Ley 178 del 2015

Resumen

Esta ley deroga la Ley Núm. 78 de 6 de julio de 1985 para atemperar el estado de derecho a las disposiciones de la Ley 111-2014, según enmendada, que creó el Día del Prócer y la Mujer Ilustre de Puerto Rico, consolidando varios días feriados y evitando confusiones.

Contenido

(P. del S. 1362)

LEY

Para derogar la Ley Núm. 78 de 6 de julio de 1985 y así atemperar el estado de derecho a las disposiciones de la , según enmendada.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La , según enmendada, enmendó los días feriados concedidos por nuestro Código Político y creó el Día del Prócer y la Mujer Ilustre de Puerto Rico, a celebrarse el tercer lunes de febrero de cada año. De esa forma se consolidaron varios días feriados. Sin embargo, mediante la Ley Núm. 78 de 6 de julio de 1985, ya se había creado el Día de los Próceres Puertorriqueños, aunque no se había declarado como día feriado. Para evitar cualquier confusión, esta Asamblea Legislativa deroga la Ley Núm. 78 de 6 de julio de 1985 y establece como único Día del Prócer y la Mujer Ilustre de Puerto Rico el decretado por la , según enmendada.

DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Artículo 1.- Se deroga la Ley Núm. 78 de 6 de julio de 1985. Artículo 2.- Esta Ley entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.

DEPARTAMENTO DE ESTADO
Certificaciones, Reglamentos, Registro de Notarios y Venta de Leyes
Certifico que es copia fiel y exacta del original
Fecha: 10 de noviembre de 2015
Frima:
Francisco J. Rodriguez Bernier
Secretario Auxiliar de Servicios

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Enmiendas1 enmienda relacionadas con esta ley

Esta ley no ha sido enmendada **

Esta ley modifica 1 ley **

** Aún estamos procesando enmiendas, puede que falte Información.