Partes:
In re: José Manuel Pérez Pérez
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la notaría por incumplimiento con las órdenes del Tribunal Supremo relacionadas a la fianza notarial.
Número de Caso:
TS-7,815
Año:
2025
Fecha:
3 de diciembre de 2025
El Tribunal Supremo de Puerto Rico decretó la suspensión inmediata e indefinida del licenciado José Manuel Pérez Pérez del ejercicio de la notaría. Esta determinación surge tras el incumplimiento reiterado del abogado con las órdenes del Tribunal relacionadas con el pago de su fianza notarial. El Fondo de Fianza Notarial del Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico informó que el licenciado mantenía descubierta dicha fianza desde junio de 2016. A pesar de múltiples resoluciones y términos concedidos por el foro judicial para que acreditara el cumplimiento de su obligación, el profesional no compareció. Incluso tras una notificación personal diligenciada por la Oficina de Alguaciles en noviembre de 2025, el licenciado Pérez Pérez mantuvo su silencio procesal. El Tribunal fundamentó su decisión en el Canon 9 de Ética Profesional, el cual exige a los abogados observar una conducta de respeto y diligencia hacia los tribunales. La desatención a los requerimientos judiciales se interpretó como una falta de respeto y una violación a los deberes éticos de la profesión legal.
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
Número del Caso: TS-7,815
Fecha: 3 de diciembre de 2025
Fondo de Fianza Notarial del Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico:
Lcdo. José M. Montalvo Trías
Director Ejecutivo
Materia: Conducta Profesional - Suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la notaría por incumplimiento con las órdenes del Tribunal Supremo relacionadas a la fianza notarial.
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