Partes:
In re: Aníbal E. Espinosa Valentín
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía y la notaría por incumplir con los requerimientos del Programa de Educación Jurídica Continua y con las órdenes del Tribunal Supremo.
Número de Caso:
TS-11,819
Año:
2024
Fecha:
15 de marzo de 2024
Este documento es una decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico, fechada el 15 de marzo de 2024, relativa a la conducta profesional del Lcdo. Aníbal E. Espinosa Valentín. El Tribunal ejerce su facultad disciplinaria para suspender al licenciado del ejercicio de la abogacía y la notaría. La suspensión es de carácter inmediato e indefinido. La razón principal de esta medida disciplinaria es el incumplimiento del licenciado con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC). Adicionalmente, el abogado desobedeció las órdenes previas emitidas por el Tribunal Supremo relacionadas con dicho incumplimiento. El documento contextualiza brevemente la obligación de cumplir con el PEJC para los abogados activos tras la eliminación de la colegiación obligatoria. Esta decisión subraya la seriedad con la que el Tribunal Supremo trata el incumplimiento de las regulaciones de educación continua y sus propias directrices.
| In re: | |
|---|---|
| 2024 TSPR 26 | |
| Aníbal E. Espinosa Valentín | 213 DPR |
| Número del Caso: TS-11,819 |
Fecha: 15 de marzo de 2024
Materia: Conducta Profesional - Suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía y la notaría por incumplir con los requerimientos del Programa de Educación Jurídica Continua y con las órdenes de Tribunal Supremo.
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