Partes:
In re: Ludmilia Rivera Burgos
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional: Suspensión inmediata e indefinida de la abogacía y notaría por incumplir con los requerimientos del Programa de Educación Jurídica Continua y las órdenes del Tribunal Supremo.
Número de Caso:
TS-2,089
Año:
2018
Fecha:
8 de mayo de 2018
El Tribunal Supremo de Puerto Rico suspende del ejercicio de la abogacía y la notaría a la licenciada Ludmilia Rivera Burgos. La suspensión se fundamenta en el incumplimiento reiterado de la abogada con las órdenes del Tribunal y los requerimientos del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC). Específicamente, la licenciada Rivera Burgos no cumplió con los requisitos del PEJC para el periodo de 2009 a 2011. A pesar de recibir múltiples avisos de incumplimiento desde 2011 y órdenes del Tribunal concediéndole oportunidades para cumplir, la abogada no presentó la evidencia requerida ni respondió a los emplazamientos. El Tribunal señala que esta no es la primera vez que la letrada enfrenta acciones disciplinarias relacionadas con su práctica. Ante la falta de respuesta y cumplimiento, el Tribunal ordena su suspensión inmediata. La suspensión es efectiva a partir del 17 de mayo de 2018, fecha en que fue notificada.
| In re: | 2018 TSPR 79 |
|---|---|
| Ludmilia Rivera Burgos | 200 DPR |
Número del Caso: TS-2,089
Fecha: 8 de mayo de 2018
Abogado de la promovida: por derecho propio.
Programa de Educación Jurídica Continua: Lcdo. José I. Campos Pérez Director
Materia: Conducta Profesional - La suspensión será efectiva el 17 de mayo de 2018, fecha en que se le notificó a la abogada de su suspensión inmediata.
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal...
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito