Partes:
In re: Thomas J. Bryan Picó
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión indefinida e inmediata de la abogacía y la notaría por incumplir con requerimientos del Tribunal y no actualizar sus datos en RUA (Regla 9j del Tribunal Supremo)
Número de Caso:
TS-9699
Año:
2015
Fecha:
30 de enero de 2015
El Tribunal Supremo de Puerto Rico aborda la conducta profesional del Lcdo. Thomas J. Bryan Picó. Se le suspende por incumplir con la Regla 9(j) del Reglamento del Tribunal Supremo, que exige actualizar datos en el Registro Único de Abogados, y por desatender requerimientos del Tribunal y normas éticas. La controversia se originó por la solicitud de una copia simple de una escritura otorgada por el letrado. A pesar de comprometerse a entregarla, el licenciado Bryan Picó no cumplió con la entrega. La abogada solicitante remitió el asunto a la Oficina de Inspección de Notarias (ODIN). El licenciado Bryan Picó tampoco respondió a los requerimientos de ODIN para obtener la copia certificada de la escritura. Ante estos hechos, el Tribunal ordena la suspensión inmediata e indefinida del Lcdo. Thomas J. Bryan Picó del ejercicio de la abogacía y la notaría. La suspensión es efectiva desde la fecha de su notificación.
| In re: | |
|---|---|
| Certiorari | |
| 2015 TSPR 10 | |
| Thomas J. Bryan Picó | 192 DPR |
Número del Caso: TS-9699
Fecha: 30 de enero de 2015
Oficina de Inspección de Notarias:
Lcdo. Manuel Dávila de Jesús Director
Materia: Conducta Profesional - La suspensión será efectiva el 5 de febrero de 2015, fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata.
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electr...
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito