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Casos/Tribunal Supremo/CC-2015-30 cons. CC-2015-55

Wildralee Laureano v. Municipio Autónomo de Bayamón

Tribunal Supremo

Información del Caso

Partes:

Wildralee Laureano v. Municipio Autónomo de Bayamón

Ponente:

Hon. Colón Pérez

Materia:

Ley de Municipio Autónomos: Un municipio no tiene facultad de revocar un permiso de uso que previamente otorgó.

Detalles Técnicos

Número de Caso:

CC-2015-30 cons. CC-2015-55

Año:

2017

Fecha:

22 de febrero de 2017

Resumen

El Tribunal Supremo de Puerto Rico consideró si un municipio, bajo la Ley de Municipios Autónomos y la Ley para la Reforma de Permisos Administrativos, tiene la facultad de revocar un permiso de uso que previamente otorgó. Se examinó si esta potestad reside en el municipio o si, al igual que las agencias del poder ejecutivo, debe acudir a los foros judiciales para tal fin. Tras analizar las disposiciones legales aplicables, el Tribunal determinó que tanto los municipios como las agencias ejecutivas se encuentran en igual posición respecto a la revocación de permisos de uso. Ambos carecen de la facultad administrativa para revocar permisos de uso que han concedido. La decisión establece que esta potestad no reside en la esfera administrativa municipal. Por consiguiente, un municipio no tiene la facultad de revocar unilateralmente un permiso de uso otorgado.

Contenido del Caso

Wildralee Laureano
RecurridoCertiorari
v.2017 TSPR 27
Municipio Autónomo de Bayamón197 DPR
Recurrida

Número del Caso: CC-2015-30 Cons. CC-2015-55 Fecha: 22 de febrero de 2017

CC-2015-30

Tribunal de Apelaciones: Región Judicial de Bayamón y Utuado, Panel VI Abogado de la Parte Peticionaria: Lcdo. Ricardo Robles Caraballo Abogado de la Parte Recurrido: Lcda. María Elisa Martínez Avilés

CC-2015-55 Tribunal de Apelaciones: Región Judicial de Bayamón y Utuado, Panel VI Abogado de la Parte Peticionaria: Lcda. María Elisa Martínez Avilés Abogado...

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