Partes:
Municipio de Aguada v. W. Construction, LLC y otro
Ponente:
Hon. Rafael L. Martínez Torres
Materia:
Obligaciones y Contratos – En cualquier tipo de contrato de servicios, la evaluación de un licitador no debe estar orientada en la ficción de que la experiencia de una compañía es independiente a la de sus integrantes.
Número de Caso:
CC-2023-0320 cons. con CC-2023-0322
Año:
2024
Fecha:
21 de junio de 2024
Este documento es una decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico, fechada el 21 de junio de 2024, que consolida los casos CC-2023-0320 y CC-2023-0322. La materia principal tratada es la evaluación de licitadores en contratos de servicios. El Tribunal aborda la norma establecida previamente en AEE v. Maxon, que indica que la experiencia de una empresa se mide a través de sus integrantes. La cuestión específica a resolver en este caso era si dicha norma se aplicaba únicamente a servicios de gran costo y sofisticación. El Tribunal Supremo resuelve esta interrogante de forma negativa. Con esta decisión, reafirma que el principio de que la experiencia de una compañía no es independiente a la de sus miembros aplica en cualquier tipo de contrato de servicios.
Número del Caso: CC-2023-0320 cons. con CC-2023-0322
Fecha: 21 de junio de 2024
Tribunal de Apelaciones: Panel I
Representantes legales de la parte peticionaria: Lcdo. Antonio A. Arias Larcada Lcda. María C. Cartagena Cancel Lcda. Gabriela A. Pérez Vélez
Representante legal de la parte recurrida: Lcdo. José A. Medina Hernández
Representante legal de la parte peticionaria: Lcdo. José O. Ramos González
Representante legal de la parte recurrida: Lcdo. José A. Medina Hernández
Materia: Obligaciones y Contratos - En cualquier tipo de contrato de servi...
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