Partes:
In re: Roberto A. Molinary Machado
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional: Suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía y la notaría por incumplir con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua y con las órdenes del Tribunal Supremo.
Número de Caso:
TS-12,401
Año:
2019
Fecha:
1 de agosto de 2019
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una decisión sobre el licenciado Roberto A. Molinary Machado. El tribunal se vio obligado a suspenderlo del ejercicio de la abogacía por incumplir con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC). Específicamente, no había cumplido con los créditos necesarios para el periodo entre el 1 de julio de 2009 y el 30 de junio de 2011, y también adeudaba multas por cumplimiento tardío en periodos anteriores. El PEJC le notificó el incumplimiento en 2011, otorgándole 60 días para subsanar las deficiencias y pagar las multas. Tras un periodo razonable, se celebró una vista informal en 2014, a la cual compareció el abogado. Luego del informe del PEJC al tribunal, el Tribunal Supremo emitió una resolución en 2017, concediéndole 20 días para mostrar causa por la cual no debía ser suspendido. A pesar de estas múltiples notificaciones y oportunidades para cumplir, el licenciado no satisfizo los requisitos. En consecuencia, el tribunal ordenó su suspensión del ejercicio de la abogacía. La suspensión fue efectiva a partir de la notificación el 13 de agosto de 2019.
| In re: | |
|---|---|
| 2019 TSPR 142 | |
| Roberto A. Molinary Machado | 203 DPR |
Número del Caso: TS-12,401
Fecha: 1ro de agosto de 2019
Programa de Educación Jurídica Continua: Lcdo. José Ignacio Campos Pérez Director Ejecutivo
Lcdo. Roberto A. Molinary Machado: Por derecho propio
Conducta Profesional: La suspensión será efectiva el 13 de agosto de 2019, fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata.
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