Partes:
In re: Carmen E. Chiqués Velázquez
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional: Suspensión inmediata e indefinida bajo la Regla 15 (c) del Reglamento del Tribunal Supremo
Número de Caso:
TS-8725
Año:
2019
Fecha:
7 de marzo de 2019
El Tribunal Supremo de Puerto Rico atendió el caso de la licenciada Carmen I. Chiqués Velázquez, abogada y notaria, tras recibir quejas sobre su conducta profesional. Su abogado informó que ella no se encontraba en condiciones para atender las quejas ni ejercer su práctica legal. El Tribunal designó una Comisionada Especial para evaluar su capacidad mental o emocional. Varios peritos psiquiatras la examinaron y concluyeron unánimemente que padece condiciones que le dificultan el ejercicio de la profesión y el cumplimiento de sus obligaciones. La licenciada Chiqués Velázquez solicitó una renuncia voluntaria al ejercicio de la abogacía y notaría, pero el Tribunal la denegó. En virtud de su poder inherente para reglamentar la profesión, el Tribunal determinó que la abogada no está en condiciones para el ejercicio adecuado de sus funciones. Por tanto, se ordenó su suspensión del ejercicio de la abogacía y la notaría. La suspensión fue efectiva a partir del 13 de marzo de 2019.
| In re: | |
|---|---|
| 2019 TSPR 44 | |
| 201 DPR | |
| Carmen I. Chiqués Veláquez |
Número del Caso: TS-8725
Fecha: 7 de marzo de 2019
Abogado de la parte promovida: Lcdo. Rafael Ocasio Rivera
Oficina del Procurador General: Lcdo. Isaías Sánchez Báez Procurador General Lcdo. Joseph Feldstein del Valle Subprocurador General Lcda. Lorena Cortés Rivera Subprocuradora General Lcda. Yaizamarie Lugo Fontánez Procuradora General Auxiliar
Oficina de Inspección de Notarías: Lcdo. Manuel E. Ávila De Jesús Director
Comisionada Especial: Hon. Crisanta González Seda Materia: Conducta Pro...
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