Partes:
In re: Mirna Luz Arroyo Miranda
Ponente:
Resolución del Tribunal
Materia:
Reinstalación al ejercicio de la abogacía.
Número de Caso:
TS-13,880
Año:
2025
Fecha:
5 de mayo de 2025
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución el 5 de mayo de 2025 relacionada con el caso número TS-13,880. La materia principal del dictamen es la solicitud de reinstalación al ejercicio de la abogacía de la Sra. Mirna Luz Arroyo Miranda. La peticionaria compareció por derecho propio para solicitar su reingreso a la práctica legal en la jurisdicción. El Tribunal tomó en consideración tanto la solicitud formal como la Certificación del Programa de Educación Jurídica Continua para validar el cumplimiento de los requisitos. Tras evaluar los documentos presentados, el foro judicial determinó proveer ha lugar a la petición de la abogada. Como resultado, se ordenó la reinstalación oficial de la Sra. Arroyo Miranda al ejercicio de la profesión legal. La resolución fue acordada por el Tribunal y certificada por el Secretario, Javier O. Sepúlveda Rodríguez. Finalmente, se dispuso la publicación de esta decisión para conocimiento general de la comunidad jurídica.
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
Número del Caso: TS-13,880
Fecha: 5 de mayo de 2025
Representante legal de la peticionaria: Por derecho propio
Materia: Reinstalación al ejercicio de la abogacía.
Este documento está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal Supremo. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re: Mirna Luz Arroyo Miranda TS-13,880
En San Juan, Puerto Rico, a 5 de mayo de 2025.
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