Partes:
In re: Ángel E. Rivera Ruiz
Ponente:
Resolución del Tribunal
Materia:
Conducta Profesional: Suspensión del ejercicio de la abogacía y la notaría por incumplir con los requerimientos del Programa de Educación Jurídica Continua y las órdenes del Tribunal Supremo
Número de Caso:
TS-10,524
Año:
2019
Fecha:
15 de agosto de 2019
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 15 de agosto de 2019. La decisión ordena la suspensión inmediata e indefinida del Lcdo. Ángel E. Rivera Ruiz del ejercicio de la abogacía y la notaría. Esta medida se toma por su incumplimiento con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC). El abogado no compareció ni mostró causa tras recibir órdenes del Tribunal para explicar su falta de cumplimiento. Se le impone el deber de notificar a sus clientes, devolver honorarios por trabajos no realizados e informar a los foros judiciales y administrativos. También debe acreditar el cumplimiento de estas obligaciones al Tribunal en 30 días. Adicionalmente, se ordena la incautación de su obra protocolar y sello notarial. Su fianza notarial queda cancelada, aunque válida por tres años para actos pasados.
| In re: | |
|---|---|
| 2019 TSPR 217 | |
| Ángel E. Rivera Ruiz | 203 DPR |
| Número del Caso: TS-10,524 |
Fecha: 15 de agosto de 2019
Programa de Educación Jurídica Continua: Lcda. María C. Molinelli González Directora Ejecutiva
Materia: La suspensión será efectiva el 22 de noviembre de 2019, fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata.
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica s...
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito