Partes:
In re: Ramón A. Santini Rivera
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional: Suspensión inmediata e indefina del ejercicio de la abogacía por incumplir con las órdenes del Tribunal Supremo y requerimientos del Programa de Educación Jurídica Continua
Número de Caso:
TS-11,687
Año:
2019
Fecha:
8 de marzo de 2019
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ejerció su poder disciplinario para suspender a un abogado por incumplir con los requisitos de educación jurídica continua. El Programa de Educación Jurídica Continua refirió el caso del Lcdo. Ramón A. Santini Rivera por no cumplir con el periodo de 2009 a 2011. El Tribunal le concedió varios términos para mostrar causa y cumplir con los cursos requeridos. A pesar de las oportunidades y notificaciones, incluyendo una enviada a la dirección que él mismo proveyó, el licenciado no presentó la certificación de cumplimiento. Ante la reiterada desatención a las órdenes del Tribunal, se decretó su suspensión. La suspensión del Lcdo. Ramón A. Santini Rivera de la práctica de la abogacía es inmediata e indefinida. Esta decisión subraya la obligación de los abogados de cumplir con la educación continua. La suspensión fue efectiva tras la notificación al abogado.
| In re: | |
|---|---|
| 2019 TSPR 46 | |
| 201 DPR | |
| Ramón A. Santini Rivera | |
Número del Caso: TS-11,687
Fecha: 8 de marzo de 2019
Ramón Santini Rivera: Por derecho propio
Programa de Educación Jurídica Continua: Lcdo. José Ignacio Campos Pérez Director Ejecutivo
Materia: Conducta Profesional - La suspensión será efectiva el 11 de marzo de 2019. Fecha en que se le notificó al abogado por correo certificado de su suspensión inmediata.
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de comp...
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