelación por tardía.

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HISPANIC AMERICAN COLLEGE, INC. VS SANTOS VEGA, SAMUEL

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201401807

Ponente:

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Resumen:

Esta es una sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico que revisa una decisión del Tribunal de Primera Instancia en Caguas. El caso involucra demandas consolidadas entre Caribbean Craftmatic Contour, Inc. (arrendador) y Hispanic American College (arrendatario). Hispanic demandó a Craftmatic alegando incumplimiento de contrato y daños debido a inundaciones poco después de firmar un contrato de arrendamiento. Craftmatic demandó a Hispanic por desahucio y cobro de dinero, reclamando que Hispanic adeudaba más de \$150,000 en rentas. Hispanic presentó una reconvención en el caso de cobro. El Tribunal de Primera Instancia falló a favor de Craftmatic, concediendo la demanda de cobro y desestimando la demanda y reconvención de Hispanic. Hispanic apeló esta decisión. El Tribunal de Apelaciones confirma la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia. El documento detalla el historial procesal, las alegaciones de las partes y aspectos del contrato de arrendamiento, incluyendo una cláusula "AS IS" y la responsabilidad del arrendatario por reparaciones.

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NAPOLITANO HERRERA, JOSEPH V. D DE CORRECCION Y REHABILITACION

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201500114

Ponente:

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Resumen:

Este documento trata sobre una revisión administrativa ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico relativa al nivel de custodia de un confinado. Joseph Napolitano Herrera, quien extingue una sentencia de 201 años por delitos graves incluyendo asesinato, recurrió la determinación del Departamento de Corrección y Rehabilitación. Solicitaba un cambio de custodia mediana a mínima, nivel en el que se encontraba desde 2008. El Comité de Clasificación y Tratamiento lo evaluó, reconociendo su buena conducta, participación en programas y una puntuación que sugería custodia mínima. No obstante, el Comité ejerció su discreción para mantener la custodia mediana. Fundamentaron su decisión en la extrema severidad y naturaleza violenta de los delitos y la necesidad de observar sus ajustes institucionales por un periodo adicional dada la extensa sentencia. Aunque valoraron su comportamiento positivo y participación, consideraron que el nivel actual era adecuado por el momento. Napolitano Herrera apeló, argumentando que la denegación era vaga e ignoraba su excelente récord y cumplimiento de programas. El Tribunal de Apelaciones revisó el expediente administrativo y las comparecencias de las partes. Finalmente, el Tribunal emitió una sentencia confirmando la resolución del Departamento de mantener al confinado en custodia mediana.

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COMISION DE SERVICIOS PUBLICOS V. HATIMED AMBULANCE SERVICES, CORP.

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201500116

Ponente:

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Resumen:

Hatimed Ambulance Services Corporation solicitó la revocación de una resolución de la Comisión de Servicio Público (CSP). La CSP había cancelado la autorización de Hatimed para operar servicios de ambulancia en Arecibo y Hatillo. Esta decisión administrativa se basó en el uso de una ambulancia de Hatimed por parte de sus oficiales y empleados para cometer actos criminales. Dichos actos culminaron con la muerte de un competidor. El incidente ocurrió el 11 de abril de 2012, cuando un paramédico de D&G Ambulance Corporation fue asesinado. Los agresores, identificados como operadores de Hatimed, huyeron en una ambulancia de la compañía. La CSP consideró que esta conducta representaba violaciones graves a la ley y reglamento de servicio público, poniendo en riesgo la seguridad pública. La agencia emitió una orden de cese y desista e inició el proceso de revocación de la franquicia. Tras revisar el expediente y los argumentos, el Tribunal de Apelaciones decidió confirmar la resolución de la CSP.

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MORALES PEREZ, RAMON V. NDA SERVICES, CORP. H/N/C

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201500118

Ponente:

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Resumen:

El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisó una determinación del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO). El caso fue presentado por NDA Services Corp. h/n/c Adriel Auto y Toyota de Puerto Rico Corp. contra Ramón Morales Pérez. Morales Pérez había presentado una querella en DACO alegando problemas recurrentes con un vehículo Toyota Venza adquirido en Adriel Auto, incluyendo fallas en la transmisión. DACO determinó que Toyota incumplió con la idoneidad del vehículo y ordenó a las recurrentes relevar a Morales Pérez del remanente del préstamo. También se les ordenó reembolsarle todo lo pagado por el contrato de compraventa. DACO impuso responsabilidad solidaria a Adriel Auto, con Toyota obligada frente a esta última. Las recurrentes acudieron al Tribunal de Apelaciones señalando varios errores en la resolución de DACO. El Tribunal evaluó los argumentos presentados por las partes. Aplicando la norma de deferencia a las decisiones administrativas, el Tribunal de Apelaciones confirmó la resolución emitida por DACO.

