Partes:
In re: Héctor M. Lezcano Vargas
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía por incumplir con las órdenes del Tribunal Supremo y los requerimientos del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC).
Número de Caso:
TS-18,873
Año:
2020
Fecha:
12 de noviembre de 2020
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una decisión per curiam sobre el Lcdo. Héctor M. Lezcano Vargas. Se le inició un proceso disciplinario por incumplir con los requisitos de educación jurídica continua para el periodo 2014-2017. El Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC) refirió su incumplimiento y la deuda de multas al Tribunal en abril de 2019. En mayo de 2019, el Tribunal le ordenó mostrar causa por la cual no debía ser suspendido. El licenciado solicitó una prórroga, alegando inadvertencia. El Tribunal le concedió 30 días adicionales en agosto de 2019 para cumplir con todos los requerimientos del PEJC y pagar las multas. El licenciado Lezcano Vargas no compareció ni acreditó cumplimiento alguno en respuesta a esta segunda orden. Ante su reiterado incumplimiento, el Tribunal decretó su suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía.
| In re: | |
|---|---|
| Héctor M. Lezcano Vargas | 2020 TSPR 140 |
| 205 DPR |
Número del Caso: TS-18,873
Fecha: 12 de noviembre de 2020
Programa de Educación Jurídica Continua: Lcda. María C. Molinelli González Directora Ejecutiva
Sr. Héctor M. Lezcano Vargas: Por derecho propio
Materia: La suspensión será efectiva el 13 de noviembre de 2013, fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata.
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