Partes:
NAYDA CINTRON ADORNO Y OTROS V JOSE A. GOMEZ
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
AC-1996-58 CC-1996-228 CC-1996-0232
Año:
1999
Fecha:
22 de diciembre de 1999
Este caso ante el Tribunal Supremo de Puerto Rico surge de una demanda por negligencia médica. Nayda Cintrón Adorno y sus hijos demandaron al Dr. José A. Gómez y otros por la muerte de Luis M. Ortiz Díaz, esposo y padre. Los demandantes reclamaron diversas partidas de daños, incluyendo lucro cesante y angustias mentales. Una reclamación central fue por la pérdida de la capacidad del causante para disfrutar su vida futura, conocida como daños hedónicos. Los demandados impugnaron esta partida, argumentando que el derecho a dicha indemnización no se transmite a los herederos. Sostuvieron que la compensación por la vida del causante se extingue con su muerte y solo procede si el perjudicado sobrevive. Por su parte, los demandantes postularon que la vida es un bien jurídico patrimonial. Argumentaron que, bajo el Artículo 1802 del Código Civil, los demandados están obligados a resarcirles por la pérdida de la vida causada por su negligencia. El Tribunal Supremo debe determinar si los herederos tienen derecho a reclamar daños hedónicos en representación del causante fallecido.
En el Tribunal Supremo de Puerto Rico
| NAYDA CINTRON ADORNO Y OTROS | |
|---|---|
| Demandantes-recurridos | |
| V. | Apelación Y |
| Certiorari | |
| JOSE A. GOMEZ Y OTROS | 98TSPR18 |
| Demandados-peticionarios |
Número del Caso: AC-96-58 , CC-96-228, CC-96-232 CONS. Abogados de las Partes Peticionarias: En el AC-96-58 Lic. Pedro Toledo González En el CC-96-228 - Lic. Gildren S. Caro Pérez y Lic. Eugene F. Hestres (Bird, Bird & Hestres) En el CC-96-232 Lic. Mario Pabón Rosado y Lic. José Luis González Castañer
Abogado del demandado Dr. José A. Gómez - Lic. Rafael Pont Marches...
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