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AUTORIDAD DE ENERGIA ELECTRICA DE PR V. FERNANDEZ NADAL, CARLOS

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201500190

Ponente:

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Resumen:

Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un recurso de revisión administrativa. Carlos Fernández Nadal impugna una resolución de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) que le impuso un pago por consumo no registrado. El recurrente presentó una moción de reconsideración ante la AEE, la cual entendió denegada por inacción tras quince días. Posteriormente, solicitó revisión judicial ante el Tribunal de Apelaciones. El Tribunal le requirió documentos para acreditar su jurisdicción, pero el recurrente no cumplió con la orden. La sentencia examina las disposiciones de la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme (LPAU) sobre los términos para la revisión judicial. Se destaca que la inacción de una agencia sobre una moción de reconsideración por más de noventa días inicia el cómputo del término para recurrir. La presentación tardía de un recurso priva al tribunal de jurisdicción. La falta de cumplimiento con la orden del Tribunal y la aplicación de los plazos de la LPAU son centrales en la determinación de la jurisdicción.

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PACHECO VELAZQUEZ, IDELFONSO VS MUNDO DE PAPEL INC

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLAN201401747

Ponente:

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Resumen:

Este documento detalla una disputa comercial entre Idelfonso Pacheco, un vendedor de productos de papel, y Mundo de Papel, Inc., un minorista. Su relación comercial duró de 1999 a 2001. Durante 2001, Mundo de Papel acumuló \$18,937.00 en facturas impagas por bienes suministrados. Pacheco cesó operaciones y comunicación con Mundo de Papel a finales de 2001 sin previo aviso. Después de varios años, Pacheco contactó a Mundo de Papel en octubre de 2004 para solicitar el pago de la deuda pendiente. El presidente de Mundo de Papel, el Sr. Luis de la Vega, alegó daños causados por la desaparición de Pacheco. Las partes negociaron, resultando en la oferta de Mundo de Papel y la aceptación de Pacheco de \$3,000.00. Este pago se realizó mediante un cheque marcado explícitamente como "Saldo deuda pendiente 2001". Pacheco cobró el cheque y no realizó más intentos de cobro inmediatos antes de mudarse a Estados Unidos en 2006. El documento establece los antecedentes fácticos de esta deuda y acuerdo que llevaron a la apelación actual ante el Tribunal de Apelaciones.

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GANDARILLA TRABAL, FRANCISCO V. RUIZ, ANDRES

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201500126

Ponente:

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Resumen:

El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite sentencia en un recurso de revisión administrativa procedente del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO). Andrés Ruiz, h/n/c Ruiz Services Station, solicitó la revisión de una resolución del DACO que le ordenó pagar \$5,324.58 a Francisco Gandarilla Trabal. Dicha resolución se emitió tras una querella por daños al motor del vehículo del Sr. Gandarilla Trabal, alegadamente causados por una reparación defectuosa en el taller del recurrente. Durante el proceso ante el DACO, el Sr. Ruiz no contestó la querella, no objetó el informe de inspección y no compareció a la vista administrativa, resultando en una determinación en su contra. El Sr. Ruiz solicitó reconsideración ante el DACO, argumentando falta de notificación y la necesidad de incluir a su esposa como parte indispensable. Posteriormente, presentó el recurso de revisión ante el Tribunal de Apelaciones. El Tribunal evaluó la presentación del recurso. Se determinó que la solicitud de revisión fue presentada de forma tardía. Por consiguiente, el Tribunal desestimó el recurso. La desestimación se fundamentó en la falta de jurisdicción debido a la presentación extemporánea del recurso.

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VAZQUEZ LAZO, NIEVE DE LOS ANGELES V. UPR RECINTO DE BAYAMON

2015 • 30 de abril de 2015

Tribunal de Apelaciones

Número de Caso:

KLRA201500130

Ponente:

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Resumen:

Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un recurso de revisión administrativa. La recurrente, Dra. Nieve de los Ángeles Vázquez Lazo, impugna una determinación de la Junta de Gobierno de la Universidad de Puerto Rico. La Junta había desestimado por falta de jurisdicción una apelación presentada por la recurrente. Dicha apelación se relacionaba con una querella de hostigamiento laboral previamente desestimada por el Rector y el Presidente de la UPR. La Junta argumentó que la apelación ante ella fue presentada fuera de término. La recurrente demostró haber radicado su recurso ante la Junta el 30 de julio de 2014, dentro del plazo reglamentario, aportando evidencia como copia sellada y correos electrónicos. A pesar de la prueba, la Junta mantuvo que la apelación se recibió el 19 de agosto de 2014 y la desestimó. El Tribunal de Apelaciones revisó la actuación de la Junta. Concluyó que la desestimación por falta de jurisdicción fue errónea. Por tanto, el Tribunal revocó la resolución administrativa de la Junta de Gobierno.

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