Partes:
In re: Orlando A. Piñeiro Vega
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión indefinida de la abogacía y la notaría por incumplir requisitos de Educación Jurídica Continua y no contestar requerimientos de la ODIN y el Tribunal
Número de Caso:
TS-11911 AB-2010-248
Año:
2013
Fecha:
25 de febrero de 2013
El Tribunal Supremo de Puerto Rico consideró el caso del licenciado Orlando A. Piñeiro Vega. Se le imputó el incumplimiento con el requisito bienal de 24 horas crédito de educación jurídica continua para los periodos 2007-2008 y 2009-2010. La Directora del Programa de Educación Jurídica Continua informó que el licenciado no respondió a las notificaciones ni a las citaciones para atender su incumplimiento. El Tribunal le concedió un término de 20 días para mostrar causa por la cual no debía ser suspendido. El licenciado tampoco respondió a este requerimiento del Tribunal. Ante su incomparecencia y el incumplimiento continuo con los requisitos reglamentarios y los requerimientos judiciales, el Tribunal procedió a tomar una determinación. Se ordenó la suspensión indefinida del señor Piñeiro Vega del ejercicio de la abogacía y la notaría. La suspensión se basó en su falta de cumplimiento con la educación continua y su omisión a los múltiples requerimientos del Programa y del Tribunal. La sentencia advino final y firme el 25 de marzo de 2013.
In re:
2013 TSPR 36 188 DPR $\qquad$
Orlando A. Piñeiro Vega
Número del Caso: TS-11911 AB-2010-248
Fecha: 25 de febrero de 2013
Abogado de la parte querellada:
Por derecho Propio
Oficina de Inspección de Notarías:
Lcda. Lourdes Quintana Llorens Directora
Materia: Conducta Profesional - La suspensión será efectiva una vez advenga final y firme la sentencia conforme a la Regla 45 del Reglamento del Tribunal Supremo sobre reconsideración. (La suspensión advino final y firme el 25 de marzo de 2013)
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