Partes:
In re: Alfredo Cardona Álvarez
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional: Censura enérgica por desatender los requerimientos de la Oficina de Inspección de Notarías y, de esa forma, cumplir tardíamente con la Ley Notarial de Puerto Rico y el Canon 9 de Ética Profesional.
Número de Caso:
TS-3,627
Año:
2018
Fecha:
13 de junio de 2018
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ejerció su poder disciplinario contra el notario Alfredo Cardona Álvarez. La acción se debió a su incumplimiento tardío con la Ley Notarial y el Canon 9 de Ética Profesional. Específicamente, el notario se negó a expedir una copia certificada de una escritura pública a un cliente. La negativa se fundamentó en una deuda de honorarios profesionales por parte del cliente. Esta conducta contravino los artículos 43 y 44 de la Ley Notarial. Tras una queja, la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN) intervino en el asunto. La ODIN requirió al notario que expidiera la copia certificada, estableciendo un plazo para ello. El licenciado Cardona Álvarez desatendió los requerimientos de la ODIN y no cumplió con el plazo. Ante el incumplimiento, la ODIN presentó un informe especial ante el Tribunal Supremo, resultando en una censura enérgica para el notario.
In re:
Alfredo Cardona Álvarez
2018 TSPR 111 200 DPR $\qquad$
Número del Caso: TS-3,627
Fecha: 13 de junio de 2018
Abogado del promovido:
Por derecho propio
Oficina de Inspección de Notarías: Lcdo. Manuel Ávila De Jesús Director
Materia: Conducta Profesional: Censura enérgica por desatender los requerimientos de la Oficina de Inspección de Notarías y, de esa forma, cumplir tardíamente con la Ley Notarial de Puerto Rico y el Canon 9 de Ética Profesional.
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los c...
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito