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Casos/Tribunal Supremo/CC-2021-337 cons. con CC-2021-353

Autoridad de Carreteras y Transportación v. Programa de Solidaridad UTIER y otro

Tribunal Supremo

Información del Caso

Partes:

Autoridad de Carreteras y Transportación v. Programa de Solidaridad UTIER y otro

Ponente:

Hon. Estrella Martínez

Materia:

Derecho Administrativo: Las agencias no están facultadas para, mediante determinación administrativa, variar el término jurisdiccional de veinte (20) días para presentar una moción de reconsideración.

Detalles Técnicos

Número de Caso:

CC-2021-337 cons. con CC-2021-353

Año:

2022

Fecha:

16 de noviembre de 2022

Resumen

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una decisión el 16 de noviembre de 2022, consolidando los casos CC-2021-337 y CC-2021-353. La controversia principal versó sobre si las agencias administrativas poseen la facultad de modificar, mediante determinación administrativa, el término jurisdiccional de veinte días para presentar una moción de reconsideración. El Tribunal resolvió que las agencias no están autorizadas para variar dicho término. La decisión, en materia de Derecho Administrativo, involucró a la Autoridad de Carreteras y Transportación y a organizaciones de empleados como PROSOL y la Asociación de Empleados Gerenciales y Supervisores. La opinión fue emitida por el Juez Asociado Señor Estrella Martínez.

Contenido del Caso

Número del Caso: CC-2021-337 cons. con CC-2021-353

Fecha: 16 de noviembre de 2022

Tribunal de Apelaciones: Panel IV

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Abogada de la Autoridad de Carreteras y Transportación:

Lcda. María Elena Vázquez Graziani

Abogado del Programa de Solidaridad UTIER (PROSOL), Capítulo de la Autoridad de Carreteras Lcdo. Rafael A. Ortiz Mendoza

Abogado de la Asociación de Empleados Gerenciales y Supervisores de la Autoridad de Carreteras Lcdo. Jesús R. Morales Cordero

Materia: Derecho Administrativo - Las agencias no están facultadas para, mediante determinación administrativa, variar el término ju...

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