Partes:
In re: Juan Delgado Rivera
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión inmediata e indefinida de la abogacía por incumplir los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua y órdenes del Tribunal Supremo
Número de Caso:
TS-9972
Año:
2015
Fecha:
13 de marzo de 2015
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ordena la suspensión indefinida del Lcdo. Juan Delgado Rivera del ejercicio de la abogacía. La decisión se fundamenta en su incumplimiento con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua y con las órdenes del Tribunal. El licenciado fue notificado inicialmente por incumplimiento en 2009, alegando estar exento por ser empleado federal. El Programa le aclaró que los requisitos aplican a abogados activos y le ofreció orientación sobre cómo cumplir. A pesar de la comunicación, el licenciado no respondió ni cumplió con los cursos requeridos. Posteriormente, fue citado a una vista informal a la que tampoco compareció. Ante su persistente falta de cumplimiento y respuesta, el asunto fue referido al Tribunal Supremo. La suspensión es efectiva a partir del 29 de abril de 2015, fecha de su notificación.
| In re: | 2015 TSPR 59 |
|---|---|
| Juan Delgado Rivera | 192 DPR |
Número del Caso: TS-9,972
Fecha: 13 de marzo de 2015
Programa de Educación Jurídica Continua: Lcda. Yanis Blanco Directora Ejecutiva
Materia: La suspensión será efectiva el 29 de abril de 2015, fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata.
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