Partes:
In re: Luis R. Rivera Medina
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional: Suspensión inmediata e indefinida de la abogacía y la notaría por incumplir con la Ley Notarial de Puerto Rico, el Reglamento Notarial, las órdenes del Tribunal Supremo y la desatención a los requerimientos de la Oficina de Inspección de Notarías.
Número de Caso:
TS-14,207
Año:
2019
Fecha:
9 de septiembre de 2019
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ejerce su facultad disciplinaria para suspender inmediata e indefinidamente al Lcdo. Luis R. Rivera Medina del ejercicio de la abogacía y la notaría. La suspensión se fundamenta en su incumplimiento con la Ley y el Reglamento Notarial, su indiferencia hacia las órdenes del Tribunal y su desatención a los requerimientos de la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN). Específicamente, el letrado no cumplió con el proceso de inspección de su obra protocolar formada entre 2002 y 2017. No compareció a la fecha pautada para la inspección ni trasladó los tomos requeridos. Posteriormente, tampoco corrigió las deficiencias identificadas en el informe de inspección. La suspensión es efectiva a partir del 9 de septiembre de 2019.
| In re: | |
|---|---|
| 2019 TSPR 175 | |
| 203 DPR | |
| Luis R. Rivera Medina |
Número del Caso: TS-14,207
Fecha: 9 de septiembre de 2019
Abogado del Lcdo. Luis R. Rivera Medina:
Por derecho propio
Oficina de Inspección de Notarías: Manuel E. Ávila De Jesús Director
Materia: La suspensión será efectiva el 9 de septiembre de 2019, fecha en que se le notificó al abogado por correo electrónico de su suspensión inmediata.
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