Partes:
In re: Arnaldo J. Irizarry Irizarry
Ponente:
Resolución del Tribunal
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión inmediata y provisional del ejercicio de la abogacía y la notaría.
Número de Caso:
TS-8,358
Año:
2022
Fecha:
20 de diciembre de 2022
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ordena la suspensión inmediata y provisional del Lcdo. Arnaldo J. Irizarry Irizarry del ejercicio de la abogacía y la notaría. Esta decisión se fundamenta en el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado federal en un caso criminal en su contra. Tras concederle un término para mostrar causa, el Tribunal procede con la suspensión. La suspensión notarial conlleva la cancelación automática de su fianza, la cual se mantiene válida por tres años para actos previos. Se le impone la obligación de notificar a sus clientes y a los foros judiciales y administrativos sobre su inhabilidad para ejercer en un plazo de treinta días. Deberá devolver expedientes y honorarios por trabajos no rendidos y certificar el cumplimiento ante el Tribunal. Asimismo, debe mantener informado al Tribunal sobre el estado del proceso penal federal. Se le advierte que una sentencia condenatoria final y firme resultará en una suspensión indefinida. Finalmente, se ordena el archivo administrativo de la Queja AB-2022-0220.
| In re: | |
|---|---|
| 2022 TSPR 150 | |
| Arnaldo J. Irizarry Irizarry | 211 DPR |
Número del Caso: TS-8,358
Fecha: 20 de diciembre de 2022
Abogado del Sr. Arnaldo J. Irizarry Irizarry: Por derecho propio
Materia: Conducta Profesional - Suspensión inmediata y provisional del ejercicio de la abogacía y la notaría.
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