Partes:
Colón Alicea v. Frito Lay de Puerto Rico
Ponente:
Hon. Feliberti Cintrón
Materia:
Procedimientos Apelativos – Notificación y efecto del Mandato sobre el tribunal revisado
Número de Caso:
CC-2011-532 cons. CC-2011-533
Año:
2012
Fecha:
10 de julio de 2012
El Tribunal Supremo de Puerto Rico abordó un punto procesal crucial en el caso Luis Colón Alicea y otros v. Frito Lay de Puerto Rico y otros. La opinión enfatiza la importancia de que los tribunales de instancia esperen el recibo del mandato de un tribunal apelativo antes de readquirir jurisdicción sobre un caso revisado. Este principio es fundamental para la correcta continuación de los procedimientos judiciales tras una apelación o auto discrecional. El litigio original es una demanda por daños y perjuicios presentada en 1994, derivada de un accidente automovilístico ocurrido en 1993. La Corporación del Fondo del Seguro del Estado intervino en el caso. El Tribunal Supremo revisó dictámenes del Tribunal de Apelaciones mediante recursos de certiorari. La decisión reafirma la necesidad de cumplir con la regla sobre la notificación y el efecto del mandato apelativo.
| Luis Colón Alicea y otros | |
|---|---|
| Peticionarios | |
| v. | Certiorari |
| Frito Lay de Puerto Rico y | 2012 TSPR 115 |
| otros | 186 DPR |
| Recurridos | |
| Corporación del Fondo del | |
| Seguro del Estado | |
| Interventor |
Número del Caso: CC-2011-532
Fecha: 10 de julio de 2012
Tribunal de Apelaciones: Región Judicial de Bayamón
Abogados de la Parte Peticionaria: Lcdo. José M. Biaggi Junquera Lcdo. José M. Biaggi Landrón Lcdo. Guillermo Arbona Lago Abogados de la Parte Recurrida: Lcdo. Vicente Santori Margarida Lcdo. Ramón Colón Olivo
Materia: Procedimientos Ap...
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