Partes:
In re: Héctor J. Bonilla Calero
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional: Suspensión indefinida de la abogacía por incumplir con el Programa de Educación Jurídica Continua y las órdenes del Tribunal Supremo.
Número de Caso:
TS-14,386
Año:
2018
Fecha:
29 de junio de 2018
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ejerció su facultad disciplinaria contra el Lcdo. Héctor J. Bonilla Calero. La acción se debió a su incumplimiento con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC) para el periodo 2009-2011. El PEJC le notificó el incumplimiento en 2011 y le ofreció alternativas para subsanar la deficiencia. Posteriormente, se celebró una vista informal en 2014, a la cual el licenciado compareció y se comprometió a cumplir. A pesar de haber recibido una prórroga, el abogado no presentó evidencia de haber tomado los cursos requeridos ni pagó la multa correspondiente. Ante la falta de cumplimiento con los requisitos del PEJC y las órdenes del Tribunal, se procedió con la sanción. En consecuencia, el Tribunal Supremo ordenó la suspensión inmediata e indefinida del Lcdo. Bonilla Calero del ejercicio de la abogacía. La suspensión fue efectiva a partir del 27 de julio de 2018, fecha de su notificación.
| In re: | |
|---|---|
| Héctor J. Bonilla Calero | 2018 TSPR 132 |
| 200 DPR |
Número del Caso: TS-14,386
Fecha: 29 de junio de 2018
Abogado de la parte promovida: Por derecho propio
Programa de Educación Jurídica Continua: Lcdo. José Ignacio Campos Pérez Director
Materia: La suspensión será efectiva el 27 de julio de 2018, fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata.
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal...
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