Partes:
In re: Luis M. Guzmán Ortiz
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión inmediata e indefinida de la abogacía por incumplir requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua y no mantener su información actualizada en el Registro Único de Abogados y Abogadas (RUA)
Número de Caso:
TS-14,943
Año:
2015
Fecha:
11 de junio de 2015
El Tribunal Supremo de Puerto Rico sanciona al abogado Luis M. Guzmán Ortiz por incumplir con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua y por no mantener actualizada su información en el Registro Único de Abogados y Abogadas (RUA). El letrado, admitido en 2004, no cumplió con la educación continua ni respondió a los requerimientos del programa. Ante su incumplimiento y falta de comparecencia, el Tribunal emitió resoluciones ordenándole mostrar causa por la cual no debía ser suspendido. Los intentos de notificarle por correo certificado a la dirección provista en el RUA resultaron infructuosos, siendo la misiva devuelta. Posteriormente, se ordenó la notificación personal, pero los alguaciles no lograron dar con su paradero, presentando un informe de diligenciamiento negativo. El Tribunal enfatiza la obligación de los abogados de cumplir con sus reglamentos y mantener sus datos de contacto actualizados. La suspensión del ejercicio de la profesión será efectiva a partir del 9 de julio de 2015.
| In re: | |
|---|---|
| 2015 TSPR 106 | |
| Luis M. Guzmán Ortiz | 193 DPR ____ |
Número del Caso: TS-14,943
Fecha: 11 de junio de 2015
Programa de Educación Jurídica Continua: Lcda. Geisa Marrero Martínez Directora Ejecutiva
Materia: Conducta Profesional - La suspensión será efectiva el 9 de julio de 2015, fecha en que se le notificó al abogado por correo certificado con acuse de recibo de su suspensión inmediata
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