Partes:
In re: Diómedes M. Lajara Radinson
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional- Suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía y la notaría por infringir los Cánones 9, 12, 19 y 23 del Código de Ética Profesional.
Número de Caso:
TS-11,395
Año:
2021
Fecha:
23 de julio de 2021
El Tribunal Supremo de Puerto Rico intervino disciplinariamente con el Lcdo. Diómedes M. Lajara Radinson. La acción se fundamenta en la infracción de los Cánones 9, 12, 19 y 23 del Código de Ética Profesional. Estas violaciones se relacionan con la falta de diligencia, competencia y desidia del letrado en el manejo de casos de sus clientes. Sus acciones ante el Tribunal Federal resultaron en el atraso injustificable y la desestimación de casos de quiebra. El Tribunal Federal para el Distrito de Puerto Rico ya había suspendido permanentemente al abogado. En consecuencia, el Tribunal Supremo de Puerto Rico decretó la suspensión inmediata e indefinida del licenciado Lajara Radinson del ejercicio de la abogacía y la notaría. La suspensión es efectiva a partir del 23 de julio de 2021.
| In re: | |
|---|---|
| 2021 TSPR 111 | |
| Diómedes M. Lajara Radinson | 207 DPR |
Número del Caso: TS-11,395
Fecha: 23 de julio de 2021
Abogados del Sr. Diómedes M. Lajara Radinson: Lcda. Daisy Calcaño López Lcdo. Donald R. Milán Guindín
Materia: La suspensión será efectiva el 23 de julio de 2021, fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata.
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