Partes:
In re: Luis M. Polanco Ortiz
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional- Suspensión indefinida de la abogacía y de la notaría por incumplimiento con órdenes del Tribunal y con el pago de fianza notarial
Número de Caso:
AB-2009-237 TS-9107
Año:
2010
Fecha:
20 de agosto de 2010
Se presenta una queja contra el Lcdo. Luis M. Polanco Ortiz por conducta profesional. El querellante, John Hernández Vargas, alegó que el abogado no radicó un recurso de apelación criminal para el que fue contratado y pagado. También sostuvo que el letrado no mantuvo comunicación, lo que resultó en que el cliente fuera encontrado incurso en desacato. La Oficina de la Procuradora General notificó la queja al abogado en dos ocasiones, sin recibir respuesta. Ante la falta de contestación, la Procuradora General informó al Tribunal Supremo. El Tribunal ordenó al Lcdo. Polanco Ortiz justificar su incumplimiento, bajo apercibimiento de sanciones. El abogado tampoco cumplió con esta orden del Tribunal. En vista de su reiterada inacción, el Tribunal le concedió un término final para responder. El caso trata sobre la inacción del abogado y su falta de respuesta a los requerimientos de la Procuradora General y del Tribunal.
| In re: | 2010 TSPR 207 |
|---|---|
| Luis M. Polanco Ortiz | 179 DPR |
Número del Caso: AB-2009-237 TS-9107
Fecha: 20 de agosto de 2010
Oficina del Procurador General: Lcda. Maranyelí Colón Requejo Procuradora General Auxiliar Lcda. Zaira Girón Anadón Subprocuradora General
Materia: Conducta Profesional (La suspensión será efectiva una vez advenga final y firme la Sentencia conforme a la Regla 45 del Reglamento del Tribunal Supremo sobre reconsideración)
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de co...
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