Partes:
In re: Juan Carlos Rodríguez Benítez
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía por incumplir con las órdenes del Tribunal Supremo y los requerimientos del Programa de Educación Jurídica Continua.
Número de Caso:
TS-14,868
Año:
2022
Fecha:
18 de febrero de 2022
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ejerce su facultad disciplinaria para suspender inmediata e indefinidamente al Lcdo. Juan Carlos Rodríguez Benítez del ejercicio de la abogacía. La suspensión se fundamenta en el incumplimiento del letrado con las órdenes del Tribunal y los requerimientos del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC). Específicamente, el abogado no completó los créditos de educación jurídica continua para el periodo 2016-2019. Además, adeudaba multas por cumplimiento tardío y por el referido de su caso al Tribunal. El PEJC había notificado previamente al licenciado sobre su incumplimiento, otorgándole términos para justificar y subsanar la situación. Ante la falta de cumplimiento, el PEJC informó al Tribunal, lo que llevó a esta decisión disciplinaria. La suspensión es efectiva a partir del 18 de febrero de 2022.
| In re: | |
|---|---|
| 2022 TSPR 21 | |
| Juan Carlos Rodríguez Benítez | 208 DPR |
Número del Caso: TS-14,868
Fecha: 18 de febrero de 2022
Programa de Educación Jurídica Continua: Lcda. María C. Molinelli González Directora Ejecutiva
Abogado del Sr. Juan Carlos Rodríguez Benítez: Por derecho propio
Materia: Conducta Profesional - Suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía por incumplir con las órdenes del Tribunal Supremo y los requerimientos del Programa de Educación Jurídica Continua. La suspensión será efectiva el 18 de febrero de 2022, fecha en que...
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