Partes:
In re: Héctor A. Tosado Arocho
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional -Suspensión inmediata e indefinida de la abogacía por incumplir con las órdenes del Tribunal Supremo.
Número de Caso:
TS-9,009
Año:
2018
Fecha:
3 de abril de 2018
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ordenó la suspensión inmediata e indefinida del Lcdo. Héctor A. Tosado Arocho del ejercicio de la abogacía. Esta medida disciplinaria se impuso por su incumplimiento con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC) correspondientes al periodo de 2012 a 2014. El abogado no completó los cursos requeridos ni pagó la multa por cumplimiento tardío, a pesar de haber sido notificado. Además, no compareció a una vista informal citada por el PEJC ni respondió a la correspondencia enviada. El Tribunal ejerció su facultad disciplinaria ante la falta de cumplimiento con sus órdenes y las reglas del Programa. La suspensión es efectiva desde el 3 de abril de 2018, fecha en que se le notificó. El documento señala que el abogado tenía antecedentes disciplinarios previos.
| In re: | |
|---|---|
| 2018 TSPR 52 | |
| Héctor A. Tosado Arocho | 200 DPR |
| Número del Caso: TS-9,009 |
Fecha: 3 de abril de 2018
Abogado de la parte promovida: Por derecho propio
Programa de Educación Jurídica Continua: Lcdo. José I. Campos Pérez Director
Materia: Conducta Profesional - La suspensión del abogado será efectiva el 3 de abril de 2018, fecha en que se le notificó por correo al abogado de su suspensión inmediata.
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