Partes:
In re: Amaris Urbina Echevarría
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional: Suspensión inmediata e indefinida de la práctica de la abogacía y la notaría por incumplir con las órdenes del Tribunal Supremo y los requerimientos del Programa de Educación Jurídica Continua
Número de Caso:
TS-16,357
Año:
2019
Fecha:
31 de enero de 2019
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emite una decisión sobre la conducta profesional de la Lcda. Amaris Urbina Echevarría. Se le suspende del ejercicio de la abogacía y la notaría por incumplir reiteradamente con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC). La licenciada no completó los cursos requeridos ni pagó las multas correspondientes para varios periodos entre 2009 y 2015. A pesar de recibir avisos, comparecer a una vista informal y obtener prórrogas, no subsanó las deficiencias. Este incumplimiento con las órdenes del Tribunal y los requerimientos del PEJC motiva la suspensión. La suspensión será efectiva a partir del 5 de febrero de 2019.
| In re: | 2019 TSPR 17 |
|---|---|
| Amaris Urbina Echevarría | 201 DPR |
Número del Caso: TS-16,357
Fecha: 31 de enero de 2019
Programa de Educación Jurídica Continua: Lcdo. José Ignacio Campos Pérez Director Ejecutivo
Lcda. Amaris Urbina Echevarría: Por derecho propio
Materia: Conducta Profesional - La suspensión será efectiva el 5 de febrero de 2019. Fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata.
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