Partes:
In re: Elpidio Castro Colón
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional- Suspensión inmediata de la profesión de la abogacía y la notaría por desobedecer los requerimientos del Tribunal Supremo y no completar los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua
Número de Caso:
TS-3,987
Año:
2019
Fecha:
26 de marzo de 2019
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ejerce su facultad disciplinaria para separar al Lcdo. Elpidio Castro Colón de la práctica de la abogacía y la notaría. La decisión se fundamenta en el incumplimiento del letrado con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC). Se detalla que el abogado no completó las horas crédito mandatorias para los periodos 2009-2011, 2011-2013, y no tenía créditos para 2013-2016. A pesar de recibir requerimientos del Tribunal para mostrar causa por su inobservancia, el licenciado Castro Colón no respondió adecuadamente ni cumplió con sus obligaciones. Se le concedieron plazos adicionales, pero no satisfizo los requisitos pendientes. Por consiguiente, el Tribunal dictamina su suspensión. La suspensión es efectiva a partir del 2 de abril de 2019, fecha en que se le notificó la decisión.
| In re: | |
|---|---|
| 2019 TSPR 53 | |
| Elpidio Castro Colón | 202 DPR |
Número del Caso: TS-3,987
Fecha: 26 de marzo de 2019
Programa de Educación Jurídica Continua: Lcdo. José Ignacio Campos Pérez Director Ejecutivo
Lcdo. Elpidio Castro Colón: Por derecho propio
Materia: Conducta Profesional - La suspensión será efectiva el 2 de abril de 2019. Fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata.
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