Partes:
In re: Enrique J. Prieto González
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía y la notaría por incumplir con los requerimientos del Programa de Educación Jurídica Continua y las órdenes del tribunal Supremo.
Número de Caso:
TS-16,518
Año:
2019
Fecha:
17 de mayo de 2019
El Tribunal Supremo de Puerto Rico suspendió al licenciado Enrique J. Prieto González del ejercicio de la abogacía y la notaría. La suspensión se fundamenta en el incumplimiento de órdenes del Tribunal. El licenciado Prieto González no cumplió con los requisitos de educación jurídica continua para el período 2011-2013 y no mostró causa tras ser requerido por el Tribunal. Adicionalmente, incumplió con la corrección de deficiencias señaladas por la Oficina de Inspección de Notarías durante una inspección de su obra notarial. Dicha inspección se inició tras una queja, aunque esta fue archivada. Durante el proceso de inspección, entregó sus protocolos, instrumentos, sello notarial y registros, y solicitó el cese voluntario de la notaría. El Tribunal reitera la necesidad de suspender letrados que desobedecen sus mandatos. La suspensión es efectiva a partir del 21 de mayo de 2019, fecha de su notificación por correo electrónico.
| In re: | |
|---|---|
| 2019 TSPR 96 | |
| 202 DPR | |
| Enrique J. Prieto González |
Número del Caso: TS-16,518
Fecha: 17 de mayo de 2019
Programa de Educación Jurídica Continua: Lcda. María Cecilia Molinelli González Directora Ejecutiva
Oficina de Inspección de Notarías: Lcdo. Manuel E. Avila De Jesús Director
Materia: La suspensión será efectiva el 21 de mayo de 2019, fecha en que se le notificó por correo electrónico al abogado de su suspensión inmediata.
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