Esta ley enmienda la Ley 45-1995 para declarar la tercera semana de febrero como la 'Semana Rotaria' y el 23 de febrero como el 'Día del Rotarismo en Puerto Rico'. Además, deroga la Ley 18-2010, que tenía propósitos similares, para asegurar el fiel cumplimiento de la Ley 45-1995.
Yo, LCDO. JAVIER GÓMEZ CRUZ, Secretario de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico,
Que el P. de la C. 374, titulado "Ley Para enmendar los Artículos 1 y 2 de la Ley 45-1995; y derogar la Ley 18-2010, con el propósito de declarar el 23 de febrero como el "Día del Rotarismo en Puerto Rico"; y para otros fines." ha sido aprobado por la Cámara de Representantes y el Senado del Estado Libre Asociado de Puerto Rico en la forma que expresa el documento que se acompaña.
PARA QUE ASÍ CONSTE, y para notificar al Gobernador del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, expido la presente en mi oficina en el Capitolio, San Juan, Puerto Rico a los veinticuatro (24) días del mes de octubre del año dos mil veintitrés y estampo en ella el sello de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
Para enmendar los Artículos 1 y 2 de la Ley 45-1995; y derogar la Ley 18-2010, con el propósito de declarar el 23 de febrero como el "Día del Rotarismo en Puerto Rico"; y para otros fines.
La Ley 45-1995, declara la tercera semana del mes de febrero de cada año como la "Semana Rotaria" en Puerto Rico. Por mandato de dicha medida, el Gobernador, mediante proclama al efecto, exhortará anualmente a todo el pueblo puertorriqueño a que exprese su más profundo agradecimiento y rinda un merecido homenaje a esta institución por su valiosa aportación al progreso y mejoramiento de la sociedad puertorriqueña.
Esta Asamblea Legislativa está de acuerdo con el propósito de la Ley 45, supra. En febrero de 2010, la Asamblea Legislativa aprobó la Ley 18-2010 que declara la "Semana del Rotarismo en Puerto Rico" la cual se conmemorará durante la semana del año que comprenda el día 23 de febrero. De igual manera, se declara el 23 de febrero como el "Día del Rotarismo en Puerto Rico". Igualmente ordena al Departamento de Estado de Puerto Rico, en coordinación con los distintos clubes del Distrito Rotario 7000 en Puerto Rico, que adopte las medidas necesarias para dar cumplimiento a los propósitos de esta Ley y que destaquen sus grandes aportaciones a la sociedad puertorriqueña, mediante el apoyo a actividades para dar realce público a su ejecutoria.
Siendo ambas medidas aprobadas para idénticos propósitos, esta Asamblea Legislativa recoge sus postulados en la primera y deroga la segunda ley para asegurar el fiel cumplimiento de la misma.
Sección 1.- Se enmienda el Artículo 1 de la Ley 45-1995, para que lea como sigue: "Artículo 1.-Se declara la tercera semana del mes de febrero de cada año como la Semana Rotaria' en Puerto Rico. De igual manera, se declara el 23 de febrero como el "Día del Rotarismo en Puerto Rico"."
Sección 2.- Se enmienda el Artículo 2 de la Ley 45-1995, para que lea como sigue: "Artículo 2.- El Gobernador, mediante proclama al efecto, exhortará anualmente a todo el pueblo puertorriqueño a que exprese su más profundo
agradecimiento y rinda un merecido homenaje a esta institución por su valiosa aportación al progreso y mejoramiento de la sociedad puertorriqueña. El Departamento de Estado del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, en coordinación con los distintos clubes Rotarios en Puerto Rico, adoptará las medidas necesarias para dar cumplimiento a los propósitos de esta Ley y que destaquen sus grandes aportaciones a la sociedad puertorriqueña, mediante el apoyo a actividades para dar realce público a su ejecutoria."
Sección 3.- Se deroga la Ley 18-2010. Sección 4.- Esta Ley comenzará regir inmediatamente después de su aprobación.