Partes:
In re: Luis M. Pavía Vidal
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional-Suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía y la notaría por incumplir con las órdenes del Tribunal Supremo y los requerimientos del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC).
Número de Caso:
TS-14,805
Año:
2021
Fecha:
9 de noviembre de 2021
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ordenó la suspensión inmediata e indefinida del Lcdo. Luis M. Pavía Vidal del ejercicio de la abogacía y la notaría. Esta medida disciplinaria se impuso por su incumplimiento con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC). El letrado no completó los créditos de educación continua requeridos para el periodo del 1 de abril de 2015 al 31 de marzo de 2018. La Directora Ejecutiva del PEJC le notificó el incumplimiento y le concedió varias oportunidades para subsanarlo y pagar la multa correspondiente. A pesar de las notificaciones y términos concedidos, el licenciado Pavía Vidal no cumplió con los requisitos reglamentarios ni con las órdenes del Tribunal. Ante su actitud de desidia, el Tribunal ejerció su facultad disciplinaria. La suspensión es efectiva a partir del 9 de noviembre de 2021.
| In re: | |
|---|---|
| 2021 TSPR 147 | |
| Luis M. Pavía Vidal | 208 DPR |
Número del Caso: TS-14,805
Fecha: 9 de noviembre de 2021
Abogado del Sr. Luis M. Pavía Vidal:
Por derecho propio
Programa de Educación Jurídica Continua: Lcda. María C. Molinelli González Directora Ejecutiva
Materia: La suspensión será efectiva el 9 de noviembre de 2021, fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata.
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